Common use of Visibilidad Clause in Contracts

Visibilidad. Xxxxx porque el contratista cumpla la exigencias de visibilidad Al Finalizar las obras La terminación de las Obras y cierre del Contrato implica la realización de una recepción provisional y una definitiva, junto con el trámite de la cancelación y la elaboración del informe de cierre. En este proceso, el fiscalizador es responsable de ejecutar entre otras las siguientes actividades: Previa a la entrega de las obras, la Fiscalización exigirá al Contratista y a su equipo de trabajo, realizar una reunión comunitaria en la que los beneficiarios reciben a satisfacción las obras contratadas, mediante un Acta Provisional en la que se consignen las firmas de los beneficiarios. Registrar en los planos de construcción todos los cambios introducidos durante la construcción, para obtener los planos finales (as built) de la obra ejecutada, los mismos que deberán ser entregados: una versión original a la Secretaría del Agua y otra versión a la JAAP responsable en la comunidad. Participar como observador en las recepciones provisional informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados. Para efectuar la recepción provisional (sustancial): Efectuar junto con el Contratista, la Comisión de Recepción designada por la Entidad Contratante y el representante de la comunidad, una evaluación completa del estado de las obras concluidas, dejando consignadas en el Libro de Obras las observaciones y correcciones que el Contratista tenga que realizar para dar curso a la recepción final. Participar como observador en la recepción provisional informando sobre la cantidad y calidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados, costo total del proyecto, aportes de las contrapartes, etc.; Emitir informe de terminación de la obra para el trámite de suscripción del acta de recepción provisional de las obras. Realizar junto con el Contratista y la Comisión de Recepción designada por la Entidad Contratante, la cuantificación final de las Obras concluidas. Si después de hecha una liquidación por daños y perjuicios al Contratista, se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el fiscalizador deberá corregir en la siguiente estimación de obra los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Preparar un informe final, que contemple a más de lo establecido en los informes mensuales: Archivo fotográfico; Archivo documentado de los cambios relevantes que se han producido durante el proyecto, incluyendo los planos “as built”; Terminación del contrato Si el Contrato de ejecución se termina por incumplimiento del Contratista (rescisión por incumplimiento), el fiscalizador deberá emitir un certificado de pago de liquidación final, en el que conste el valor de los trabajos realizados a la fecha, menos los anticipos y deducciones aplicables según el contrato. Este certificado de pago se hará de preferencia de manera bilateral en un plazo no mayor xx xxxx (10) días calendarios posterior a la rescisión contractual. El fiscalizador establecerá la fecha de verificación dentro del período antes indicado. En caso de que el Contratista no participe ni justifique su ausencia a la verificación de los alcances de obra indicada por el fiscalizador, se tomará como legítima la verificación efectuada por el fiscalizador. Si el Contrato de ejecución se rescinde por conveniencia o incumplimiento de la Entidad Contratante, deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos, la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en la ejecución de las Obras y los costos en los que el Contratista hubiere incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado. Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza que se descubra inesperadamente en la zona de las obras, será propiedad de la Entidad Contratante. El Contratista deberá notificar al fiscalizador acerca del descubrimiento. El fiscalizador deberá ordenar al Contratista la suspensión de las Obras y solicitarle el acordonamiento del sector. El fiscalizador deberá notificar inmediatamente a la Entidad Contratante del hallazgo. La Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica de Guayas realizará la Supervisión a la Fiscalización, por lo que el Fiscalizador está obligado a realizar los trabajos coordinadamente con los Equipos de Agua Potable y Saneamiento de la Demarcación Hidrográfica. En base a los informes de la Fiscalización, la Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica Guayas aprobará los pagos y posteriormente recibirá los trabajos contratados. El trabajo de Consultoría se considerará concluido cuando se haya realizado a satisfacción de la Secretaría del Agua y de la Comunidad, la Recepción Provisional de la Obra.

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Visibilidad. Xxxxx porque el contratista cumpla la exigencias de visibilidad Al Finalizar las obras La terminación de las Obras y cierre del Contrato implica la realización de una recepción provisional y una definitiva, junto con el trámite de la cancelación y la elaboración del informe de cierre. En este proceso, el fiscalizador es responsable de ejecutar entre otras las siguientes actividades: Previa a la entrega de las obras, la Fiscalización exigirá al Contratista y a su equipo de trabajo, realizar una reunión comunitaria en la que los beneficiarios reciben a satisfacción las obras contratadas, mediante un Acta Provisional en la que se consignen las firmas de los beneficiarios. Registrar en los planos de construcción todos los cambios introducidos durante la construcción, para obtener los planos finales (as built) de la obra ejecutada, los mismos que deberán ser entregados: una versión original a la Secretaría del Agua y otra versión a la JAAP responsable en la comunidad. Participar como observador en las recepciones provisional informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados. Para efectuar la recepción provisional (sustancial): Efectuar junto con el Contratista, la Comisión de Recepción designada por la Entidad Contratante y el representante de la comunidad, una evaluación completa del estado de las obras concluidas, dejando consignadas en el Libro de Obras las observaciones y correcciones que el Contratista tenga que realizar para dar curso a la recepción final. Participar como observador en la recepción provisional informando sobre la cantidad y calidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados, costo total del proyecto, aportes de las contrapartes, etc.; Emitir informe de terminación de la obra para el trámite de suscripción del acta de recepción provisional de las obras. Realizar junto con el Contratista y la Comisión de Recepción designada por la Entidad Contratante, la cuantificación final de las Obras concluidas. Si después de hecha una liquidación por daños y perjuicios al Contratista, se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el fiscalizador deberá corregir en la siguiente estimación de obra los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Preparar un informe final, que contemple a más de lo establecido en los informes mensuales: Archivo fotográfico; Archivo documentado de los cambios relevantes que se han producido durante el proyecto, incluyendo los planos “as built”; Terminación del contrato Si el Contrato de ejecución se termina por incumplimiento del Contratista (rescisión por incumplimiento), el fiscalizador deberá emitir un certificado de pago de liquidación final, en el que conste el valor de los trabajos realizados a la fecha, menos los anticipos y deducciones aplicables según el contrato. Este certificado de pago se hará de preferencia de manera bilateral en un plazo no mayor xx xxxx (10) días calendarios posterior a la rescisión contractual. El fiscalizador establecerá la fecha de verificación dentro del período antes indicado. En caso de que el Contratista no participe ni justifique su ausencia a la verificación de los alcances de obra indicada por el fiscalizador, se tomará como legítima la verificación efectuada por el fiscalizador. Si el Contrato de ejecución se rescinde por conveniencia o incumplimiento de la Entidad Contratante, deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos, la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en la ejecución de las Obras y los costos en los que el Contratista hubiere incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado. Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza que se descubra inesperadamente en la zona de las obras, será propiedad de la Entidad Contratante. El Contratista deberá notificar al fiscalizador acerca del descubrimiento. El fiscalizador deberá ordenar al Contratista la suspensión de las Obras y solicitarle el acordonamiento del sector. El fiscalizador deberá notificar inmediatamente a la Entidad Contratante del hallazgo. La Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica de Guayas Puyango Catamayo realizará la Supervisión a la Fiscalización, por lo que el Fiscalizador está obligado a realizar los trabajos coordinadamente con los Equipos de Agua Potable y Saneamiento de la Demarcación Hidrográfica. En base a los informes de la Fiscalización, la Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica Guayas Puyango Catamayo aprobará los pagos y posteriormente recibirá los trabajos contratados. El trabajo de Consultoría se considerará concluido cuando se haya realizado a satisfacción de la Secretaría del Agua y de la Comunidad, la Recepción Provisional de la Obra.

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Visibilidad. Xxxxx porque Para garantizar la visibilidad del financiamiento del proyecto por la cooperación española a través del FCAS, el contratista cumpla la exigencias de visibilidad Al Finalizar las obras La terminación de las Obras y cierre Administrador del Contrato implica la realización de una recepción provisional y una definitiva, junto con el trámite de la cancelación y la elaboración del informe de cierre. En este proceso, el fiscalizador es responsable de ejecutar entre otras las siguientes actividadesdeberá velar porque se cumpla lo siguiente: Previa a la entrega de las obras, la Fiscalización exigirá al Contratista y a su equipo de trabajo, realizar una reunión comunitaria en la que los beneficiarios reciben a satisfacción las obras contratadas, mediante un Acta Provisional en la que se consignen las firmas de los beneficiarios. Registrar en los planos de construcción todos los cambios introducidos durante la construcción, para obtener los planos finales (as built) de la obra ejecutada, los mismos que deberán ser entregados: una versión original a la Secretaría del Agua y otra versión a la JAAP responsable en la comunidad. Participar como observador en las recepciones provisional informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados. Para efectuar la recepción provisional (sustancial): Efectuar junto con el Contratista, la Comisión de Recepción designada por la Entidad Contratante y el representante de la comunidad, una evaluación completa del estado de las obras concluidas, dejando consignadas en el Libro de Obras las observaciones y correcciones que el Contratista tenga que realizar para dar curso a la recepción final. Participar como observador en la recepción provisional informando sobre la cantidad y calidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados, costo total del proyecto, aportes de las contrapartes, etc.; Emitir informe de terminación de la obra para el trámite de suscripción del acta de recepción provisional de las obras. Realizar junto con el Contratista y la Comisión de Recepción designada por la Entidad Contratante, la cuantificación final de las Obras concluidas. Si después de hecha una liquidación por daños y perjuicios al Contratista, se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el fiscalizador deberá corregir en la siguiente estimación de obra los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Preparar un informe final, que contemple a más de lo establecido en los informes mensuales: Archivo fotográfico; Archivo documentado de los cambios relevantes que se han producido durante el proyecto, incluyendo los planos “as built”; Terminación del contrato Si el Contrato de ejecución se termina por incumplimiento del Contratista (rescisión por incumplimiento), el fiscalizador deberá emitir un certificado de pago de liquidación final, en el que conste el valor de los trabajos realizados a la fecha, menos los anticipos y deducciones aplicables según el contrato. Este certificado de pago se hará de preferencia de manera bilateral en un plazo no mayor xx xxxx (10) días calendarios posterior a la rescisión contractual. El fiscalizador establecerá la fecha de verificación dentro del período antes indicado. En caso de que el Contratista no participe ni justifique su ausencia a la verificación de los alcances de obra indicada por el fiscalizador, se tomará como legítima la verificación efectuada por el fiscalizador. Si el Contrato de ejecución se rescinde por conveniencia o incumplimiento de la Entidad Contratante, deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos, la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en la ejecución de las Obras y los costos en los que el Contratista hubiere incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado. Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza que se descubra inesperadamente en la zona de las obras, será propiedad de la Entidad Contratante. El Contratista deberá notificar al fiscalizador acerca del descubrimiento. El fiscalizador deberá ordenar al Contratista la suspensión de las Obras y solicitarle el acordonamiento del sector. El fiscalizador deberá notificar inmediatamente a la Entidad Contratante del hallazgo. La Subsecretaria Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Guayas realizará Santiago adoptará todas las medidas necesarias para dar a conocer que el proyecto o acción ha sido financiado o cofinanciado por la Supervisión AECID a través del FCAS conforme a lo establecido en el Plan de Visibilidad del Programa PAS-EE. En toda información dirigida a los beneficiarios finales de la acción y a la Fiscalizacióncomunidad en general, por lo que transmitida en formato impreso, digital, audiovisual o de otro tipo, el Fiscalizador está obligado a realizar los trabajos coordinadamente con los Equipos de Agua Potable Contratista y Saneamiento la entidad contratante mencionarán explícitamente el proyecto PAS-EE y la contribución de la Demarcación HidrográficaAECID. En base a los informes Toda comunicación o publicación de la Fiscalización, la Subsecretaria Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica Guayas aprobará los pagos y posteriormente recibirá los trabajos contratados. El trabajo de Consultoría se considerará concluido cuando se haya realizado a satisfacción Santiago sobre el Proyecto o sus acciones, en medios de comunicaciones nacionales, locales o comunitarios, en conferencias, seminarios o eventos, en páginas web o redes sociales, deberá mencionar el apoyo financiero de la Secretaría AECID. La AECID no es responsable del Agua y contenido de los materiales de comunicación elaborados por la Subsecretaría de la Comunidad, la Recepción Provisional Demarcación Hidrográfica de Santiago. Por ello toda publicación de la ObraSubsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Santiago cualesquiera que sean su forma y soporte, deberá llevar la mención siguiente: “Esta publicación ha sido realizada con el apoyo financiero de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). Su contenido es responsabilidad exclusiva de (nombre contratante) y no refleja necesariamente la opinión de la AECID.” El Contratante asegurará que el Contratista aplique estrictamente las disposiciones del Plan de Visibilidad y Comunicación del PAS-EE, el mismo que contará con la previa no objeción de la AECID, a través de la OTC. Para los Logos y leyendas se seguirá las indicaciones del Manual de Comunicación de AECID/FCAS y del Manual de Imagen Institucional de la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica de Santiago. CONDICIONES ESPECÍFICAS Participantes: De conformidad con lo establecido en la LOSNCP podrán participar en el presente concurso personas naturales, empresas, instituciones ecuatorianas, extranjeras y/o asociadas entre ambas, legalmente capaces para contratar deben cumplir con los siguientes requisitos: Que el objeto social de la compañía incluya esta actividad. Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las inhabilidades determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP. Que estén en capacidad de asumir el cumplimiento de las actividades establecidas en estos pliegos. No se requiere que los oferentes asociados hayan formalizado el contrato de asociación; bastará el compromiso de asociación para el caso de adjudicación la que se formalizará previa a la celebración del contrato. En caso de asociación, se requiere adjuntar los Formularios Nº 3-A y 3-B, identificación y conformación de la Asociación. Cuando exista un compromiso de asociación, para la participación en cualquier procedimiento de obras de entre ellos se designará un Procurador Común; y, en caso de ser adjudicada la asociación, previo a la suscripción del contrato, se obtendrá la habilitación en el RUP de la asociación formalizada. En el caso de empresa extranjera, en caso de ser adjudicada, previo a la suscripción del contrato, se obtendrá la habilitación en el RUP de la empresa formalizada.

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Samples: Carta De Presentación Y Compromiso

Visibilidad. Xxxxx porque el contratista cumpla la exigencias de visibilidad Al Finalizar las obras La terminación de las Obras y cierre del Contrato implica la realización de una recepción provisional y una definitiva, junto con el trámite de la cancelación y la elaboración del informe de cierre. En este proceso, el fiscalizador es responsable de ejecutar entre otras las siguientes actividades: Previa a la entrega de las obras, la Fiscalización exigirá al Contratista y a su equipo de trabajo, realizar una reunión comunitaria en la que los beneficiarios reciben a satisfacción las obras contratadas, mediante un Acta Provisional en la que se consignen las firmas de los beneficiarios. Registrar en los planos de construcción todos los cambios introducidos durante la construcción, para obtener los planos finales (as built) de la obra ejecutada, los mismos que deberán ser entregados: una versión original a la Secretaría del Agua y otra versión a la JAAP responsable en la comunidad. Participar como observador en las recepciones provisional informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados. Para efectuar la recepción provisional (sustancial): Efectuar junto con el Contratista, la Comisión de Recepción designada por la Entidad Contratante y el representante de la comunidad, una evaluación completa del estado de las obras concluidas, dejando consignadas en el Libro de Obras las observaciones y correcciones que el Contratista tenga que realizar para dar curso a la recepción final. Participar como observador en la recepción provisional informando sobre la cantidad y calidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados, costo total del proyecto, aportes de las contrapartes, etc.; Emitir informe de terminación de la obra para el trámite de suscripción del acta de recepción provisional de las obras. Realizar junto con el Contratista y la Comisión de Recepción designada por la Entidad Contratante, la cuantificación final de las Obras concluidas. Si después de hecha una liquidación por daños y perjuicios al Contratista, se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el fiscalizador deberá corregir en la siguiente estimación de obra los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Preparar un informe final, que contemple a más de lo establecido en los informes mensuales: Archivo fotográfico; Archivo documentado de los cambios relevantes que se han producido durante el proyecto, incluyendo los planos “as built”; Terminación del contrato Si el Contrato de ejecución se termina por incumplimiento del Contratista (rescisión por incumplimiento), el fiscalizador deberá emitir un certificado de pago de liquidación final, en el que conste el valor de los trabajos realizados a la fecha, menos los anticipos y deducciones aplicables según el contrato. Este certificado de pago se hará de preferencia de manera bilateral en un plazo no mayor xx xxxx (10) días calendarios posterior a la rescisión contractual. El fiscalizador establecerá la fecha de verificación dentro del período antes indicado. En caso de que el Contratista no participe ni justifique su ausencia a la verificación de los alcances de obra indicada por el fiscalizador, se tomará como legítima la verificación efectuada por el fiscalizador. Si el Contrato de ejecución se rescinde por conveniencia o incumplimiento de la Entidad Contratante, deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos, la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en la ejecución de las Obras y los costos en los que el Contratista hubiere incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado. Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza que se descubra inesperadamente en la zona de las obras, será propiedad de la Entidad Contratante. El Contratista deberá notificar al fiscalizador acerca del descubrimiento. El fiscalizador deberá ordenar al Contratista la suspensión de las Obras y solicitarle el acordonamiento del sector. El fiscalizador deberá notificar inmediatamente a la Entidad Contratante del hallazgo. La Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica de Guayas Santiago realizará la Supervisión a la Fiscalización, por lo que el Fiscalizador está obligado a realizar los trabajos coordinadamente con los Equipos de Agua Potable y Saneamiento de la Demarcación Hidrográfica. En base a los informes de la Fiscalización, la Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica Guayas Santiago aprobará los pagos y posteriormente recibirá los trabajos contratados. El trabajo de Consultoría se considerará concluido cuando se haya realizado a satisfacción de la Secretaría del Agua y de la Comunidad, la Recepción Provisional de la Obra.

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Samples: Carta De Presentación Y Compromiso