PUBLICACIÓN Cláusulas de Ejemplo
PUBLICACIÓN. De acuerdo con el Decreto 0019 del 10 de enero de 2012 en su artículo 223, este contrato no requiere publicación en el Diario Único de Contratación Pública. Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá, D.C. a los once (11) días del mes de diciembre de 2018.
PUBLICACIÓN. La información relativa a la adjudicación del presente contrato se realizará en el Perfil del Contratante, así como en la Plataforma de Contratación del Sector Público
PUBLICACIÓN. El pliego de condiciones de la invitación pública No 011 de 2021 y demás documentos de naturaleza precontractual y contractual serán publicados en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇
PUBLICACIÓN. La máxima autoridad o su delegado tiene la obligación de publicar los procedimientos de contratación y la información relevante de los mismos en el Portal Institucional, , tomando en consideración la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública en relación a los documentos considerados como relevantes. Se exceptúa la publicación de aquellos procedimientos considerados como confidenciales (seguridad interna o externa), en base a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, y la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
PUBLICACIÓN. Dispóngase la publicación del Decreto Supremo, el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y sus Anexos aprobados en el artículo 1 en el Portal del Estado Peruano (▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (▇▇▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
PUBLICACIÓN. El presente contrato deberá publicarse en la Gaceta Oficial del Municipio de Medellín.
PUBLICACIÓN. El Banco puede publicar los Convenios Legales de los cuales es parte y cualquier otra información relacionada con dichos Acuerdos Legales de conformidad con su política de acceso a la información vigente al momento de dicha publicación
PUBLICACIÓN. De conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Decreto Ley 019 de 2012 y e l Decreto 1510 de 2013, la publicación de este contrato se efectuará a través del Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP-. Se firma en la ciudad de Bogotá D.C. a los, OBJETO: El CONTRATISTA se compromete a realizar la interventoría técnica, administrativa, financiera, legal y ambiental al contrato de obra que suscriba la F G A A dentro de la Licitación Pública No. FGAA- LP-001-2014, cuyo objeto consiste en EJECUCIÓN POR LA MODALIDAD DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FÓRMULA DE REAJUSTE DEL REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y ADECUACION FISICA DE LA CASA DE PROPIEDAD DE LA FUNDACION ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ UBICADA EN LA CALLE 10 Nº 2 -54 (NUEVA) – ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇. ▇ - ▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇) ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ LOCALIDAD LA ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ DE BOGOTÁ D.C., DE CONFORMIDAD CON LOS ESTUDIOS PREVIOS Y EL PLIEGO DE CONDICIONES Actividades técnicas • Verificar que el contratista cumpla con todas y cada una de las obligaciones del contrato. • Abrir y llevar diariamente una “bitácora de la actividades” que será firmada por el interventor, el director y el residente de obra, en la que se hagan constar las actividades diarias realizadas, entre otras: las reuniones de coordinación, los comités, la verificación de calidad de materiales y procesos constructivos, la verificación del número de trabajadores que laboraron, y del cumplimiento de las especificaciones de seguridad industrial y ambiental, el avance alcanzado en la programación y los ensayos solicitados. • Verificar la permanencia en la obra del director y el residente de obra, así como la adecuada ejecución de sus funciones, sobre lo cual dejará constancia diaria en la bitácora. • Estudiar todos los planos, estudios y especificaciones técnicas, pliego de condiciones del contrato de obra, diseños adicionales y complementarios del proyecto que se hayan suministrado al contratista, así como examinar la zona de ejecución de los trabajos, y solicitar los ajustes y / o modificaciones que estime pertinentes. • Revisar los planos, diseños y especificaciones, complementando lo que pudiere hacerles falta, e informando al supervisor del contrato de interventoría sobre dichas complementaciones. • Revisar, estudiar y aprobar los análisis de precios unitarios presentados por el contratista, y velar porque éstos cumplan con lo exigido por el supervisor del contrato de interventoría. • Dar solución oportuna a los problemas que se presenten en desarrollo del contrato ...
PUBLICACIÓN. El Promotor está obligado a publicar en el REec la información sobre el Estudio Observacional. La información a publicar al inicio del Estudio Observacional hará mención, al menos, al título, el Promotor, los medicamentos objeto de estudio, el objetivo y las fuentes de financiación y deberá ser actualizada en caso de que se produzca alguna modificación sustancial. Los resultados, tanto positivos como negativos, ya sea mediante resumen de resultados o mediante referencia bibliográfica de la publicación científica del Estudio Observacional, serán publicados por el Promotor en el REec y, con independencia de ello, en revistas científicas antes de que los resultados sean divulgados al público no sanitario.
PUBLICACIÓN. En virtud de lo dispuesto en el Artículo 223 del decreto Ley 019 de 2012, en concordancia con el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015 y el manual de contratación vigente, se procederá a la publicación del presente contrato en el SECOP II que administra la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇.
