Sanciones por incumplimiento de contrato. Las penas convencionales que se aplicaran por atraso en las fechas de entrega de los productos serán: A) Si el proveedor adjudicado no entrega los bienes en condiciones de operación o realiza los servicios en las fechas señaladas en el contrato, en cuyo caso deberá cubrir a la convocante como pena convencional diaria sobre el monto total de la partida no entregada del pedido y hasta que los bienes queden debidamente entregados, la cantidad equivalente al 0.5% mientras dure el incumplimiento; B) La convocante procederá a rescindir el contrato por causas imputables al proveedor cuando la causa que lo genere ascienda a más de un 10% el importe total del contrato.
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Sanciones por incumplimiento de contrato. Las penas convencionales que se aplicaran aplicarán por atraso en las fechas de entrega de los productos serán:
A) Si el proveedor adjudicado no entrega los bienes en condiciones Consumibles de operación o realiza los servicios Cómputo en las fechas señaladas en el contrato, en cuyo caso deberá cubrir a la convocante como pena convencional diaria sobre el monto total de la partida no entregada del pedido y hasta que los bienes Consumibles de Cómputo queden debidamente entregados, la cantidad equivalente al 0.5% mientras dure el incumplimiento;
B) La convocante procederá a rescindir el contrato por causas imputables al proveedor cuando ascienda el porcentaje de la causa que lo genere ascienda pena acumulado a más de un 10% el importe total del contrato.
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Sanciones por incumplimiento de contrato. Las penas convencionales que se aplicaran aplicarán por atraso en las fechas de entrega de los productos serán:
A) Si el proveedor adjudicado no entrega los bienes en condiciones de operación o realiza los servicios en las fechas señaladas en el contrato, en cuyo caso deberá cubrir a la convocante como pena convencional diaria sobre el monto total de la partida no entregada del pedido y hasta que los bienes queden debidamente entregadosla prestación del servicio se realice, la cantidad equivalente al 0.5% mientras dure el incumplimiento;
B) La convocante procederá a rescindir el contrato por causas imputables al proveedor cuando el procentaje de la causa que lo genere pena acumulado ascienda a más de un 10% el importe total del contrato.
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Sanciones por incumplimiento de contrato. Las penas convencionales que se aplicaran por atraso en las fechas de entrega de los productos serán:
A) Si el proveedor adjudicado no entrega los bienes en condiciones de operación o realiza los servicios en las fechas señaladas en el contrato, en cuyo caso deberá cubrir a la convocante como pena convencional diaria sobre el monto total de la partida no entregada del pedido y hasta que los bienes queden debidamente entregados, la cantidad equivalente al 0.51% mientras dure el incumplimiento;
B) La convocante procederá a rescindir el contrato por causas imputables al proveedor cuando la causa que lo genere ascienda a más de un 10% el importe total del contrato.
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