Transporte o repatriación sanitaria de heridos y enfermos. En caso de sufrir el Asegurado una enfermedad o accidente, el Asegurador se hará cargo: a. De los gastos de transporte en ambulancia hasta la clínica u hospital más próximo. b. Del control por parte de su Xxxxxx Xxxxxx, en contacto con el médico que atienda al Asegurado herido o enfermo, para determinar las medidas convenientes al mejor tratamiento a seguir y el medio más idóneo para su eventual traslado hasta otro centro hospitalario más adecuado o hasta su domicilio. c. De los gastos de traslado por el medio de transporte más adecuado, del herido o enfermo, hasta el centro hospitalario prescrito o a su domicilio habitual. Si el Asegurado fuera ingresado en un centro hospitalario no cercano a su domicilio, el Asegurador se hará cargo, en su momento, del subsiguiente traslado hasta el mismo. El medio de transporte utilizado en Europa y países ribereños del Mediterráneo, cuando la urgencia y la gravedad del caso lo requieran, será el avión sanitario especial. En otro caso, o en el resto del mundo, se efectuará por avión de línea regular o por los medios más rápidos y adecuados, según las circunstancias.
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Transporte o repatriación sanitaria de heridos y enfermos. En caso de sufrir el Asegurado asegurado una enfermedad o un accidente, el Asegurador la entidad aseguradora se hará cargo:
a. De los gastos de transporte en ambulancia hasta la clínica u hospital más próximo.
b. Del control por parte . Este traslado se realizará, de su Xxxxxx Xxxxxxconformidad con el criterio de los Servicios Médicos de la entidad aseguradora, en contacto que determinará también conjuntamente con el médico que atienda al Asegurado asegurado herido o enfermo, para determinar las medidas convenientes al mejor tratamiento a seguir y el medio más idóneo para su eventual traslado hasta otro centro hospitalario más adecuado o hasta su domicilio.
c. b. De los gastos de traslado por el medio de transporte más adecuado, del herido o enfermo, hasta el centro hospitalario prescrito o a su domicilio habitual. Si el Asegurado asegurado fuera ingresado en un centro hospitalario no cercano a su domicilio, el Asegurador la entidad aseguradora se hará cargo, en su momento, del subsiguiente traslado hasta el mismo. El medio de transporte utilizado en Europa y países ribereños de la xxxxxx del Mediterráneo, cuando la urgencia y la gravedad del caso lo requieran, será el avión sanitario especial. En otro caso, o en el resto del mundo, se efectuará por avión de línea regular o por los medios más rápidos y adecuados, según las circunstancias.
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Samples: Seguro De Decesos, Seguro De Decesos
Transporte o repatriación sanitaria de heridos y enfermos. En caso de sufrir el Asegurado asegurado una enfermedad o accidente, el Asegurador asegurador se hará cargo:
a. De los gastos de transporte en ambulancia hasta la clínica u hospital más próximo.
b. Del control por parte de su Xxxxxx Xxxxxx, en contacto con el médico que atienda al Asegurado asegurado herido o enfermo, para determinar las medidas convenientes al mejor tratamiento a seguir y el medio más idóneo para su eventual traslado hasta otro centro hospitalario más adecuado o hasta su domicilio.
c. De los gastos de traslado por el medio de transporte más adecuado, del herido o enfermo, hasta el centro hospitalario prescrito o a su domicilio habitual. Si el Asegurado asegurado fuera ingresado en un centro hospitalario no cercano a su domicilio, el Asegurador asegurador se hará cargo, en su momento, del subsiguiente traslado hasta el mismo. El medio de transporte utilizado en Europa y países ribereños del Mediterráneo, cuando la urgencia y la gravedad del caso lo requieran, será el avión sanitario especial. En otro caso, o en el resto del mundo, se efectuará por avión de línea regular o por los medios más rápidos y adecuados, según las circunstancias.
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Samples: Seguro De Accidentes en Viaje
Transporte o repatriación sanitaria de heridos y enfermos. En caso de sufrir el Asegurado asegurado una enfermedad o un accidente, el Asegurador asegurador se hará cargo:
a. De los gastos de transporte en ambulancia hasta la clínica u y hospital más próximo.
b. Del control por parte de su Xxxxxx Xxxxxxequipo médico, en contacto con el médico que atienda al Asegurado asegurado herido o enfermo, para determinar las medidas convenientes al mejor tratamiento a seguir y el medio más idóneo para su eventual traslado hasta otro centro hospitalario más adecuado o hasta su domicilio.
c. De los gastos de traslado por el medio de transporte más adecuado, del herido o enfermoen- fermo, hasta el centro hospitalario prescrito o a su domicilio habitual. Si el Asegurado asegurado fuera ingresado en un centro hospitalario no cercano a su domicilio, el Asegurador asegurador se hará cargo, en su momento, del subsiguiente traslado hasta el mismo. El medio de transporte utilizado en Europa y países ribereños del Mediterráneo, cuando la urgencia y la gravedad del caso lo requieranrequiera, será el avión sanitario especial. En otro caso, o en el resto del mundo, se efectuará por avión de línea regular o por los medios más rápidos y adecuados, según las circunstancias.
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