PROVISIÓN DE FONDOS. EL CLIENTE se obliga a mantener depositado en todo momento con EL BANCO dinero suficiente para atender el pago de los cheques girados por EL CLIENTE de acuerdo con las disposiciones legales, cheques que no presenten a juicio de EL BANCO apariencia de falsificación apreciable a simple vista. EL BANCO pagará tales cheques siempre que no hayan transcurrido tres (3) meses desde su fecha de expedición.
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