Common use of Responsable de la Comercialización Clause in Contracts

Responsable de la Comercialización. El programa “Espacios Públicos Conectados” debe ser un programa que a lo largo de su vida útil promueva el desarrollo y uso de las tecnologías como motor de desarrollo y bienestar social, y para ello es de suma importancia establecer mecanismos y metodologías de comercialización que permitan percibir ingresos de forma independiente por parte de los oferentes y así requerir una subvención más baja para el desarrollo del programa. Los ingresos independientes dependerán de las estrategias de comercialización que de forma optativa implementen cada uno de los Contratistas responsables de su Región Operativa de forma efectiva y eficiente, y que se aplicaría para cada ZAIG. Le corresponderá a cada Contratista especificar en sus estados financieros de contabilidad separada, identificando claramente los ingresos relacionados a actividades de comercialización y comercialización a través de la infraestructura tecnológica implementada en cada ZAIG. Los Contratista deberán reportar todos los ingresos asociados al proyecto y acorde a los tipos de servicio ofrecidos y los servicios relacionados tanto de telecomunicaciones como los demás ingresos, producto de la comercialización y sostenibilidad de este. De igual forma, todos los aportes recibidos por concepto de la subvención solicitada deben ser registrados en su cuenta de ingresos de forma separada. La Administración revisará periódicamente la información contenida en las publicidades de los Contratistas, los cuales deberán firmar con sus anunciantes un contrato en el que se comprometan a cumplir con la legislación costarricense vigente para este objeto. Para ello, se excluyen realizar publicidad que haga referencia a los siguientes contenidos: • Productos o servicios ilegales: no se debe de promocionar o facilitar servicios, productos o actividades ilícitas. • Prácticas discriminatorias: los anuncios no deben de fomentar la discriminación de personas según atributos personales como raza, etnia, color, nacionalidad, religión, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, situación familiar, discapacidad o condición médica o genética. • Drogas, tabaco o productos relacionados: los anuncios no deben promocionar la venta ni el uso de medicamentos con receta, drogas ilegales, tabaco o alcohol para uso recreativo. • Armas, munición o explosivos: los anuncios no deben promocionar la venta ni el uso xx xxxxx, municiones ni explosivos • Productos, servicios o contenido para adultos: no se debe promocionar la venta ni el uso de productos o servicios para adultos en los anuncios, a excepción de aquellos relacionados con la planificación familiar y la anticoncepción. Los anuncios no deben incluir contenido para adultos, como desnudos, representaciones de personas en posiciones explícitas o sugerentes, o actividades que sean demasiado sugerentes o sexualmente provocativas. • Infracción de derechos: los anuncios no deben incluir ningún contenido que infrinja o vulnere los derechos de terceros, incluidos los derechos de autor, marca comercial, privacidad, publicidad u otro derecho personal o de la propiedad. • Contenido violento: los anuncios no deben incluir contenido impactante, sensacionalista, irrespetuoso o excesivamente violento. • Apuestas con dinero real o criptomonedas: los anuncios que promocionen o faciliten apuestas, juegos de habilidades o loterías en Internet con dinero real o criptomonedas (incluidos casinos en Internet, apuestas deportivas, bingos o póquer). • Farmacias por Internet: los anuncios no deben promocionar la venta de medicamentos con receta médica. Los anuncios de farmacias (en Internet o físicas) solo se permiten con autorización previa por escrito. • Contenido falso o fraudulento: Los anuncios no deben incluir contenido falso, fraudulento o engañoso, como afirmaciones, Ofertas o prácticas comerciales que puedan inducir a engaño.

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Responsable de la Comercialización. El programa “Espacios Públicos Conectados” debe ser un programa auto sostenible y que a lo largo de su vida útil promueva el desarrollo y uso de las tecnologías como motor de desarrollo y bienestar social, y para ello es de suma importancia establecer mecanismos y metodologías de comercialización que permitan percibir ingresos de forma independiente por parte de los oferentes y así requerir una subvención más baja para el desarrollo independiente. La sostenibilidad del programa. Los ingresos independientes dependerán programa dependerá de las estrategias de comercialización que de forma optativa implementen cada uno de los Contratistas responsables de su Región Operativa de forma efectiva y eficiente, y que se aplicaría para cada ZAIG. Le Les corresponderá a cada Contratista especificar en sus estados financieros de contabilidad separada, identificando claramente los ingresos relacionados a actividades de comercialización y comercialización a través de la infraestructura tecnológica implementada en cada ZAIG. Los Contratista deberán reportar todos los ingresos asociados al proyecto y acorde a los tipos de servicio ofrecidos y los servicios relacionados tanto de telecomunicaciones como los demás ingresos, producto de la comercialización y sostenibilidad de estedel mismo. De igual forma, todos los aportes recibidos por concepto de la subvención solicitada deben ser registrados en su cuenta de ingresos de forma separada. La Administración El Fideicomiso revisará periódicamente la información contenida en las publicidades de los Contratistas, los cuales deberán firmar con sus anunciantes un contrato en el contratistas para regir que estas se comprometan a cumplir estén cumpliendo con la legislación costarricense vigente para este objeto. Para ello, se excluyen realizar publicidad que haga referencia a los siguientes contenidos: • Productos o servicios ilegales: no se debe de promocionar o facilitar servicios, productos o actividades ilícitas. • Prácticas discriminatorias: los anuncios no deben de fomentar la discriminación de personas según atributos personales como raza, etnia, color, nacionalidad, religión, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, situación familiar, discapacidad o condición médica o genética. • Drogas, tabaco o productos relacionados: los anuncios no deben promocionar la venta ni el uso de medicamentos con receta, drogas ilegales, tabaco o alcohol para uso recreativo. • Armas, munición o explosivos: los anuncios no deben promocionar la venta ni el uso xx xxxxx, municiones ni explosivos • Productos, servicios o contenido para adultos: no se debe promocionar la venta ni el uso de productos o servicios para adultos en los anuncios, a excepción de aquellos relacionados con la planificación familiar y la anticoncepción. Los anuncios no deben incluir contenido para adultos, como desnudos, representaciones de personas en posiciones explícitas o sugerentes, o actividades que sean demasiado sugerentes o sexualmente provocativas. • Infracción de derechos: los anuncios no deben incluir ningún contenido que infrinja o vulnere los derechos de terceros, incluidos los derechos de autor, marca comercial, privacidad, publicidad u otro derecho personal o de la propiedad. • Contenido violento: los anuncios no deben incluir contenido impactante, sensacionalista, irrespetuoso o excesivamente violento. • Apuestas con dinero real o criptomonedas: los anuncios que promocionen o faciliten apuestas, juegos de habilidades o loterías en Internet internet con dinero real o criptomonedas (incluidos casinos en Internetinternet, apuestas deportivas, bingos o póquer). • Farmacias por Internetinternet: los anuncios no deben promocionar la venta de medicamentos con receta médica. Los anuncios de farmacias (en Internet internet o físicas) solo se permiten con autorización previa por escrito. • Contenido falso o fraudulento: Los anuncios no deben incluir contenido falso, fraudulento o engañoso, como afirmaciones, Ofertas ofertas o prácticas comerciales que puedan inducir a engaño. La plataforma y estrategia de comercialización deberá ser desarrollada por cada Contratista y deberá contar más no limitarse a las siguientes características: • Considerar los siguientes elementos: publicidad digital, la posibilidad de extender el tiempo de conexión a través del cobro por uso adicional (luego del período gratuito original) o activación de cupones o voucher de conectividad, • Ofrecer todos los demás servicios de Telecomunicaciones, mayoristas y minoristas, y generar acciones de sostenibilidad en las categorías descritas en el apartado “Modelos de Comercialización”, descrito previamente. o Transporte: Deberá ofrecer los servicios de transporte por medio de la infraestructura subvencionada, que le sean solicitados por otra empresa y que se encuentre en capacidad de ofrecer. o Publicidad y mercadeo digital, el oferente podrá explotar las posibilidades de venta de publicidad digital y marketing, a través de un uso no mayor del 10% del área de navegación del usuario. Se prohíbe realizar publicidad a actividades o productos relacionados con violencia, actividades ilegales, contenidos inapropiados para menores de edad, drogas o sustancias psicotrópicas. • Servicios de video vigilancia, el oferente podrá ofrecer servicios de video vigilancia o conexión de cámaras de video vigilancia de alta resolución, que le sean solicitados por la Municipalidad o institución respectiva, en condiciones comerciales normales. • Los ingresos percibidos a través de todos los servicios del programa deben ser incluidos e identificados en la contabilidad separada del mismo, para cada Región Operativa de forma independiente. • Las estrategias de comercialización deben garantizar la sostenibilidad (uso eficiente, costos razonables, inversiones oportunas y efectivas, control de costos y gastos) del programa, procurando el uso adecuado y eficiente de dichos recursos, de la inversión y promover y procurar la auto sostenibilidad del programa en el mediano plazo. • El Contratista está obligado a maximizar las inversiones aprovechando todas las posibilidades de explotación de la red y todas las oportunidades de negocios posibles, aprovechándose de las economías de escala y de alcance, mediante su gestión comercial normal, es decir, que se apegue a la comercialización habitual que cada Contratista hace de sus productos. • Dentro de las ofertas se debe plantear un modelo de negocio orientado a la explotación de todos los tipos de servicios posibles y un plan de negocios, en el cual se debe demostrar que el operador se encuentra en capacidad de presentar una contabilidad separada para el proyecto, como parte de los requisitos de admisibilidad, y que la misma pueda ser auditada de conformidad con la Ley anualmente. • El Contratista deberá reportar todos los ingresos asociados al proyecto y acorde a los tipos de servicio ofrecidos y los servicios relacionados tanto de telecomunicaciones como los demás ingresos, producto de la comercialización y sostenibilidad del mismo. De igual forma, todos los aportes recibidos por concepto de la subvención solicitada deben ser registrados en su cuenta de ingresos de forma separada. • El Contratista tiene la potestad de desarrollar las estrategias y oportunidades de comercialización que consideren óptimas y efectivas con base a los desarrollos y nuevas tecnologías disponibles (e.g. realidad aumentada, geolocalización, etc.). • Se aclara que los programas de sensibilización, uso, aprovechamiento y beneficio no deben de entenderse en ningún momento como una campaña comercial (este programa es ajeno a las acciones de comercialización del proyecto). La estrategia y plataformas de comercialización deben definirse e implementarse desde el inicio del programa, en cada una de las ZAIGs que hayan sido aceptadas.

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Responsable de la Comercialización. El programa “Espacios Públicos Conectados” debe ser un programa que a lo largo de su vida útil promueva el desarrollo y uso de las tecnologías como motor de desarrollo y bienestar social, y para ello es de suma importancia establecer mecanismos y metodologías de comercialización que permitan percibir ingresos de forma independiente por parte de los oferentes y así requerir una subvención más baja para el desarrollo del programa. Los ingresos independientes dependerán de las estrategias de comercialización que de forma optativa implementen cada uno de los Contratistas responsables de su Región Operativa de forma efectiva y eficiente, y que se aplicaría para cada ZAIG. Le corresponderá a cada Contratista especificar en sus estados financieros de contabilidad separada, identificando claramente los ingresos relacionados a actividades de comercialización y comercialización a través de la infraestructura tecnológica implementada en cada ZAIG. Los Contratista deberán reportar todos los ingresos asociados al proyecto y acorde a los tipos de servicio ofrecidos y los servicios relacionados tanto de telecomunicaciones como los demás ingresos, producto de la comercialización y sostenibilidad de este. De igual forma, todos los aportes recibidos por concepto de la subvención solicitada deben ser registrados en su cuenta de ingresos de forma separada. La Administración revisará periódicamente la información contenida en las publicidades de los Contratistascontratistas, los cuales deberán firmar con sus anunciantes un contrato en el que se comprometan a cumplir con la legislación costarricense vigente para este objeto. Para ello, se excluyen realizar publicidad que haga referencia a los siguientes contenidos: • Productos o servicios ilegales: no se debe de promocionar o facilitar servicios, productos o actividades ilícitas. • Prácticas discriminatorias: los anuncios no deben de fomentar la discriminación de personas según atributos personales como raza, etnia, color, nacionalidad, religión, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, situación familiar, discapacidad o condición médica o genética. • Drogas, tabaco o productos relacionados: los anuncios no deben promocionar la venta ni el uso de medicamentos con receta, drogas ilegales, tabaco o alcohol para uso recreativo. • Armas, munición o explosivos: los anuncios no deben promocionar la venta ni el uso xx xxxxx, municiones ni explosivos • Productos, servicios o contenido para adultos: no se debe promocionar la venta ni el uso de productos o servicios para adultos en los anuncios, a excepción de aquellos relacionados con la planificación familiar y la anticoncepción. Los anuncios no deben incluir contenido para adultos, como desnudos, representaciones de personas en posiciones explícitas o sugerentes, o actividades que sean demasiado sugerentes o sexualmente provocativas. • Infracción de derechos: los anuncios no deben incluir ningún contenido que infrinja o vulnere los derechos de terceros, incluidos los derechos de autor, marca comercial, privacidad, publicidad u otro derecho personal o de la propiedad. • Contenido violento: los anuncios no deben incluir contenido impactante, sensacionalista, irrespetuoso o excesivamente violento. • Apuestas con dinero real o criptomonedas: los anuncios que promocionen o faciliten apuestas, juegos de habilidades o loterías en Internet internet con dinero real o criptomonedas (incluidos casinos en Internetinternet, apuestas deportivas, bingos o póquer). • Farmacias por Internetinternet: los anuncios no deben promocionar la venta de medicamentos con receta médica. Los anuncios de farmacias (en Internet internet o físicas) solo se permiten con autorización previa por escrito. • Contenido falso o fraudulento: Los anuncios no deben incluir contenido falso, fraudulento o engañoso, como afirmaciones, Ofertas ofertas o prácticas comerciales que puedan inducir a engaño. La plataforma y estrategia de comercialización deberá ser desarrollada por cada Contratista y deberá contar más no limitarse a las siguientes características: • Considerar los siguientes elementos: publicidad digital, la posibilidad de extender el tiempo de conexión a través del cobro por uso adicional (luego del período gratuito original) o activación de cupones o voucher de conectividad, • Ofrecer todos los demás servicios de Telecomunicaciones, mayoristas y minoristas, y generar acciones de sostenibilidad en las categorías descritas en el apartado “Modelos de Comercialización”, descrito previamente. o Transporte: Podrá ofrecer los servicios de transporte por medio de su infraestructura, que le sean solicitados por otra empresa y que se encuentre en capacidad de ofrecer. o Publicidad y mercadeo digital, el oferente podrá explotar las posibilidades de venta de publicidad digital y marketing, a través de un uso no mayor del 10% del área de navegación del usuario. No se podrá realizar publicidad que no se sujete a las xxxxx xx Xxxxx Rica. • Servicios de video vigilancia, el oferente podrá ofrecer servicios de video vigilancia o conexión de cámaras de video vigilancia de alta resolución, que le sean solicitados por la Municipalidad o institución respectiva, en condiciones comerciales normales. • Los ingresos percibidos a través de todos los servicios del programa deben ser incluidos e identificados en la contabilidad separada del mismo, para cada Región Operativa de forma independiente. • El Contratista podrá maximizar las inversiones aprovechando todas las posibilidades de explotación de la red y todas las oportunidades de negocios posibles, aprovechándose de las economías de escala y de alcance, mediante su gestión comercial normal, es decir, que se apegue a la comercialización habitual que cada Contratista hace de sus productos. • Dentro de las ofertas se debe demostrar que el operador se encuentra en capacidad de presentar una contabilidad separada para el proyecto, como parte de los requisitos de admisibilidad, y que la misma pueda ser auditada de conformidad con la Ley anualmente. • El Contratista deberá reportar todos los ingresos asociados al proyecto y acorde a los tipos de servicio ofrecidos y los servicios relacionados tanto de telecomunicaciones como los demás ingresos, producto de la comercialización. De igual forma, todos los aportes recibidos por concepto de la subvención solicitada deben ser registrados en su cuenta de ingresos de forma separada. • El Contratista tiene la potestad de desarrollar las estrategias y oportunidades de comercialización que consideren óptimas y efectivas con base a los desarrollos y nuevas tecnologías disponibles (ej. realidad aumentada, geolocalización, etc.). • Se aclara que los programas de sensibilización, uso, aprovechamiento y beneficio no deben de entenderse en ningún momento como una campaña comercial (este programa es ajeno a las acciones de comercialización del proyecto). La estrategia y plataformas de comercialización podrán definirse e implementarse desde el inicio del programa, en cada una de las ZAIGs que hayan sido aceptadas.

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Responsable de la Comercialización. El programa “Espacios Públicos Conectados” debe ser un programa que a lo largo de su vida útil promueva el desarrollo y uso de las tecnologías como motor de desarrollo y bienestar social, y para ello es de suma importancia establecer mecanismos y metodologías de comercialización que permitan percibir ingresos de forma independiente por parte de que permitan a los oferentes y así requerir una la subvención más baja para el desarrollo del programa. Los ingresos independientes dependerán de las estrategias de comercialización que de forma optativa implementen cada uno de los Contratistas responsables de su Región Operativa de forma efectiva y eficiente, y que se aplicaría para cada ZAIG. Le corresponderá a cada Contratista especificar en sus estados financieros de contabilidad separada, identificando claramente los ingresos relacionados a actividades de comercialización y comercialización a través de la infraestructura tecnológica implementada en cada ZAIG. Los Contratista deberán reportar todos los ingresos asociados al proyecto y acorde a los tipos de servicio ofrecidos y los servicios relacionados tanto de telecomunicaciones como los demás ingresos, producto de la comercialización y sostenibilidad de estedel mismo. De igual forma, todos los aportes recibidos por concepto de la subvención solicitada deben ser registrados en su cuenta de ingresos de forma separada. La Administración El Fideicomiso revisará periódicamente la información contenida en las publicidades de los Contratistascontratistas, los cuales deberán firmar con sus anunciantes un contrato en el que se comprometan a cumplir con la legislación costarricense vigente para este objeto. Para ello, se excluyen realizar publicidad que haga referencia a los siguientes contenidos: • Productos o servicios ilegales: no se debe de promocionar o facilitar servicios, productos o actividades ilícitas. • Prácticas discriminatorias: los anuncios no deben de fomentar la discriminación de personas según atributos personales como raza, etnia, color, nacionalidad, religión, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, situación familiar, discapacidad o condición médica o genética. • Drogas, tabaco o productos relacionados: los anuncios no deben promocionar la venta ni el uso de medicamentos con receta, drogas ilegales, tabaco o alcohol para uso recreativo. • Armas, munición o explosivos: los anuncios no deben promocionar la venta ni el uso xx xxxxx, municiones ni explosivos • Productos, servicios o contenido para adultos: no se debe promocionar la venta ni el uso de productos o servicios para adultos en los anuncios, a excepción de aquellos relacionados con la planificación familiar y la anticoncepción. Los anuncios no deben incluir contenido para adultos, como desnudos, representaciones de personas en posiciones explícitas o sugerentes, o actividades que sean demasiado sugerentes o sexualmente provocativas. • Infracción de derechos: los anuncios no deben incluir ningún contenido que infrinja o vulnere los derechos de terceros, incluidos los derechos de autor, marca comercial, privacidad, publicidad u otro derecho personal o de la propiedad. • Contenido violento: los anuncios no deben incluir contenido impactante, sensacionalista, irrespetuoso o excesivamente violento. • Apuestas con dinero real o criptomonedas: los anuncios que promocionen o faciliten apuestas, juegos de habilidades o loterías en Internet internet con dinero real o criptomonedas (incluidos casinos en Internetinternet, apuestas deportivas, bingos o póquer). • Farmacias por Internetinternet: los anuncios no deben promocionar la venta de medicamentos con receta médica. Los anuncios de farmacias (en Internet internet o físicas) solo se permiten con autorización previa por escrito. • Contenido falso o fraudulento: Los anuncios no deben incluir contenido falso, fraudulento o engañoso, como afirmaciones, Ofertas ofertas o prácticas comerciales que puedan inducir a engaño. La plataforma y estrategia de comercialización deberá ser desarrollada por cada Contratista y deberá contar más no limitarse a las siguientes características: • Considerar los siguientes elementos: publicidad digital, la posibilidad de extender el tiempo de conexión a través del cobro por uso adicional (luego del período gratuito original) o activación de cupones o voucher de conectividad, • Ofrecer todos los demás servicios de Telecomunicaciones, mayoristas y minoristas, y generar acciones de sostenibilidad en las categorías descritas en el apartado “Modelos de Comercialización”, descrito previamente. o Transporte: Podrá ofrecer los servicios de transporte por medio de su infraestructura, que le sean solicitados por otra empresa y que se encuentre en capacidad de ofrecer. o Publicidad y mercadeo digital, el oferente podrá explotar las posibilidades de venta de publicidad digital y marketing, a través de un uso no mayor del 10% del área de navegación del usuario. No se podrá realizar publicidad que no se sujete a las xxxxx xx Xxxxx Rica. • Servicios de video vigilancia, el oferente podrá ofrecer servicios de video vigilancia o conexión de cámaras de video vigilancia de alta resolución, que le sean solicitados por la Municipalidad o institución respectiva, en condiciones comerciales normales. • Los ingresos percibidos a través de todos los servicios del programa deben ser incluidos e identificados en la contabilidad separada del mismo, para cada Región Operativa de forma independiente. • El Contratista podrá maximizar las inversiones aprovechando todas las posibilidades de explotación de la red y todas las oportunidades de negocios posibles, aprovechándose de las economías de escala y de alcance, mediante su gestión comercial normal, es decir, que se apegue a la comercialización habitual que cada Contratista hace de sus productos. • Dentro de las ofertas se debe demostrar que el operador se encuentra en capacidad de presentar una contabilidad separada para el proyecto, como parte de los requisitos de admisibilidad, y que la misma pueda ser auditada de conformidad con la Ley anualmente. • El Contratista deberá reportar todos los ingresos asociados al proyecto y acorde a los tipos de servicio ofrecidos y los servicios relacionados tanto de telecomunicaciones como los demás ingresos, producto de la comercialización. De igual forma, todos los aportes recibidos por concepto de la subvención solicitada deben ser registrados en su cuenta de ingresos de forma separada. • El Contratista tiene la potestad de desarrollar las estrategias y oportunidades de comercialización que consideren óptimas y efectivas con base a los desarrollos y nuevas tecnologías disponibles (e.g. realidad aumentada, geolocalización, etc.). • Se aclara que los programas de sensibilización, uso, aprovechamiento y beneficio no deben de entenderse en ningún momento como una campaña comercial (este programa es ajeno a las acciones de comercialización del proyecto). La estrategia y plataformas de comercialización podrán definirse e implementarse desde el inicio del programa, en cada una de las ZAIGs que hayan sido aceptadas.

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