VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN Cláusulas de Ejemplo

VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN. De conformidad con lo establecido en el Artículo 26 antepenúltimo párrafo de la Ley, una vez iniciado el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de Licitación. La proposición económica será firme desde la apertura de la proposición y hasta el vencimiento de la Póliza, así como en los casos previstos en el primer párrafo del Artículo 52 de la Ley, por lo que todas las condiciones establecidas en el mismo, no podrán ser modificadas con posterioridad.
VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN. Será firme desde la apertura de la proposición hasta el vencimiento del contrato, así como en los casos previstos en el primer párrafo del Artículo 52 de la Ley.
VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN. De conformidad con lo establecido en el A r t ículo 26 ant epenúlt im x xxxx afo de la Ley , una vez iniciado el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de Licitación. La proposición económica será firme desde la apert ura de la proposición y hasta el vencimiento de l Contrato adjudicado , así como en los casos previstos en el prim er párraf o del A r t ículo 52 de la Ley , por lo que todas las condiciones establecidas en el mismo, no podrán ser modificadas con posterioridad.
VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN. De conformidad con lo establecido en el Artículo 47 último párrafo de la Ley, una vez iniciado el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de Licitación.
VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN. HASTA LA CONCLUSIÓN DE “LA LICITACIÓN”. ANEXAR DE FORMA DETALLADA LOS REQUISITOS TÉCNICOS SOLICITADOS EN ESTA CONVOCATORIA (ANEXO TÉCNICO).
VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN. De conformidad con los Artículos 26 Antepenúltimo Párrafo de la Ley y 30 Fracción X del Reglamento, las proposiciones entregadas por los licitantes una vez iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones, no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de Invitación Nacional a Cuando Menos Tres Personas hasta su conclusión. La proposición económica será firme desde la apertura de la proposición y hasta el vencimiento de la vigencia del Contrato adjudicado, así como para los efectos que se establecen en el Último Párrafo del Artículo 52 de la Ley, por lo que todas las condiciones establecidas en el mismo, no podrán ser modificadas con posterioridad.
VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN. LOS PRECIOS QUE SE APLICAN EN ESTE CONTRATO CORRESPONDEN A LA PROPUESTA ECONÓMICA, PRESENTADA POR “LA EMPRESA”, Y DEBERÁN SER FIRMES DURANTE LOS NOVENTA (90) DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO Y HASTA LA ENTREGA TOTAL DE LOS MATERIALES ELECTORAL.
VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN. De conformidad con lo establecido en el Artículo 26 antepenúltimo párrafo de la Ley, una vez iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes, por lo que se consideraran vigentes dentro del procedimiento de invitación. Será firme desde la apertura de la proposición hasta el término del plazo para cubrir el contrato, así como en los casos previstos en el primer párrafo del Artículo 52 de la Ley.
VIGENCIA DE LA PROPOSICIÓN. De conformidad con lo establecido en el ar t ículo 26 ant epenúlt im o párrafo de la LEY, una vez iniciado el acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de I nvitación. La proposición económica será firme desde la apertura de la proposición y hasta el vencimiento del Contrato adjudicado, así como en los casos previstos en el prim er pár xxxx del ar t ículo 52 de la LEY, por lo que todas las condiciones establecid as en el mismo, no podrán ser modificadas con posterioridad.