Protección del personal especialmente sensible a determinados riesgos. La empresa garantizará de manera específica la protección de los/las trabajadores/as que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellas que tengan reconocida la situación de discapacidad, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de Estas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias. Los/las trabajadores/as no serán empleados o empleadas en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad debidamente reconocida, pudieran poner en peligro o causar daños a sí mismos, a los demás trabajadores y trabajadoras o a otras personas relacionadas con la organización.
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Samples: Iv Convenio Colectivo De La Fundación Secretariado Gitano, Iv Convenio Colectivo
Protección del personal especialmente sensible a determinados riesgos. La empresa garantizará de manera específica la protección de los/las trabajadores/as los trabajadores y trabajadoras que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellas que tengan reconocida la situación de discapacidaddiscapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de Estaséstas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias. Los/las trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras no serán empleados o empleadas en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, pudieran poner en peligro o causar daños a sí mismos, a los demás trabajadores y trabajadoras o a otras personas relacionadas con la organización.
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Samples: Convenio Colectivo
Protección del personal especialmente sensible a determinados riesgos. La empresa MdM garantizará de manera específica la protección de los/las trabajadores/as los trabajadores y trabajadoras que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellas que tengan reconocida la situación de discapacidaddiversidad funcional, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de Estaséstas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias. Los/las trabajadores/as cve: BOE-A-2019-1758 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Las personas trabajadoras no serán empleados o empleadas en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad diversidad funcional, debidamente reconocida, pudieran poner en peligro o causar daños a sí mismos, a los demás trabajadores y las personas trabajadoras o a otras personas relacionadas con la organizaciónOrganización.
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Samples: Convenio Colectivo
Protección del personal especialmente sensible a determinados riesgos. La empresa entidad garantizará de manera específica la protección de los/las trabajadores/as los trabajadores y trabajadoras que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellas que tengan reconocida la situación de discapacidaddiscapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente especial- mente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de Estaséstas, adoptará las medidas preventivas pre- ventivas y de protección necesarias. Los/las trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras no serán empleados o empleadas en aquellos puestos de trabajo tra- bajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad discapa- cidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, pudieran poner en peligro o causar daños a sí mismos, a los demás trabajadores y trabajadoras o a otras personas relacionadas con la organización.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Protección del personal especialmente sensible a determinados riesgos. La empresa MdM garantizará de manera específica la protección de los/las trabajadores/as los trabajadores y trabajadoras que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellas que tengan reconocida la situación de discapacidaddiversidad funcional, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de Estaséstas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias. Los/las trabajadores/as Las personas trabajadoras no serán empleados o empleadas en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad diversidad funcional, debidamente reconocida, pudieran poner en peligro o causar daños a sí mismos, a los demás trabajadores y las personas trabajadoras o a otras personas relacionadas con la organizaciónOrganización.
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Samples: Convenio Colectivo
Protección del personal especialmente sensible a determinados riesgos. La empresa garantizará de manera específica la protección de los/las trabajadores/as los trabajadores y trabajado- ras que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellas que tengan reconocida la situación de discapacidaddiscapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de Estaséstas, adoptará las medidas medi- das preventivas y de protección necesarias. Los/las trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras no serán empleados o empleadas en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad disca- pacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, pudieran poner en peligro o causar daños a sí mismos, a los demás trabajadores y trabajadoras o a otras personas relacionadas rela- cionadas con la organización.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Protección del personal especialmente sensible a determinados riesgos. La empresa garantizará de manera específica la protección de los/las trabajadores/as los trabajadores y trabajadoras que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellas que tengan reconocida la situación de discapacidaddis- capacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá de- berá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de Estaséstas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias. Los/las trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras no serán empleados o empleadas en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad debidamente física, psíquica o sensorial debida- mente reconocida, pudieran poner en peligro o causar daños a sí mismos, a los demás trabajadores y trabajadoras o a otras personas relacionadas con la organización.
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Samples: Convenio Colectivo Para Las Industrias De Hostelería De Granada Y Provincia
Protección del personal especialmente sensible a determinados riesgos. La empresa garantizará de manera específica la protección de los/las trabajadores/as que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellas que tengan reconocida la situación de discapacidaddiscapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de Estas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias. Los/las trabajadores/as no serán empleados o empleadas en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, pudieran poner en peligro o causar daños a sí mismos, a los demás trabajadores y trabajadoras o a otras personas relacionadas con la organización.
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Samples: Convenio Colectivo