Sistema de remuneración por incentivo. Las empresas que tengan establecido un sistema de remuneración por in- centivo podrán ajustar la actividad normal a las definiciones contenidas en el artículo 15 de la parte general del convenio, aun cuando las percepciones medias no excedan del 40 por 100 de las señaladas en éste para actividad normal, todo ello al objeto de que las actividades reales se correspondan con las científicamente correctas a rendimiento normal.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal, Convenio Colectivo
Sistema de remuneración por incentivo. Las empresas que tengan establecido un sistema de remuneración por in- centivo incentivo podrán ajustar la actividad normal a las definiciones contenidas en el artículo 15 de la parte general del convenio, aun cuando las percepciones medias no excedan del 40 por 100 de las señaladas en éste para actividad normal, todo ello al objeto de que las actividades reales se correspondan con las científicamente correctas a rendimiento normal.
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Samples: Convenio Colectivo
Sistema de remuneración por incentivo. Las empresas que tengan establecido un sistema de remuneración por in- centivo incentivo podrán ajustar la actividad normal a las definiciones contenidas en el artículo 15 de la parte general del convenio, aun cuando las percepciones medias no excedan del 40 por 100 de las señaladas en éste para actividad normal, todo ello al objeto de que las actividades reales se correspondan con las científicamente correctas a rendimiento normal.. cve: BOE-A-2021-20792 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
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