OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO Cláusulas de Ejemplo

OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. En los términos y condiciones establecidas en la póliza, el Asegurador toma a su cargo la responsabilidad civil que pueda derivarse para el Asegurado, de acuerdo con los artículos 1.902 y siguientes del Código Civil, como consecuencia de los daños y perjuicios causados involuntariamente a terceros por hechos que deriven del riesgo especificado en la presente póliza.
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por el presente contrato, el asegurador, dentro de los límites fijados para el seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria vigentes en el momento de ocurrencia del siniestro y de los contratados para el seguro voluntario complementario en las condiciones generales, particulares y especiales, asume la cobertura de los riesgos que a continuación se indican y que figuren expresamente contratados en las condi- ciones particulares: LIBERTYAUTOS – Responsabilidad civil derivada de la conducción del vehículo asegurado (artículo 2). Modalidad A: Responsabilidad civil de suscripción obligatoria. Modalidad B: Responsabilidad civil de suscripción voluntaria. Modalidad C: Responsabilidad civil de la carga. – Daños propios sufridos por el vehículo asegurado (artículo 3). 7 – Incendio del vehículo asegurado (artículo 4). – Robo del vehículo asegurado (artículo 5). – Rotura de lunas (artículo 6). – Defensa jurídica (artículo 7). A. Defensa penal. B. Reclamación de daños. C. Asistencia jurídica en materia de infracciones administrativas de tráfico, circula- ción y seguridad vial. – Accidentes personales de ocupantes (artículo 8). – Accidentes personales del conductor: Capital más renta (artículo 9). – Subsidio por privación temporal del permiso de conducir (artículo 10). – Asistencia en viaje (artículo 11). – Vehículo de sustitución (artículo 12).
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. LIBERTYVEHÍCULOS AGRÍCOLAS Por el presente contrato, el asegurador, dentro de los límites fijados para el seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria vigentes en el momento de ocurrencia del siniestro y de los contratados para el seguro voluntario complementario en las condiciones generales, particulares y especiales, asume la cobertura de los riesgos que a continuación se indican y que figuren expresamente contratados en las condiciones particulares: – Cobertura de responsabilidad civil derivada de la conducción del vehículo asegurado (artículo 2).
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por la presente póliza, que se emite de conformidad con la solicitud del seguro firmada por el Proponente, el Asegurador cubre – hasta la suma máxima estipulada en las Condiciones Particulares – el pago que el Proponente deba realizarle al Asegurado por las penalidades previstas en el contrato afianzado para el caso de incumplimiento de sus obligaciones. La presente póliza se desafectará al tiempo que la ley y el contrato lo establezcan. Queda entendido y convenido que el Asegurador quedará liberado del pago de la suma garantizada, cuando las disposiciones legales o contractuales establezcan la dispensa del Proponente Esta póliza no cubre la garantía por Sustitución de Fondos de Reparo.
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. En virtud del presente contrato la Compañía garantiza la puesta a disposición del Asegurado de una ayuda material inmediata en forma de prestación de servicios, o en su caso, la prestación económica que corresponda como consecuencia de un evento fortuito acaecido en el curso de un viaje para el que se suscribe el presente contrato. Las garantías del seguro se prestarán, en todo caso, de acuerdo con los términos y condiciones consignados en la póliza y conforme a las garantías específicas de la misma que hayan sido efectivamente contratadas. En las Condiciones Particulares, y en su caso, en las Especiales se recogerán las garantías efectivamente contratadas, junto con las Sumas Aseguradas o Límites de cada una de ellas, así como el ámbito territorial de aplicación de las coberturas.
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. El objeto de este seguro es la garantía exigida por el Artículo 2071 del Código Civil y Comercial de la Nación que el Tomador presenta para responder por el cumplimiento, en tiempo y forma, de sus obligaciones derivadas de los contratos sobre unidades funcionales construidas o proyectadas bajo el régimen de Propiedad Horizontal, hasta la entrega de la posesión de las mismas libre de gravámenes no asumidos por el Asegurado en el contrato garantizado y libre de inhibiciones. La presente póliza cubre el reintegro de las sumas abonadas en concepto de precio por los Asegurados, a causa del incumplimiento culpable del Tomador de entregar la posesión de las Unidades Funcionales en las condiciones establecidas en el proyecto de construcción indicado en las Condiciones Particulares con más el interés allí pactado y/o la liberación de gravámenes sobre dicho inmueble no asumidos por los Asegurados al momento de celebrar el contrato objeto de este seguro.
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. La presente póliza cubre la garantía que el tomador presenta para responder por el anticipo recibido o a recibir por el tomador del asegurado en concepto de pago de la certificación por el avance de fabricación en obra o en talleres de acuerdo al contrato que instrumenta la relación entre ambos especificado en las condiciones particulares,. Queda establecido que la presente póliza se irá desafectando en la misma medida de las entregas que realice el tomador. Esta póliza no responde por multas u otras penalidades que pudieren ser aplicadas por el asegurado al tomador en razón de incumplimientos totales o parciales, ni por demoras, fallas técnicas, u otros perjuicios que pudiere sufrir el asegurado a causa de dichos incumplimientos. Queda entendido y convenido que el asegurador quedará liberado del pago de la suma asegurada, cuando las disposiciones legales o contractuales pertinentes establezcan la dispensa del tomador
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por la presente póliza, que se emite de conformidad con la solicitud del seguro firmada por el Proponente, el Asegurador cubre – hasta la suma máxima estipulada en las Condiciones Particulares – el pago que el Proponente deba realizarle al Asegurado por no haber afectado total o parcialmente el anticipo recibido del Asegurado al efectivo cumplimiento de las obligaciones pactadas. La suma asegurada por esta póliza se irá reduciendo en la misma medida que el proponente realice las entregas, el acopio en obra de los materiales o conforme a los certificados de obra que se emitan, según el destino del anticipo estipulado sea la financiación de suministros, acopio de obra o financiación de obra, respectivamente. Esta póliza no cubre la garantía por Sustitución de Fondos de Reparos, ni penalidades de especie alguna que pudieran ser aplicadas por el Asegurado al proponente en razón de incumplimientos totales o parciales del contrato, ni por demoras, fallas técnicas, ni ningún otro concepto que no sea el especificado en el primer párrafo de esta Cláusula. La presente póliza se desafectará al tiempo que la ley y el contrato lo establezcan. Queda entendido y convenido que el Asegurador quedará liberado del pago de la suma garantizada, cuando las disposiciones legales o contractuales establezcan la dispensa del Proponente
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por la presente póliza, que se emite de conformidad con el Convenio y Condiciones de Cobertura firmados por el Tomador, el Asegurador garantiza al Asegurado, hasta el límite de la suma máxima que estipula las Condiciones Particulares, el pago en efectivo que debe recibir el Asegurado como consecuencia del tiempo y forma en que el Tomador no cumpla con sus obligaciones derivadas del contrato suscrito con el Asegurado.
OBJETO Y EXTENSIÓN DEL SEGURO. Por la presente póliza, que se emite de conformidad con la solicitud del seguro firmada por el Proponente, el Asegurador cubre – hasta la suma máxima estipulada en las Condiciones Particulares – el pago que el Proponente deba realizarle al Asegurado por las penalidades previstas en el contrato afianzado para el caso de incumplimiento de las siguientes obligaciones: a. Mantenimiento de la oferta en los plazos y condiciones establecidos en los pliegos de licitación respectivos.