Common use of Quebranto de moneda Clause in Contracts

Quebranto de moneda. ‌ Arts. 53, 54 Salvo en las Instituciones en que las diferencias de efec- tivo de caja vayan a cargo de la Entidad, la compensación económica por quebranto de moneda al personal que efectúe pagos y cobros en ventanilla y soporte a su propio riesgo y cuenta las diferencias económicas por errores en su labor, cuando la persona trabajadora maneje directa y físicamente dinero en efectivo, serán las siguientes, durante toda la vi- gencia del Convenio:‌ Tipo 1 Saldo de ahorro medio anual inferior a 300.506,05 498 Tipo 2 Saldo de ahorro medio anual de 300.506,05 a 601.012,1 563 Tipo 3 Saldo de ahorro medio anual de más de 601.012,1 638

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Samples: Convenio Colectivo

Quebranto de moneda. ‌ Arts. 53, 54 Salvo en las Instituciones en que las diferencias de efec- tivo efectivo de caja vayan a cargo de la Entidad, la compensación económica por quebranto de moneda al personal que efectúe pagos y cobros en ventanilla y soporte a su propio riesgo y cuenta las diferencias económicas por errores en su labor, cuando la persona trabajadora maneje directa y físicamente dinero en efectivo, serán las siguientes, durante toda la vi- gencia vigencia del Convenio:‌ convenio: Tipo 1 1. Saldo de ahorro medio anual inferior a 300.506,05 €. 498 Tipo 2 2. Saldo de ahorro medio anual de 300.506,05 a 601.012,1 €. 563 Tipo 3 3. Saldo de ahorro medio anual de más de 601.012,1 €. 638

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Samples: www.boe.es

Quebranto de moneda. ‌ Arts. 53, 54 Salvo en las Instituciones en que las diferencias de efec- tivo de caja vayan a cargo de la Entidad, la compensación económica por quebranto de moneda al personal que efectúe pagos y cobros en ventanilla y soporte a su propio riesgo y cuenta las diferencias económicas por errores en su labor, cuando la persona trabajadora maneje directa y físicamente dinero en efectivo, serán las siguientes, durante toda la vi- gencia del Convenio:‌ Convenio: Tipo 1 Saldo de ahorro medio anual inferior a 300.506,05 498 Tipo 2 Saldo de ahorro medio anual de 300.506,05 a 601.012,1 563 Tipo 3 Saldo de ahorro medio anual de más de 601.012,1 638

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Samples: Convenio Colectivo

Quebranto de moneda. ‌ Arts. 53, 54 Salvo en las Instituciones en que las diferencias de efec- tivo efectivo de caja vayan a cargo de la Entidad, la compensación económica por quebranto de moneda al personal que efectúe pagos y cobros en ventanilla y soporte a su propio riesgo y cuenta las diferencias económicas por errores en su labor, cuando la persona trabajadora el empleado maneje directa y físicamente dinero en efectivo, serán las siguientes, durante toda la vi- gencia del Convenio:‌ : Tipo 1 Saldo de ahorro medio anual inferior a 300.506,05 498 € 400 412 425 Tipo 2 Saldo de ahorro medio anual de 300.506,05 a 601.012,1 563 € 000 000 000 Tipo 3 Saldo de ahorro medio anual de más de 601.012,1 638€ 513 529 545

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Samples: www.ceca.es

Quebranto de moneda. ‌ Arts. 53, 54 Salvo en las Instituciones en que las diferencias de efec- tivo efectivo de caja vayan a cargo de la Entidad, la compensación económica por quebranto de moneda al personal que efectúe pagos y cobros en ventanilla y soporte a su propio riesgo y cuenta las diferencias económicas por errores en su labor, cuando la persona trabajadora maneje directa y físicamente dinero en efectivo, serán las siguientes, durante toda la vi- gencia vigencia del Convenio:‌ Convenio: Tipo 1 1. Saldo de ahorro medio anual inferior a 300.506,05 €. 498 Tipo 2 2. Saldo de ahorro medio anual de 300.506,05 a 601.012,1 €. 563 Tipo 3 3. Saldo de ahorro medio anual de más de 601.012,1 €. 638

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Samples: Convenio Colectivo Para Las Cajas Y Entidades Financieras De Ahorro

Quebranto de moneda. ‌ Arts. 53, 54 Salvo en las Instituciones en que las diferencias de efec- tivo efectivo de caja vayan a cargo de la Entidad, la compensación económica por quebranto de moneda al personal que efectúe pagos y cobros en ventanilla y soporte a su propio riesgo y cuenta las diferencias económicas por errores en su labor, cuando la persona trabajadora el empleado maneje directa y físicamente dinero en efectivo, serán las siguientes, durante toda la vi- gencia vigencia del Convenio:‌ Convenio: Tipo 1 Saldo de ahorro medio anual inferior a 300.506,05 498 Tipo 2 Saldo de ahorro medio anual de 300.506,05 a 601.012,1 563 Tipo 3 Saldo de ahorro medio anual de más de 601.012,1 638

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Samples: Convenio Colectivo De Las Cajas Y Entidades Financieras De Ahorro