PROCEDIMIENTO PARA LA PROGRAMACIÓN ACADÉMICA SEMESTRAL Y LOS HORARIOS Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO PARA LA PROGRAMACIÓN ACADÉMICA SEMESTRAL Y LOS HORARIOS. Corresponde a los Jefes de Departamento, en los términos de la Ley Orgánica, del EPA, y del CCT, determinar la carga académica y los horarios de trabajo del personal académico del Departamento correspondiente. En relación a la programación semestral de la carga académica, los Jefes de Departamento, aplicarán el siguiente procedimiento, en tanto no contravenga las normas y disposiciones reglamentarias que en esta materia emita el Colegio Académico. La aplicación del siguiente procedimiento de programación semestral implica el deber de los Jefes de Departamento de realizar previamente los concursos por evaluación curricular de las plazas xx Xxxxxxx y Asignatura que serán ocupadas temporalmente y que no sean motivo de prórroga, tal como lo señala la Cláusula 42 del presente Contrato. En tal sentido tendrá la obligación de enviar a la CMGAA y demás instancias, los proyectos de convocatoria de las plazas que deberán concursarse, a más tardar 10 días hábiles antes del inicio de los exámenes ordinarios del semestre previo al que se programará.
PROCEDIMIENTO PARA LA PROGRAMACIÓN ACADÉMICA SEMESTRAL Y LOS HORARIOS. La programación semestral de la carga académica, incluyendo la carga de trabajo de los Espacios Educativos del Eje de Formación Común, las materias que se impartan en la modalidad virtual, en línea o a distancia y los horarios de trabajo será realizada por los Jefes de Departamento de acuerdo al procedimiento establecido en la presente cláusula, y demás normatividad aplicable. Para la programación semestral se observarán las siguientes bases: a. La carga académica se asignará por Áreas de Trabajo Académico (ATA), establecidas por los H. Colegios de las Facultades Interdisciplinarias.
PROCEDIMIENTO PARA LA PROGRAMACIÓN ACADÉMICA SEMESTRAL Y LOS HORARIOS. La programación semestral de la carga académica y horarios de trabajo corresponde ser realizada por los Jefes de Departamento de acuerdo al procedimiento establecido en la presente cláusula, en los términos de la Ley Orgánica, del EPA, el CCT y las disposiciones reglamentarias emitidas por el H. Colegio Académico. Para la programación semestral se observarán las siguientes bases: a) La carga académica se asignará por Áreas de Trabajo Académico (ATA), establecidas por los H. Consejos Divisionales.
PROCEDIMIENTO PARA LA PROGRAMACIÓN ACADÉMICA SEMESTRAL Y LOS HORARIOS. La programación semestral de la carga académica, incluyendo la materia de trabajo de los Espacios Educativos del Eje de Formación Común, y horarios de trabajo corresponde ser realizada por los Jefes de Departamento de acuerdo al procedimiento establecido en la presente cláusula, en los términos de la Ley Orgánica, del EPA, el CCT y las disposiciones reglamentarias emitidas por el H. Colegio Académico. La programación semestral de la carga académica, incluyendo la materia de trabajo de los Espacios Educativos del Eje de Formación Común, las materias que se impartan en la modalidad virtual, en línea o a distancia, los posgrados, y horarios de trabajo corresponde ser realizada por los Jefes de Departamento de acuerdo al procedimiento establecido en la presente cláusula, en los términos de la Ley Orgánica, del EPA y el CCT. No se acepta la modificación de la cláusula. La programación semestral de la carga académica, incluyendo la carga de trabajo de los Espacios Educativos del Eje de Formación Común, las materias que se impartan en la modalidad virtual, en línea o remota y los horarios de trabajo será realizada por los Jefes de Departamento de acuerdo al procedimiento establecido en la presente cláusula, en los términos de la Ley Orgánica, del EPA y el CCT y las disposiciones reglamentarias emitidas por el H. Colegio Académico. La programación de los posgrados se realiza de acuerdo a los lineamientos aprobados por el H. Colegio Académico y el Reglamento de Estudios de Posgrado, no en los términos de esta cláusula. Ninguna instancia o comisión de la administración podrá limitar la oferta y apertura de grupos de un departamento. No se acepta la inclusión de este párrafo. Las materias y el número de grupos que se ofertarán por un departamento en la modalidad virtual, en línea o a distancia será definido de común acuerdo entre el jefe de departamento, la coordinación del programa, las academias y la delegación sindical. No se acepta la inclusión de este párrafo. Para la programación semestral se observarán las siguientes bases: Para la programación semestral, incluyendo las materias que se impartan en la modalidad virtual, en línea o a distancia y los posgrados, se observarán las siguientes bases: No se acepta la modificación de este párrafo. a)La carga académica se asignará por Áreas de Trabajo Académico (ATA), establecidas por los H. Consejos Divisionales. b)El Jefe de Departamento determinará primeramente la carga académica a impartirse en el semestre por cada ...

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