Servicios On Demand Cláusulas de Ejemplo

Servicios On Demand. 4.1 IBM Digital Analytics Additional Client ID Implementation Entity ID On-Demand Setup / IBM Coremetrics Web Analytics Additional Client ID Implementation Entity ID On-Demand Setup
Servicios On Demand. Las Opciones On Demand se pedirán según los términos del Acuerdo o del Documento de Transacción.
Servicios On Demand a. IBM Sterling B2B Services – Integration Basic – Advanced Integration Services b. IBM Sterling B2B Services – Integration Basic – Data Extraction Service Surcharge c. IBM Sterling B2B Services – Integration Basic – Expectant Event Alerting Service d. IBM Sterling B2B Services – Integration Basic – Gentran Services e. IBM Sterling B2B Services – Integration Basic for RosettaNet PIP Trading Partner Configuration f. IBM Sterling B2B Services – Integration Basic for RosettaNet PIP Configuration g. IBM Sterling B2B Services – Integration Basic – Project Implementation h. IBM Sterling B2B Services – Integration Basic – Secondary Services i. IBM Sterling B2B Services – Integration Basic – Standard Services
Servicios On Demand. Emptoris Sourcing on Cloud Event Monitoring
Servicios On Demand a. IBM Sterling B2B Services Collaboration Network Carbon Copy: es la capacidad de enviar una única transacción de un solo remitente a varios destinatarios. El servicio se puede implementar en los niveles de intercambio, funcionales o de Documento. El servicio no se podrá implementar en el nivel de Archivo. b. IBM Sterling B2B Services Collaboration Network Client Services Assisted Mailslot Status Check: consiste en que IBM compruebe el estado de un intercambio o Archivo de EDI dentro de un Buzón Interproceso y comunique si los datos se han encontrado o no, y, en el caso de encontrarlos, si se ha extraído el intercambio o el Archivo. Estos detalles se comunican a través de teléfono o correo electrónico. c. IBM Sterling B2B Services Collaboration Network Client Services Assisted Restore: consiste en que IBM recopile datos a un Buzón Interproceso después del archivo. d. IBM Sterling B2B Services Collaboration Network Delimiter Conversion: consiste en transformar caracteres individuales dentro de un mensaje EDI a otro tipo de caracteres. e. IBM Sterling B2B Services Collaboration Network Document Clipping: consiste en extraer un Documento del grupo de Documentos en un intercambio EDI y distribuir el Documento extraído a uno o varios Socios. f. IBM Sterling B2B Services Collaboration Network FIFO Processing: consiste en procesar y distribuir datos solo en el orden en el que se enviaron. g. IBM Sterling B2B Services Collaboration Network Private Network Surcharge: consiste en habilitar a un Cliente para que transmita datos a una red privada.

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  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).

  • REPRESENTANTES DE LAS PARTES EL PROVEEDOR se obliga a designar por escrito y a establecer un representante una vez formalizado el presente Contrato, el cual deberá tener poder para cumplir con los términos y condiciones pactados en el Contrato, en todo lo relacionado con la prestación de los servicios. LA API se reserva el derecho de su aceptación, o en su caso la solicitud de su sustitución, el cual podrá ejercer en cualquier tiempo. LA API en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 55-A del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del Contrato a (anotar nombre y cargo del representante), quien tendrá las facultades y obligaciones que señala el precepto indicado.

  • SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Se procederá a la suspensión del servicio en los siguientes eventos:

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 22.1.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- El 22.2.- El inicio del servicio deberá ser notificado a la convocante mediante el formato identificado como “ANEXO H” parte 1 al correo electronico xxxxxxx.xxxx@xxxxxx.xxx.xx, con una anticipación mínima de 24 hrs, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 107 fracción IV de la Ley. Teléfono para notificación: (222) 2 29 70 00 ext. 5062 22.3.- El Administrador de Contrato deberá supervisar la recepción de los bienes o la prestación del servicio, así mismo, realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las adjudicantes e igualmente podrán solicitar a los servidores públicos de las mismas, los licitantes y los proveedores, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a permitir el acceso a los almacenes, bodegas o lugares en lo que se presten los servicios o se hallen los bienes, así como a firmar los dictámenes que al efecto se levanten.

  • Servicios Generales Está integrado por quienes realicen servicios y trabajos no específicamente bancarios, tales como conserjería, vigilancia, conservación, limpieza y cualesquiera otros de análoga naturaleza. A efectos de retribución se encuentran distribuidos en los niveles IX al XII. El Nivel XII quedará reservado al personal de limpieza.

  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • GARANTÍA DEL SERVICIO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DEBERÁ GARANTIZAR QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE REALIZARÁ DE CONFORMIDAD A LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DESCRITAS EN EL ANEXO TÉCNICO Y A PROPORCIONARLO EN ESTRICTAS CONDICIONES DE EFICIENCIA Y CONFIDENCIALIDAD, EN LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS PARA TAL EFECTO.

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR EL PROVEEDOR asumirá la