PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA.
PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN. SBD y UTN observarán los siguientes lineamientos al ejecutar este Convenio:
PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN. 1. [suprimido]
PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN. Para la ejecución del presente Acuerdo, las Partes observarán los siguientes lineamientos:
PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN. Para la adquisición de suministros y de servicios financiados por la UE se han de seguir los procedimientos de licitación y adjudicación de contrato, descrito en las “Reglas y procedimientos aplicables a los contratos en el ámbito de la cooperación con terceros países”. Cualquier excepción a esta regla requerirá la aprobación de la autoridad de supervisión y de la CE. Todos los suministros y servicios, financiados por la contribución de la CE, tienen que proceder de países de la UE y/o de los países de la CAN. Es posible incluir la participación de otros países latinoamericanos en procesos de licitación, a condición de que la aprobación se conceda por la autoridad de supervisión y la CE. La adquisición de suministros financiada con fondos europeos se efectuará por licitación internacional. En circunstancias especiales debidamente justificadas, la CE puede autorizar el procedimiento de licitación local y/o el proceso de consulta restringida. En el caso de licitación internacional el expediente de licitación requiere la autorización de la CE. Los contratos de suministros y de servicios serán preparados y firmados por el director, visado por el jefe de la AT Europeo. Los pagos locales serán hechos por la SG de la CAN mientras que los pagos en euro se pueden hacer directamente por la Comisión mediante la presentación de documentos de soporte que serán preparados por la EGP (las facturas originales y certificados de aceptaciones). Todo equipo, trabajos / infraestructura y materiales, adquiridos con los fondos del proyecto, serán propiedad del proyecto hasta su entrega formal al beneficiario de acuerdo con artículos generales y específicos correspondientes y no se pueden utilizar para ningún otro propósito o intervención que los directamente relacionados con las actividades del proyecto. La adquisición de suministros y de la adjudicación de trabajos, financiados con fondos nacionales, seguirá los procedimientos del país del beneficiario. Al final del proyecto, la Comisión y el país del beneficiario decidirán, sobre la base de una propuesta de la SG - CAN, el destino final de los suministros y trabajos. La SG de la CAN en conjunto con los entes nacionales responsables para la ejecución del proyecto prevén en cada país involucrado la realización de una obra / un trabajo ejemplar para la prevención de catástrofes en el espíritu de este convenio, que sea vinculado con los resultados 2 y 3 y que se realice en estrecha coordinación con DIPECHO (por ejemplo al nivel de...
PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN. Para la ejecución del presente Convenio, en cuanto sea posible y conveniente, la partes comparecientes observarán los siguientes lineamientos: Las partes designarán a los responsables institucionales quienes deberán mantener reuniones periódicas para ejecutar las actividades que se señalan en la Cláusula Cuarta presente instrumento. Para la ejecución de acciones específicas se elaborarán proyectos específicos de investigación e innovación educativa, en los cuales se detallará toda la información requerida. Los proyectos específicos de investigación e innovación educativa, a los que se alude en el presente Convenio Marco, podrán celebrarse con la participación de otras entidades de cooperación técnica y de ayuda financiera, o entidades privadas cuyos objetivos sean compatibles con los de las partes comparecientes, si así se juzga conveniente y necesario.
PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN cve: BOE-A-2011-2901

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.