Common use of Procedimiento de ejecución de la Garantía Fondo de Abandono Clause in Contracts

Procedimiento de ejecución de la Garantía Fondo de Abandono. Ante la ocurrencia de cualquiera de las causales de ejecución de la Garantía Fondo de Abandono, la ANH procederá a ejecutar la Garantía Fondo de Abandono, para lo cual procederá así: Dando plena aplicación al principio de debido proceso y a los demás principios aplicables a las actuaciones administrativas, con plena garantía al Contratista de los derechos de representación, defensa y contradicción, la ANH proferirá un acto administrativo mediante el cual declarará la ocurrencia de las causales de incumplimiento correspondientes, y cuando ello proceda, hará efectivas la cláusula penal pecuniaria y multas, cuantificará los perjuicios, ordenará los pagos a que haya lugar por todos los conceptos al Contratista y a los garantes, y señalará con precisión y claridad los hechos y las disposiciones legales y contractuales en que fundamenta sus decisiones. Para el efecto, la ANH deberá surtir el procedimiento previsto en la Cláusula 17.2 del presente Contrato. El acto administrativo, junto con el Contrato y los documentos en que constan la Garantía Fondo de Abandono, constituye título ejecutivo y prestará mérito ejecutivo para su cobro coactivo y mediante proceso ejecutivo, y por si sólo constituye prueba de la ocurrencia del siniestro amparado por la garantía y título suficiente para su ejecución frente al garante en los términos del acto administrativo correspondiente. La ejecución total o parcial de la Garantía Fondo de Abandono no constituye una limitación de responsabilidad ni podrá interpretarse en ese sentido, y debe entenderse sin perjuicio del derecho que asiste a la ANH a reclamar la indemnización completa por todas las pérdidas, daños y perjuicios ocasionados por causas imputables al Contratista. Adicionalmente, la ejecución de la Garantía Fondo de Abandono por parte de la ANH no exonera al Contratista del cumplimiento de todas sus obligaciones. La totalidad de los gastos y costos asociados con la Garantía Fondo de Abandono, incluyendo los necesarios para su emisión, mantenimiento, renovación, prórroga y modificaciones, así como comisiones, precios, primas y honorarios, serán asumidos en su totalidad, sin excepción y exclusivamente por el Contratista. El Contratista estará obligado también a asumir, cubrir y pagar, en su totalidad, sin excepción y exclusivamente, todos y cada uno de los deducibles a que haya lugar. Cuando el tipo de garantía seleccionado sea una póliza de seguros, se aplicarán las reglas previstas en los artículos 2.2.1.2.3.2.1 a 2.2.1.2.3.2.7 del Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 o las disposiciones que los modifiquen, complementen o sustituyan, en aquello que no esté expresamente regulado en el presente Contrato.

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Samples: Contrato De Exploración Y Producción, Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos Col 6, Contrato De Exploración Y Producción De Hidrocarburos