VALOR DEL MÓDULO. A los efectos de lo dispuesto por la presente ley, el valor del módulo (M) será de pesos un mil ($1.000), el cual podrá ser modificado por la autoridad de aplicación, con la aprobación de la Jefatura de Gabinete de Ministros. CAPÍTULO VII Autoridad de aplicación
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Samples: Public Procurement Contract, Contratación Directa Por Adjudicación Simple, Licitación Privada
VALOR DEL MÓDULO. A los efectos de lo dispuesto por la presente ley, el valor del módulo (M) será de pesos un mil ($1.000), el cual podrá ser modificado por la autoridad de aplicación, con la aprobación de la Jefatura de Gabinete de Ministros. CAPÍTULO VII Autoridad de aplicación.
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