PREVENTION OF CORRUPTION Cláusulas de Ejemplo

PREVENTION OF CORRUPTION. The GWSA Anti-bribery and Corruption policy requires compliance with the highest ethical standards and all anti-corruption applicable laws. The referred policy states that all GWSA employees and any third party acting for or on behalf of GWSA to ensure that all dealings with third parties, both in the private and government sectors, are carried out in compliance with all relevant laws and applicable regulations and with the highest ethical standards above mentioned. GWSA values integrity and transparency and has zero tolerance for corrupt activities of any kind. GWSA employees and any third party acting for or on behalf of GWSA shall not authorize, directly or indirectly, any payment to any individual including a government official to secure an improper advantage or with the purpose of influencing or inducing or as a reward for any act, omission or decision . The term “payment” refers to and includes any direct or indirect offers to pay, including anything of value, in connection with relevant or routine government actions. In case of breach of the obligations stated above, GWSA shall be entitled to terminate this agreement immediately upon written notice and without compensation.
PREVENTION OF CORRUPTION. UNESCO shall be entitled to cancel the Contract and to recover from the Contractor the amount of any loss resulting from such cancellation, if the Contractor has offered or given any person any gift or consideration of any kind as an inducement or reward for doing or intending to do any action in relation to the obtaining or the execution of the Contract or any other contract with UNESCO or for showing or intending to show favor or disfavor to any person in relation to the Contract or any other contract with UNESCO, if the like acts shall have been done by any persons employed by him or acting on his behalf whether with or without the knowledge of the Contractor in relation to this or any other Contract with UNESCO. The Contractor shall not advertise or otherwise make public the fact that it is performing, or has performed services for UNESCO or use the name, emblem or official seal of UNESCO or any abbreviation of the name of UNESCO or the United Nations for advertising purposes or any other purposes. The Contractor shall conform in all respects with any statutes, ordinances, laws or other regulations, that may apply to the Works and give all notices and pay all fees that may be required. The Contractor shall be responsible for any penalties and liabilities that may arise under those regulations.
PREVENTION OF CORRUPTION. The SBSA Anti-bribery and Corruption policy requires compliance with the highest ethical standards and all anti-corruption applicable laws. The referred policy states that all SBSA employees and any third party acting for or on behalf of SBSA to ensure that all dealings with third parties, both in the private and government sectors, are carried out in compliance with all relevant laws and applicable regulations and with the highest ethical standards above mentioned. SBSA values integrity and transparency and has zero tolerance for corrupt activities of any kind. SBSA employees and any third party acting for or on behalf of SBSA shall not authorize, directly or indirectly, any payment to any individual including a government official to secure an improper advantage or with the purpose of influencing or inducing or as a reward for any act, omission or decision . The term “payment” refers to and includes any direct or indirect offers to pay, including anything of value, in connection with relevant or routine government actions. In case of breach of the obligations stated above, SBSA shall be entitled to terminate this agreement immediately upon written notice and without compensation. 7.- ETHICAL STANDARDS AND HUMAN RIGHTS Unless otherwise required or prohibited by law, the Supplier warrants that: (a) it does not employ engage or otherwise use any child labour in circumstances such that the tasks performed by any such child labour could reasonably be foreseen to cause either physical or emotional impairment to the development of such child. (b) it does not use forced labour in any form (prison, indentured, bonded or otherwise) and its employees are not required to lodge papers or deposits on starting work. (c) it provides a safe and healthy workplace, presenting no immediate hazards to its employees, any housing provided by the Supplier to its employees is safe for habitation, and it provides access to clean water, food, and emergency healthcare to its employees in the event of accidents or incidents at the Supplier's workplace. (d) it does not discriminate against any employees on any ground (including race, religion, disability or gender). (e) it does not engage in or support the use of corporal punishment, mental, physical, sexual or verbal abuse and does not use cruel or abusive disciplinary practices in the workplace. (f) it pays each employee at least the minimum wage, or a fair representation of the prevailing industry wage (whichever is the higher), a...

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.