Suministro del material Cláusulas de Ejemplo

Suministro del material. La aportación de la totalidad de las herramientas, útiles y materiales necesarios para la ejecución de los trabajos contratados serán de cuenta del Contratista.
Suministro del material. El Adjudicatario queda obligado a suministrar los productos a que se refiere este Pliego, con arreglo a las necesidades de EMAHSA, durante la vigencia de este y mediante pedidos que les serán formalizados vía telefónica o e-mail, fax o por cualquier otro medio escrito. Por su parte el Adjudicatario acusará recibo de cada uno de ellos y entregará el pedido correspondiente en las fechas que se indique en la comunicación realizada por el Responsable del Contrato o persona designada por éste, con un plazo máximo de entrega de SIETE (7) días hábiles, salvo especificación en contra en el pedido, excepto para el LOTE 8: Grúas. EMAHSA se reserva el derecho de no admitir productos relativos a esta Licitación que no hayan sido solicitados. Igualmente, en casos de urgente necesidad de un determinado material, y si el contratista no puede servirlo en el plazo que se le indique, EMAHSA podrá realizar el pedido a otra Entidad proveedora. En este caso, no existirá penalización alguna a la empresa suministradora ni se contempla tampoco la reclamación por parte de la misma. Los suministros deberán ser entregados en la ETAP (xxxx xx xxxxxxx) de EMAHSA (Avda. Xxxxxx Xxxxxx s/n) o en el lugar que indique EMAHSA en el pedido correspondiente, dentro del ámbito de actuación de esta Empresa. La hora de recepción de los pedidos será entre las 8:00 h y las 13:00 h, y siempre que no sea festivo. Para el Lote nº8 se establecen los siguientes requisitos a incluir en la oferta técnica, siendo el incumplimiento de este apartado motivo exclusión inmediata del licitador: En cumplimiento del REAL DECRETO 837/2003, de 27 xx xxxxx, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsada, el licitador deberá de aportar: • Copia de la póliza de responsabilidad civil de seguros que cubra el riesgo derivado de sus actuaciones, o mediante aval u otra garantía suficiente contratada con entidad debidamente autorizada, con una cobertura mínima, por siniestro, de 1.000.000 de euros por accidente. • Justificante bancario de haber hecho efectivo el pago correspondiente del seguro descrito en el apartado anterior. • Carnet de los operarios de grúas que el licitador pone a disposición del servicio de Categoría A habilitando a su titular para el montaje y manejo de grúas móviles autopropulsadas de hasta 130 t de carga nominal, inclusive. • Inspecciones of...

Related to Suministro del material

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,34 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS La entidad contratante podrá solicitar los documentos que estime pertinentes conforme al objeto de contratación misma que serán considerados como requisitos mínimos.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.