SUPERVISION. Para efectos de la Certificación del cumplimiento del Contrato se tendrá como mínimo el 95% de la programación mensual de acuerdo al cronograma de mantenimiento, teniendo en cuenta que los mantenimientos correctivos menores serán efectuados con la adquisición de repuestos y accesorios correspondiente al rubro destinado para este fin en el ítems en referencia, los cuales deben tener autorización previa de la supervisión designada para el desarrollo del contrato por parte de la E.S.E. para lo cual debe presentar relación mensual de los gastos con los soportes de facturas legales, autorización de la supervisión, reporte técnico de la instalación del mismo en el área o equipo propiedad de la E.S.E. Todos los repuestos Accesorios, Insumos que se adquieran por este rubro deben ser adquiridos en establecimientos legalmente constituido, y en ninguno de los aspectos deben ser facturados por el mismo contratista, este incumplimiento será considerado como no facturables para este rubro. Los insumos propios de mantenimiento preventivos, siliconas, lubricantes, aislantes, cintas, abrazaderas, limpiadores dieléctricos, limpiadores de húmeda, bayetillas, limpiones, herramientas etc. quedan exentas del rubro de correctivo. Igualmente para el Mantenimiento correctivo mayor se considerarán aquellos equipos que se encuentren fuera de servicio, presenten fallas que interrumpan la prestación de las funciones propias del mismo, que en su estado no garanticen la confiabilidad requerida, o que su rendimiento no sea el ideal, que se encuentren inhabilitados, y donde los montos de repuestos, accesorio requeridos para su habilitación superen el 25% de la totalidad de los rubros de correctivo menor más rubro de repuestos y accesorios pactados equivalente a Cuatro millones de pesos ( $ 4.000.000). Dado lo anterior todo mantenimiento correctivo que se presente por falla total o parcial del equipo que no supere el monto acordado será ejecutado en su totalidad por el contratista. Los equipos que se encuentren fuera de servicio, o presenten fallas, y que su puesta en óptimo funcionamiento superen el monto pactado considerado correctivo mayor, la ESE se reserva el derecho de escoger previas cotizaciones, repuestos o accesorios y precios xx xxxxxxx existentes el proveedor seleccionado para ejecutar el Mantenimiento Correctivo Mayor. Dada la complejidad y variedad en los equipos Biomédicos con el propósito de plantear la evaluación para determinar Mantenimientos Correctivos Mayores se tomará como soporte que el valor no superen el 20% del valor comercial del equipo a la fecha del imprevisto de acuerdo a la tabla de inventario de los equipos biomédicos anexo No. 2, propiedad de la E.S.E. la entidad continuara en consenso la actualización de la misma en el desarrollo contractual, de acuerdo al año de fabricación y modelos de acuerdo al desarrollo tecnológico, mientras no se afecte el equilibrio económico del contratista. Y dado estos costos se determinen su reposición por los costos de reparación.
Appears in 2 contracts
Samples: Mantenimiento Preventivo Y Correctivo, Mantenimiento Preventivo Y Correctivo
SUPERVISION. Para efectos La supervisión y coordinación sobre la ejecución del contrato estará a cargo del Administrador (a) del Proyecto o por quien designe por escrito el Coordinador Nacional. El supervisor será la persona que ejercerá el control y vigilancia de la Certificación ejecución del contrato, y tendrá las siguientes funciones además de las que determine la ley y los respectivos reglamentos: Supervisar y vigilar el cumplimiento del Contrato se tendrá como mínimo contrato a ejecutarse, prestando la colaboración que requiera el 95% oferente. Elaborar las actas de recibo a satisfacción y producir los informes requeridos para soportar los pagos que deba efectuar la CCI. Exigir al oferente la ejecución idónea y oportuna del contrato. Autorizar los pagos a la persona seleccionada e indicar en forma motivada los descuentos que por multas deban ser efectuados. Remitir oportunamente a la Unidad Nacional de Coordinación del Proyecto y la Corporación Colombia Internacional las actuaciones resultantes de la programación mensual de acuerdo al cronograma de mantenimientoejecución contractual. Social Integral y parafiscales, teniendo en cuenta durante la vigencia del contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que los mantenimientos correctivos menores serán efectuados con la adquisición de repuestos y accesorios correspondiente al rubro destinado para este fin en debieron ser cotizadas. En el ítems en referencia, los cuales deben tener autorización previa de la supervisión designada para el desarrollo del contrato por parte de la E.S.E. para lo cual debe presentar relación mensual de los gastos con los soportes de facturas legales, autorización de la supervisión, reporte técnico de la instalación del mismo en el área o equipo propiedad de la E.S.E. Todos los repuestos Accesorios, Insumos evento que no se adquieran por este rubro deben ser adquiridos en establecimientos legalmente constituido, y en ninguno de los aspectos deben ser facturados por el mismo contratista, este incumplimiento será considerado como no facturables para este rubro. Los insumos propios de mantenimiento preventivos, siliconas, lubricantes, aislantes, cintas, abrazaderas, limpiadores dieléctricos, limpiadores de húmeda, bayetillas, limpiones, herramientas etc. quedan exentas del rubro de correctivo. Igualmente para el Mantenimiento correctivo mayor se considerarán aquellos equipos que se encuentren fuera de servicio, presenten fallas que interrumpan la prestación de las funciones propias del mismo, que en su estado no garanticen la confiabilidad requerida, o que su rendimiento no sea el ideal, que se encuentren inhabilitados, y donde los montos de repuestos, accesorio requeridos para su habilitación superen el 25% de hubieran realizado la totalidad de los rubros aportes, el supervisor deberá informar y dejar constancia en el acta de correctivo menor más rubro liquidación a fin de repuestos retener las sumas adeudadas al Sistema en el momento de la liquidación; La Dirección Financiera efectuará el giro de dichos recursos a los correspondientes sistemas con prioridad a los regímenes de Salud y accesorios pactados equivalente Pensiones conforme lo establece la Ley. Señores Corporación Colombia Internacional Proyecto Construyendo Capacidades Empresariales Rurales Confianza y Oportunidad Xxxxx 00 X. x 0 - 00 - Xxxx 0x Xxxxxx Estimados señores: El (los) suscrito (s), obrando en representación legal de la sociedad , por medio de los documentos adjuntos me permito presentar cotización para participar en la presente contratación y en caso de que sea aceptada nos comprometemos a Cuatro millones firmar el contrato correspondiente dentro de pesos ( $ 4.000.000)los plazos establecidos en el cronograma contenido en los términos de referencia respectivos. Dado lo anterior todo mantenimiento correctivo Así mismo, me comprometo a ejecutar el objeto contractual de acuerdo con los documentos que hacen parte del presente proceso de contratación, así como los del contrato, los precios de esta cotización y las demás estipulaciones de la misma, en las partes aceptadas por la Unidad Nacional de Coordinación del proyecto Construyendo Capacidades Empresariales Rurales, Confianza y Oportunidad. En mi calidad de oferente declaro:
1. Que conozco los términos de referencia del proceso de contratación, adendas e informaciones sobre preguntas y respuestas, así como los demás documentos relacionados con los servicios y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.
2. De igual forma manifiesto que acepto las consecuencias que del incumplimiento de los requisitos a que se presente refiere el numeral anterior se deriven.
3. Que en caso de que se me adjudique el contrato me comprometo a desarrollarlo y a terminarlo dentro de los plazos contractuales de acuerdo con lo establecido en los documentos del proceso de contratación.
4. Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a este proceso contractual.
5. Que leí cuidadosamente los Términos de referencia y elaboré mi cotización ajustada a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.
6. Que manifiesto bajo la gravedad del juramento que la entidad que represento si / no está obligada a tener Revisor Fiscal.
7. Que Manifiesto bajo la gravedad del juramento, sujeto a las sanciones establecidas en el art. 442 del Código Penal.:
7.1. Que la información contenida en la cotización es veraz y susceptible de comprobación y que asumimos total responsabilidad frente a LA CORPORACION COLOMBIA INTERNACIONAL cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal y demás normas concordantes.
7.2. Que no nos hallamos reportados en el Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por falla total la Contraloría General de la República.
8. Así mismo me comprometo a cumplir con las obligaciones señaladas en los términos de referencia. Yo , en calidad de (proponente, representante legal, para el caso de personas jurídicas, consorcio o parcial del equipo unión temporal) identificado con la cédula de ciudadanía No. de , declaro bajo juramento, que ninguna de las personas que represento se encuentran incursas en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar conforme a la Constitución Política y demás normas concordantes y en el Código de Ética y Buen Gobierno de la CORPORACION COLOMBIA INTERNACIONAL, y no supere nos encontramos inmersos en algún conflicto de interés. Atentamente, FIRMA DEL PROPONENTE (REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO) C. C. No debidamente autorizado Para efectos únicamente de la calificación económica de las ofertas, el monto acordado será ejecutado proponente deberá incluir en su totalidad oferta un cuadro en el cual se especifiquen el valor individual de las siguientes rutas, el valor debe incluir todos los costos directos e indirectos a que haya lugar, diferenciadas por el contratista. Los equipos que se encuentren fuera las diferentes aerolíneas y en clase económica para las siguientes fechas salida, miércoles 9 de serviciooctubre de 2019, o presenten fallasen primer vuelo, y que su puesta en óptimo funcionamiento superen el monto pactado considerado correctivo mayorregresando, la ESE se reserva el derecho de escoger previas cotizaciones, repuestos o accesorios y precios lunes 00 xx xxxxxxx existentes el proveedor seleccionado para ejecutar el Mantenimiento Correctivo Mayor. Dada la complejidad y variedad en los equipos Biomédicos con el propósito de plantear la evaluación para determinar Mantenimientos Correctivos Mayores se tomará como soporte que el valor no superen el 20% del valor comercial del equipo a la fecha del imprevisto de acuerdo a la tabla de inventario de los equipos biomédicos anexo No. 2xx 0000, propiedad de la E.S.E. la entidad continuara en consenso la actualización de la misma en el desarrollo contractual, de acuerdo al año de fabricación y modelos de acuerdo al desarrollo tecnológico, mientras no se afecte el equilibrio económico del contratista. Y dado estos costos se determinen su reposición por los costos de reparaciónxx xx xxxxx xx xx xxxxx o noche.
Appears in 1 contract
SUPERVISION. Para efectos El DEUDOR autoriza al ACREEDOR supervisar por medio de sus Gerentes, Supervisores, Evaluadores, y representantes o funcionarios, el destino y uso del crédito acordado, así como la garantía su mantenimiento y buen funcionamiento, durante la vigencia del contrato. Anualmente o en cualquier momento estará facultado el ACREEDOR para realizar valoración de la Certificación prenda otorgada en garantía para constatar el grado de depreciación o deterioro que ha sufrido los bienes otorgados en garantía, este costo correrá por cuenta del cumplimiento del Contrato se tendrá como mínimo el 95% DEUDOR, de la programación mensual de acuerdo al cronograma de mantenimiento, teniendo en cuenta que los mantenimientos correctivos menores serán efectuados con la adquisición de repuestos y accesorios correspondiente al rubro destinado para este fin en el ítems en referencia, los cuales deben tener autorización previa de la supervisión designada para el desarrollo del contrato por parte de la E.S.E. para lo cual debe presentar relación mensual podrá resultar ampliación de garantía o dar por vencido el crédito. OCTAVA (VENCIMIENTO ANTICIPADO): Se declarará vencimiento anticipado el crédito debido, resolviéndose éste contrato de mero derecho y se hará exigible de inmediato el pago de todo lo adeudado a EL DEUDOR, sin necesidad de requerimiento previo o intimación alguna judicial o extrajudicial en los gastos siguientes casos: 1) Si por cualquier causa como DEUDOR, no cumple con los soportes sus obligaciones y faltare al compromiso de facturas legales, autorización de la supervisión, reporte técnico de la instalación del mismo en el área pagar o equipo propiedad de la E.S.E. Todos los repuestos Accesorios, Insumos que se adquieran por este rubro deben ser adquiridos en establecimientos legalmente constituido, y en ninguno de los aspectos deben ser facturados por el mismo contratista, este incumplimiento será considerado como no facturables para este rubro. Los insumos propios de mantenimiento preventivos, siliconas, lubricantes, aislantes, cintas, abrazaderas, limpiadores dieléctricos, limpiadores de húmeda, bayetillas, limpiones, herramientas etc. quedan exentas del rubro de correctivo. Igualmente para el Mantenimiento correctivo mayor se considerarán aquellos equipos que se encuentren fuera de servicio, presenten fallas que interrumpan la prestación cancelar una de las funciones propias cuotas establecidas en este contrato, Financiera FAMA S.A. podrá resolver de pleno derecho sin necesidad de requerimiento alguno judicial o extrajudicial y el ACREEDOR dar por vencido el crédito y exigirle el pago total del mismosaldo adeudado ya fuere judicial o extrajudicialmente, que en su estado no garanticen la confiabilidad requerida, o que su rendimiento no sea el ideal, que se encuentren inhabilitados, y donde los montos de repuestos, accesorio requeridos para su habilitación superen el 25% de la totalidad de los rubros de correctivo menor más rubro de repuestos y accesorios pactados equivalente a Cuatro millones de pesos ( $ 4.000.000). Dado lo anterior todo mantenimiento correctivo que se presente por falla total o parcial del equipo que no supere el monto acordado será ejecutado en su totalidad por el contratista. Los equipos que se encuentren fuera de servicio, o presenten fallas, y que su puesta en óptimo funcionamiento superen el monto pactado considerado correctivo mayor, la ESE Financiera FAMA S.A. se reserva el derecho de escoger previas cotizacionesreclamar los daños y perjuicios, repuestos o accesorios los gastos y precios xx xxxxxxx existentes honorarios que se causaren para hacerle cumplir con sus obligaciones, 2) Se declarará vencido anticipadamente, si por cualquier causa como XXXXXX, desvía el proveedor seleccionado para ejecutar el Mantenimiento Correctivo Mayor. Dada la complejidad destino del crédito y variedad en los equipos Biomédicos con el propósito de plantear la evaluación para determinar Mantenimientos Correctivos Mayores se tomará como soporte que el valor no superen el 20% del valor comercial del equipo a la fecha del imprevisto lo invierte de acuerdo a la tabla de inventario lo establecido en el presente contrato. En todo caso el uso o destino de los equipos biomédicos anexo No. 2fondos podrá ser verificado por su ACREEDOR; 3) Sí otro Acreedor, propiedad Persona Natural o Jurídica, el Ministerio Público o la Procuraduría General de la E.S.E. República entablare acción judicial en contra de EL DEUDOR, o bien si recayese embargo, secuestro o cualquier otra medida ejecutiva o precautoria sobre sus bienes o derechos. 4) Sí el Ministerio Público, la entidad continuara Procuraduría General de la República o cualquier Persona Natural o Jurídica, ejerciera en consenso contra de EL DEUDOR acción penal por la comisión de delitos que impliquen la imposición xx xxxxx de prisión y la privación de otros derechos; 5) Sí se venciere cualquier otro préstamo de EL DEUDOR a favor de EL ACREEDOR y no fuere cancelado; 6) Sí EL DEUDOR se negara a informar a EL ACREEDOR sobre sus estados financieros, información xx xxxxxxx de sus recursos correspondientes, de actualización de datos o cualquier otra información que éste le requiriese a fin de cumplir con los requisitos exigidos por la misma Superintendencia de Bancos en su cuerpos xx xxxxx y Normativas correspondientes; 7) Sí EL DEUDOR hubiese proporcionado a EL ACREEDOR datos inexactos o falsos al solicitar el préstamo o en el desarrollo contractualtranscurso del plazo del pago del mismo; 8) Sí hubiere indicios de operaciones inusuales o sospechosas que induzcan a presumir la comisión del delito xx Xxxxxx de Dinero y de otras actividades ilícitas, incluidas las del terrorismo y la proliferación xx Xxxxx de Destrucción Masiva. NOVENA (CLAUSULAS ESPECIALES): 1) El Acreedor reflejará en cada recibo de pago el saldo pendiente del crédito, después de cada aplicación que se haga al mismo, 2) EL DEUDOR a solicitud del ACREEDOR, presentarán información que le requiera El ACREEDOR y le permitirán realizar inspecciones, avalúos y demás controles que considere necesarios para garantizarles el cumplimiento de las obligaciones contraídas. 3) Que el presente Contrato otorgado en este acto estará regulado por todos los privilegios que a favor de Financiera FAMA S.A., establece Ley Número Quinientos Sesenta y Uno (561) Ley General de Bancos Instituciones Financieras, No Bancarias y Grupos Financieros, en todo lo que le fuere aplicable. Así como los privilegios que a favor de las Sociedades Financieras como Financiera FAMA S.A., establecen otras normas nacionales vigentes y se tienen por incorporados al presente instrumento. 4) EL DEUDOR se obliga a ejecutar las operaciones de su negocio de acuerdo a las normativas y requerimientos ambientales del país y a cumplir con la aplicación de la legislación nacional vigente en relación al medio ambiente, así como tramitar ante las entidades administrativas correspondientes los permisos o licencias requeridos de caso en caso para la operación de su negocio; 5) EL DEUDOR se obliga a actualizar todo cambio en la información o en los datos que haya brindado a EL ACREEDOR, sea en la solicitud de crédito, en el contrato o en cualquier otro documento que haya entregado a EL ACREEDOR en relación con éste crédito mediante comunicación escrita dirigida a EL ACREEDOR a través de los canales de información que EL ACREEDOR ponga a su disposición; 6) EL DEUDOR, se obliga a notificar a EL ACREEDOR cuando el proveedor del bien a adquirir, que sería el beneficiario final del crédito, ha cambiado por cualquier razón a criterio de EL DEUDOR, tal circunstancia deberá informarlo a lo inmediato una vez realizado el desembolso mediante cheque, a fin de anular ese cheque y emitir uno nuevo por el mismo monto a favor del proveedor actual de EL DEUDOR; 7) Los datos personales de EL DEUDOR son confidenciales y están protegidos física y electrónicamente a fin de resguardar su información personal, financiera y comercial, de a acuerdo a lo determinado por la ley. 8) EL DEUDOR autoriza expresa e irrevocablemente a EL ACREEDOR para que éste pueda utilizar la información de carácter personal y comercial suministrada por EL DEUDOR a EL ACREEDOR, así como para que EL ACREEDOR pueda así mismo compartir dicha información con terceros autorizados por la Superintendencia de Bancos; 9) En caso que EL DEUDOR no esté en capacidad de cumplir con la obligación del pago de su crédito por causas de fuerza mayor o caso fortuito, podrá presentar ante EL ACREEDOR una carta de solicitud de reestructuración del crédito, siempre que cumpla con las condiciones y requisitos según se establece en los manuales y políticas internas de EL ACREEDOR; 10) EL ACREEDOR Y EL DEUDOR acuerdan que cualquier información o notificación que EL ACREEDOR deba realizar a EL DEUDOR, se reputará válidamente hecha por cualquiera de los siguientes canales de información los cuales son enunciativos más no restrictivos: a) Comunicaciones a la dirección de correspondencia, correo electrónico y/o domicilio de EL DEUDOR; b) A través de mensajes de texto (SMS) al año número de fabricación teléfono celular facilitado por el cliente; c) Publicaciones en las oficinas y/o en la página web de EL ACREEDOR; d) Cualquier otro medio que EL ACREEDOR ponga a disposición de EL DEUDOR, que facilite la adecuada comunicación. Cualquier medio utilizado para informar o notificar al Deudor debe ser verificable por parte del cliente y modelos el supervisor; 11) De conformidad a lo establecido en la Ley de acuerdo al desarrollo tecnológicoProtección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias y en la Norma sobre Transparencia en las Operaciones Financieras y su Reforma, mientras no para efectos de presentación de quejas o reclamos de parte de los clientes y usuarios de servicios financieros, se afecte dejan establecidos los siguientes números telefónicos: En Primera Instancia ante Financiera FAMA el equilibrio económico del contratistanúmero: 2268-1941; para Segunda Instancia ante la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras el número: 2265-1555 extensión 4232. Y dado estos costos DECIMA (RENUNCIAS): Para todos los efectos de las obligaciones que aquí contrae EL DEUDOR a favor de EL ACREEDOR, se determinen su reposición somete expresamente a las disposiciones de la Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros; y a la Norma sobre Transparencia en Operaciones Financieras y además renuncian a: 1) A toda excepción proveniente de caso fortuito ó fuerza mayor por los costos imprevistos e imprevisibles que fuesen, cuyos riesgos asume; 2) Al derecho de reparación.ser notificado de las cesiones que de éste
Appears in 1 contract
Samples: Restructuring Agreement
SUPERVISION. Para El Directorio de la CIPLA, designara como supervisor a un profesional. Las funciones del Supervisor de obra, son las siguientes: Organizar y dirigir la oficina regional del SUPERVISOR en el mismo lugar de la Obra. Estudiar e interpretar técnicamente los planos y especificaciones para su correcta aplicación por el CONTRATISTA Exigir al CONTRATISTA la disponibilidad permanente del Libro de Órdenes de Trabajo, por el cual comunicará al CONTRATISTA la iniciación de obra y el proceso de ejecución. Exigir al CONTRATISTA los respaldos técnicos necesarios, para procesar planillas o certificados de pago. En caso necesario, podrá proponer y sustentar la introducción de modificaciones en las características técnicas, diseño o detalles de la Obra, que puedan originar modificaciones en los volúmenes o montos de los presupuestos, formulando las debidas justificaciones técnicas y económicas, en Orden de Cambio o en Contrato Modificatorio, para conocimiento y consideración de la ENTIDAD a efectos de la Certificación del cumplimiento del Contrato se tendrá como mínimo su aprobación. Realizar mediciones conjuntas con el 95% CONTRATISTA de la programación mensual obra ejecutada y aprobar los Certificados o Planillas de avance de obra. Llevar el control directo de la vigencia y validez de las garantías, a los efectos de requerir oportunamente al CONTRATISTA su ampliación (en monto y plazo), o para solicitar a la ENTIDAD a través del FISCAL, la ejecución de estas cuando corresponda. Las atribuciones Técnicas de la SUPERVISIÓN también están establecidas en sus Términos de Referencia, por lo que deben ser ejercidas por el SUPERVISOR. Para el eficiente cumplimiento de las tareas del SUPERVISOR, el CONTRATISTA deberá prestarle todas las facilidades sin restricción ni excepción alguna y pondrá a su disposición, todo lo que se indica en los Servicios de Campo del SUPERVISOR, en los documentos de Licitación. La SUPERVISIÓN controlará técnicamente el trabajo del CONTRATISTA y le notificará los defectos que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del CONTRATISTA. La SUPERVISIÓN, podrá ordenar al CONTRATISTA que localice un defecto y que exponga y verifique cualquier trabajo que considerare que puede tener algún defecto. En el caso de localizar un defecto la SUPERVISIÓN ordenará la corrección del citado defecto. Será responsabilidad directa de la SUPERVISIÓN, el control de calidad y el cumplimiento de las especificaciones del contrato. Conformidad de la obra con los planos: Todos los trabajos ejecutados, deberán en todos los casos estar de acuerdo al cronograma con los detalles indicados en los planos, excepto en los casos dispuestos de mantenimientootro modo por escrito por la SUPERVISIÓN. Inspección de la calidad de los materiales. Todos los materiales a ser utilizados en la Obra deberán cumplir estrictamente con las Especificaciones Técnicas pertinentes y estarán sujetos a la inspección, teniendo examen y ensayos dispuestos por la SUPERVISIÓN en cuenta cualquier momento y en los lugares de producción y/o utilización en la obra, antes de su incorporación a la misma. Los costos para la realización de ensayos están a cargo del CONTRATISTA. Suministro de materiales, fuentes de origen. El CONTRATISTA deberá proveer todos los materiales requeridos para la realización del Contrato, xx xxxxxxx de su elección. Todos los materiales deberán llenar las exigencias de las Especificaciones Técnicas y el CONTRATISTA deberá cerciorarse personalmente en forma satisfactoria con respecto a la clase y volumen de trabajo que los mantenimientos correctivos menores serán efectuados con la adquisición pueda ser necesario para el aprovisionamiento y transporte de repuestos y accesorios correspondiente al rubro destinado para este fin dicho material. Este costo deberá estar considerado en el ítems en referencia, los cuales deben tener autorización previa de la supervisión designada para el desarrollo cálculo del contrato por parte de la E.S.E. para lo cual debe presentar relación mensual de los gastos con los soportes de facturas legales, autorización de la supervisión, reporte técnico de la instalación precio unitario del mismo en el área o equipo propiedad de la E.S.E. Todos los repuestos Accesorios, Insumos que se adquieran por este rubro deben ser adquiridos en establecimientos legalmente constituido, y en ninguno de los aspectos deben ser facturados por el mismo contratista, este incumplimiento será considerado como no facturables para este rubro. Los insumos propios de mantenimiento preventivos, siliconas, lubricantes, aislantes, cintas, abrazaderas, limpiadores dieléctricos, limpiadores de húmeda, bayetillas, limpiones, herramientas etc. quedan exentas del rubro de correctivo. Igualmente para el Mantenimiento correctivo mayor se considerarán aquellos equipos que se encuentren fuera de servicio, presenten fallas que interrumpan la prestación de las funciones propias del mismo, que en su estado no garanticen la confiabilidad requerida, o que su rendimiento no sea el ideal, que se encuentren inhabilitados, y donde los montos de repuestos, accesorio requeridos para su habilitación superen el 25% de la totalidad de los rubros de correctivo menor más rubro de repuestos y accesorios pactados equivalente a Cuatro millones de pesos ( $ 4.000.000). Dado lo anterior todo mantenimiento correctivo que se presente por falla total o parcial del equipo que no supere el monto acordado será ejecutado en su totalidad por el contratista. Los equipos que se encuentren fuera de servicio, o presenten fallas, y que su puesta en óptimo funcionamiento superen el monto pactado considerado correctivo mayor, la ESE se reserva el derecho de escoger previas cotizaciones, repuestos o accesorios y precios xx xxxxxxx existentes el proveedor seleccionado para ejecutar el Mantenimiento Correctivo Mayor. Dada la complejidad y variedad en los equipos Biomédicos con el propósito de plantear la evaluación para determinar Mantenimientos Correctivos Mayores se tomará como soporte que el valor no superen el 20% del valor comercial del equipo a la fecha del imprevisto de acuerdo a la tabla de inventario de los equipos biomédicos anexo No. 2, propiedad de la E.S.E. la entidad continuara en consenso la actualización de la misma en el desarrollo contractual, de acuerdo al año de fabricación y modelos de acuerdo al desarrollo tecnológico, mientras no se afecte el equilibrio económico del contratista. Y dado estos costos se determinen su reposición por los costos de reparaciónítem correspondiente.
Appears in 1 contract
Samples: Construction Contract
SUPERVISION. Para efectos El DEUDOR autoriza al ACREEDOR supervisar por medio de sus Gerentes, Supervisores, Evaluadores, y representantes o funcionarios, el destino y uso del crédito acordado, así como la garantía su mantenimiento y buen funcionamiento, durante la vigencia del contrato. Anualmente o en cualquier momento estará facultado el ACREEDOR para realizar valoración de la Certificación prenda otorgada en garantía para constatar el grado de depreciación o deterioro que ha sufrido los bienes otorgados en garantía, este costo correrá por cuenta del cumplimiento del Contrato se tendrá como mínimo el 95% DEUDOR, de la programación mensual de acuerdo al cronograma de mantenimiento, teniendo en cuenta que los mantenimientos correctivos menores serán efectuados con la adquisición de repuestos y accesorios correspondiente al rubro destinado para este fin en el ítems en referencia, los cuales deben tener autorización previa de la supervisión designada para el desarrollo del contrato por parte de la E.S.E. para lo cual debe presentar relación mensual podrá resultar ampliación de garantía o dar por vencido el crédito. OCTAVA (VENCIMIENTO ANTICIPADO): Se declarará vencimiento anticipado el crédito debido, resolviéndose éste contrato de mero derecho y se hará exigible de inmediato el pago de todo lo adeudado a EL DEUDOR Y/O FIADOR SOLIDARIO, sin necesidad de requerimiento previo o intimación alguna judicial o extrajudicial en los gastos siguientes casos: 1) Si por cualquier causa como DEUDOR, no cumple con los soportes sus obligaciones y faltare al compromiso de facturas legales, autorización de la supervisión, reporte técnico de la instalación del mismo en el área pagar o equipo propiedad de la E.S.E. Todos los repuestos Accesorios, Insumos que se adquieran por este rubro deben ser adquiridos en establecimientos legalmente constituido, y en ninguno de los aspectos deben ser facturados por el mismo contratista, este incumplimiento será considerado como no facturables para este rubro. Los insumos propios de mantenimiento preventivos, siliconas, lubricantes, aislantes, cintas, abrazaderas, limpiadores dieléctricos, limpiadores de húmeda, bayetillas, limpiones, herramientas etc. quedan exentas del rubro de correctivo. Igualmente para el Mantenimiento correctivo mayor se considerarán aquellos equipos que se encuentren fuera de servicio, presenten fallas que interrumpan la prestación cancelar una de las funciones propias cuotas establecidas en este contrato, Financiera FAMA S.A. podrá resolver de pleno derecho sin necesidad de requerimiento alguno judicial o extrajudicial y el ACREEDOR dar por vencido el crédito y exigirle el pago total del mismosaldo adeudado ya fuere judicial o extrajudicialmente, que en su estado no garanticen la confiabilidad requerida, o que su rendimiento no sea el ideal, que se encuentren inhabilitados, y donde los montos de repuestos, accesorio requeridos para su habilitación superen el 25% de la totalidad de los rubros de correctivo menor más rubro de repuestos y accesorios pactados equivalente a Cuatro millones de pesos ( $ 4.000.000). Dado lo anterior todo mantenimiento correctivo que se presente por falla total o parcial del equipo que no supere el monto acordado será ejecutado en su totalidad por el contratista. Los equipos que se encuentren fuera de servicio, o presenten fallas, y que su puesta en óptimo funcionamiento superen el monto pactado considerado correctivo mayor, la ESE Financiera FAMA S.A. se reserva el derecho de escoger previas cotizacionesreclamar los daños y perjuicios, repuestos o accesorios los gastos y precios xx xxxxxxx existentes honorarios que se causaren para hacerle cumplir con sus obligaciones, 2) Se declarará vencido anticipadamente, si por cualquier causa como XXXXXX, desvía el proveedor seleccionado para ejecutar el Mantenimiento Correctivo Mayor. Dada la complejidad destino del crédito y variedad en los equipos Biomédicos con el propósito de plantear la evaluación para determinar Mantenimientos Correctivos Mayores se tomará como soporte que el valor no superen el 20% del valor comercial del equipo a la fecha del imprevisto lo invierte de acuerdo a la tabla de inventario lo establecido en el presente contrato. En todo caso el uso o destino de los equipos biomédicos anexo No. 2fondos podrá ser verificado por su ACREEDOR; 3) Sí otro Acreedor, propiedad Persona Natural o Jurídica, el Ministerio Público o la Procuraduría General de la E.S.E. República entablare acción judicial en contra de EL DEUDOR Y/O FIADOR SOLIDARIO, o bien si recayese embargo, secuestro o cualquier otra medida ejecutiva o precautoria sobre sus bienes o derechos. 4) Sí el Ministerio Público, la entidad continuara Procuraduría General de la República o cualquier Persona Natural o Jurídica, ejerciera en consenso contra de EL DEUDOR Y/O FIADOR SOLIDARIO acción penal por la comisión de delitos que impliquen la imposición xx xxxxx de prisión y la privación de otros derechos; 5) Sí se venciere cualquier otro préstamo de EL DEUDOR Y/O FIADOR SOLIDARIO a favor de EL ACREEDOR y no fuere cancelado; 6) Sí EL DEUDOR se negara a informar a EL ACREEDOR sobre sus estados financieros, información xx xxxxxxx de sus recursos correspondientes, de actualización de datos o cualquier otra información que éste le requiriese a fin de cumplir con los requisitos exigidos por la misma Superintendencia de Bancos en su cuerpos xx xxxxx y Normativas correspondientes; 7) Sí EL DEUDOR Y/O FIADOR SOLIDARIO hubiese proporcionado a EL ACREEDOR datos inexactos o falsos al solicitar el préstamo o en el desarrollo contractualtranscurso del plazo del pago del mismo; 8) Sí hubiere indicios de operaciones inusuales o sospechosas que induzcan a presumir la comisión del delito xx Xxxxxx de Dinero y de otras actividades ilícitas, incluidas las del terrorismo y la proliferación xx Xxxxx de Destrucción Masiva. NOVENA (CLAUSULAS ESPECIALES): 1) El Acreedor reflejará en cada recibo de pago el saldo pendiente del crédito, después de cada aplicación que se haga al mismo, 2) EL DEUDOR a solicitud del ACREEDOR, presentarán información que le requiera El ACREEDOR y le permitirán realizar inspecciones, avalúos y demás controles que considere necesarios para garantizarles el cumplimiento de las obligaciones contraídas. 3) Que el presente Contrato otorgado en este acto estará regulado por todos los privilegios que a favor de Financiera FAMA S.A., establece Ley Número Quinientos Sesenta y Uno (561) Ley General de Bancos Instituciones Financieras, No Bancarias y Grupos Financieros, en todo lo que le fuere aplicable. Así como los privilegios que a favor de las Sociedades Financieras como Financiera FAMA S.A., establecen otras normas nacionales vigentes y se tienen por incorporados al presente instrumento. 4) EL DEUDOR se obliga a ejecutar las operaciones de su negocio de acuerdo a las normativas y requerimientos ambientales del país y a cumplir con la aplicación de la legislación nacional vigente en relación al medio ambiente, así como tramitar ante las entidades administrativas correspondientes los permisos o licencias requeridos de caso en caso para la operación de su negocio; 5) EL DEUDOR se obliga a actualizar todo cambio en la información o en los datos que haya brindado a EL ACREEDOR, sea en la solicitud de crédito, en el contrato o en cualquier otro documento que haya entregado a EL ACREEDOR en relación con éste crédito mediante comunicación escrita dirigida a EL ACREEDOR a través de los canales de información que EL ACREEDOR ponga a su disposición; 6) EL DEUDOR, se obliga a notificar a EL ACREEDOR cuando el proveedor del bien a adquirir, que sería el beneficiario final del crédito, ha cambiado por cualquier razón a criterio de EL DEUDOR, tal circunstancia deberá informarlo a lo inmediato una vez realizado el desembolso mediante cheque, a fin de anular ese cheque y emitir uno nuevo por el mismo monto a favor del proveedor actual de EL DEUDOR; 7) Los datos personales de EL DEUDOR y/o FIADOR SOLIDARIO son confidenciales y están protegidos física y electrónicamente a fin de resguardar su información personal, financiera y comercial, de a acuerdo al año a lo determinado por la ley. 8) EL DEUDOR Y/O FIADOR SOLIDARIO autoriza expresa e irrevocablemente a EL ACREEDOR para que éste pueda utilizar la información de fabricación carácter personal y modelos comercial suministrada por EL DEUDOR Y/O FIADOR SOLIDARIO a EL ACREEDOR, así como para que EL ACREEDOR pueda así mismo compartir dicha información con terceros autorizados por la Superintendencia de acuerdo al desarrollo tecnológicoBancos; 9) En caso que EL DEUDOR no esté en capacidad de cumplir con la obligación del pago de su crédito por causas de fuerza mayor o caso fortuito, mientras no se afecte el equilibrio económico del contratista. Y dado estos costos se determinen su reposición por los costos de reparación.podrá presentar ante EL ACREEDOR una carta de
Appears in 1 contract
Samples: Restructuring Agreement
SUPERVISION. Para efectos EL CONTRATANTE por conducto de la Certificación rectoría supervisara y controlara la debida ejecución del cumplimiento del Contrato se tendrá como mínimo el 95% de la programación mensual de acuerdo al cronograma de mantenimiento, teniendo en cuenta que los mantenimientos correctivos menores serán efectuados con la adquisición de repuestos y accesorios correspondiente al rubro destinado para este fin en el ítems en referencia, los cuales deben tener autorización previa de la supervisión designada para el desarrollo del presente contrato por parte de EL CONTRATISTA. SEPTIMA INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES EL CONTRATISTA declara bajo juramento, el cual se entiende prestado con la E.S.E. para lo cual debe presentar relación mensual aceptación del presente contrato de los gastos con los soportes de facturas legales, autorización de la supervisión, reporte técnico de la instalación del mismo en el área o equipo propiedad de la E.S.E. Todos los repuestos Accesorios, Insumos que se adquieran por este rubro deben ser adquiridos en establecimientos legalmente constituido, y en ninguno de los aspectos deben ser facturados por el mismo contratista, este incumplimiento será considerado como no facturables para este rubro. Los insumos propios de mantenimiento preventivos, siliconas, lubricantes, aislantes, cintas, abrazaderas, limpiadores dieléctricos, limpiadores de húmeda, bayetillas, limpiones, herramientas etc. quedan exentas del rubro de correctivo. Igualmente para el Mantenimiento correctivo mayor se considerarán aquellos equipos que se encuentren fuera prestación de servicio, presenten fallas que interrumpan la prestación no se halla incurso en ninguna de las funciones propias del mismo, que causales de inhabilidad ni incompatibilidad previstas en su estado no garanticen la confiabilidad requerida, o que su rendimiento no sea el ideal, que se encuentren inhabilitados, los artículos 8 y donde los montos de repuestos, accesorio requeridos para su habilitación superen el 25% 9 de la totalidad Ley 80/93 OCTAVA OBLIGACIONES: DEL CONTRATISTA A). 1. Ejecutar idónea y oportunamente el objeto del contrato, 2. Realizar mensualmente los aportes a los Sistemas de Salud y Pensión y Riesgos Profesionales de conformidad con la normatividad vigente y anexar a los informes de ejecución la copia de los rubros recibos correspondientes para autorización de correctivo menor más rubro pago por par te del Interventor, 3. Responder por los trabajos asignados y presentar los informes sobre las Actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad que le sean requeridos, 5. Mantener informado al supervisor del contrato sobre el desarrollo de repuestos y accesorios pactados equivalente a Cuatro millones de pesos ( $ 4.000.000)las actividades bajo su responsabilidad, 6. Dado lo anterior todo mantenimiento correctivo que se El contratista ejecutara el presente por falla total o parcial del equipo que no supere el monto acordado será ejecutado en su totalidad por el contratista. Los equipos que se encuentren fuera de servicio, o presenten fallas, y que su puesta en óptimo funcionamiento superen el monto pactado considerado correctivo mayor, la ESE se reserva el derecho de escoger previas cotizaciones, repuestos o accesorios y precios xx xxxxxxx existentes el proveedor seleccionado para ejecutar el Mantenimiento Correctivo Mayor. Dada la complejidad y variedad en los equipos Biomédicos con el propósito de plantear la evaluación para determinar Mantenimientos Correctivos Mayores se tomará como soporte que el valor no superen el 20% del valor comercial del equipo a la fecha del imprevisto contrato de acuerdo a las siguientes actividades: • Realizar Mantenimiento de las instalaciones eléctricas ubicadas en las tres sedes. • Realizar Mantenimiento a los prados y jardines de las tres Sedes • Realizar mantenimiento correctivo a las sillas universitarias de las estudiantes (soldadura) de las tres sedes • Suministrar la tabla mano de inventario obra calificada para realizar los mantenimientos requeridos. • Cumplir con las obligaciones de carácter fiscal y parafiscal que generen. • Responder por los artículos suministrados en el cumplimiento del Objeto del Contrato. • Estar afiliado al régimen de Salud, Pensiones y ARP. • Aportar todos los documentos requeridos para la suscripción del contrato. • Horario disponible para solicitud de Servicio: Lunes a Viernes de 7:00 Am a 12:00 M y de 2:00P.M a 6:00 P.M • Sitio de Trabajo: Institución Educativa Sagrada Familia (cualquiera de las sedes: Sede Central, Sede Paraíso y sede Xxxxx Xxxxxxxxxx). • Tiempo de atención Requerimiento: Inmediata • Se debe atender en todo momento los requerimientos en cuantos daños eléctricos, hidráulicos, soldadura xx xxxxxx de estudiantes, podada y arreglo xx xxxxxxxx, tapada de goteras, etc. • Repuestos: El costo de los equipos biomédicos anexo No. 2, propiedad de repuestos es asumido por la E.S.E. la entidad continuara en consenso la actualización de la misma en el desarrollo contractual, de acuerdo al año de fabricación y modelos de acuerdo al desarrollo tecnológico, mientras no se afecte el equilibrio económico del contratista. Y dado estos costos se determinen su reposición por los costos de reparaciónInstitución Educativa.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
SUPERVISION. Para efectos La supervisión y coordinación sobre la ejecución del contrato estará a cargo del Administrador del Proyecto o de la Certificación persona que designe el ordenador del gasto del Proyecto. El supervisor será la persona que ejercerá el control y vigilancia de la ejecución del contrato, y tendrá las siguientes funciones además de las que determine la ley y los respectivos reglamentos: Supervisar y vigilar el cumplimiento del Contrato se tendrá como mínimo contrato a ejecutarse, prestando la colaboración que requiera el 95% oferente. Elaborar el acta de recibo a satisfacción y producir el informe requerido para soportar los pagos que deba efectuar la CCI. Exigir al oferente la ejecución idónea y oportuna del contrato. Autorizar el pago a la persona seleccionada e indicar en forma motivada los descuentos que por multas deban ser efectuados. Remitir oportunamente al Proyecto y la Corporación Colombia Internacional las actuaciones resultantes de la programación mensual ejecución contractual. Señores Corporación Colombia Internacional Proyecto Construyendo Capacidades Empresariales Rurales Confianza y Oportunidad Caxxx 00 X. x 0 - 00 - Xxxx 0x Xxxxxx Estimados señores: El (los) suscrito (s), obrando en representación legal de la sociedad , por medio de los documentos adjuntos me permito presentar cotización para participar en la presente contratación y en caso de que sea aceptada nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente dentro de los plazos establecidos en el cronograma contenido en los términos de referencia respectivos. Así mismo, me comprometo a ejecutar el objeto contractual de acuerdo al cronograma con los documentos que hacen parte del presente proceso de mantenimientocontratación, teniendo así como los del contrato, los precios de esta cotización y las demás estipulaciones de la misma, en cuenta las partes aceptadas por el proyecto Construyendo Capacidades Empresariales Rurales, Confianza y Oportunidad. En mi calidad de oferente declaro:
1. Que conozco los términos de referencia del proceso de contratación, adendas e informaciones sobre preguntas y respuestas, así como los demás documentos relacionados con los servicios y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.
2. De igual forma manifiesto que acepto las consecuencias que del incumplimiento de los mantenimientos correctivos menores serán efectuados requisitos a que se refiere el numeral anterior se deriven.
3. Que en caso de que se me adjudique el contrato me comprometo a desarrollarlo y a terminarlo dentro de los plazos contractuales de acuerdo con lo establecido en los documentos del proceso de contratación.
4. Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a este proceso contractual.
5. Que leí cuidadosamente los Términos de referencia y elaboré mi cotización ajustada a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.
6. Que manifiesto bajo la adquisición de repuestos y accesorios correspondiente al rubro destinado para este fin gravedad del juramento que la entidad que represento si / no está obligada a tener Revisor Fiscal.
7. Que Manifiesto bajo la gravedad del juramento, sujeto a las sanciones establecidas en el ítems art. 442 del Código Penal.:
7.1. Que la información contenida en referenciala cotización es veraz y susceptible de comprobación y que asumimos total responsabilidad frente a LA CORPORACION COLOMBIA INTERNACIONAL cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, los cuales deben tener autorización previa sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal y demás normas concordantes.
7.2. Que no nos hallamos reportados en el Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la supervisión designada para el desarrollo del contrato por parte de la E.S.E. para lo cual debe presentar relación mensual de los gastos República.
8. Así mismo me comprometo a cumplir con los soportes de facturas legales, autorización de la supervisión, reporte técnico de la instalación del mismo en el área o equipo propiedad de la E.S.E. Todos los repuestos Accesorios, Insumos que se adquieran por este rubro deben ser adquiridos en establecimientos legalmente constituido, y en ninguno de los aspectos deben ser facturados por el mismo contratista, este incumplimiento será considerado como no facturables para este rubro. Los insumos propios de mantenimiento preventivos, siliconas, lubricantes, aislantes, cintas, abrazaderas, limpiadores dieléctricos, limpiadores de húmeda, bayetillas, limpiones, herramientas etc. quedan exentas del rubro de correctivo. Igualmente para el Mantenimiento correctivo mayor se considerarán aquellos equipos que se encuentren fuera de servicio, presenten fallas que interrumpan la prestación de las funciones propias del mismo, que en su estado no garanticen la confiabilidad requerida, o que su rendimiento no sea el ideal, que se encuentren inhabilitados, y donde los montos de repuestos, accesorio requeridos para su habilitación superen el 25% de la totalidad de los rubros de correctivo menor más rubro de repuestos y accesorios pactados equivalente a Cuatro millones de pesos ( $ 4.000.000). Dado lo anterior todo mantenimiento correctivo que se presente por falla total o parcial del equipo que no supere el monto acordado será ejecutado en su totalidad por el contratista. Los equipos que se encuentren fuera de servicio, o presenten fallas, y que su puesta en óptimo funcionamiento superen el monto pactado considerado correctivo mayor, la ESE se reserva el derecho de escoger previas cotizaciones, repuestos o accesorios y precios xx xxxxxxx existentes el proveedor seleccionado para ejecutar el Mantenimiento Correctivo Mayor. Dada la complejidad y variedad obligaciones señaladas en los equipos Biomédicos con el propósito términos de plantear la evaluación para determinar Mantenimientos Correctivos Mayores se tomará como soporte que el valor no superen el 20% del valor comercial del equipo a la fecha del imprevisto de acuerdo a la tabla de inventario de los equipos biomédicos anexo No. 2, propiedad de la E.S.E. la entidad continuara en consenso la actualización de la misma en el desarrollo contractual, de acuerdo al año de fabricación y modelos de acuerdo al desarrollo tecnológico, mientras no se afecte el equilibrio económico del contratista. Y dado estos costos se determinen su reposición por los costos de reparaciónreferencia.
Appears in 1 contract
Samples: Cooperación
SUPERVISION. Para efectos La supervisión de la Certificación ejecución del cumplimiento presente contrato estará a cargo del Contrato se tendrá como mínimo funcionario que designe el 95% Subdirector del Centro Industrial del Diseño y la Manufactura SENA de la programación mensual de acuerdo al cronograma de mantenimientoRegional Santander, teniendo en cuenta que los mantenimientos correctivos menores serán efectuados con la adquisición de repuestos y accesorios correspondiente al rubro destinado para este fin siendo su responsabilidad cualquier acción u omisión en el ítems en referenciaejercicio de sus funciones que cause perjuicios a la entidad, los cuales deben tener autorización previa debiendo informar al ordenador del gasto, oportunamente cualquier irregularidad, con el fin de la supervisión designada para el desarrollo del contrato por parte de la E.S.E. para lo cual debe presentar relación mensual de los gastos que se hagan efectivas las cláusulas respectivas. El funcionario designado deberá cumplir con los soportes de facturas legales, autorización las obligaciones propias de la supervisión, reporte técnico conforme a la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, además de las contenidas en la Resolución N° 0202 de 2014. Así mismo, deberá proyectar el Acta de liquidación (si es del caso), previa presentación del informe final de supervisión. El Contratista debe acatar las indicaciones que le imparta por escrito, el supervisor. No obstante, si el contratista no está de acuerdo con las mismas debe manifestarlo por escrito supervisor con copia a la entidad, antes de proceder a ejecutar las indicaciones. En caso contrario, responderá solidariamente con el supervisor si del cumplimiento de dichas indicaciones se derivan perjuicios para el SENA. Si el Contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier indicación escrita del supervisor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha indicación, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de cinco (5) días, el supervisor comunicará dicha situación al Subdirector del CASA para que este tome las medidas que considere necesarias. El interventor y/o supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse, en desarrollo de las actividades surtidas con posterioridad a la celebración del contrato, quien actuará de conformidad con el artículo 4 de la instalación Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y lo previsto en la Resolución No. 202 del mismo 10 de febrero de 2014, expedida por la Dirección General xxx XXXX, por la cual se adopta el Manual de Supervisión e Interventoría de la Entidad. NOTA: Las demás condiciones que cobijan el presente proceso se encuentran enmarcadas en el área o equipo propiedad ACUERDO MARCO DE PRECIOS PARA LA ADQUISICIÓN DE COMPUTADORES Y PERIFÉRICOS de la E.S.E. Todos Colombia Compra Eficiente, Número de proceso: LP-AMP-138-2017, Vigencia: Xx xxxxxx, Agosto 15, 2017 hasta Jueves, Agosto 15, 2019. Se expide en Floridablanca, a los repuestos Accesorios, Insumos que se adquieran por este rubro deben ser adquiridos en establecimientos legalmente constituido, y en ninguno veinte (20) días del mes xx xxxx de los aspectos deben ser facturados por el mismo contratista, este incumplimiento será considerado como no facturables para este rubro. Los insumos propios de mantenimiento preventivos, siliconas, lubricantes, aislantes, cintas, abrazaderas, limpiadores dieléctricos, limpiadores de húmeda, bayetillas, limpiones, herramientas etc. quedan exentas del rubro de correctivo. Igualmente para el Mantenimiento correctivo mayor se considerarán aquellos equipos que se encuentren fuera de servicio, presenten fallas que interrumpan la prestación de las funciones propias del mismo, que en su estado no garanticen la confiabilidad requerida, o que su rendimiento no sea el ideal, que se encuentren inhabilitados, y donde los montos de repuestos, accesorio requeridos para su habilitación superen el 25% de la totalidad de los rubros de correctivo menor más rubro de repuestos y accesorios pactados equivalente a Cuatro millones de pesos ( $ 4.000.000). Dado lo anterior todo mantenimiento correctivo que se presente por falla total o parcial del equipo que no supere el monto acordado será ejecutado en su totalidad por el contratista. Los equipos que se encuentren fuera de servicio, o presenten fallas, y que su puesta en óptimo funcionamiento superen el monto pactado considerado correctivo mayor, la ESE se reserva el derecho de escoger previas cotizaciones, repuestos o accesorios y precios xx xxxxxxx existentes el proveedor seleccionado para ejecutar el Mantenimiento Correctivo Mayor. Dada la complejidad y variedad en los equipos Biomédicos con el propósito de plantear la evaluación para determinar Mantenimientos Correctivos Mayores se tomará como soporte que el valor no superen el 20% del valor comercial del equipo a la fecha del imprevisto de acuerdo a la tabla de inventario de los equipos biomédicos anexo No. 2, propiedad de la E.S.E. la entidad continuara en consenso la actualización de la misma en el desarrollo contractual, de acuerdo al año de fabricación y modelos de acuerdo al desarrollo tecnológico, mientras no se afecte el equilibrio económico del contratista. Y dado estos costos se determinen su reposición por los costos de reparación2019.
Appears in 1 contract
Samples: Acuerdo Marco De Precios