RECLAMOS DEL CUOTAPARTISTA Cláusulas de Ejemplo

RECLAMOS DEL CUOTAPARTISTA. 5.1. La Depositaria informará a los cuotapartistas sobre todos los canales de atención y recepción de reclamos disponibles. 5.2. La Depositaria atenderá los reclamos de los cuotapartistas diligentemente, conforme a las circunstancias del caso. 5.3. Si un cuotapartista desea presentar un reclamo, lo podrá realizar por las vías señaladas en el punto 4.2. de esta Sección, si se hubieran habilitado dichos canales de atención. 5.4. La Depositaria registrará los reclamos de los cuotapartistas a fin de facilitar su seguimiento. 5.5. Excepto que una norma legal estableciera un plazo diferente, la Depositaria deberá dar respuesta a los reclamos dentro del menor plazo posible, el cual no excederá de los treinta (30) días corridos de recibidos. Dicho plazo podrá ser extendido de manera razonable cuando la resolución del reclamo no dependiera exclusivamente de la Depositaria. 5.6. La Depositaria se compromete a ejercer una supervisión constante del estado de los reclamos presentados, a fin de asegurar plazos de respuesta razonables.
RECLAMOS DEL CUOTAPARTISTA. 5.1. La SGFCI, y la SDFCI en caso de corresponder, informará a sus cuotapartistas sobre todos los canales de atención y recepción de reclamos que se encuentren disponibles. 5.2. La SGFCI, y la SDFCI en caso de corresponder, atenderá los reclamos de cuotapartistas en forma diligente, conforme a las circunstancias del caso. 5.3. Si un cuotapartista desea presentar un reclamo, lo podrá realizar por las vías detalladas en el punto 4.2. de esta Sección, en cualquiera de los canales de atención que se encuentre habilitado. 5.4. La SGFCI, y la SDFCI en caso de corresponder, registrarán los reclamos de los cuotapartistas a fin de facilitar su seguimiento. 5.5. Excepto que una norma legal estableciera un plazo diferente, la SGFCI, y en caso de corresponder la SDFCI, deberán dar respuesta a los reclamos presentados por los cuotapartistas, dentro de los treinta (30) días corridos de recibidos. Dicho plazo podrá ser extendido de manera razonable por causa de fuerza mayor. 5.6. La SGFCI se compromete a ejercer una supervisión constante del estado de los reclamos presentados por los cuotapartistas a fin de asegurar plazos de respuesta razonables.
RECLAMOS DEL CUOTAPARTISTA. 5.1. Las Partes Participantes informarán a sus cuotapartistas sobre todos los canales de atención y recepción de reclamos disponibles. 5.2. Las Partes Participantes atenderán los reclamos de cuotapartistas diligentemente, conforme a las circunstancias del caso. 5.3. Si un cuotapartista desea presentar un reclamo, lo podrá realizar por las vías señaladas en el punto 4.2. de esta Sección, si se hubieran habilitado dichos canales de atención. 5.4. Las Partes Participantes registrarán los reclamos de los cuotapartistas a fin de facilitar su seguimiento. 5.5. Excepto que una norma legal estableciera un plazo diferente, las Partes Participantes deberán dar respuesta a los reclamos dentro de los treinta (30) días corridos de recibidos. Dicho plazo podrá ser extendido de manera razonable por causa de fuerza mayor. 5.6. Las Partes Participantes se comprometen a ejercer una supervisión constante del estado de los reclamos presentados a fin de asegurar plazos de respuesta razonables.

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  • PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

  • CRONOGRAMA DE PLAZOS El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente:

  • VISITA A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES NO APLICA

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.

  • Manuales de Operación y de Mantenimiento 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista.

  • Derecho supletorio En todo lo no previsto en el presente Pliego y sus anexos, el contrato se regirá por lo establecido, por ley 30/2.007, de 30 de octubre por la que se regula los Contratos del Sector Público , por el Real Decreto 817/2.009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la ley 30/2.007 y por el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga a la norma antes indicada .

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación se presentará en castellano. En el sobre se deben incluir los siguientes documentos, según cada caso:  Datos identificativos del licitador a efectos de notificaciones, según el modelo del Anexo 1.  Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones de contratar y encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según el modelo del Anexo 2.  Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, según modelo del Anexo 3. En todo caso EOI, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato  Documentación que acredite el porcentaje de trabajadores con discapacidad que el licitador tiene en su plantilla. En caso de no acreditarlo, a efectos de empate entre ofertas, se considera que este porcentaje es cero.  En caso de presentar oferta alguna otra empresa perteneciente al mismo grupo empresarial (según el artículo 42.1 del Código de Comercio), declaración responsable indicando las denominaciones de las empresas pertenecientes al grupo empresarial que presentan oferta.  En caso de unión de empresarios, se deberá presentar una declaración firmada por los representantes de las entidades, en la que se indique el porcentaje de participación de cada entidad en la unión de empresarios e identificación de la entidad que ostentará la plena representación de todas ellas frente a EOI. En el sobre se debe incluir la información necesaria para valorar la oferta (criterios que dependen de un juicio de valor y criterios cuantificables de forma automática), de acuerdo con lo indicado en el Cuadro Resumen y el Pliego de Características Técnicas. Se incluirán, debidamente ordenados:  Resumen ejecutivo, firmado por el licitador, que sintetice la información relativa a los criterios que dependen de un juicio de valor. La extensión máxima del resumen ejecutivo es de 1.000 palabras y 2 páginas (a doble cara).  Oferta Técnica, con un máximo de 10 páginas (a doble cara), que deberá seguir la estructura exigida en el Pliego de Características Técnicas.  Documentación anexa, numerada de 1 a N. Se puede incluir como anexo cualquier documento que sea preciso para completar o aclarar la información contenida en la Oferta Técnica. La necesidad de incluir un documento anexo se debe justificar al menos por una referencia, indicando número concreto de anexo, a dicho documento en la Oferta Técnica. Los anexos que no figuren referenciados en la Oferta Técnica no se considerarán pertinentes y podrían no ser tomados en cuenta en la valoración. El máximo de páginas total de todos los anexos será de 50 páginas (a doble cara).  Información económica así como otros criterios cuantificables automáticamente, según el modelo incluido como Anexo 4, debidamente firmado. Se deben completar todos los indicadores cuantitativos incluidos en el Anexo 4, incluso con valor 0 cuando ese sea el valor que propone el licitador La documentación de la oferta deberá presentarse, además de en formato papel, en formato electrónico grabado en un CD, DVD, memoria USB o similar. El contenido de la oferta debe ser idéntico en ambos soportes, pudiendo realizada la valoración con la información contenida en cualquiera de ellos. La oferta en formato electrónico deberá estar en un único fichero en formato pdf, legible electrónicamente, en el que el texto pueda ser buscado, seleccionado y copiado informáticamente. Las secciones de la Oferta Técnica que no cumplan este requisito, por ejemplo mediante la inclusión de textos escaneados con formato de imagen, podrán no ser tenidas en cuenta en la valoración.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • Programa de Prestación del Servicio Programa que las personas prestadoras del servicio de aseo y/o sus actividades complementarias deben formular e implementar, en el cual definirán los objetivos, metas, estrategias, campañas educativas, actividades y cronogramas, costos y fuentes de financiación. Este programa igualmente deberá definir todos los aspectos operativos de las diferentes actividades del servicio que atienda el operador, en concordancia con lo definido en el PGIRS, la regulación vigente y lo establecido en el Decreto 1077 de 2015.