MONEDA DE COTIZACIÓN La moneda de cotización de la oferta se fijará en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares y en principio será moneda nacional. En aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera y el pago en moneda nacional, se calculará el monto del desembolso tomando en cuenta el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al momento de liberar la orden de pago, o bien, al momento de la acreditación bancaria correspondiente, lo que deberá determinarse en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La carta de presentación de la propuesta se diligenciará conforme al modelo contenido en el Formulario No. 1 “Carta de Presentación de la Propuesta” y será firmada por el proponente, representante legal o su apoderado, si a ello hubiere lugar. Si la propuesta es presentada por una unión temporal o consorcio, debe venir suscrita por el representante debidamente facultado en los términos xx Xxx.
Jornada de trabajo 1. La jornada laboral ordinaria se establecerá en función de lo disponga la normativa básica que sea de aplicación. 2. La jornada laboral del Personal de Administración y Servicios se realizará con carácter general de lunes a viernes en turnos de mañana o tarde, sin menoscabo de las jornadas especiales que pudieran desarrollarse en puestos de trabajo concretos que necesiten actividad en turnos distintos, durante los fines de semana o en días festivos. En su caso, dichas jornadas especiales se reflejarán en la relación de puestos de trabajo. 3. Cada universidad negociará con la representación sindical, antes de finalizar cada año, el calendario laboral del siguiente, que incluirá la distribución anual de los días de trabajo, los festivos, las jornadas especiales y cualquier otra circunstancia que fuera necesaria regular para hacer compatible la organización del trabajo con el calendario académico. 4. Con carácter general, el personal investigador y el personal investigador en formación tendrán la misma jornada que el resto del personal incluido en este convenio. 5. La dedicación docente del PDI contratado a tiempo completo por tiempo indefinido será la que establezca la legislación vigente, o, en su defecto será la misma que la del profesorado perteneciente a los cuerpos docentes universitarios. La dedicación docente del profesorado Xxxxxxxx Doctor, en tanto no se oponga a ninguna legislación vigente, con carácter general, no excederá de 240 horas anuales. 6. Los departamentos organizarán la docencia de modo que la asignación docente de su profesorado no exceda de 4 horas presenciales seguidas diarias, a excepción de las prácticas, procurando que entre el inicio de la primera clase y la finalización de la última no transcurran más de 8 horas. Solo se podrá obligar a una acumulación máxima de clases del 75% de las obligaciones docentes en un semestre. Estos principios podrán alterarse a petición de la persona interesada o cuando impidan su aplicación circunstancias derivadas de la organización de la docencia. De dichas alteraciones, en caso de producirse, será informado anualmente el Comité de Empresa. 7. Se respetará el descanso diario de doce horas entre la finalización de una jornada y el inicio de la siguiente. 8. De forma general, el horario semanal de docencia estará, de lunes a viernes, comprendido entre las 8 y las 22 horas.
Lugar y plazo de presentación de ofertas Para la licitación del presente contrato, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a que la utilización de medios electrónicos requiere equipos ofimáticos especializados y acceso a plataformas de contratación de los que aún no dispone este Ayuntamiento ni los órganos de contratación. Código CSV: d2872206f1b8b7fc00d9617fdfd663a2a2f0fbf6 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxx | PÁG. 3 DE 10 Las ofertas se presentarán exclusivamente en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de atención al público, dentro del plazo de 20 días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante. Las proposiciones podrán presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación estará compuesta por: PRESIDENTE. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o Concejal en quien delegue. VOCALES. 1.- Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. 2.- Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. 3.- Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx. 4.- Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. 5.- Xxxx Xxxxxxxxx Escuchas Xxxxxxxxx. 6.- Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. 7.- Interventor Accidental del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. SECRETARIO. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue. La constitución de la mesa tendrá lugar en el Salón de Plenos del Ayuntamiento a las 12 horas xxx xxxxxx día hábil que no sea sábado siguiente el plazo establecido para la presentación de las ofertas. -Calificación de los documentos: La Mesa de contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma en el sobre A). A los efectos de la expresada calificación, el presidente ordenará la apertura de los sobres y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observare defectos subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente al interesado concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que subsane el error y mediante exposición pública en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Se entenderá por defecto sustancial o deficiencia no subsanable la no inclusión en el sobre A) de todos o algunos de los documentos reseñados en la letra a), b) y c) de la cláusula 11 del presente pliego. Además, se considera defecto insubsanable la falta de firma de la proposición o documentos anexos a la misma, así como la presentación de un solo sobre cuando se exigen dos. Si los documentos se aportan en fotocopias sin compulsar, se considerará defecto formal subsanable. La existencia de defectos subsanable no impedirá la apertura de todas las proposiciones, sin perjuicio de no tomar en consideración a aquellas correspondientes a los licitadores que en el plazo de subsanación de deficiencias no las hayan subsanado. A continuación, en acto público el secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres B) y dará lectura de las proposiciones formuladas por ellos. La Mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen por orden decreciente de importancia y ponderación establecidos en el presente pliego y formulará la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular la propuesta, los informes técnicos que considere necesario que tengan relación con el objeto del contrato. La mesa de contratación elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta al órgano de contratación. Antes de la adjudicación y dentro del plazo de cinco días hábiles, el adjudicatario propuesto deberá, además de haber subsanado los defectos formales apreciados en la apertura de la documentación presentar, por original o copias compulsadas, la siguiente documentación: 1. Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas y el último recibo del mismo. 2. Certificación administrativa positiva, expedida por el órgano competente, acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de hallarse al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social. 3. Designar el representante de la empresa. La falta de presentación de alguno de estos documentos o su presentación defectuosa dará lugar a la no adjudicación. En este caso la Mesa formulará al órgano de contratación propuesta de adjudicación al licitador que hubiese realizado la siguiente mejor oferta y haya aportado la documentación exigida.
ENTREGA DE BIENES La entrega de bienes deberá efectuarse cumpliendo con las condiciones técnicas, establecidas en el Contrato suscrito y de sus partes integrantes u Orden de Compra y propuesta adjudicada, sujetas a la conformidad por el Responsable de Recepción o la Comisión de Recepción de la entidad contratante.
Aplicación de Pagos Los pagos que reciba el Garante (directamente del Estado o por conducto del Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso) en pago de las cantidades que le adeude el Estado, conforme a lo pactado en este Contrato serán aplicados en el siguiente orden: Los gastos documentados en que haya incurrido el Garante para la recuperación de las cantidades que se le adeuden, más los impuestos que, en su caso, se generen en relación con los gastos de recuperación, conforme a las disposiciones fiscales vigentes; El monto de cualesquier Contraprestación Mensual que se adeuden al Garante, que se encuentren vencidas y que no le hubieran sido pagadas, junto con los importes de las penalizaciones que, en su caso, se hubieran generado por el atraso en el pago de las mismas, más los impuestos que, en su caso, se generen en relación con las Contraprestaciones, conforme a las disposiciones fiscales vigentes; El monto de cualquier Contraprestación Mensual que se adeude al Garante en el periodo vigente; más los impuestos que, en su caso, se generen en relación con esa Contraprestación, conforme a las disposiciones fiscales vigentes. El monto de cualesquiera Contraprestación Adicional, vencidas y que no le hubieran sido pagadas, junto con los importes de las penalizaciones que, en su caso, se hubieran generado por el atraso en el pago de las mismas, más los impuestos que, en su caso, se generen en relación con el monto de la Contraprestación Adicional, conforme a lo que establezcan las disposiciones fiscales vigentes; El monto de la Contraprestación Adicional que corresponda al periodo vigente; más los impuestos que, en su caso, se generen en relación con el monto de la Contraprestación Adicional, conforme a lo que establezcan las disposiciones fiscales vigentes. Únicamente durante el Periodo de Amortización de la Garantía: Los intereses moratorios, más los impuestos que, en su caso, se generen en relación con los intereses moratorios conforme a las disposiciones fiscales vigentes; Únicamente durante el Periodo de Amortización de la Garantía: los intereses vencidos y no pagados, más los impuestos que, en su caso, se generen en relación con los intereses vencidos y no pagados, conforme a lo que establezcan las disposiciones fiscales vigentes; Únicamente durante el Periodo de Amortización de la Garantía: el capital vencido y no pagado, partiendo de la amortización más antigua a la más reciente; Los intereses devengados en el periodo, más los impuestos que, en su caso, se generen en relación con los intereses devengados en el periodo, conforme a las disposiciones fiscales vigentes; El Saldo Insoluto Total durante el Periodo de Disposición de la Garantía y durante el Periodo de Amortización de la Garantía, la amortización programada del periodo correspondiente; Si durante el Periodo de Disposición de la Garantía hubiere alguna cantidad remanente, su importe se aplicará en la Fecha de Pago inmediata siguiente en orden previsto, en los numerales anteriores de la presente Cláusula, hasta donde baste o alcance. Si durante el Periodo de Amortización de la Garantía hubiere alguna cantidad remanente, su importe se aplicará en la Fecha de Pago inmediata siguiente y se abonará al saldo de principal de la Garantía Parcial en orden inverso al vencimiento de las amortizaciones pendientes; es decir, con aplicación en orden decreciente a partir de la última amortización. Si la cantidad remanente no fuera suficiente para cubrir el pago de una mensualidad completa, se registrará en una cuenta acreedora para ser aplicado al vencimiento del pago inmediato siguiente. En el evento de que el Día en que el Estado deba realizar algún pago conforme al presente Contrato no sea un Día Hábil, el pago deberá realizarse el Día Hábil inmediato siguiente, en el entendido que: (i) la diferencia se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes, y (ii) en su caso, los Días adicionales transcurridos no computarán para efectos del Período de Intereses inmediato siguiente.
CRONOGRAMA DE PLAZOS El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente:
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.