Common use of Ámbito temporal, denuncia y prórroga Clause in Contracts

Ámbito temporal, denuncia y prórroga. El presente Xxxxxxxx extenderá su vigencia desde el 1 de enero de 2.016 hasta el 31 de diciembre de 2016. Su entrada en vigor se producirá a todos los efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. No obstante, las partes acuerdan que el presente Convenio Colectivo de Empresa tenga pleno efecto desde el uno de enero de 2.016, incluidas las tablas salariales pactadas cuyos incrementos se detallan en el ANEXO I de este convenio, cifrándose la subida en un 0,50% sobre el salario base, salvo las categorías profesionales de D.U.E.; que además de dicho incremento se le adiciona la cantidad de 25 euros lineales sobre dicho salario base, hasta un máximo de 8 años. El resto de conceptos retributivos no tienen subida salarial alguna para ningún trabajador de la empresa. La denuncia del presente Xxxxxxxx habrá de realizarse por cualquiera de las partes legitimadas para ello por escrito, en los términos previstos en el artículo 89.1 del vigente Estatuto de los Trabajadores, y a la Autoridad Laboral, posteriormente para su registro, al menos con dos meses de antelación a su término o prórroga en curso. Denunciado el convenio, en tanto no se llega a un acuerdo sobre el nuevo, se entenderá que el contenido íntegro del convenio se prorroga provisionalmente hasta tanto no se llegue a acuerdo expreso, incluso aunque se supere el plazo de un año al que hace referencia el art. 86 del ET, con excepción de la Tabla Salarial, que se verá incrementada en el Índice de Precios al Consumo, fijada por el I.N.E. para el año inmediatamente precedente, siempre y cuando no haya un pacto en contrario entre los representantes de los trabajadores y la Empresa

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo

Ámbito temporal, denuncia y prórroga. 1. El presente Xxxxxxxx extenderá su vigencia desde colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2.016 hasta el 31 de diciembre de 2016. Su entrada en vigor se producirá a todos los efectos a partir 2019, sea cual sea la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su vigencia hasta el día 31 de la Comunidad Autónoma diciembre de la Región xx Xxxxxx. No obstante2022, las partes acuerdan a excepción de aquellas materias, condiciones y derechos, incluidos los económicos, en los que el presente Convenio Colectivo se señale expresamente un período de Empresa tenga pleno efecto desde el uno de enero de 2.016, incluidas las tablas salariales pactadas cuyos incrementos se detallan en el ANEXO I de este convenio, cifrándose la subida en un 0,50% sobre el salario base, salvo las categorías profesionales de D.U.E.; que además de dicho incremento se le adiciona la cantidad de 25 euros lineales sobre dicho salario base, hasta un máximo de 8 años. El resto de conceptos retributivos no tienen subida salarial alguna para ningún trabajador de la empresavigencia distinto. 2. La denuncia del presente Xxxxxxxx habrá Convenio se deberá realizar mediante notificación escrita y fehaciente, preavisando con una antelación mínima de realizarse por cualquiera dos meses a la fecha de las su expiración. 3. Las partes legitimadas para ello por escritopreavisar la denuncia del convenio, en los términos previstos o para ser notificadas de dicho preaviso, serán las mismas que estén legitimadas para negociar un nuevo convenio con el mismo ámbito de aplicación, según lo establecido en el artículo 89.1 87.1 y 3 del vigente Estatuto de los Trabajadores. 4. En caso de no mediar denuncia de ninguna de las partes en estos términos, y a la Autoridad Laboral, posteriormente para su registro, al menos con dos meses de antelación a su término o prórroga en curso. Denunciado el convenio, en tanto no se llega a un acuerdo sobre el nuevo, se entenderá que el contenido íntegro del convenio se prorroga provisionalmente hasta tanto no se llegue prorrogará de año en año, de 1 de enero a acuerdo expreso, incluso aunque se supere el plazo 31 de un año diciembre. 5. Simultáneamente al que hace referencia el art. 86 del ET, con excepción acto de la Tabla Salarialdenuncia, que se verá incrementada en el Índice de Precios al Consumo, fijada ya sea realizada por el I.N.E. para el año inmediatamente precedente, siempre y cuando no haya un pacto en contrario entre los representantes la representación de los trabajadores y trabajadoras o de la Empresa, deberá comunicarse también la promoción de la negociación del nuevo convenio, expresando en dicha comunicación escrita la legitimación negocial, el ámbito del convenio y las materias objeto de la negociación. 6. Una vez denunciado el Convenio y concluida la duración pactada o prorrogada, mantendrá su vigencia en todos sus términos durante dos años desde el momento de la denuncia. 7. Si transcurridos ocho (8) meses desde iniciado el proceso de negociación del nuevo convenio no se ha llegado a un acuerdo, ambas partes, de común acuerdo, pueden someterse al proceso arbitral establecido en el «Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales» (ASAC), vigente en aquel momento.

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Samples: Iii Convenio Colectivo Estatal Del Personal De Estructura Del Grupo Mercantil Iss

Ámbito temporal, denuncia y prórroga. cve: BOE-A-2017-3449 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1. El presente Xxxxxxxx extenderá su vigencia desde colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2.016 hasta el 31 de diciembre de 2016. Su entrada en vigor se producirá a todos los efectos a partir , sea cual sea la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su vigencia hasta el día 31 de la Comunidad Autónoma diciembre de la Región xx Xxxxxx2018, excepto en aquellas materias en las que se señale expresamente un período de vigencia distinto. No obstanteLos efectos económicos del mismo, las partes acuerdan que el presente Convenio Colectivo de Empresa tenga pleno efecto desde el uno serán a partir del 1 de enero de 2.016, incluidas las tablas salariales pactadas cuyos incrementos se detallan en el ANEXO I de este convenio, cifrándose la subida en un 0,50% sobre el salario base, salvo las categorías profesionales de D.U.E.; que además de dicho incremento se le adiciona la cantidad de 25 euros lineales sobre dicho salario base, hasta un máximo de 8 años. El resto de conceptos retributivos no tienen subida salarial alguna para ningún trabajador de la empresa2016. 2. La denuncia del presente Xxxxxxxx habrá Convenio se deberá realizar mediante notificación escrita y fehaciente, preavisando con una antelación mínima de realizarse por cualquiera dos meses a la fecha de las su expiración. 3. Las partes legitimadas para ello por escritopreavisar la denuncia del convenio, en los términos previstos o para ser notificadas de dicho preaviso, serán las mismas que estén legitimadas para negociar un nuevo convenio con el mismo ámbito de aplicación, según lo establecido en el artículo 89.1 87.2 y 3 del vigente Estatuto de los Trabajadores. 4. En caso de no mediar denuncia de ninguna de las partes en estos términos, el convenio se prorrogará de año en año, de 1 de enero a 31 de diciembre. 5. Simultáneamente al acto de la denuncia, ya sea realizada por la representación de los Trabajadores y a trabajadoras o de la Autoridad LaboralEmpresa, posteriormente para su registro, al menos con dos meses deberá comunicarse también la promoción de antelación a su término o prórroga en curso. Denunciado el la negociación del nuevo convenio, expresando en tanto dicha comunicación escrita la legitimación negocial, el ámbito del convenio y las materias objeto de la negociación. 6. Una vez denunciado el Convenio y concluida la duración pactada o prorrogada, mantendrá su vigencia en todos sus términos durante dos años desde el momento de la denuncia. 7. Si transcurridos ocho (8) meses desde iniciado el proceso de negociación del nuevo convenio no se llega ha llegado a un acuerdo sobre el nuevoacuerdo, se entenderá que el contenido íntegro del convenio se prorroga provisionalmente hasta tanto no se llegue a acuerdo expresoambas partes, incluso aunque se supere el plazo de un año común acuerdo, pueden someterse al que hace referencia el art. 86 del ET, con excepción de la Tabla Salarial, que se verá incrementada proceso arbitral establecido en el Índice Acuerdo sobre Solución Autónoma de Precios al ConsumoConflictos Laborales (ASAC), fijada por el I.N.E. para el año inmediatamente precedente, siempre y cuando no haya un pacto vigente en contrario entre los representantes de los trabajadores y la Empresaaquel momento.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal