PROCEDIMIENTO PARA LA RESCISIÓN DEL CONTRATO. Para hacer efectiva la rescisión del presente contrato, “EL AYUNTAMIENTO” dará aviso a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” de los actos de incumplimiento u omisión al presente contrato, dicho aviso se hará por escrito a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” para que éste en un término de 10 (diez) días hábiles contados a partir del día siguiente al que se lleve a cabo la notificación, manifieste lo que a su derecho convenga, procediendo “EL AYUNTAMIENTO”, a través de la Contraloría Municipal, a resolver lo procedente dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes al que hubiere recibido el escrito de contestación. Si las causas de rescisión fueran imputables a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se procederá a hacer efectiva la rescisión del contrato.
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