TASA VARIABLE. 2.7.1 Periodicidad y forma de aplicar la tasa variable (LIBOR, TRE u otra).- La forma de aplicación de la tasa variable se efectuará tomando como base la tasa LIBOR, TRE u otra, según se pacte en el presente contrato, de acuerdo a lo siguiente: La tasa de interés variable TRE, definida en el reglamento de Tasas de Interés de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, será aplicada desde la fecha del desembolso o desde la vigencia del plazo pactado para su aplicación hasta la siguiente fecha de modificación de la tasa de interés. Una vez desembolsado el préstamo o que entre en vigencia la TRE de acuerdo a lo pactado, las modificaciones a la TRE se efectuarán con la periodicidad y fórmula establecida en el Reglamento respectivo mientras dure la operación xx xxxxxxxx. La tasa LIBOR es la tasa de interés a la cual se ofrecen por el mismo plazo Eurodólares en el mercado interbancario de Londres. Su forma de aplicación estará sujeta al reglamento emitido por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.
2.7.2 Oportunidad en la notificación.- La información relativa a las modificaciones mencionadas en el punto anterior estará disponible para el DEUDOR(ES) (en el BANCO) 24 horas después de efectuada la aplicación de la amortización inherente. Transcurrido dicho plazo, se presume que la notificación con el cambio referido ha sido efectuada en forma fehaciente y válida, acordando las partes que es responsabilidad del DEUDOR(ES) mantenerse informado y notificado de los mencionados cambios.
TASA VARIABLE. Tasa de referencia Descripción Comportamiento del Diferencial
TASA VARIABLE. Todos los anticipos están sujetos a una Tasa Variable, la cual está basada en la Tasa Preferencial más alta según se publica en la sección de Tasas Monetarias vigente en el 15o. día calendario de cada mes (“Índice”) más Nuestro Margen. El Índice más el Margen es igual a la Tasa de Interés. Los cambios en el Índice ocasionará cambios en la Tasa de Interés en el 1er. día del ciclo de facturación que sigue inmediatamente a un cambio en el Índice. Los aumentos o disminuciones en la Tasa de Interés ocasionarán similares incrementos o disminuciones en el Cargo Financiero y afectará al número de Sus pagos programados regularmente. Sujeto a la ley aplicable, no hay límite para el monto en que puede cambiar Su tasa de interés.
TASA VARIABLE. El préstamo objeto del presente contrato devengará intereses calculados sobre la base de un (1) año de trescientos sesenta (360) días, con una tasa del POR CIENTO ( %) ANUAL, contados a partir de la fecha de desembolso, pagaderos mensualmente sobre los saldos insolutos del mismo.
TASA VARIABLE. Préstamos Al 30 de septiembre de 2016 Créditos por arrendamientos financieros Total Tasa fija Total ................................................ 30.203.261 531.182 1.400.348 32.134.791
TASA VARIABLE. Todos los anticipos están sujetos a una Tasa Variable, la cual está basada en la Tasa Preferencial más alta según se publica en la sección de Tasas Monetarias vigente en el 15o. día calendario de cada mes (“Índice”) más Nuestro Margen. El Índice más el Margen es igual a la Tasa de Interés. Los cambios en el Índice ocasionará cambios en la Tasa de Interés en el 1er. día del ciclo de facturación que sigue inmediatamente a un cambio en el Índice. Los aumentos o disminuciones en la Tasa de Interés ocasionarán similares incrementos o disminuciones en el Cargo Financiero y afectará al número de Sus pagos programados regularmente. Sujeto a la ley aplicable, no hay límite para el monto en que puede cambiar Su tasa de interés. CARGO POR RETRASO. Si su pago está atrasado 1 o más días, a Usted se le cobrará lo menor entre: (a) $25.00; o (b) el monto del pago mínimo vencido.