TRATAMIENTO DE SOBRECOSTOS POR MEDIDAS AMBIENTALES NO CONTEMPLADAS EN EL CONTRATO. 13.15. El incumplimiento de las obligaciones de carácter ambiental previstas en las Cláusulas 13.6 y 13.7 de este Contrato, distintas de aquellas que emanan de Ia legislación ambiental dará lugar a Ia imposición de penalidades, de acuerdo con lo establecido en Ia Tabla N° 7 del Anexo IX del presente Contrato.
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Samples: Contrato De Concesión De La Autopista Del Sol Tramo Trujillo Sullana, Contrato De Concesión De La Autopista Del Sol Tramo Trujillo Sullana
TRATAMIENTO DE SOBRECOSTOS POR MEDIDAS AMBIENTALES NO CONTEMPLADAS EN EL CONTRATO. 13.1513.29. El incumplimiento de las obligaciones de carácter ambiental previstas en las Cláusulas cláusulas 13.6 y 13.7 de este Contrato, distintas de aquellas que emanan de Ia legislación ambiental la Legislación Ambiental dará lugar a Ia la imposición de penalidades, Penalidades de acuerdo con lo establecido en Ia la Tabla N° 7 Nº 6 del Anexo IX X del presente Contrato.
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Samples: Contrato De Concesion1, Contrato De Concesion1
TRATAMIENTO DE SOBRECOSTOS POR MEDIDAS AMBIENTALES NO CONTEMPLADAS EN EL CONTRATO. 13.15. El incumplimiento de las obligaciones de carácter ambiental previstas en las Cláusulas 13.6 y 13.7 de este Contrato, distintas de aquellas que emanan de Ia la legislación ambiental dará lugar a Ia la imposición de penalidades, de acuerdo con lo establecido en Ia la Tabla N° 7 del Anexo IX del presente Contrato.
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TRATAMIENTO DE SOBRECOSTOS POR MEDIDAS AMBIENTALES NO CONTEMPLADAS EN EL CONTRATO. 13.15. El incumplimiento de las obligaciones de carácter ambiental previstas en las Cláusulas 13.6 y 13.7 de este Contrato, distintas de aquellas que emanan de Ia legislación ambiental dará lugar a Ia la imposición de penalidades, de acuerdo con lo establecido en Ia la Tabla N° 7 del Anexo IX del presente Contrato.
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