SOBRE N° 2. En el interior del Sobre N° 2, se encontrará la siguiente documentación: 1. La Propuesta Económica conforme Anexo III. 2. Lista de Cantidades Valoradas conforme Anexo V, la cual se presenta a los efectos de la certificación y redeterminación de precios. 3. Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias. 4. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° DECRE-2021-290-GDEBA-GPBA, serán los informados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS o, en caso de no ser relevados por dicha entidad, por otros organismos oficiales especializados, aprobados por el comitente. 5. Curva de Inversión y Plan de Trabajo. 6. Plan de inversión del Anticipo de Obra. 7. CD conteniendo copia digital en formato PDF de la totalidad de la documentación (firmada y foliada) incluida en los Sobres N° 1 y N° 2, presentada por el Oferente. El oferente deberá identificar los archivos de manera que se presenten ordenados conforme a la foliatura de los mismos en la documentación original. A su vez, se deberá incluir la Lista de Cantidades Valoradas y los análisis de precios de cada uno de los ítems en soporte magnético, formato Excel. PLIEG-2022-08060291-GDEBA-DCOPMIYSPGP El oferente formulará su propuesta mediante el Anexo III, indicando por otro lado en el Anexo V el cómputo propio; precios unitarios y/o globales según corresponda y los montos totales, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las obras. En caso de discordancia entre el precio ofertado en el Anexo III y el indicado en el Anexo V, prevalece el primero. Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio, siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.
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SOBRE N° 2. En el interior del Sobre N° 2, se encontrará la siguiente documentación:
1. La Propuesta Económica conforme Anexo III.
2. Lista de Cantidades Valoradas conforme Anexo V, la cual se presenta a los efectos de la certificación y redeterminación de precios.
3. Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias.
4. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° 6 del Anexo I del Decreto N° DECRE-20212017-290367-GDEBAE-GPBA, serán los informados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS o, en caso de no ser relevados por dicha entidad, por otros organismos oficiales especializados, aprobados por el comitente.
5. Curva de Inversión y Plan de Trabajo.. PLIEG-2020-20669755-GDEBA-DCOPMIYSPGP
6. Plan de inversión del Anticipo de Obra.
7. CD conteniendo copia digital en formato PDF de la totalidad de la documentación (firmada y foliada) incluida en los Sobres N° 1 y N° 2, presentada por el Oferente. El oferente deberá identificar los archivos de manera que se presenten ordenados conforme a la foliatura de los mismos en la documentación original. A su vez, se deberá incluir la Lista de Cantidades Valoradas y los análisis de precios de cada uno de los ítems en soporte magnético, formato Excel. PLIEG-2022-08060291-GDEBA-DCOPMIYSPGP El oferente formulará su propuesta mediante el Anexo III, indicando por otro lado en el Anexo V el cómputo propio; precios unitarios y/o globales según corresponda y los montos totales, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las obras. En caso de discordancia entre el precio ofertado en el Anexo III y el indicado en el Anexo V, prevalece el primero. Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio, siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.
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SOBRE N° 2. En el interior del Sobre N° 2, se encontrará la siguiente documentación:
1. La Propuesta Económica propuesta económica conforme Anexo III2.
2. Lista Planilla de Cantidades Valoradas cotización conforme Anexo V8, la cual se presenta a los efectos impresa desde el sistema de la certificación y redeterminación de precioscotización.
3. Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias, según lo establecido en el Decreto 290/2021 y Resolución 943/2021.
4. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° DECRE-2021-290-GDEBA-GPBA290/2021 y Resolución 943/2021, serán los informados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS o, en caso de no ser relevados por dicha entidad, por otros organismos oficiales especializados, aprobados por el comitente.
5. Curva de Inversión Inversión, plan de trabajo y Plan plan de Trabajoinversion del anticipo de obra y del acopio.
6. Plan de inversión del Anticipo de Obra.
7. CD conteniendo copia digital en formato PDF de la totalidad de la documentación (firmada y foliada) incluida en los Sobres N° 1 y N° 2, presentada por el Oferente. El oferente deberá identificar los archivos de manera que se presenten ordenados conforme a la foliatura de los mismos en la documentación original. A su vez, se deberá incluir la Lista de Cantidades Valoradas y los análisis de precios de cada uno de los ítems en soporte magnético, formato Excel. PLIEG-2022-08060291-GDEBA-DCOPMIYSPGP El oferente formulará su propuesta mediante el Anexo III, indicando por otro lado en el Anexo V el cómputo propio; precios unitarios unita xxxx y/o globales según corresponda y los montos totales, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las obras. En caso de discordancia entre el precio ofertado en el Anexo III y el indicado en el Anexo V, prevalece el primero. Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio, siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.
7. El oferente deberá realizar su cotizacion dando cumplimiento a lo determinado en los incisos 1,2,3 y 4 del presente Artículo, y ademas, en la plataforma informática, a la cual se le dará acceso, una vez validada la compra xxx xxxxxx, al correo electrónico que se informe a tales efectos.PLIEG-2021-28965581-GDEBA-DPAPMSGP
8. Los requisitos cuyo incumplimiento es insubsanable y que acarrearan el rechazo de la propuesta son los establecidos en el artículo 17 de la Ley 6.021, su reglamentación y modificatorias.
a. Garantía de la oferta conforme a las disposiciones del Artículo 16 de la Ley 6021.
b. Certificado de Capacidad Técnico-Financiero Anual o Certificado de Inscripción Provisorio expedido por el Registro de Licitadores de la Provincia de Buenos Aires.
c. Planilla de cotización conforme Anexo 8.
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SOBRE N° 2. En el interior del Sobre N° 2, se encontrará la siguiente documentación:
1. La Propuesta Económica conforme Anexo III.
2. Lista de Cantidades Valoradas conforme Anexo V, la cual se presenta a los efectos de la certificación y redeterminación de precios.
3. Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias.
4. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° 6 del Anexo I del Decreto N° DECRE-20212017-290367-GDEBAE-GPBA, serán los informados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS o, en caso de no ser relevados por dicha entidad, por otros organismos oficiales especializados, aprobados por el comitente.
5. Curva de Inversión y Plan de Trabajo.
6. Plan de inversión del Anticipo de Obra.
7. CD conteniendo copia digital en formato PDF de la totalidad de la documentación (firmada y foliada) incluida en los Sobres N° 1 y N° 2, presentada por el Oferente. El oferente deberá identificar los archivos de manera que se presenten ordenados conforme a la foliatura de los mismos en la documentación original. A su vez, se deberá incluir la Lista de Cantidades Valoradas y los análisis de precios de cada uno de los ítems en soporte magnético, formato Excel. PLIEG-2022-08060291-GDEBA-DCOPMIYSPGP El oferente formulará su propuesta mediante el Anexo III, indicando por otro lado en el Anexo V el cómputo propio; precios unitarios y/o globales según corresponda y los montos totales, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las unoPLdIeEGto-d20o2s0-l2o4s55ít4e0m72s-GdDeElaBsA-DPCYCMIYSPG obras. En caso de discordancia entre el precio ofertado en el Anexo III y el indicado en el Anexo V, prevalece el primero. Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio, siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.
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SOBRE N° 2. En el interior del Sobre N° 2, se encontrará la siguiente documentación:
1. La Propuesta Económica conforme Anexo III.
2. Lista de Cantidades Valoradas conforme Anexo V, la cual se presenta a los efectos de la certificación y redeterminación de precios.. PLIEG-2022-03158485-GDEBA-DCOPMIYSPGP
3. Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias.
4. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° DECRE-2021-290-GDEBA-GPBA, serán los informados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS o, en caso de no ser relevados por dicha entidad, por otros organismos oficiales especializados, aprobados por el comitente.
5. Curva de Inversión y Plan de Trabajo.
6. Plan de inversión del Anticipo de Obra.
7. CD conteniendo copia digital en formato PDF de la totalidad de la documentación (firmada y foliada) incluida en los Sobres N° 1 y N° 2, presentada por el Oferente. El oferente deberá identificar los archivos de manera que se presenten ordenados conforme a la foliatura de los mismos en la documentación original. A su vez, se deberá incluir la Lista de Cantidades Valoradas y los análisis de precios de cada uno de los ítems en soporte magnético, formato Excel. PLIEG-2022-08060291-GDEBA-DCOPMIYSPGP El oferente formulará su propuesta mediante el Anexo III, indicando por otro lado en el Anexo V el cómputo propio; precios unitarios y/o globales según corresponda y los montos totales, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las obras. En caso de discordancia entre el precio ofertado en el Anexo III y el indicado en el Anexo V, prevalece el primero. Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio, siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.
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SOBRE N° 2. En el interior del Sobre N° 2, se encontrará la siguiente documentación:
1. La Propuesta Económica conforme Anexo III.
2. Lista de Cantidades Valoradas conforme Anexo V, la cual se presenta a los efectos de la certificación y redeterminación de precios.
3. Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias.
4. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° 6 del Anexo I del Decreto N° DECRE-20212017-290367-GDEBAE-GPBA, serán los informados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS o, en caso de no ser relevados por dicha entidad, por otros organismos oficiales especializados, aprobados por el comitente.
5. Curva de Inversión y Plan de Trabajo.
6. Plan de inversión del Anticipo de Obra.. PLIEG-2021-03986872-GDEBA-DCOPMIYSPGP
7. CD conteniendo copia digital en formato PDF de la totalidad de la documentación (firmada y foliada) incluida en los Sobres N° 1 y N° 2, presentada por el Oferente. El oferente deberá identificar los archivos de manera que se presenten ordenados conforme a la foliatura de los mismos en la documentación original. A su vez, se deberá incluir la Lista de Cantidades Valoradas y los análisis de precios de cada uno de los ítems en soporte magnético, formato Excel. PLIEG-2022-08060291-GDEBA-DCOPMIYSPGP El oferente formulará su propuesta mediante el Anexo III, indicando por otro lado en el Anexo V el cómputo propio; precios unitarios y/o globales según corresponda y los montos totales, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las obras. En caso de discordancia entre el precio ofertado en el Anexo III y el indicado en el Anexo V, prevalece el primero. Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio, siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.
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SOBRE N° 2. En el interior del Sobre N° 2, se encontrará la siguiente documentación:
1. La Propuesta Económica conforme Anexo III.
2. Lista de Cantidades Valoradas conforme Anexo V, la cual se presenta a los efectos de la certificación y redeterminación de precios.
3. Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias.
4. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5° 6 del Anexo I del Decreto N° DECRE-20212017-290367-GDEBAE-GPBA, serán los informados por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS o, en caso de no ser relevados por dicha entidad, por otros organismos oficiales especializados, aprobados por el comitente.
5. Curva de Inversión y Plan de Trabajo.
6. Plan de inversión del Anticipo de Obra.
7. CD conteniendo copia digital en formato PDF de la totalidad de la documentación (firmada y foliada) incluida en los Sobres N° 1 y N° 2, presentada por el Oferente. El oferente deberá identificar los archivos de manera que se presenten ordenados conforme a la foliatura de los mismos en la documentación original. A su vez, se PLIEG-2020-25174118-GDEBA-DPCYCMIYSPG deberá incluir la Lista de Cantidades Valoradas y los análisis de precios de cada uno de los ítems en soporte magnético, formato Excel. PLIEG-2022-08060291-GDEBA-DCOPMIYSPGP El oferente formulará su propuesta mediante el Anexo III, indicando por otro lado en el Anexo V el cómputo propio; precios unitarios y/o globales según corresponda y los montos totales, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de las obras. En caso de discordancia entre el precio ofertado en el Anexo III y el indicado en el Anexo V, prevalece el primero. Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio, siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.
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