DE LAS SESIONES DEL COMITÉ Cláusulas de Ejemplo

DE LAS SESIONES DEL COMITÉ. El Comité de Adquisiciones del Poder Ejecutivo, se reunirá de manera ordinaria dos veces al mes para el ejercicio fiscal 2015, conforme al calendario siguiente: ENERO 22 y 28 FEBRERO 11 y 25 MARZO 11 y 25 ABRIL 08 y 22 MAYO 13 y 27 JUNIO 10 y 24 JULIO 08 y 15 AGOSTO 12 y 26 SEPTIEMBRE 09 y 23 OCTUBRE 14 y 28 NOVIEMBRE 11 y 25 DICIEMBRE 09 y 16 CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN XX XXXXXX, POR CONDUCTO DE LA (DEPENDENCIA O ENTIDAD), REPRESENTADA POR EL (TITULAR), EN SU CARÁCTER DE (NOMBRAMIENTO), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL GOBIERNO” Y POR LA OTRA, LA EMPRESA (NOMBRE DE LA EMPRESA), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR", Y PARA REFERIRSE A “EL GOBIERNO” Y "EL PROVEEDOR" SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: I. “EL GOBIERNO” DECLARA: I.1 QUE EN LOS TÉRMINOS DEL
DE LAS SESIONES DEL COMITÉ. 1. El Comité funcionará conforme a las disposiciones siguientes: a) Sesionará las veces que fueren necesarias para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones, previa convocatoria que formule por escrito el Presidente, o bien el Secretario a petición expresa del primero, con cuando menos con veinticuatro horas de anticipación a su celebración, precisándose en la convocatoria, día, hora y lugar en que se celebrará la sesión, así como el orden del día correspondiente. En casos de urgencia, a juicio del Presidente, la convocatoria no tendrá que realizarse con veinticuatro horas de anticipación. b) Para la validez de las sesiones se requerirá de la presencia de la mitad más uno de los integrantes del Comité, debiendo en todo caso estar presente el Presidente o el Secretario. c) Para la validez de las decisiones del Comité, se requiere el voto aprobatorio de la mayoría de los integrantes con derecho a voto, asistentes a la sesión de que se trate. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad; en su ausencia, el Secretario tendrá esta facultad. d) El Secretario del Comité levantará un acta de cada sesión, la cual firmarán invariablemente los asistentes. e) Xxxxx acta deberá ser remitida a todos los integrantes del Consejo General, para su debido conocimiento, en un plazo no mayor a cuarenta y ocho horas a partir de la celebración de la sesión de que se trate.
DE LAS SESIONES DEL COMITÉ. Artículo 24. El Comité sesionará cuando menos una vez al mes, previa convocatoria que con anticipación de veinticuatro horas, formule el Presidente o Presidenta del Comité, debiendo señalar el orden del día a que se sujetará la sesión. Artículo 25. Las sesiones se realizarán en el lugar que se indique en la convocatoria, debiéndose levantar un acta por la o el Secretario Ejecutivo del Comité, a la que se agregarán los documentos relacionados con las decisiones tomadas, misma que deberá firmarse por los integrantes de este al término de la sesión. Artículo 26. Cuando cualquiera de los integrantes del Comité lo crea conveniente, podrán invitar a las reuniones a personas físicas o representantes de personas xxxxxxx para que los asesoren sobre bienes, servicios o arrendamientos que el Municipio requiera.
DE LAS SESIONES DEL COMITÉ. El Comité sesionará de manera ordinaria los días martes de cada semana a las 11:00 horas, previa entrega que realice el Secretario Técnico del orden del día, con por lo menos 24 horas de anticipación, para tratar asuntos que se hayan recepcionado hasta el día jueves hábil anterior. Cuando el Comité lo considere pertinente, atenderá asuntos recibidos posteriormente a la fecha de recepción y hasta antes del inicio de la sesión.

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