Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx Cláusulas de Ejemplo

Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx. Apruébase el Contrato xx Xxxxxxxx para financiar el Programa de Apoyo para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas suscrito entre la República xx Xxxxx Rica y la Corporación Andina de Fomento por un monto de hasta quinientos millones de dólares estadounidenses exactos (USD 500.000.000,00). El texto del referido Contrato xx Xxxxxxxx y sus Anexos, que se adjuntan y forman parte integrante de esta ley.
Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx. Apruébese el Contrato xx Xxxxxxxx N.° 2852/OC-CR, entre la República xx Xxxxx Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), suscrito el dos xx xxxxx del 2013, por un monto de hasta treinta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 35.000.000) para financiar el Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad. El texto del referido Contrato xx Xxxxxxxx, su Anexo Único, y las Normas Generales que se adjuntan a continuación, forman parte integrante de esta Ley. 2 xx xxxxx del 2013 CONTRATO celebrado el día 2 xx xxxxx de 2013 entre la REPÚBLICA XX XXXXX RICA, en adelante denominada el “Prestatario”, y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, en adelante denominado el “Banco”, para cooperar en la ejecución de un Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad, en adelante denominado el “Proyecto”. En el Anexo Único, se detallan los aspectos más relevantes del Proyecto.
Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx. Se aprueba el Contrato xx Xxxxxxxx N.° 2852/OC-CR, entre la República xx Xxxxx Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), suscrito el 2 xx xxxxx de 2013, por un monto hasta de treinta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 35.000.000) para financiar el Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad. El texto del referido contrato xx xxxxxxxx, su anexo único, y las normas generales que se adjuntan a continuación, forman parte integrante de esta ley.
Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx. N.° 2157 Proyecto Mercado Regional Mayorista de la Región Chorotega
Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx. N.° 9050-CR Se aprueba el Contrato xx Xxxxxxxx N.° 9050-CR, entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la República xx Xxxxx Rica, para financiar el Programa Desarrollo Sostenible de la Pesca y la Acuicultura en Xxxxx Rica, por un monto hasta de setenta y cinco millones cien mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América (US$ 75.100.500). El texto del referido contrato xx xxxxxxxx, sus anexos y las condiciones generales, que se adjuntan a continuación, forman parte integrante de esta ley. Mag. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx 1 de 26 Traductora e Intérprete Oficial Tel. 0000-0000 / 0000-0000 x.xxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx Yo, Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Traductora Oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República xx Xxxxx Rica, nombrada por Acuerdo número 1405-92-DAJ del 22 de octubre de 1992, publicado en La Gaceta número 61 del 30 xx xxxxx de 1993, CERTIFICO que en idioma español el documento a traducir, Contrato xx Xxxxxxxx entre la República xx Xxxxx Rica y el Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento, dice lo siguiente en lo conducente: ------------------- FOMENTO (“Banco”). El Prestatario y el Banco acuerden aquí lo siguiente:
Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx. Apruébese el Contrato xx Xxxxxxxx para financiar el Programa de Apoyo a la Sostenibilidad Fiscal suscrito entre la República xx Xxxxx Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo por un monto de hasta trescientos cincuenta millones de dólares estadounidenses exactos (USD 350.000.000,00) El texto del referido Contrato xx Xxxxxxxx, que se adjunta a continuación, forma parte integrante de esta Ley. LEG/SGO/CID/EZSHARE-1354864508-14676 E STIPULACIONES ESPECIALES P artes, Objeto, Elementos Integrantes y Organismo Ejecutor
Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx. N.° CCR 1025 01L Se Aprueba el Contrato xx Xxxxxxxx N.° CCR 1025 01L que financiará el “Programa de Apoyo Presupuestario basado en Políticas para implementar la trayectoria sostenible e inclusiva de Costa Rica”, suscrito entre la República xx Xxxxx Rica y la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) hasta por el monto de €150.000.000 (ciento cincuenta millones de Euros) o su equivalente en dólares. El texto del referido Contrato xx Xxxxxxxx y sus anexos, que se adjuntan a continuación, forman parte integrante de esta Ley.
Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx. Apruébase el Primer Contrato xx Xxxxxxxx N.° 2098/OC-CR entre la República xx Xxxxx Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 22 de febrero de 2011, por un monto hasta de sesenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD$ 60.000.000,00), celebrado al amparo del Convenio de Cooperación para el Financiamiento de Proyectos de Inversión (CR-X1007), destinado a financiar el Primer Programa de la Red Vial Cantonal (PRVC I). Los textos del referido primer contrato xx xxxxxxxx y sus anexos, que se adjuntan a continuación, forman parte integrante de esta ley. xx xx 0000 XXX/XXX/XXX/XXXXXXX#0000000 Partes, Objeto, Elementos Integrantes, Organismo Ejecutor y Definiciones Particulares
Aprobación del Contrato xx Xxxxxxxx. Se aprueba el Contrato xx Xxxxxxxx N.º 3488/OC-CR entre la República xx Xxxxx Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), suscrito el 17 de diciembre de 2015, hasta por el monto de cien millones de dólares de los Estados Unidos de América (USO 100.000.000,00) para financiar el Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica (en adelante denominado "el Programa"). El texto del Contrato xx Xxxxxxxx N.º 3488/OC-CR, que se adjunta a continuación, forma parte integral de esta ley. entre REPÚBLICA XX XXXXX RICA CONTRATO celebrado el día 17 de diciembre del 2015 entre LA REPÚBLICA XX XXXXX RICA, en adelante denominada el "Prestatario", y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, en adelante denominado el "Banco", para cooperar en la ejecución del Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica, en adelante denominado el "Programa", que consiste en proveer financiamiento para fortalecer la competitividad del comercio exterior mediante la modernización de la infraestructura, el equipamiento y sus sistemas fronterizos.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.