Common use of Protección de la maternidad Clause in Contracts

Protección de la maternidad. La empresa dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, tratando de adoptar las medidas necesarias para la adaptación de las condiciones de trabajo a las necesidades de la trabajadora embarazada con el objeto de evitar que influya negativamente en la salud de la trabajadora o del feto. A tales efectos, en la evaluación de riesgos laborales se comprobará la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de la trabajadora en situación de embara- zo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente la salud. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del puesto de trabajo con dere- cho a remuneración para la realización de exámenes prenatales y técnicos de preparación al parto, previo aviso a la empresa y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo

Protección de la maternidad. La empresa dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, tratando de adoptar adoptará las medidas necesarias para evitar la adaptación exposición de las condiciones de trabajo trabajadoras embarazadas a las necesidades de la trabajadora embarazada con el objeto de evitar los riesgos que influya negativamente se determinen en la evaluación y que puedan afectar a su salud de o a la trabajadora o del feto. A tales efectos, en la evaluación Para ello debe adaptar las condiciones y el tiempo de riesgos laborales se comprobará la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de la trabajadora en situación de embara- zo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente la saludtrabajo. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho no realizarán trabajo nocturno y/o a ausentarse turnos. En los supuestos de riesgo durante el embarazo y cuidados del lactante en los que el cambio de puesto de trabajo con dere- cho a remuneración para no sea posible, se declarará el paso de la realización de exámenes prenatales y técnicos de preparación al parto, previo aviso trabajadora afectada a la empresa y justificación situación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajosuspensión del contrato por riesgo durante el embarazo.

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Samples: Convenio Colectivo

Protección de la maternidad. La empresa dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, tratando de adoptar las medidas necesarias para la adaptación de las condiciones con- diciones de trabajo a las necesidades de la trabajadora embarazada con el objeto de evitar que influya negativamente en la salud de la trabajadora o del feto. A tales efectos, en la evaluación de riesgos laborales se comprobará la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de la trabajadora en situación de embara- zo emba- xxxx o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del puesto de trabajo con dere- cho a remuneración para la realización de exámenes prenatales y técnicos de preparación al parto, previo aviso a la empresa y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo