Common use of PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS Clause in Contracts

PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS. 1. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. 2. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 148 y 182 en cuanto a la información que debe facilitarse a los participantes en una subasta electrónica o en un diálogo competitivo. 3. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 sobre admisibilidad de variantes o mejoras y en el artículo 148 sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 4. En los contratos de concesión de obra pública, la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. En los demás contratos, la presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el artículo 152. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio. 5. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

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Samples: Real Decreto Legislativo 3/2011, Real Decreto Legislativo 3/2011, Real Decreto Legislativo 3/2011

PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS. 1. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. 2. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 148 132 y 182 166 en cuanto a la información que debe facilitarse a los participantes en una subasta electrónica o en un diálogo competitivo. 3. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 131 sobre admisibilidad de variantes o mejoras y en el artículo 148 132 sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.hecho 4. En los contratos de concesión de obra pública, la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. En los demás contratos, la presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el artículo 152. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio. 5. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. Artículo 130 Presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos 1. Las proposiciones en el procedimiento abierto y las solicitudes de participación en los procedimientos restringido y negociado y en el diálogo competitivo deberán ir acompañadas de los siguientes documentos: a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación.

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Samples: Ley 30/2007, De 30 De Octubre, De Contratos Del Sector Público

PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS. 1. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas adminis- trativas particulares, y su presentación supone la aceptación acepta- ción incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. 2. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 148 132 y 182 166 en cuanto a la información que debe facilitarse a los participantes en una subasta electrónica o en un diálogo competitivo. 3. Cada licitador no podrá presentar más de una proposiciónpro- posición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 131 sobre admisibilidad de variantes o mejoras y en el artículo 148 132 sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 4. En los contratos de concesión de obra pública, la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladasformula- das. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento procedi- miento restringido, podrá subsistir la oferta que determinen determi- nen de común acuerdo las citadas empresas. En los demás contratos, la presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación rela- ción con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el artículo 152artícu- lo 136. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio. 5. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público

PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS. 112.1. Las proposiciones se tienen que presentar en la forma indicada en esta cláusula y en las cláusulas 13 y 14, según el que se indica a continuación. a) Licitación electrónica: las proposiciones se tienen que presentar necesariamente por medios electrónicos. En este caso, los licitadores tienen que preparar y presentar sus ofertas íntegramente y obligatoriamente de forma electrónica mediante la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma VORTAL en los términos ya indicados. b) Licitación electrónica parcial (manual y electrónica): las proposiciones se tienen que presentar necesariamente por medios electrónicos según se indica en la letra anterior, a excepción de alguna parte de la proposición, que será identificada claramente en este pliego, que se tendrá que presentar obligatoriamente por medios no electrónicos. Esta modalidad constituye un subtipo de la licitación electrónica prevista en la letra anterior. 12.2. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse se tienen que ajustar a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulareslos pliegos y la documentación que rigen la licitación, y su la presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas las cláusulas o condiciones, sin salvedad ninguna excepción o reserva algunareserva, así como la autorización a la mesa de contratación y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o Registro correspondiente de la Comunidad Autónoma o en las listas oficiales de operadores económicos de un estado miembro de la Unión Europea. 212.3. Las proposiciones serán son secretas y se arbitrarán tienen que arbitrar los medios que garanticen tal este carácter hasta el momento de la licitación públicaapertura de las proposiciones. 12.4. Si hay lotes, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 148 y 182 en cuanto interesados pueden presentar ofertas referidas a uno, a varios, o a la información que debe facilitarse totalidad de los lotes. 12.5. Cada interesado puede presentar sólo una oferta en relación con el objeto del contrato, o del lote o lotes a los participantes en una subasta electrónica o en un diálogo competitivocuales licite. 312.6. Cada licitador no podrá presentar más de El empresario que haya presentado una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 sobre admisibilidad de variantes o mejoras y en el artículo 148 sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o empresarios no puede presentar, a su vez, una oferta individualmente, ni figurar en más de una unión temporaltemporal participante en la licitación. La infracción En el supuesto de estas normas dará lugar a que haya lotes esta prohibición también será aplicable en relación con cada lote de la no admisión de todas las propuestas por él suscritaslicitación. 412.7. En los contratos el supuesto de concesión de obra pública, que la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento oferta sea parcialmente electrónica, las oficinas receptoras de adjudicación, a todos los efectos, la parte de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo oferta de presentación manual darán un recibo de ofertascada proposición al presentador, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringidocual constará el nombre del licitador, podrá subsistir la denominación del contrato objeto de la licitación y el día y la hora de la presentación. Cuando la parte de la oferta que determinen se presente por medios no electrónicos se envíe por correo, el empresario tiene que justificar la fecha de común acuerdo las citadas empresas. En los demás contratosimposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta el mismo día, la presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el artículo 152. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno mediante cualquier de los supuestos previstos en medios permitidos, de acuerdo con el artículo 42 que prevé la letra I del Código cuadro de Comerciocaracterísticas del contrato. 5. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

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Samples: Contract for Supplies

PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS. 1. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulareslos pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. 2. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación públicaapertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 148 143, 175 y 182 179 en cuanto a la información que debe facilitarse a los participantes en una subasta electrónica o electrónica, en un diálogo competitivo, o en un procedimiento de asociación para la innovación. 3. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 142 sobre admisibilidad de variantes o mejoras y en el artículo 148 143 sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 4. En los contratos de concesión de obra pública, la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. En los demás contratos, la presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el artículo 152. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio. 5. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

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Samples: Ley 9/2017, De 8 De Noviembre, De Contratos Del Sector Público

PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS. 1. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulareslos pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. 2. Las proposiciones serán secretas , así como la autorización a la mesa y se arbitrarán al órgano de contratación para consultar los medios que garanticen tal carácter hasta datos recogidos en el momento Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la licitación públicaUnión Europea”. personal por cualquier medio, como de hecho hacen muchas Mesas de Contratación, como forma de asegurar la continuidad en el procedimiento de las empresas que puedan subsanar la documentación, siendo de interés público su permanencia en el procedimiento en aras a conseguir la proposición más ventajosa para la Administración. No se infringe el ordenamiento jurídico si además de la publicación prevista en los Pliegos se comunica individualmente a todos los llamados a subsanar la existencia de la publicación, en pro del principio de concurrencia. En este sentido, y desde una perspectiva histórica, debe recordarse que inicialmente la concesión de un plazo de subsanación era una facultad de la Mesa de Contratación absolutamente discrecional. Así el artículo 101 del Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el. Reglamento General de Contratación del Estado, establecía lo siguiente: “Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error”. En el Real Decreto 1098/2001 citado y la normativa posterior, la concesión de un plazo para corregir defectos “subsanables” muta a trámite imperativo, preceptivo, en aras a esa concurrencia, lo que obliga a articular un sistema de comunicación para que esa posibilidad llegue a los interesados. A favor de ese mismo principio concurrencial milita el que la Administración trate de asegurarse que efectivamente ha llegado a su conocimiento. El formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación incluye obligatoriamente los datos de persona de contacto de la empresa, teléfono y correo electrónico, facilitando la comunicación personal. Esa comunicación es todavía más aconsejable en casos como el presente en el que el requerimiento se publicó el 5 de diciembre jueves a las 10:04 horas, finalizando el plazo para subsanar el 10 de diciembre, siendo festivos o no laborables en la Comunidad de Madrid del 6 al 9 de diciembre inclusive; sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 148 y 182 en cuanto a indicar que una mayor diligencia de la información que debe facilitarse a los participantes en una subasta electrónica o en un diálogo competitivo. 3. Cada licitador no podrá presentar más empresa (son empresas de una proposición, sin perjuicio cierta entidad) le hubiera permitido conocer el requerimiento de lo dispuesto en el artículo 147 sobre admisibilidad de variantes o mejoras y en el artículo 148 sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 4. En los contratos de concesión de obra pública, la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladassubsanación. No obstante, si sobreviniera de lege data por las razones legales expuestas antes y reiterando la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o argumentación respecto del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringido, podrá subsistir anterior recurrente acumulado procede la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. En los demás contratos, la presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación con la aplicación desestimación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el artículo 152. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comerciorecurso. 5. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

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Samples: Recurso Especial en Materia De Contratación

PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS. 1. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. 2. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 148 132 y 182 166 en cuanto a la información que debe facilitarse a los participantes en una subasta electrónica o en un diálogo competitivo. 3. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 131 sobre admisibilidad de variantes o mejoras y en el artículo 148 132 sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 4. En los contratos de concesión de obra pública, la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. En los demás contratos, la presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el artículo 152136. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio. 5. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

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Samples: Ley 30/2007, De 30 De Octubre, De Contratos Del Sector Público

PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS. 112.1. Las proposiciones se tienen que presentar en la forma indicada en esta cláusula y en las cláusulas 13 y 14, según lol que se indica a continuación. a) Licitación electrónica: las proposiciones se tienen que presentar necesariamente por medios electrónicos. En este caso, los licitadores tienen que preparar y presentar sus ofertas íntegramente y obligatoriamente de forma electrónica mediante la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la Plataforma VORTAL en los términos ya indicados. b) Licitación electrónica parcial (manual y electrónica): las proposiciones se tienen que presentar necesariamente por medios electrónicos según se indica en la letra anterior, a excepción de alguna parte de la proposición, que será identificada claramente en este pliego, que se tendrá que presentar obligatoriamente por medios no electrónicos. Esta modalidad constituye un subtipo de la licitación electrónica prevista en la letra anterior. 12.2. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse se tienen que ajustar a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulareslos pliegos y la documentación que rigen la licitación, y su la presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas las cláusulas o condiciones, sin salvedad ninguna excepción o reserva alguna.reserva, así como la autorización a la 212.3. Las proposiciones serán son secretas y se arbitrarán tienen que arbitrar los medios que garanticen tal este carácter hasta el momento de la licitación públicaapertura de las proposiciones. 12.4. Si hay lotes, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 148 y 182 en cuanto interesados pueden presentar ofertas referidas a uno, a varios, o a la información que debe facilitarse totalidad de los lotes. 12.5. Cada interesado puede presentar sólo una oferta en relación con el objeto del contrato, o del lote o lotes a los participantes en una subasta electrónica o en un diálogo competitivocuales licite. 312.6. Cada licitador no podrá presentar más de El empresario que haya presentado una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 sobre admisibilidad de variantes o mejoras y en el artículo 148 sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o empresarios no puede presentar, a su vez, una oferta individualmente, ni figurar en más de una unión temporaltemporal participante en la licitación. La infracción En el supuesto de estas normas dará lugar a que haya lotes esta prohibición también será aplicable en relación con cada lote de la no admisión de todas las propuestas por él suscritaslicitación. 412.7. En los contratos el supuesto de concesión de obra pública, que la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento oferta sea parcialmente electrónica, las oficinas receptoras de adjudicación, a todos los efectos, la parte de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo oferta de presentación manual darán un recibo de ofertascada proposición al presentador, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringidocual constará el nombre del licitador, podrá subsistir la denominación del contrato objeto de la licitación y el día y la hora de la presentación. Cuando la parte de la oferta que determinen se presente por medios no electrónicos se envíe por correo, el empresario tiene que justificar la fecha de común acuerdo las citadas empresas. En los demás contratosimposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta el mismo día, la presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el artículo 152. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno mediante cualquier de los supuestos previstos en medios permitidos, de acuerdo con el artículo 42 que prevé la letra I del Código cuadro de Comerciocaracterísticas del contrato. 5. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

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Samples: Contract for Supply and Installation of It Systems

PROPOSICIONES DE LOS INTERESADOS. 1. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. 2. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 148 y 182 en cuanto a la información que debe facilitarse a los participantes en una subasta electrónica o en un diálogo competitivo. 3. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 147 sobre admisibilidad de variantes o mejoras y en el artículo 148 sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 4. En Serán excluidas por el órgano de contratación en resolución motivada las proposiciones que no guarden concordancia con la documentación examinada y admitida, excedan del presupuesto base de licitación, varíen sustancialmente el modelo establecido o comporten error manifiesto en el importe de la proposición o exista reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que las hagan inviables. Las proposiciones serán secretas, no pudiendo divulgar el órgano de contratación la información facilitada por los contratos licitadores que hayan designado como confidencial, de concesión de obra pública, la acuerdo con lo establecido en el artículo 140 del TRLCSP. La mera presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión proposición supone la aceptación incondicional de la totalidad del procedimiento presente pliego y del de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladasprescripciones técnicas sin salvedad o reserva alguna. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de presentación dos meses a contar desde la apertura de ofertaslas proposiciones. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con las Administraciones Públicas, o del plazo de presentación de candidaturas en el procedimiento restringido, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. En los demás contratos, la presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que reglamentariamente se determinen en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto lo dispuesto en el artículo 152. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 60.2 del Código de ComercioTRLCSP. 5. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

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Samples: Contract for Services