SUBROGACION Y CESION DE DERECHOS. Hasta la concurrencia de las sumas desembolsadas en cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD, ASSIST CARD quedará automáticamente subrogada en los derechos y acciones que puedan corresponder al Titular o a sus herederos contra terceras personas físicas o jurídicas y/u organismo(s) público(s) u oficial(es) en virtud del evento que ocasionó la asistencia prestada. El Titular se compromete a abonar en el acto a ASSIST CARD todo importe que haya recibido de parte del sujeto causante y/o responsable del accidente y/o de su(s) compañía(s) de seguro(s) en concepto de adelanto(s) a cuenta de la liquidación de la indemnización final a la cual el titular pudiere tener derecho. Ello a concurrencia de los importes a cargo de ASSIST CARD en el caso ocurrido. Sin que la enunciación deba entenderse limitativa, quedan expresamente comprendidos en la subrogación los derechos y acciones susceptibles de ser ejercitados frente a las siguientes personas: (1) Terceros responsables de un accidente (de tránsito o de cualquier otro tipo) y/o sus compañías de seguro. (2) Empresas de transporte, en lo atinente a la restitución -total o parcial- del precio de pasajes no utilizados, cuando ASSIST CARD haya tomado a su cargo el traslado del titular o de sus restos. (3) Otras compañías que cubran el mismo riesgo. IMPORTANTE: El titular cede irrevocablemente a favor de ASSIST CARD los derechos y acciones comprendidos en la presente Cláusula, obligándose a llevar a cabo la totalidad de los actos jurídicos que a tal efecto resulten necesarios y a prestar toda la colaboración que le sea requerida con motivo del hecho ocurrido. En tal sentido, se compromete y obliga a formalizar la subrogación o cesión a favor de ASSIST CARD dentro de las 48hs corridas de intimado el Titular/es al efecto. De negarse a suscribir y/o prestar colaboración para ceder tales derechos a ASSIST XXXX, esta última quedara automáticamente eximida de abonar los gastos de asistencia originados.
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SUBROGACION Y CESION DE DERECHOS. Hasta la concurrencia de las sumas desembolsadas en cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD, ASSIST CARD quedará automáticamente quedará automáticamente subrogada en los derechos y acciones que puedan corresponder al Titular o a sus herederos contra terceras personas físicas físicas o jurídicas jurídicas y/u organismo(s) público(spúblico(s) u oficial(es) en virtud del evento que ocasionó ocasionó la asistencia prestada. El Titular se compromete a abonar en el acto a ASSIST CARD todo importe que haya recibido de parte del sujeto causante y/o responsable del accidente y/o de su(s) compañía(scompañía(s) de seguro(s) en concepto de adelanto(s) a cuenta de la liquidación liquidación de la indemnización indemnizació n final a la cual el titular pudiere tener derecho. Ello a concurrencia de los importes a cargo de ASSIST CARD en el caso ocurrido. Sin que la enunciación enunciació n deba entenderse limitativa, quedan expresamente comprendidos en la subrogación subrogación los derechos y acciones susceptibles de ser ejercitados frente a las siguientes personas:
(1) Terceros responsables de un accidente (de tránsito tránsito o de cualquier otro tipo) y/o sus compañías compañías de seguro.
(2) Empresas de transporte, en lo atinente a la restitución restitució n -total o parcial- del precio de pasajes no utilizados, cuando ASSIST CARD haya tomado a su cargo el traslado del titular o de sus restos.
(3) Otras compañías compañías que cubran el mismo riesgo. IMPORTANTE: El titular cede irrevocablemente a favor de ASSIST CARD los derechos y acciones comprendidos en la presente CláusulaCláusula, obligándose obligándose a llevar a cabo la totalidad de los actos jurídicos jurídicos que a tal efecto resulten necesarios y a prestar toda la colaboración colaboración que le sea requerida con motivo del hecho ocurrido. En tal sentido, se compromete y obliga a formalizar la subrogación subrogación o cesión cesió n a favor de ASSIST CARD dentro de las 48hs corridas de intimado el Titular/es al efecto. De negarse a suscribir y/o prestar colaboración colaboración para ceder tales derechos a ASSIST XXXXCARD, esta última última quedara automáticamente automáticamente eximida de abonar los gastos de asistencia originados.
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Samples: Seguro De Accidentes Personales Y Asistencia en Viajes
SUBROGACION Y CESION DE DERECHOS. Hasta la concurrencia de las sumas desembolsadas en cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD, ASSIST CARD quedará automáticamente quedará automá ticamente subrogada en los derechos y acciones que puedan corresponder al Titular o a sus herederos contra terceras personas físicas físicas o jurídicas jurídicas y/u organismo(s) público(spú blico(s) u oficial(es) en virtud del evento que ocasionó ocasionó la asistencia prestada. El Titular se compromete a abonar en el acto a ASSIST CARD todo importe que haya recibido de parte del sujeto causante y/o responsable del accidente y/o de su(s) compañía(scompañía(s) de seguro(s) en concepto de adelanto(s) a cuenta de la liquidación liquidació n de la indemnización indemnizació n final a la cual el titular pudiere tener derecho. Ello a concurrencia de los importes a cargo de ASSIST CARD en el caso ocurrido. Sin que la enunciación enunciació n deba entenderse limitativa, quedan expresamente comprendidos en la subrogación subrogació n los derechos y acciones susceptibles de ser ejercitados frente a las siguientes personas:
(1) Terceros responsables de un accidente (de tránsito trá nsito o de cualquier otro tipo) y/o sus compañías compañías de seguro.
(2) Empresas de transporte, en lo atinente a la restitución restitució n -total o parcial- del precio de pasajes no utilizados, cuando ASSIST CARD haya tomado a su cargo el traslado del titular o de sus restos.
(3) Otras compañías compañías que cubran el mismo riesgo. IMPORTANTE: El titular cede irrevocablemente a favor de ASSIST CARD los derechos y acciones comprendidos en la presente CláusulaClá usula, obligándose obligá ndose a llevar a cabo la totalidad de los actos jurídicos jurídicos que a tal efecto resulten necesarios y a prestar toda la colaboración colaboració n que le sea requerida con motivo del hecho ocurrido. En tal sentido, se compromete y obliga a formalizar la subrogación subrogació n o cesión cesió n a favor de ASSIST CARD dentro de las 48hs corridas de intimado el Titular/es al efecto. De negarse a suscribir y/o prestar colaboración colaboració n para ceder tales derechos a ASSIST XXXXCARD, esta última ú ltima quedara automáticamente automá ticamente eximida de abonar los gastos de asistencia originados.
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Samples: Seguro De Accidentes Personales Y Asistencia en Viajes
SUBROGACION Y CESION DE DERECHOS. Hasta la concurrencia de las sumas desembolsadas en cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARDWORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE, ASSIST CARD WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE quedará automáticamente subrogada en los derechos y acciones que puedan corresponder al Titular o a sus herederos contra terceras personas físicas o jurídicas y/u organismo(sorganismo (s) público(spúblico (s) u oficial(esoficial (es) en virtud del evento que ocasionó la asistencia prestada. El Titular se compromete a abonar en el acto a ASSIST CARD WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE todo importe que haya recibido de parte del sujeto causante y/o responsable del accidente y/o de su(ssu (s) compañía(scompañía (s) de seguro(sseguro (s) en concepto de adelanto(sadelanto (s) a cuenta de la liquidación de la indemnización final a la cual el titular pudiere tener derecho. Ello a concurrencia de los importes a cargo de ASSIST CARD WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE en el caso ocurrido. Sin que la enunciación deba entenderse limitativa, quedan expresamente comprendidos en la subrogación los derechos y acciones susceptibles de ser ejercitados frente a las siguientes personas:
(1) 6.1 Terceros responsables de un accidente (de tránsito o de cualquier otro tipo) y/o sus compañías de seguro.
(2) 6.2 Empresas de transporte, en lo atinente a la restitución -total o parcial- del precio de pasajes no utilizados, cuando ASSIST CARD WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE haya tomado a su cargo el traslado del titular o de sus restos.
(3) 6.3 Otras compañías que cubran el mismo riesgo. IMPORTANTE: El titular cede irrevocablemente a favor de ASSIST CARD WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE los derechos y acciones comprendidos en la presente Cláusula, obligándose a llevar a cabo la totalidad de los actos jurídicos que a tal efecto resulten necesarios y a prestar toda la colaboración que le sea requerida con motivo del hecho ocurrido. En tal sentido, se compromete y obliga a formalizar la subrogación o cesión a favor de ASSIST CARD WORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE dentro de las 48hs 48 (cuarenta y ocho) horas corridas de intimado el Titular/es al efecto. De negarse a suscribir y/o prestar colaboración para ceder tales derechos a ASSIST XXXXWORLDWIDE TRAVELLERS ASSISTANCE, esta última quedara automáticamente eximida de abonar los gastos de asistencia originados.
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