SUBSISTENCIA DEL CONTRATO SE SEGURO. En los casos de reticencia y/o declaración inexacta no procede la nulidad, revisión o resolución del contrato, cuando: 8.4.1. Al tiempo del perfeccionamiento del contrato (inicio del seguro), la COMPAÑÍA conoce o debe conocer el verdadero estado del riesgo. 8.4.2. Las circunstancias omitidas o declaradas en forma inexacta cesaron antes de ocurrir el siniestro o cuando la reticencia o declaración inexacta no dolosa no influyó en la producción del siniestro ni en la medida de la indemnización o prestación debida. 8.4.3. Las circunstancias omitidas fueron contenido de una pregunta expresa no respondida en el cuestionario, y la COMPAÑÍA igualmente celebró el contrato. 8.4.4. Las circunstancias omitidas o declaradas en forma inexacta disminuyen el riesgo.
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Samples: Todo Riesgo De Montaje, Todo Riesgo De Construcción, Insurance Policy
SUBSISTENCIA DEL CONTRATO SE SEGURO. En los casos de reticencia y/o declaración inexacta no procede la nulidad, revisión o resolución del contrato, cuando:
8.4.17.4.1. Al tiempo del perfeccionamiento del contrato (inicio del seguro), la COMPAÑÍA LA ASEGURADORA conoce o debe conocer el verdadero estado del riesgo.
8.4.27.4.2. Las circunstancias omitidas o declaradas en forma inexacta cesaron antes de ocurrir el siniestro o cuando la reticencia o declaración inexacta no dolosa no influyó en la producción del siniestro ni en la medida de la indemnización o prestación debida.
8.4.37.4.3. Las circunstancias omitidas fueron contenido con tenido de una pregunta expresa no respondida en el cuestionario, y la COMPAÑÍA LA ASEGURADORA igualmente celebró el contrato.
8.4.4. Las circunstancias omitidas o declaradas en forma inexacta disminuyen el riesgo.
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Samples: Responsabilidad Civil Para Directores Y Administradores
SUBSISTENCIA DEL CONTRATO SE SEGURO. En los casos de reticencia y/o declaración inexacta no procede la nulidad, revisión o resolución del contrato, cuando:
8.4.17.4.1. Al tiempo del perfeccionamiento del contrato (inicio del seguro), la COMPAÑÍA LA ASEGURADORA conoce o debe conocer el verdadero estado del riesgo.
8.4.27.4.2. Las circunstancias omitidas o declaradas en forma inexacta cesaron antes de ocurrir el siniestro o cuando la reticencia o declaración inexacta no dolosa no influyó en la producción del siniestro ni en la medida de la indemnización o prestación debida.
8.4.37.4.3. Las circunstancias omitidas fueron contenido con tenido de una pregunta expresa no respondida en el cuestionario, y la COMPAÑÍA LA ASEGURADORA igualmente celebró el contrato.
8.4.47.4.4. Las circunstancias omitidas o declaradas en forma inexacta disminuyen el riesgo.
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SUBSISTENCIA DEL CONTRATO SE SEGURO. En los casos de reticencia y/o declaración inexacta no procede la nulidad, revisión o resolución del contrato, cuando:
8.4.17.4.1. Al tiempo del perfeccionamiento del contrato (inicio del seguro), la COMPAÑÍA LA ASEGURADORA conoce o debe conocer el verdadero estado del riesgo.
8.4.27.4.2. Las circunstancias omitidas o declaradas en forma inexacta cesaron antes de ocurrir el siniestro o cuando la reticencia o declaración inexacta no dolosa no influyó en la producción del siniestro ni en la medida de la indemnización o prestación debida.
8.4.37.4.3. Las circunstancias omitidas fueron contenido de una pregunta expresa no respondida en el cuestionario, y la COMPAÑÍA LA ASEGURADORA igualmente celebró el contrato.
8.4.47.4.4. Las circunstancias omitidas o declaradas en forma inexacta disminuyen el riesgo.
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