Reunión Informativa. Cuando en la solicitud de ofertas se determine que se realizará reunión informativa, se indicará si tiene carácter obligatorio o no. De ser obligatoria, la asistencia será un requisito de participación. En esta reunión se atenderán las inquietudes de los interesados, acerca del objeto y las condiciones del contrato previstas en la solicitud de ofertas. La persona que asista a la reunión no podrá representar a más de un interesado y mediante comunicación escrita de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica que representa, acreditará tal calidad.
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