Ámbito personal y territorial. El presente Convenio será de aplicación en todos los centros de trabajo de Xxxx Xxxx Española que radiquen en la provincia de Albacete, salvo lo que expresamente se exceptúan a continuación: – El personal profesional libre que presten su colaboración y servicios x Xxxx Xxxx Española. – El personal directivo de la oficina de Xxxx Xxxx Española en Albacete. A estos efectos se considerará per- sonal directivo, las personas que ostenten la Secretaría Provincial y la Coordinación Provincial. – El personal docente que preste su colaboración y servicios x Xxxx Xxxx Española. Artículo 3. Vigencia y denuncia del Convenio. 1. El Convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su duración se extenderá hasta el 31 de di- ciembre de 2022. El Convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes tres meses antes a la terminación de su vi- gencia, comunicándolo por escrito a la otra parte. Los efectos del Convenio se mantendrán vigentes durante el período de las negociaciones. Agotada la vigencia sin que se hubiera producido denuncia expresa, se considerará tácitamente prorrogado por períodos anuales, sin perjuicio de los acuerdos en materia salarial que pudieran acordarse en la Comisión Paritaria Una vez denunciado el Convenio, este mantendrá la vigencia tanto de sus contenidos normativos como obligacionales hasta la negociación y acuerdo de un nuevo Convenio. En el plazo máximo de un mes a partir de la recepción de la comunicación de denuncia, se procederá a cons- tituir la comisión negociadora, debiendo la parte receptora responder a la propuesta de negociación y ambas partes establecerán un calendario o plan de negociación.
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Ámbito personal y territorial. El presente Convenio será convenio colectivo establece y regula las relaciones laborales en todas y cada una de aplicación en todos los centros de trabajo las Dependencias y Servicios, dependientes de Xxxx Xxxx Española que radiquen en la provincia Comunidad de AlbaceteMadrid, salvo lo en la forma y extensión que en el mismo se determine. Los acuerdos contenidos en el presente convenio colectivo tendrán fuerza normativa y obligarán x Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid y Al personal laboral mientras presten servicios en cualquiera de sus dependencias y oficinas locales, así como al personal que ingrese en dichas sedes durante la vigencia del mismo. Quedan expresamente se exceptúan a continuación: – El personal profesional libre excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio:
a) Los y las profesionales libres que presten su colaboración y servicios x a la Xxxx Xxxx Española. – El personal directivo Española los cuales se regirán exclusivamente por los contratos formalizados al efecto y por las disposiciones reguladoras de la oficina su respectiva profesión.
b) Las personas que ocupen puestos directivos y de dirección en Xxxx Xxxx Española en Albacetela Comunidad de Madrid. A estos efectos se considerará per- sonal directivoconsidera personal directivo el que se contempla en el Reglamento General Orgánico de Xxxx Xxxx Española, y las personas que ostenten ocupan puestos de dirección y aquellos otros que pudieran ser creados en el futuro a iniciativa el comité autonómico o la Secretaría Provincial presidencia de dicho comité, y el personal que rija sus condiciones laborales por contrato de alta dirección
c) Quienes por su ámbito de actuación especifico están sometidos a un convenio del sector, sea nacional, autonómico o provincial o a convenio de empresa. No obstante, se reconoce específicamente al personal de la Coordinación Provincial. – El personal docente que preste su colaboración y servicios x Xxxx Xxxx Española. Artículo 3. Vigencia y denuncia Sede de Formación Profesional aquellos derechos recogidos en el capítulo de “Beneficios Sociales” del Conveniopresente convenio.
1. El Convenio entrará d) Quienes presten sus servicios en vigor en el momento régimen de su firma colaboración voluntaria y su duración se extenderá hasta el 31 de di- ciembre de 2022. El Convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes tres meses antes a la terminación de su vi- gencia, comunicándolo por escrito a la otra parte. Los efectos del Convenio se mantendrán vigentes durante el período de las negociaciones. Agotada la vigencia sin que se hubiera producido denuncia expresa, se considerará tácitamente prorrogado por períodos anuales, sin perjuicio de los acuerdos en materia salarial que pudieran acordarse en la Comisión Paritaria Una vez denunciado el Convenio, este mantendrá la vigencia tanto de sus contenidos normativos como obligacionales hasta la negociación y acuerdo de un nuevo Convenio. En el plazo máximo de un mes a partir de la recepción de la comunicación de denuncia, se procederá a cons- tituir la comisión negociadora, debiendo la parte receptora responder a la propuesta de negociación y ambas partes establecerán un calendario o plan de negociaciónno retribuida.
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Ámbito personal y territorial. El presente Convenio será de aplicación convenio colectivo establece y regula las relaciones laborales en todos y cada uno de los centros de trabajo Centros y Servicios, dependientes de Xxxx Xxxx Española que radiquen en la provincia Comunidad de AlbaceteMadrid, salvo lo en la forma y extensión que en el mismo se determine. Los acuerdos contenidos en el presente convenio colectivo tendrán fuerza normativa y obligarán x Xxxx Xxxx Española en la Comunidad de Madrid y Al personal laboral mientras presten servicios en cualquiera de sus dependencias y oficinas locales, así como al personal que ingrese en dichos centros durante la vigencia del mismo. Quedan expresamente se exceptúan a continuación: – El personal profesional libre excluidos del ámbito de aplicación del presente convenio:
a) Los y las profesionales libres que presten su colaboración y servicios x a la Xxxx Xxxx Española. – El personal directivo Española los cuales se regirán exclusivamente por los contratos formalizados al efecto y por las disposiciones reguladoras de la oficina su respectiva profesión.
b) Las personas que ocupen puestos directivos y de dirección en Xxxx Xxxx Española en Albacetela Comunidad de Madrid. A estos efectos se considerará per- sonal directivoconsidera personal directivo el que se contempla en el Reglamento General Orgánico de Xxxx Xxxx Española, y las personas que ostenten ocupan puestos de dirección y aquellos otros que pudieran ser creados en el futuro a iniciativa el comité autonómico o la Secretaría Provincial presidencia de dicho comité, y la Coordinación Provincialel personal que rija sus condiciones laborales por contrato de alta dirección
c) Quienes por su ámbito de actuación especifico están sometidos a un convenio del sector, sea nacional, autonómico o provincial o a convenio de empresa. – El No obstante, se reconoce específicamente al personal docente que preste su colaboración y servicios x Xxxx Xxxx Española. Artículo 3. Vigencia y denuncia del ConvenioCentro de Formación Profesional aquellos derechos recogidos en el capítulo de “Beneficios Sociales” del presente convenio.
1. El Convenio entrará d) Quienes presten sus servicios en vigor en el momento régimen de su firma colaboración voluntaria y su duración se extenderá hasta el 31 de di- ciembre de 2022. El Convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes tres meses antes a la terminación de su vi- gencia, comunicándolo por escrito a la otra parte. Los efectos del Convenio se mantendrán vigentes durante el período de las negociaciones. Agotada la vigencia sin que se hubiera producido denuncia expresa, se considerará tácitamente prorrogado por períodos anuales, sin perjuicio de los acuerdos en materia salarial que pudieran acordarse en la Comisión Paritaria Una vez denunciado el Convenio, este mantendrá la vigencia tanto de sus contenidos normativos como obligacionales hasta la negociación y acuerdo de un nuevo Convenio. En el plazo máximo de un mes a partir de la recepción de la comunicación de denuncia, se procederá a cons- tituir la comisión negociadora, debiendo la parte receptora responder a la propuesta de negociación y ambas partes establecerán un calendario o plan de negociaciónno retribuida.
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Ámbito personal y territorial. El presente Convenio será convenio afectará a todo el personal en régimen de aplicación contrato de trabajo que preste sus servicios en todos los centros de trabajo dependientes de Xxxx Xxxx Española que radiquen en la provincia Bizkaia. Quedan expresamente excluidos del ámbito de Albacete, salvo lo que expresamente se exceptúan a continuación: – El personal profesional libre aplicación del presente con- venio:
a) Los profesionales libres que presten su colaboración y servicios x Xxxx Xxxx Española. – , los cuales se regirán exclusivamente por los contratos formalizados al efecto.
b) Quienes presten sus servicios de modo voluntario y no retribuido
c) El personal directivo de la oficina Directivo de Xxxx Xxxx Española en Albacete. A estos efectos Bizkaia que se considerará per- sonal directivo, regirá por las personas disposiciones referentes al mismo y las que ostenten se contengan en el re- glamento orgánico de la Institución y que son concretamente la persona que ostente la Secretaría Provincial y la que ostente las funciones de Coordinación Provincial. – .
d) El personal docente que presta sus servicios en los Centros de Enseñanza de Ini- ciativa Social concertados con CAPV.
e) El personal contratado en virtud de Convenios, conciertos o concursos con la Administración Pública en los que se recojan las condiciones labo- rales que afecten a dicho personal, bien entendido que tanto en defecto de esta, como en la materia no regulada al respecto, el presente conve- nio tendrá carácter supletorio.
f) Quienes sean contratados/as para realizar un servicio licitado x xxxxx- ciado por la administración, a quienes les sea de aplicación un convenio específico. La entidad justificara documentalmente ante el comité de empresa la aplicación de un Convenio Colectivo específico.
g) El personal sanitario que preste su colaboración y servicios x Xxxx Xxxx Española. Artículo 3. Vigencia y denuncia del Conveniode cobertura de riesgo previsi- ble.
1h) El personal que en virtud de sentencia judicial le sea de aplicación un convenio colectivo de sector. El presente convenio que forma un todo orgánico y completo, excluye la aplicación de cualquier otro Convenio entrará en vigor en el momento Colectivo de su firma y su duración se extenderá hasta el 31 de di- ciembre de 2022. El Convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes tres meses antes a la terminación de su vi- gencia, comunicándolo por escrito a la otra parte. Los efectos del Convenio se mantendrán vigentes durante el período de las negociaciones. Agotada la vigencia sin que se hubiera producido denuncia expresa, se considerará tácitamente prorrogado por períodos anuales, sin perjuicio de los acuerdos en materia salarial que pudieran acordarse en la Comisión Paritaria Una vez denunciado el Convenio, este mantendrá la vigencia tanto de sus contenidos normativos como obligacionales hasta la negociación y acuerdo de un nuevo Convenio. En el plazo máximo de un mes a partir de la recepción de la comunicación de denuncia, se procederá a cons- tituir la comisión negociadora, debiendo la parte receptora responder a la propuesta de negociación y ambas partes establecerán un calendario o plan de negociacióncualquier ámbito.
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