Common use of TARIFAS, FACTURACIÓN, PAGOS Y PROMOCIONES Clause in Contracts

TARIFAS, FACTURACIÓN, PAGOS Y PROMOCIONES. Se aplicarán a los servicios los precios y cargos correspondientes según las tarifas y demás condiciones generales y/o particulares, ofertas o promociones vigentes en cada momento. Cualquier modificación de las tarifas se comunicará al cliente por cualquier medio que AHÍ+ considere apropiado para que el cliente tenga constancia de tal modificación y de las nuevas tarifas. El cliente tendrá disponibles en todo momento dichas tarifas en nuestra página web. El acceso a los servicios de emergencia es gratuito. La factura será mensual y desglosará el servicio básico, así como el resto de servicios contratados por conceptos facturados dentro de cada servicio, incluyendo los correspondientes a los supuestos de venta o cesión/alquiler de equipos. Si por razones técnicas no fuera posible facturar al cliente en el mes inmediatamente posterior al devengo, AHÍ+ podrá facturarlo en los meses posteriores. Las cuotas de abono se facturarán por periodos mensuales anticipados o vencidos según corresponda. Los servicios medidos se facturarán por periodos mensuales, según el consumo efectuado en el mes anterior. Lo anterior es de aplicación sin perjuicio de lo indicado en las condiciones específicas de contratación de cada Servicio de las presentes CGC. En los servicios telefónicos fijo y de internet xx xxxxx ancha fija, las cuotas de abono mensual incluyen el mantenimiento de red hasta el PTR (punto de terminación de red, en el caso de XDSL) o PTRO (punto de terminación de red óptico, en el caso de fibra óptica). La primera factura incluirá una cuota por el alta en los servicios contratados e instalación de los equipos y terminales para la prestación de los mismos, cuyo importe vendrá determinado en función de la modalidad de la contratación. Dicha cuota no será reembolsable en ningún caso. Según corresponda, también contendrán el precio de los equipos adquiridos y de configuración de los servicios, salvo que el pago de dicho precio esté aplazado o diferido, en cuyo caso incluirá la parte proporcional correspondiente al primer mes en función del número de meses de pago aplazado. Asimismo, incluirá las cuotas recurrentes que sean de aplicación desde el momento de la activación del servicio dentro del periodo facturado. En esta primera factura, se incluirá el importe prorrateado del periodo comprendido entre el día efectivo del alta del servicio hasta el final de mes. En el caso particular de contratación de servicio telefónico fijo o móvil con solicitud de portabilidad de línea, se tomará como día efectivo de alta del servicio la fecha en la que se haga efectiva dicha portabilidad. En la última factura de la cuota, independientemente del día en que se efectúe la baja del Servicio, se facturará la totalidad de la cuota del mes en curso. Asimismo, se emitirá la factura de los excesos de tráfico que proceda. Las reclamaciones del cliente por motivo de la facturación no justifican el retraso en el pago de las facturas reclamadas. Las facturas no pagadas a su vencimiento devengarán un interés de demora igual al interés legal del dinero, los gastos ocasionados por la devolución del recibo y otros gastos administrativos que pueden ascender hasta un máximo de veinte (20) Euros (IVA incluido), sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. La aplicación de un importe inferior al máximo no implica la obligación por AHÍ+ de mantenerlo, pudiendo este variar por diferentes factores, por ejemplo, la recurrencia en el impago. AHÍ+ podrá utilizar para el cobro de las cantidades adeudadas, si el cliente así lo autoriza, los datos relativos a las tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitados por el mismo; igualmente AHÍ+ podrá ejecutar los depósitos, fianzas y/o demás garantías establecidas en las condiciones particulares para los casos permitidos por la ley. El cliente consiente expresamente con la aceptación de las CGC que AHÍ+ pueda emitir las facturas correspondientes al servicio en formato electrónico (factura electrónica), teniendo acceso a las mismas a través de su área personal online, accesible con las claves de acceso que AHÍ+ facilitará en el momento de la compra o bien por correo electrónico si así lo solicitara. El cliente podrá revocar este consentimiento en cualquier momento, teniendo derecho a solicitar la emisión de facturas de forma gratuita en papel. Para realizar esta revocación, deberá comunicarlo por escrito al servicio de atención al cliente. Si a la finalización de la relación contractual, independientemente de la modalidad de contratación, resultase un saldo a favor del cliente, éste podrá solicitar su devolución. AHÍ+ podrá descontar los gastos administrativos y de gestión que pudieran devengarse según las tarifas vigentes en cada momento. También corresponderá al cliente este derecho de compensación cuando el saldo fuera a favor de AHÍ+. AHÍ+ podrá, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del cliente: internacionales. Este tipo de acción se podrá llevar a cabo, entre otros, en los siguientes supuestos: AHÍ+ se reserva el derecho de encomendar la facturación y pago del servicio a terceros que estén vinculados a los canales de distribución que, en su nombre y representación y por delegación expresa de la misma, emitirán y cobrarán las correspondientes facturas por el servicio al cliente siguiendo las instrucciones de AHÍ+. En caso de que el cliente haya financiado con un tercero los servicios prestados por AHÍ+, objeto de las presentes CGC, será dicho tercero quien se encargue del cobro de las cuotas de financiación hasta la extinción del contrato de financiación. No obstante lo anterior, en caso de exceso de consumo por parte del cliente, AHÍ+, o un tercero vinculado a su canal de distribución a quien encomiende dicha tarea, será el responsable de facturar directamente al cliente dicho exceso. Los consumos que realice el cliente (medidos en minutos o en megas, según el servicio) que excedan o no estén incluidos en las tarifas y/o bonos contratados, serán facturados por AHÍ+ según los precios vigentes en el momento de incurrir en dicho consumo, los cuales estarán publicados en la web de AHÍ+ y a disposición de los clientes en los puntos de distribución.

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Samples: Condiciones Generales De Instalación De Servicio Fijo, Condiciones Generales De Instalación De Servicio Fijo

TARIFAS, FACTURACIÓN, PAGOS Y PROMOCIONES. Se aplicarán a los servicios los precios y cargos correspondientes según las tarifas y demás condiciones generales y/o particulares, ofertas o promociones vigentes en cada momento. Cualquier modificación de las tarifas se comunicará al cliente por cualquier medio que AHÍ+ considere apropiado para que el cliente tenga constancia de tal modificación y de las nuevas tarifas. El cliente tendrá disponibles en todo momento dichas tarifas en nuestra página web. El acceso a los servicios de emergencia es gratuito. La factura será mensual y desglosará el servicio básico, así como el resto de servicios contratados por conceptos facturados dentro de cada servicio, incluyendo los correspondientes a los supuestos de venta o cesión/alquiler de equipos. Si por razones técnicas no fuera posible facturar al cliente en el mes inmediatamente posterior al devengo, AHÍ+ podrá facturarlo en los meses posteriores. Las cuotas de abono se facturarán por periodos mensuales anticipados o vencidos según corresponda. Los servicios medidos se facturarán por periodos mensuales, según el consumo efectuado en el mes anterior. Lo anterior es de aplicación sin perjuicio de lo indicado en las condiciones específicas de contratación de cada Servicio de las presentes CGC. En los servicios telefónicos fijo y de internet xx xxxxx ancha fija, las cuotas de abono mensual incluyen el mantenimiento de red hasta el PTR (punto de terminación de red, en el caso de XDSL) o PTRO (punto de terminación de red óptico, en el caso de fibra óptica). La primera factura incluirá una cuota por el alta en los servicios contratados e instalación de los equipos y terminales para la prestación de los mismos, cuyo importe vendrá determinado en función de la modalidad de la contratación. Dicha cuota no será reembolsable en ningún caso. Según corresponda, también contendrán el precio de los equipos adquiridos y de configuración de los servicios, salvo que el pago de dicho precio esté aplazado o diferido, en cuyo caso incluirá la parte proporcional correspondiente al primer mes en función del número de meses de pago aplazado. Asimismo, incluirá las cuotas recurrentes que sean de aplicación desde el momento de la activación del servicio dentro del periodo facturado. En esta primera factura, se incluirá el importe prorrateado del periodo comprendido entre el día efectivo del alta del servicio hasta el final de mes. En el caso particular de contratación de servicio telefónico fijo o móvil con solicitud de portabilidad de línea, se tomará como día efectivo de alta del servicio la fecha en la que se haga efectiva dicha portabilidad. En la última factura de la cuota, independientemente del día en que se efectúe la baja del Servicioservicio, se facturará la totalidad de la cuota del mes en curso. Asimismo, se emitirá la factura de los excesos de tráfico que proceda. Las reclamaciones del cliente por motivo de la facturación no justifican el retraso en el pago de las facturas reclamadas. Las facturas no pagadas a su vencimiento devengarán un interés de demora igual al interés legal del dinero, los gastos ocasionados por la devolución del recibo y otros gastos administrativos que pueden ascender hasta un máximo de veinte (20) Euros (IVA incluido), sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. La aplicación de un importe inferior al máximo no implica la obligación por AHÍ+ de mantenerlo, pudiendo este variar por diferentes factores, por ejemplo, la recurrencia en el impago. AHÍ+ podrá utilizar para el cobro de las cantidades adeudadas, si el cliente así lo autoriza, los datos relativos a las tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitados por el mismo; igualmente AHÍ+ podrá ejecutar los depósitos, fianzas y/o demás garantías establecidas en las condiciones particulares para los casos permitidos por la ley. El cliente consiente expresamente con la aceptación de las CGC que AHÍ+ pueda emitir las facturas correspondientes al servicio en formato electrónico (factura electrónica), teniendo acceso a las mismas a través de su área personal online, accesible con las claves de acceso que AHÍ+ facilitará en el momento de la compra o bien por correo electrónico si así lo solicitara. El cliente podrá revocar este consentimiento en cualquier momento, teniendo derecho a solicitar la emisión de facturas de forma gratuita en papel. Para realizar esta revocación, deberá comunicarlo por escrito al servicio de atención al cliente. Si a la finalización de la relación contractual, independientemente de la modalidad de contratación, resultase un saldo a favor del cliente, éste podrá solicitar su devolución. AHÍ+ podrá descontar los gastos administrativos y de gestión que pudieran devengarse según las tarifas vigentes en cada momento. También corresponderá al cliente este derecho de compensación cuando el saldo fuera a favor de AHÍ+. AHÍ+ podrá, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del cliente: internacionales. Este tipo de acción se podrá llevar a cabo, entre otros, en los siguientes supuestos: AHÍ+ se reserva el derecho de encomendar la facturación y pago del servicio a terceros que estén vinculados a los canales de distribución que, en su nombre y representación y por delegación expresa de la misma, emitirán y cobrarán las correspondientes facturas por el servicio al cliente siguiendo las instrucciones de AHÍ+. En caso de que el cliente haya financiado con un tercero los servicios prestados por AHÍ+, objeto de las presentes CGC, será dicho tercero quien se encargue del cobro de las cuotas de financiación hasta la extinción del contrato de financiación. No obstante lo anterior, en caso de exceso de consumo por parte del cliente, AHÍ+, o un tercero vinculado a su canal de distribución a quien encomiende dicha tarea, será el responsable de facturar directamente al cliente dicho exceso. Los consumos que realice el cliente (medidos en minutos o en megas, según el servicio) que excedan o no estén incluidos en las tarifas y/o bonos contratados, serán facturados por AHÍ+ según los precios vigentes en el momento de incurrir en dicho consumo, los cuales estarán publicados en la web de AHÍ+ y a disposición de los clientes en los puntos de distribución.

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TARIFAS, FACTURACIÓN, PAGOS Y PROMOCIONES. Se aplicarán a los servicios los precios y cargos correspondientes según las tarifas y demás condiciones generales y/o particulares, ofertas o promociones vigentes en cada momento. Cualquier modificación de las tarifas se comunicará al cliente por cualquier medio que AHÍ+ considere apropiado para que el cliente tenga constancia de tal modificación y de las nuevas tarifas. El cliente tendrá disponibles en todo momento dichas tarifas en nuestra página web. El acceso a los servicios de emergencia es gratuito. La factura será mensual y desglosará el servicio básico, así como el resto de los servicios contratados por conceptos facturados dentro de cada servicio, incluyendo los correspondientes a los supuestos de venta o cesión/alquiler de equipos. Si por razones técnicas no fuera posible facturar al cliente en el mes inmediatamente posterior al devengo, AHÍ+ podrá facturarlo en los meses posteriores. Las cuotas de abono se facturarán por periodos mensuales anticipados o vencidos según corresponda. Los servicios medidos se facturarán por periodos mensuales, según el consumo efectuado en el mes anterior. Lo anterior es de aplicación sin perjuicio de lo indicado en las condiciones específicas de contratación de cada Servicio de las presentes CGC. En los servicios telefónicos fijo y de internet xx xxxxx ancha fija, las cuotas de abono mensual incluyen el mantenimiento de red hasta el PTR (punto de terminación de red, en el caso de XDSL) o PTRO (punto de terminación de red óptico, en el caso de fibra óptica). La primera factura incluirá una cuota por el alta en los servicios contratados e instalación de los equipos y terminales para la prestación de los mismos, cuyo importe vendrá determinado en función de la modalidad de la contratación. Dicha cuota no será reembolsable en ningún caso. Según corresponda, también contendrán el precio de los equipos adquiridos y de configuración de los servicios, salvo que el pago de dicho precio esté aplazado o diferido, en cuyo caso incluirá la parte proporcional correspondiente al primer mes en función del número de meses de pago aplazado. Asimismo, incluirá las cuotas recurrentes que sean de aplicación desde el momento de la activación del servicio dentro del periodo facturado. En esta primera factura, se incluirá el importe prorrateado del periodo comprendido entre el día efectivo del alta del servicio hasta el final de mes. En el caso particular de contratación de servicio telefónico fijo o móvil con solicitud de portabilidad de línea, se tomará como día efectivo de alta del servicio la fecha en la que se haga efectiva dicha portabilidad. En la última factura de la cuota, independientemente del día en que se efectúe la baja del Servicioservicio, se facturará la totalidad de la cuota del mes en curso. Asimismo, se emitirá la factura de los excesos de tráfico que proceda. Las reclamaciones del cliente por motivo de la facturación no justifican el retraso en el pago de las facturas reclamadas. Las facturas no pagadas a su vencimiento devengarán un interés de demora igual al interés legal del dinero, los gastos ocasionados por la devolución del recibo y otros gastos administrativos que pueden ascender hasta un máximo de veinte (20) Euros (IVA incluido), sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. La aplicación de un importe inferior al máximo no implica la obligación por AHÍ+ de mantenerlo, pudiendo este variar por diferentes factores, por ejemplo, la recurrencia en el impago. AHÍ+ podrá utilizar para el cobro de las cantidades adeudadas, si el cliente así lo autoriza, los datos relativos a las tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitados por el mismo; igualmente AHÍ+ podrá ejecutar los depósitos, fianzas y/o demás garantías establecidas en las condiciones particulares para los casos permitidos por la ley. El cliente consiente expresamente con la aceptación de las CGC que AHÍ+ pueda emitir las facturas correspondientes al servicio en formato electrónico (factura electrónica), teniendo acceso a las mismas a través de su área personal online, accesible con las claves de acceso que AHÍ+ facilitará en el momento de la compra o bien por correo electrónico si así lo solicitara. El cliente podrá revocar este consentimiento en cualquier momento, teniendo derecho a solicitar la emisión de facturas de forma gratuita en papel. Para realizar esta revocación, deberá comunicarlo por escrito al servicio de atención al cliente. Si a la finalización de la relación contractual, independientemente de la modalidad de contratación, resultase un saldo a favor del cliente, éste podrá solicitar su devolución. AHÍ+ podrá descontar los gastos administrativos y de gestión que pudieran devengarse según las tarifas vigentes en cada momento. También corresponderá al cliente este derecho de compensación cuando el saldo fuera a favor de AHÍ+. AHÍ+ podrá, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del cliente: internacionales. Este tipo de acción se podrá llevar a cabo, entre otros, en los siguientes supuestos: AHÍ+ se reserva el derecho de encomendar la facturación y pago del servicio a terceros que estén vinculados a los canales de distribución que, en su nombre y representación y por delegación expresa de la misma, emitirán y cobrarán las correspondientes facturas por el servicio al cliente siguiendo las instrucciones de AHÍ+. En caso de que el cliente haya financiado con un tercero los servicios prestados por AHÍ+, objeto de las presentes CGC, será dicho tercero quien se encargue del cobro de las cuotas de financiación hasta la extinción del contrato de financiación. No obstante lo anterior, en caso de exceso de consumo por parte del cliente, AHÍ+, o un tercero vinculado a su canal de distribución a quien encomiende dicha tarea, será el responsable de facturar directamente al cliente dicho exceso. Los consumos que realice el cliente (medidos en minutos o en megas, según el servicio) que excedan o no estén incluidos en las tarifas y/o bonos contratados, serán facturados por AHÍ+ según los precios vigentes en el momento de incurrir en dicho consumo, los cuales estarán publicados en la web de AHÍ+ y a disposición de los clientes en los puntos de distribución.:

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TARIFAS, FACTURACIÓN, PAGOS Y PROMOCIONES. Se aplicarán a los servicios los precios y cargos correspondientes según las tarifas y demás condiciones generales y/o particulares, ofertas o promociones vigentes en cada momento. Cualquier modificación de las tarifas se comunicará al cliente por cualquier medio que AHÍ+ considere apropiado para que el cliente tenga constancia de tal modificación y de las nuevas tarifas. El cliente tendrá disponibles en todo momento dichas tarifas en nuestra página web. El acceso a los servicios de emergencia es gratuito. La factura será mensual y desglosará el servicio básico, así como el resto de los servicios contratados por conceptos facturados dentro de cada servicio, incluyendo los correspondientes a los supuestos de venta o cesión/alquiler de equipos. Si por razones técnicas no fuera posible facturar al cliente en el mes inmediatamente posterior al devengo, AHÍ+ podrá facturarlo en los meses posteriores. Las cuotas de abono se facturarán por periodos mensuales anticipados o vencidos según corresponda. Los servicios medidos se facturarán por periodos mensuales, según el consumo efectuado en el mes anterior. Lo anterior es de aplicación sin perjuicio de lo indicado en las condiciones específicas de contratación de cada Servicio de las presentes CGC. En los servicios telefónicos fijo y de internet xx xxxxx ancha fija, las cuotas de abono mensual incluyen el mantenimiento de red hasta el PTR (punto de terminación de red, en el caso de XDSL) o PTRO (punto de terminación de red óptico, en el caso de fibra óptica). La primera factura incluirá una cuota por el alta en los servicios contratados e instalación de los equipos y terminales para la prestación de los mismos, cuyo importe vendrá determinado en función de la modalidad de la contratación. Dicha cuota no será reembolsable en ningún caso. Según corresponda, también contendrán el precio de los equipos adquiridos y de configuración de los servicios, salvo que el pago de dicho precio esté aplazado o diferido, en cuyo caso incluirá la parte proporcional correspondiente al primer mes en función del número de meses de pago aplazado. Asimismo, incluirá las cuotas recurrentes que sean de aplicación desde el momento de la activación del servicio dentro del periodo facturado. En esta primera factura, se incluirá el importe prorrateado del periodo comprendido entre el día efectivo del alta del servicio hasta el final de mes. En el caso particular de contratación de servicio telefónico fijo o móvil con solicitud de portabilidad de línea, se tomará como día efectivo de alta del servicio la fecha en la que se haga efectiva dicha portabilidad. En la última factura de la cuota, independientemente del día en que se efectúe la baja del Servicio, se facturará la totalidad de la cuota del mes en curso. Asimismo, se emitirá la factura de los excesos de tráfico que proceda. Las reclamaciones del cliente por motivo de la facturación no justifican el retraso en el pago de las facturas reclamadas. Las facturas no pagadas a su vencimiento devengarán un interés de demora igual al interés legal del dinero, los gastos ocasionados por la devolución del recibo y otros gastos administrativos que pueden ascender hasta un máximo de veinte (20) Euros (IVA incluido), sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. La aplicación de un importe inferior al máximo no implica la obligación por AHÍ+ de mantenerlo, pudiendo este variar por diferentes factores, por ejemplo, la recurrencia en el impago. AHÍ+ podrá utilizar para el cobro de las cantidades adeudadas, si el cliente así lo autoriza, los datos relativos a las tarjetas de crédito o débito que hubieran sido facilitados por el mismo; igualmente AHÍ+ podrá ejecutar los depósitos, fianzas y/o demás garantías establecidas en las condiciones particulares para los casos permitidos por la ley. El cliente consiente expresamente con la aceptación de las CGC que AHÍ+ pueda emitir las facturas correspondientes al servicio en formato electrónico (factura electrónica), teniendo acceso a las mismas a través de su área personal online, accesible con las claves de acceso que AHÍ+ facilitará en el momento de la compra o bien por correo electrónico si así lo solicitara. El cliente podrá revocar este consentimiento en cualquier momento, teniendo derecho a solicitar la emisión de facturas de forma gratuita en papel. Para realizar esta revocación, deberá comunicarlo por escrito al servicio de atención al cliente. Si a la finalización de la relación contractual, independientemente de la modalidad de contratación, resultase un saldo a favor del cliente, éste podrá solicitar su devolución. AHÍ+ podrá descontar los gastos administrativos y de gestión que pudieran devengarse según las tarifas vigentes en cada momento. También corresponderá al cliente este derecho de compensación cuando el saldo fuera a favor de AHÍ+. AHÍ+ podrá, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del cliente: internacionales. Este tipo de acción se podrá llevar a cabo, entre otros, en los siguientes supuestos: AHÍ+ se reserva el derecho de encomendar la facturación y pago del servicio a terceros que estén vinculados a los canales de distribución que, en su nombre y representación y por delegación expresa de la misma, emitirán y cobrarán las correspondientes facturas por el servicio al cliente siguiendo las instrucciones de AHÍ+. En caso de que el cliente haya financiado con un tercero los servicios prestados por AHÍ+, objeto de las presentes CGC, será dicho tercero quien se encargue del cobro de las cuotas de financiación hasta la extinción del contrato de financiación. No obstante obstante, lo anterior, en caso de exceso de consumo por parte del cliente, AHÍ+, o un tercero vinculado a su canal de distribución a quien encomiende dicha tarea, será el responsable de facturar directamente al cliente dicho exceso. Los consumos que realice el cliente (medidos en minutos o en megas, según el servicio) que excedan o no estén incluidos en las tarifas y/o bonos contratados, serán facturados por AHÍ+ según los precios vigentes en el momento de incurrir en dicho consumo, los cuales estarán publicados en la web de AHÍ+ y a disposición de los clientes en los puntos de distribución.

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