VISITA TÉCNICA. Solicitó el Dr. TOBÒN que se realizara una visita técnica a las instalaciones de la Cámara de Representantes, con el fin de verificar el estado real del contrato actualmente, cuál era su estado para cuando se tomó la decisión de citar a audiencia pública dentro del presente proceso, cuál es el porcentaje de ejecución de la obra y qué hace falta para culminarla. En cuanto a esta solicitud, el Despacho consideró que la misma es impertinente e improcedente, en la medida que ninguno de los cargos formulados contra los investigados tiene que ver o tiene relación con la ejecución de la obra contratada, ó cómo se han venido desarrollando las mismas ó particularmente con el incumplimiento o no del contrato interadministrativo No. 631 de 2010. Adicionalmente, estimó la Delegada que con la solicitud de testimonio que han elevados otros sujetos procesales, tales como del supervisor del citado contrato, así como del Gerente del Proyecto por parte de INFOTIC, esta prueba se tornaría innecesaria y si se quiere, repetitiva. En tal sentido, la práctica de esta prueba fue denegada. Finalmente, solicitó el Dr. TOBÓN que se le corriera, no sólo a él, sino a todos los sujetos procesales, traslado del informe técnico de la prueba del 25 de junio de 2010, de la Dirección Nacional de Investigaciones de la Procuraduría General de la Nación, con ocasión de la Licitación Pública No. 012 de 2010. Sin embargo, esta Delegada consideró que este traslado, que no es solicitud formal de prueba, es innecesario, en la medida que el citado informe no fue una prueba ordenada ni practicada por esta Delegada, sino que hizo parte de la noticia disciplinaria que acompañó el informe de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública; y porque, en todo caso, dicho informe ha estado a disposición de los sujetos procesales desde el mismo momento en el cual les fue notificada la decisión del 24 de marzo del año en curso. Por tanto, afirmó la Delegada que el traslado solicitado ya se encuentra superado.
Appears in 1 contract
Samples: Fallo De Primera Instancia
VISITA TÉCNICA. Solicitó La visita técnica de que trata el Dr. TOBÒN presente numeral ES OBLIGATORIA, toda vez que es necesario que los PROPONENTES tengan pleno conocimiento de las condiciones de accesibilidad y técnicas particulares de la zona que pueden afectar la propuesta técnica y económica. Será responsabilidad de los PROPONENTES obtener la asesoría necesaria y recopilar la información que estimen pertinente e incida en la estructuración de la propuesta económica y técnica de la oferta, por consiguiente, cualquier reclamación posterior que se realizara una visita técnica suceda con ocasión a las instalaciones condiciones del sitio, no será responsabilidad de la Cámara UNIVERSIDAD. Los interesados deberán presentarse en el sitio y hora indicados en el cronograma de Representantesla Invitación Pública, con el fin propósito de verificar el estado real del contrato actualmente, cuál era su estado para cuando se tomó asistir a la decisión de citar a audiencia pública dentro del presente proceso, cuál es el porcentaje VISITA TÉCNICA que adelantará LA UNIVERSIDAD al lugar de ejecución del contrato. La visita será realizada x xxxxx del interesado y bajo su responsabilidad. El contrato se ejecutará en el Campus de la obra y qué hace falta para culminarla. En cuanto a esta solicitud, el Despacho consideró que la misma es impertinente e improcedenteSede de La Paz ubicado en municipio La paz (Cesar), en la medida que ninguno de los cargos formulados contra los investigados tiene que ver o tiene relación con xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xx 0-000. A la ejecución visita técnica deberá asistir el representante legal de la obra contratadaempresa interesada o su delegado (debidamente autorizado mediante documento escrito dirigido a la Universidad), ó cómo se han venido desarrollando las mismas ó particularmente quien debe ser ingeniero en electricidad o electrónica o mecatrónica o sistemas o de comunicaciones, acreditando su profesión al momento del ingreso al lugar de la visita con el incumplimiento original de su documento de identificación (cédula de ciudadanía) y su tarjeta profesional. En caso que el representante legal no sea ingeniero en electricidad o electrónica o mecatrónica o sistemas o de comunicaciones, su delegado sí deberá ser ingeniero en electricidad o electrónica o mecatrónica o sistemas o de comunicaciones, acreditando su profesión, al momento del ingreso al lugar de la visita, con el original de su documento de identificación (cédula de ciudadanía) y su tarjeta profesional. En caso de consorcios o uniones temporales, la visita tendrá que realizarla el representante legal del Consorcio o Unión Temporal interesada o su delegado, quien debe ser ingeniero civil, acreditando su profesión al momento del ingreso al lugar de la visita con el original de su documento de identificación (cédula de ciudadanía) y su tarjeta profesional. Cada ingeniero asistente a la visita y debidamente acreditado, únicamente podrá representar a una (1) empresa o a un (1) consorcio o a una (1) unión temporal. Se tomará como referencia de la Hora Oficial Colombiana el sitio web xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/; cuando dicho sitio web marque la hora fijada para la visita, se impedirá el ingreso al predio a cualquier persona que hasta ese momento no del contrato interadministrativo Nohaya ingresado y se circulará entre los asistentes una planilla de asistencia la cual deberán diligenciar. 631 Dicha planilla será la evidencia de 2010su asistencia a la visita. Adicionalmente, estimó Las dudas o inquietudes que realicen los interesados podrán ser resueltas en el desarrollo de la Delegada que con la solicitud de testimonio que han elevados otros sujetos procesales, tales como del supervisor del citado contrato, así como del Gerente del Proyecto visita por parte de INFOTIClos funcionarios que designe la UNIVERSIDAD, esta prueba se tornaría innecesaria y si se quieredependiendo de su carácter. No obstante, repetitiva. En tal sentidoen caso que las observaciones formuladas incidan en el contenido, la práctica de esta prueba fue denegada. Finalmentealcance, solicitó el Dr. TOBÓN que se le corriera, no sólo a él, sino a todos los sujetos procesales, traslado del informe técnico requisitos de la prueba presente Invitación Pública, las mismas deberán ser presentadas por escrito bajo los parámetros y dentro del 25 término estipulado en el Numeral 2.4 xxx Xxxxxx de junio de 2010condiciones. No obstante, ninguna aclaración o respuesta verbal emitida por la Universidad en desarrollo de la Dirección Nacional visita, implicará modificación al pliego de Investigaciones de la Procuraduría General de la Nación, con ocasión de la Licitación Pública No. 012 de 2010. Sin embargo, esta Delegada consideró que este traslado, que no es solicitud formal de prueba, es innecesario, en la medida que el citado informe no fue una prueba ordenada condiciones ni practicada compromiso alguno por esta Delegada, sino que hizo parte de la noticia disciplinaria Institución. Todo lo acontecido en la visita, se registrará en un Acta, la cual será firmada por los asistentes. Se RECHAZARÁ la PROPUESTA que acompañó no evidencie asistencia a la visita técnica mediante el informe registro de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública; y porque, en todo caso, dicho informe ha estado a disposición de los sujetos procesales desde el mismo momento su representante en el cual les fue notificada la decisión del 24 de marzo del año en curso. Por tanto, afirmó la Delegada que el traslado solicitado ya se encuentra superadoacta anteriormente descrita.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Supply and Installation of Electronic Security Systems
VISITA TÉCNICA. Solicitó el Dr. TOBÒN La CVC considera pertinente que se realizara una haga visita técnica programada en el cronograma, a fin de que cada interesado en participar conozca de cerca las instalaciones necesidades de la entidad y pueda dimensionar el objeto a contratar, así como las obligaciones que eventualmente va a adquirir en caso de ser seleccionado y los riesgos previsibles que afectan la contratación. La vista técnica NO ES OBLIGATORIA, en caso de realizarla el proponente, será atendida por funcionarios de la CVC asignados para ese efecto quienes explicarán a los interesados o a sus representantes debidamente autorizados todos aquellos aspectos técnicos que definen el objeto del presente proceso de contratación. No habrá más visitas técnicas adicionales a la que aquí se define. Deberá asistir únicamente la persona natural o jurídica que está interesada en presentar propuesta de manera individual o en consorcio o unión temporal en el presente proceso de selección. No se expedirá certificado de asistencia a nombre de consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación para la presentación de la propuesta. La persona que asista a la visita deberá presentar los siguientes documentos:
a. Persona jurídica: El Certificado de Existencia y Representación expedido por la Cámara de RepresentantesComercio respectiva, con el fin dentro de verificar el estado real del contrato actualmentelos treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de realización de la visita. Además de lo anterior, cuál era su estado para cuando se tomó la decisión de citar a audiencia pública dentro del presente proceso, cuál si es el porcentaje representante legal quien asiste, deberá presentar su Cédula de ejecución Ciudadanía, pasaporte o Cédula de Extranjería de ser el caso. Si es un delegado, deberá presentar adicionalmente, la autorización escrita del representante legal de la obra y qué persona jurídica.
b. Persona natural: La Cédula de Ciudadanía, Pasaporte o Cédula de Extranjería de ser el caso. Si es un delegado, deberá presentar adicionalmente, la autorización escrita. La entidad no se hace falta para culminarla. En cuanto a esta solicitudresponsable del transporte, el Despacho consideró que la misma es impertinente e improcedente, en la medida que ninguno o movilización de los cargos formulados contra los investigados tiene interesados, ni de ningún gasto que ver o tiene relación se genere con la ejecución de la obra contratada, ó cómo se han venido desarrollando las mismas ó particularmente con el incumplimiento o no del contrato interadministrativo Novisita técnica. 631 de 2010. Adicionalmente, estimó la Delegada que con la solicitud de testimonio que han elevados otros sujetos procesales, tales como del supervisor del citado contrato, así como del Gerente del Proyecto Dichos gastos correrán por parte de INFOTIC, esta prueba se tornaría innecesaria y si se quiere, repetitiva. En tal sentido, la práctica de esta prueba fue denegada. Finalmente, solicitó el Dr. TOBÓN que se le corriera, no sólo completo a él, sino a todos los sujetos procesales, traslado del informe técnico de la prueba del 25 de junio de 2010, de la Dirección Nacional de Investigaciones de la Procuraduría General de la Nación, con ocasión de la Licitación Pública No. 012 de 2010. Sin embargo, esta Delegada consideró que este traslado, que no es solicitud formal de prueba, es innecesario, en la medida que el citado informe no fue una prueba ordenada ni practicada por esta Delegada, sino que hizo parte de la noticia disciplinaria que acompañó el informe de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública; y porque, en todo caso, dicho informe ha estado a disposición nombre de los sujetos procesales desde el mismo momento en el cual les fue notificada la decisión del 24 de marzo del año en curso. Por tanto, afirmó la Delegada que el traslado solicitado ya se encuentra superadointeresados.
Appears in 1 contract
Samples: Public Procurement Agreement
VISITA TÉCNICA. Solicitó Si el Dr. TOBÒN que se realizara una proceso licitatorio amerita la visita técnica a las instalaciones de la Cámara Entidad para el conocimiento de Representanteslas condiciones técnicas que puedan incidir en la formulación de la propuesta, ésta es coordinada por el área Interesada. Debe establecerse las condiciones en que se realiza la misma. Se expiden constancias de asistencia a la visita a los posibles proponentes, copia de las cuales se debe remitir al Grupo de Contratos en la misma fecha La visita no puede ser de carácter obligatorio. Coordinador Grupo o Dependencia líder del proceso de contratación Dentro del término establecido en el pliego de condiciones AUDIENCIA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS Y DE ACLARACIÓN AL PLIEGO DE CONDICIONES Coordinador Grupo Contratos Dentro de los 3 días hábiles siguientes al ACTIVIDAD RESPONSABLE TÉRMINO Audiencia con el fin propósito de verificar revisar la identificación, evaluación y asignación de los riesgos previsibles de que trata el estado real artículo 4 xx xxx 1150 de 2007. Así mismo, si a solicitud de un interesado es necesario precisar el contenido y alcance de los documentos publicados, se realiza en esta misma audiencia. A la audiencia deben asistir los integrantes del contrato actualmenteComité Asesor que se haya establecido en el pliego de condiciones. Así mismo debe asistir el Jefe de la Oficina Asesora de Control Interno o el funcionario designado por el mismo. y profesional asignado Comité Asesor inicio del plazo para la presentación de propuestas En el pliego de condiciones se determina la fecha, cuál era hora y lugar para su estado para cuando se tomó realización. Las observaciones no respondidas en dicha audiencia, debe ser respondidas mediante memorando por el integrante del Comité Asesor y remitir la decisión respuesta al Grupo de citar a audiencia pública Contratos dentro del presente procesodía hábil siguiente y de acuerdo con los términos establecidos en el cronograma, cuál teniendo en cuenta las observaciones de su competencia. PUBLICACION ACTA AUDIENCIA DE REVISION DE Coordinador Grupo Contratos y Profesional asignado Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la realización de la audiencia El Grupo de Contratos publica en el SECOP a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, el acta de la audiencia de revisión de identificación, evaluación y asignación de riesgos, y si fuera el caso, de aclaración xxx xxxxxx El Comité Asesor proyecta las condiciones de las adendas y justifica su requerimiento, de acuerdo con su competencia, documento que se remite al Grupo de Contratos. El término para su publicación debe ser suficiente para que le permita a los proponentes ajustar sus propuestas a las modificaciones realizadas. El Grupo de Contratos proyecta la adenda y la remite para la revisión y visto bueno. En aquellos casos donde se comprometa el Comité Asesor. Coordinador del Grupo de Contratos y profesional asignado. Su expedición y publicación no puede ser dentro de los tres (3) días hábiles anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección, prevista en el cronograma respectivo. La publicación debe ACTIVIDAD RESPONSABLE TÉRMINO presupuesto de la Entidad, es el porcentaje de ejecución Ordenador del Gasto quien la autoriza y firma. En los casos donde se modifican condiciones que no comprometen el presupuesto de la obra Entidad, es el Secretario General quien la autoriza y qué hace falta para culminarlafirma. En cuanto . Grupo de Contratos publica la adenda en el SECOP a esta solicitud, el Despacho consideró que la misma es impertinente e improcedente, en la medida que ninguno de los cargos formulados contra los investigados tiene que ver o tiene relación con la ejecución través de la obra contratada, ó cómo se han venido desarrollando página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx Ordenador gasto del efectuarse dentro de las mismas ó particularmente con el incumplimiento o no del contrato interadministrativo No. 631 de 2010. Adicionalmente, estimó la Delegada que con la solicitud de testimonio que han elevados otros sujetos procesales, tales como del supervisor del citado contrato, así como del Gerente del Proyecto por parte de INFOTIC, esta prueba se tornaría innecesaria horas y si se quiere, repetitiva. En tal sentido, la práctica de esta prueba fue denegada. Finalmente, solicitó el Dr. TOBÓN que se le corriera, no sólo a él, sino a todos los sujetos procesales, traslado del informe técnico de la prueba del 25 de junio de 2010, de la Dirección Nacional de Investigaciones de la Procuraduría General de la Nación, con ocasión de la Licitación Pública No. 012 de 2010. Sin embargo, esta Delegada consideró que este traslado, que no es solicitud formal de prueba, es innecesario, en la medida que el citado informe no fue una prueba ordenada ni practicada por esta Delegada, sino que hizo parte de la noticia disciplinaria que acompañó el informe de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública; y porque, en todo caso, dicho informe ha estado a disposición de los sujetos procesales desde el mismo momento días hábiles previstos en el cual les fue notificada la decisión del 24 de marzo del año en cursoreglamento. Por tanto, afirmó la Delegada que el traslado solicitado ya se encuentra superado.Secretario General
Appears in 1 contract
Samples: Manual De Contratación Y Supervisión
VISITA TÉCNICA. Solicitó el Dr. TOBÒN La CVC considera pertinente que se realizara una haga la visita técnica programada en el cronograma, a fin de que cada interesado en participar conozca de cerca las instalaciones necesidades de la entidad y pueda dimensionar el objeto a contratar, así como las obligaciones que eventualmente va a adquirir en caso de ser seleccionado y los riesgos previsibles que afectan la contratación. La vista técnica NO ES OBLIGATORIA, en caso de realizarla el proponente, será atendido por funcionarios de la CVC asignados para ese efecto quienes explicarán a los interesados o a sus representantes debidamente autorizados todos aquellos aspectos técnicos que definen el objeto del presente proceso de contratación. No habrá más visitas técnicas adicionales a la que aquí se define. Deberá asistir únicamente la persona natural o jurídica que está interesada en presentar propuesta de manera individual o en consorcio o unión temporal en el presente proceso de selección. No se expedirá certificado de asistencia a nombre de consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación para la presentación de la propuesta. La persona que asista a la visita deberá presentar los siguientes documentos:
a. Persona jurídica: El Certificado de Existencia y Representación expedido por la Cámara de RepresentantesComercio respectiva, con el fin dentro de verificar el estado real del contrato actualmentelos treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de realización de la visita. Además de lo anterior, cuál era su estado para cuando se tomó la decisión de citar a audiencia pública dentro del presente proceso, cuál si es el porcentaje representante legal quien asiste, deberá presentar su Cédula de ejecución Ciudadanía, pasaporte o Cédula de Extranjería de ser el caso. Si es un delegado, deberá presentar adicionalmente, la autorización escrita del representante legal de la obra y qué persona jurídica.
b. Persona natural: La Cédula de Ciudadanía, Pasaporte o Cédula de Extranjería de ser el caso. Si es un delegado, deberá presentar adicionalmente, la autorización escrita. La entidad no se hace falta para culminarla. En cuanto a esta solicitudresponsable del transporte, el Despacho consideró que la misma es impertinente e improcedente, en la medida que ninguno o movilización de los cargos formulados contra los investigados tiene interesados, ni de ningún gasto que ver o tiene relación se genere con la ejecución de la obra contratada, ó cómo se han venido desarrollando las mismas ó particularmente con el incumplimiento o no del contrato interadministrativo Novisita técnica. 631 de 2010. Adicionalmente, estimó la Delegada que con la solicitud de testimonio que han elevados otros sujetos procesales, tales como del supervisor del citado contrato, así como del Gerente del Proyecto Dichos gastos correrán por parte de INFOTIC, esta prueba se tornaría innecesaria y si se quiere, repetitiva. En tal sentido, la práctica de esta prueba fue denegada. Finalmente, solicitó el Dr. TOBÓN que se le corriera, no sólo completo a él, sino a todos los sujetos procesales, traslado del informe técnico de la prueba del 25 de junio de 2010, de la Dirección Nacional de Investigaciones de la Procuraduría General de la Nación, con ocasión de la Licitación Pública No. 012 de 2010. Sin embargo, esta Delegada consideró que este traslado, que no es solicitud formal de prueba, es innecesario, en la medida que el citado informe no fue una prueba ordenada ni practicada por esta Delegada, sino que hizo parte de la noticia disciplinaria que acompañó el informe de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública; y porque, en todo caso, dicho informe ha estado a disposición nombre de los sujetos procesales desde el mismo momento en el cual les fue notificada la decisión del 24 de marzo del año en curso. Por tanto, afirmó la Delegada que el traslado solicitado ya se encuentra superadointeresados.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública