Common use of RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE Clause in Contracts

RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 19.1- El contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares tiene carácter administrativo, por lo que las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con la preparación, competencia, adjudicación, interpretación, modificación, resolución, extinción y efectos del contrato, serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el art. 194 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del art. 195 de la citada Ley, y pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos habrá lugar, potestativamente, a recurso administrativo de reposición según lo dispuesto en el art. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ANEXO Nº 1 MODELO DE PROPOSICIÓN DIRECTOR PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN A CORUÑA Dirección Provincial

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación Del Servicio De Limpieza De Los Locales Sede Del Servicio Publico De Empleo Estatal

RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 19.1- El contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares tiene carácter administrativo, por lo que las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con la preparación, competencia, adjudicación, interpretación, modificación, resolución, extinción y efectos del contrato, serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el art. 194 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del art. 195 de la citada Ley, y pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos habrá lugar, potestativamente, a recurso administrativo de reposición según lo dispuesto en el art. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ANEXO Nº 1 MODELO DE PROPOSICIÓN DIRECTOR PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN A CORUÑA Dirección Provincialy contra los mismos procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el art. 21 de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.

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Samples: sede.sepe.gob.es

RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 19.1- 20.1- El contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares tiene carácter administrativo, por lo que las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con la preparación, competencia, adjudicación, interpretación, modificación, resolución, extinción y efectos del contrato, serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el art. 194 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del art. 195 de la citada Ley, y pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos habrá lugar, potestativamente, a recurso administrativo de reposición según lo dispuesto en el art. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y contra los mismos procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el art. 21 de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción. ANEXO Nº 1 MODELO DE PROPOSICIÓN DIRECTOR PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN A CORUÑA Dirección ProvincialPROPOSICIÓN

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Samples: Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación Del Servicio De Limpieza De La Dirección Provincial en Vigo Y Almacen en Mos Para El Servicio Publico De Empleo Estatal

RÉGIMEN DE RECURSOS Y ORDEN JURISDICCIONAL COMPETENTE. 19.1- El 23.1. Las cuestiones litigiosas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato a que se refiere el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares tiene Particulares, al ser este contrato de carácter administrativo, por lo que las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en relación con la preparación, competencia, adjudicación, interpretación, modificación, resolución, extinción y efectos del contrato, serán resueltos por el órgano de contratación, de conformidad con el art. 194 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuyos acuerdos, que serán inmediatamente ejecutivos y que se adoptarán siguiendo el procedimiento del art. 195 de la citada Ley, y pondrán fin a la vía administrativa. Contra los mismos habrá lugar, potestativamente, a recurso administrativo de reposición según lo dispuesto en el art. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ANEXO Nº 1 MODELO DE PROPOSICIÓN DIRECTOR PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN A CORUÑA Dirección Provincialy contra los mismos procederá recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el art. 21 de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir La Contratación De La Obra De Construcción De Un Edificio Para La Nueva Sede De La Dirección Provincial Del Servicio Público De Empleo Estatal