ÍNDICE DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE:
ÍNDICE DE DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE:
Autorizar la firma de adhesión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Empresa SMART TECHNOLOGIES para la aplicación didáctica de la donación según el modelo del Proyecto “AULA DEL FUTURO”.
(CONV/12/2024)
1. Texto del Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y SMART TECHNOLOGIES.
2. Anexo I. de adhesion al Convenio de referencia.
3. Informe-Memoria del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado.
4. Propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación.
5. Orden aprobatoria texto convenio (Anexo I adhesion)
6. Propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno.
7. Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa Administración Digital, de Aceptación de Comodato a título lucrativo por cuatro años.
8. Informe de la Dirección General de Informática y Transformación Digital.
9. Informe Jurídico de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo.
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
ANEXO 1
ADHESIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX AL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA EMPRESA SMART TECHNOLOGIES PARA LA APLICACIÓN DIDÁCTICA DE LA DONACIÓN SEGÚN EL MODELO DEL PROYECTO “AULA DEL FUTURO”
D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo, en virtud del Decreto del Presidente n.º 40/2023, de 14 de septiembre, en nombre y representación de la administración educativa de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, facultado para la firma de este modelo de anexo de adhesión al convenio en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el día / /
EXPONE
PRIMERO. Que con fecha 15 xx xxxxx de 2021 se firmó el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y “SMART TECHNOLOGIES” para la aplicación didáctica de las tecnologías según el modelo del Proyecto “Aula del Futuro”.
SEGUNDO. Que el Convenio recoge la posibilidad de adherirse al mismo por parte de aquellas comunidades autónomas interesadas en su desarrollo dentro de su ámbito territorial.
TERCERO. Que es nuestra voluntad la adhesión efectiva al Convenio referido en el Expositivo Primero para el desarrollo de todas las actuaciones planteadas en el mismo, aceptando todos los compromisos y obligaciones que en él se establecen.
En prueba de conformidad, firmo digitalmente este anexo de adhesión.
1
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
INFORME-MEMORIA
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
ADHESIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO DE LA REGIÓN XX XXXXXX AL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y SMART TECHNOLOGIES, PARA APOYAR LA EXPLOTACIÓN DIDÁCTICA DE LOS ESPACIOS EDUCATIVOS SEGÚN EL MODELO DE PROYECTO “AULA DEL FUTURO”.
OPORTUNIDAD Y MOTIVACIÓN TÉCNICA.
Atendiendo a lo recogido en el artículo 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público, se analiza a continuación la necesidad y oportunidad de la firma de adhesión a este convenio, su impacto económico y el carácter no contractual del mismo.
02/02/2024 12:16:22
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación, hace hincapié en la necesidad de tener en cuenta el cambio digital que se está produciendo y que afecta a la actividad educativa, ofreciendo una formación integral centrada en el desarrollo de competencias, incluida la competencia digital tanto del alumnado de todas las etapas educativas como las del profesorado, con un especial énfasis en la formación inicial y permanente, además del desarrollo profesional docente, como una de las prioridades de la colaboración entre las administraciones educativas.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
En línea con estas prioridades, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) viene desarrollando desde 2015 el proyecto Aula del Futuro en España, dirigido a los docentes de centros educativos sostenidos con fondos públicos de todas las etapas educativas y con el objetivo de impulsar el aprendizaje a través de un mejor uso de la tecnología; a los efectos de constatar la importancia del uso de los recursos tecnológicos en el sistema educativo.
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
Por su parte, SMART TECHNOLOGIES es una compañía líder en desarrollos tecnológicos en el ámbito de la educación, comprometida con las comunidades de las que forma parte, con las que colabora en proyectos de desarrollo utilizando para ello recursos tecnológicos.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
En este ámbito, SMART TECHNOLOGIES quiere ayudar a promover el proyecto “Aula del Futuro”, dirigido a centros educativos de todas las etapas educativas y con el objetivo de impulsar el aprendizaje a través de un mejor uso de la tecnología; a los efectos de constatar la importancia del uso de los recursos tecnológicos en el sistema educativo.
Para ello, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) y SMART TECHNOLOGIES han firmado un convenio de colaboración, al cual se pueden adherir las comunidades autónomas, para llevar a cabo un proyecto de aplicación didáctica del equipamiento tecnológico suministrado por entidades con soluciones que sean de interés para el desarrollo y puesta en práctica de distintas metodologías en el aula.
La celebración de la adhesión a este convenio tiene un gran interés educativo y, no teniendo un impacto directo o inmediato en la economía de la Región xx Xxxxxx, contribuye a una mejora de las competencias del profesorado que redundará en una mejor calidad educativa y, por ende, repercutirá en el desarrollo económico de la Región.
02/02/2024 12:16:22
Con la adhesión a este convenio se pretende impulsar el aprendizaje a través de un mejor uso de la tecnología; a los efectos de constatar la importancia del uso de los recursos tecnológicos en el sistema educativo.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y el conocimiento de las cuestiones litigiosas que puedan surgir en torno a la interpretación, modificación, extinción y efectos del mismo, cuando no sean resueltas por la Comisión Mixta de Seguimiento, corresponderá a la jurisdicción contencioso-administrativa, por su carácter no contractual queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Por otra parte, el objeto del convenio no tiene carácter contractual, por su naturaleza, de ninguno de los contratos sujetos a la aplicación de la Ley 9/2017, de 8
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
de noviembre, de Contratos del Sector Público. Asimismo, de conformidad con el artículo
47.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio que aquí se informe no tiene por objeto prestaciones propias de los contratos.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Conforme al artículo 14.1.f de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región xx Xxxxxx, el Consejo Escolar debe ser consultado en las actuaciones encaminadas a mejorar la calidad de la enseñanza, (…), a compensar las desigualdades y deficiencias sociales e individuales así como en los proyectos de convenios o acuerdos en materia educativa. Al respecto señalar que, dicho órgano, en respuesta a una consulta planteada por la Secretaría General de esta Consejería entiende que, dada la amplitud de la expresión, se impone una interpretación de la misma en cuya virtud se considere preceptiva esta consulta cuando la incidencia educativa del proyecto de convenio o acuerdo sea particularmente relevante, pues de lo contrario la inmensa mayoría de tales proyectos deberían someterse a dicho órgano, correspondiendo al centro directivo proponente analizar el contenido del convenio de que se trate en orden a determinar su relevancia educativa y su necesidad o no de ser informado por el Consejo Escolar.
02/02/2024 12:16:22
En el presente expediente, la memoria de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, a través del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado informa que el convenio que aquí se trata no supone una modificación de los elementos prescriptivos del currículum establecidos para cada una de las enseñanzas, como tampoco supone una modificación de las metodologías y procedimientos que se contemplan para la consecución de los contenidos curriculares, por lo que entiende que no es preceptivo consultar al Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx.
JUSTIFICACIÓN.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
La adhesión a este convenio, tal y como se establece en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, contribuirá a la mejora de la eficiencia de la gestión pública en la difusión, el fomento y la mejora de la educación; facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos y contribuye a la realización de actividades de utilidad pública. Por otra parte, dado que no implica coste alguno ni aumento de gasto, cumple con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
El Convenio es de los previstos en el artículo 47.2 C) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y se configura como un convenio empresarial en actividades de interés general, a los efectos previstos en el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos e Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
El Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, en su artículo 16.1, otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Transferidas las competencias en materia de enseñanza no universitaria a la Región xx Xxxxxx, mediante Real Decreto 938/1999, de 4 xx xxxxx compete a la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto del Presidente n.º 2/2023, de 17 de enero, de reorganización de la Administración Regional, la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de educación no universitaria en todos sus niveles.
02/02/2024 12:16:22
El Decreto número 56/1996, de 24 de julio, regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx.
OBJETO DEL CONVENIO.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
El objeto del Convenio al que se adhiere la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo de la Región xx Xxxxxx y que se ha firmado de forma conjunta entre el MEFP y SMART TECHNOLOGIES, es llevar a cabo de forma conjunta un proyecto de aplicación didáctica del equipamiento tecnológico suministrado por entidades con soluciones que sean de interés para el desarrollo y puesta en práctica de distintas metodologías en el aula. SMART TECHNOLOGIES se integra en este Convenio, como parte intrínseca del mismo a través de su solución tecnológica, que se instalará en las dependencias seleccionadas por las Partes y que respondan a los criterios establecidos en el proyecto “Aula del Futuro” de acuerdo con lo expuesto en el ANEXO 2 del Convenio.
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
El Aula del Futuro es un espacio educativo, formativo, flexible y reconfigurable, dividido en zonas de aprendizaje, que cuenta con mobiliario y tecnologías digitales específicos, según se especifica en el anexo 2. El objetivo del aula es que los docentes vean en esta propuesta un modelo de referencia para promover cambios metodológicos en la práctica docente diaria a través de la creación y organización de espacios flexibles en los centros educativos que promuevan el uso de metodologías activas. El Aula del Futuro no es únicamente el espacio físico, el mobiliario o la tecnología, sino un espacio de experimentación docente para mejorar los procesos de aprendizaje de los alumnos.
COMPROMISOS DE LAS PARTES.
Son compromisos del MEFP:
a) Coordinación y apoyo a la gestión de las adhesiones de las comunidades autónomas al Convenio.
b) Participar en la planificación, seguimiento, desarrollo y evaluación del desarrollo del Convenio y del proyecto «Aula del Futuro», junto al resto de las Partes, promoviendo la interacción y colaboración entre las unidades responsables de las Aulas del Futuro que existan en las administraciones educativas.
c) Asumir en Ceuta y Melilla el desarrollo íntegro del proyecto como administración pública con competencias en materia educativa en dicho ámbito territorial.
02/02/2024 12:16:22
d) Dar apoyo a las comunidades autónomas participantes en la selección de los espacios físicos para la creación del «Aula del Futuro» y la implementación del enfoque metodológico para la división del espacio en zonas de aprendizaje.
e) Ofrecer formación abierta a nivel nacional a todos los docentes de etapas educativas no universitarias como parte de su desarrollo profesional, especialmente a los docentes propuestos por las comunidades autónomas. Esta formación seguirá el modelo pedagógico del «Aula del Futuro» en los términos del apartado IV del anexo 2.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
f) Compartir con las comunidades autónomas los productos e información sobre las formaciones desarrolladas por el proyecto europeo Future Classroom Lab (FCL) y aquellas organizadas por el MEFP.
g) Xxxxxxxxx, dinamizar y organizar la actividad de la red de embajadores del «Aula del Futuro» (FCL), buscando sinergias con otras iniciativas europeas susceptibles de proporcionar beneficios mutuos, como eTwinning.
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
h) Colaborar con instituciones y organizaciones educativas para fomentar el modelo «Aula del Futuro» y su impacto positivo.
i) Organizar al menos 8 actividades formativas presenciales en los espacios «Aula del Futuro» del INTEF y en las Aula de Ceuta y Melilla, para lo que considerará las aportaciones hechas por SMART TECHNOLOGIES en este sentido.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
j) Certificar los cursos impartidos dentro del marco del proyecto Aula del Futuro, en las condiciones establecidas por la legislación vigente en cada momento para la emisión de certificados de formación del profesorado.
k) Poner a disposición xx XXXXXX TECHNOLOGIES las Aulas del Futuro dependientes del MEFP para la posible realización de un evento al año con docentes y profesionales del sector educativo, sea éste una reunión o un encuentro. Estos eventos deberán ser consensuadas en hora y fecha con el INTEF y no entorpecerán el normal funcionamiento de las actividades programadas por este. En este sentido, siempre tendrán prioridad los eventos formativos programados por la administración educativa.
Son compromisos de SMART TECHNOLOGIES:
a) Colaborar, junto al resto de las Partes, en la planificación, seguimiento y desarrollo del Convenio y del proyecto «Aula del Futuro» en las administraciones educativas adheridas al Convenio.
02/02/2024 12:16:22
b) Proporcionar, según lo establecido en los anexos 2 y 3, el equipamiento correspondiente a las «Aulas del Futuro» de las administraciones educativas adheridas al Convenio, manteniéndolo operativo y actualizado durante el desarrollo del proyecto.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
Este equipamiento será cedido a cada administración educativa que se adhiera dentro del ámbito de aplicación del Convenio, teniendo SMART TECHNOLOGIES el derecho de recuperarlo en caso de incumplimiento del Convenio, mediante notificación escrita razonada en un plazo no inferior a 60 días.
Por otra parte, el equipamiento será donado a las administraciones educativas a la finalización del Convenio o antes de finalizar su vigencia, si así lo decide SMART TECHNOLOGIES dejando constancia expresa por escrito, en ambos casos, de la voluntad de la donación. La entrega y retirada de
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
equipamiento correrá a cargo de SMART TECHNOLOGIES. En ese momento, se facilitarán a SMART TECHNOLOGIES los correspondientes certificados a los efectos de lo establecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos e Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
c) Retirar, reparar o sustituir el equipamiento aportado por uno de similares características o superiores cuando esté deteriorado o defectuoso, excluyendo cuando dicha circunstancia se deba a negligencia de la administración educativa responsable del «Aula del Futuro» en la que se encuentra el equipamiento deteriorado o defectuoso. La retirada de equipamiento por estar deteriorado o defectuoso correrá a cargo de SMART TECHNOLOGIES.
d) Proporcionar soporte, formación técnica y de aquellos aspectos relevantes para el uso del equipamiento aportado al «Aula del Futuro», en los términos establecidos en la cláusula segunda de este Convenio y en el epígrafe e. del anexo 2 y en el anexo 3.
02/02/2024 12:16:22
e) Proponer y facilitar las formaciones y recursos de los que disponga la empresa relacionados con el equipamiento aportado para que puedan ser utilizados en las formaciones del «Aula del Futuro» que diseñen las administraciones educativas participantes para centros educativos y docentes y, en su caso, aprovechadas por los responsables de la formación que se imparta en el Aula del Futuro del MEFP. El MEFP estudiará la viabilidad de las propuestas y ofrecerá apoyo dentro de sus posibilidades y, en caso de ser necesario, las condiciones de desarrollo de cada evento se acordarán particularmente entre las Partes.
Son compromisos de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo:
a) Observar y cumplir lo establecido en este Convenio para el correcto desarrollo del proyecto en su ámbito territorial.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
b) Seleccionar y proporcionar el espacio «Aula del Futuro», donde se realizarán las experiencias formativas. Este espacio se seleccionará en colaboración con el MEFP, teniendo en cuenta lo establecido en el Anexo 2.
c) Garantizar que el lugar seleccionado podrá asumir los compromisos previstos en el anexo 2 y llevar a cabo el proyecto de acuerdo con lo establecido en el Convenio.
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
d) Participar en la planificación del proyecto, así como en su seguimiento, desarrollo y evaluación, junto al resto de las Partes.
e) Seleccionar a los coordinadores y responsables de la gestión del Aula del Futuro en su ámbito territorial y comunicarlos al MEFP y a SMART TECHNOLOGIES.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
f) Creación y desarrollo en el Aula del Futuro instalada en su ámbito territorial de formaciones docentes adecuadas para el Aula del Futuro, observando lo establecido en el anexo 2. Igualmente seleccionar y enviar, cuando sea posible, a docentes participantes para las formaciones a nivel nacional que organice el MEFP.
g) Organizar cada año un mínimo de 8 actividades formativas dirigidas a docentes y centros educativos en cada espacio «Aula del Futuro» creado al amparo de este Convenio en las comunidades autónoma adheridas, para lo que considerarán las aportaciones hechas por SMART TECHNOLOGIES en este sentido.
h) Certificar los cursos impartidos dentro del marco del proyecto Aula del Futuro, en las condiciones establecidas por la legislación vigente en cada momento para la emisión de certificados de formación del profesorado.
02/02/2024 12:16:22
i) Organizar la inauguración del Aula del Futuro creada en la ciudad o comunidad autónoma. Se tendrá en cuenta a las Partes firmantes de este convenio, que participarán en dicho evento, siempre y cuando no se haya procedido a la inauguración con anterioridad.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
j) Poner a disposición de SMART TECHNOLOGIES las Aulas del Futuro dependiente de cada comunidad autónoma para la posible realización de un evento al año con docentes y profesionales del sector educativo, sea éste una reunión o un encuentro. Estos eventos deberán ser consensuadas en hora y fecha con cada administración educativa responsable de cada Aula del Futuro y no entorpecerán el normal funcionamiento de las actividades programadas por esta. En este sentido, siempre tendrán prioridad los eventos formativos programados por la administración educativa.
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
FINANCIACIÓN.
La adhesión a este convenio no comporta obligaciones económicas añadidas para la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, puesto que el Aula del Futuro de la CARM está ubicada en las instalaciones del CPR Región xx Xxxxxx, concretamente en la extensión xx Xxxxxxxxx.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Por otra parte, las actividades formativas que se realicen bajo el desarrollo de este convenio serán incluidas en el Plan de formación del profesorado que anualmente implementa el CPR Región xx Xxxxxx, sin suponer costes adicionales a los fondos asignados al CPR Región xx Xxxxxx.
Respecto a los coordinadores y responsables de la gestión del “Aula del Futuro” de la Región xx Xxxxxx serán los funcionarios docentes que forman parte de la red de formación de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, es decir, del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado y del CPR Región xx Xxxxxx, asumiendo entre sus competencias las establecidas en el convenio, por lo que no se incrementa el gasto público para la coordinación y gestión del “Aula del Futuro”.
VIGENCIA.
02/02/2024 12:16:22
El plazo de vigencia de este Convenio será de cuatro (4) años desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. La referida inscripción se realizará en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la formalización del convenio. Asimismo, en el plazo xx xxxx días hábiles desde su formalización, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado». En cualquier momentoantes de la finalización del plazo indicado los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga mediante adenda, que seguirá los trámites establecidos legalmente, por un periodo de cuatro (4) años adicionales.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO.
Para su ejecución y seguimiento, el convenio prevé la constitución de una Comisión de Seguimiento que se ocupará de valorar y hacer seguimiento del cumplimiento y evolución del Convenio. La Comisión estará compuesta por dos
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
miembros de cada una de Las Partes y las decisiones se tomarán por unanimidad. El MEFP presidirá esta comisión y delegará la representación de sus dos miembros en el INTEF. Por su parte, SMART TECHNOLOGIES designará a sus dos representantes y los comunicará, juntos con sus datos de contacto, al MEFP, según se establece en la base decimoquinta.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Esta comisión se reunirá como mínimo una vez al año y las actas de las reuniones se compartirán con las Partes firmantes de este Convenio y con todos los representantes de las comunidades autónomas adheridas al mismo.
LA JEFA DE SERVICIO DE INNOVACIÓN Y FORMACIÓN DEL PROFESORADO
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
XXXXX XXXXXXX, XXXXXXX
02/02/2024 12:16:22
(Documento firmado electrónicamente en Murcia)
Región xx Xxxxxx
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
D.G. de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación
PROPUESTA
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Dada la necesaria colaboración de las Administraciones Públicas con las empresas, Instituciones y Universidades para asuntos de interés común en el ámbito de la Educación, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, se estima oportuno la adhesión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y SMART TECHNOLOGIES, para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo de proyecto “Aula del Futuro”.
Por cuanto antecede, en virtud de las facultades que me atribuye el artículo 6 del Decreto n.º 433/2023, de 14 de diciembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, así como el artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx,
PROPONGO
24/01/2024 11:43:40
Primero. Aprobar el texto del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y SMART TECHNOLOGIES, para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo de proyecto “Aula del Futuro” y la adhesión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo según el anexo 1 del citado convenio.
Segundo. Elevar propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno para la autorización, si procede, de la adhesión al convenio mencionado en el punto anterior.
LA DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN
(P.S. Orden de 3 de Enero de 2024) LA SECRETARIA GENERAL
Fdo. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Documento firmado electrónicamente al margen)
EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
XXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXX
1/1
ORDEN
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Visto el convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y SMART TECHNOLOGIES, para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo de proyecto “Aula del Futuro”, con cuya adhesión se pretende llevar a cabo un proyecto de aplicación didáctica del equipamiento tecnológico suministrado por entidades con soluciones que sean de interés para el desarrollo y puesta en práctica de distintas metodologías en el Aula del Futuro de la Región xx Xxxxxx.
Considerando que la actividad objeto del citado convenio se encuadra en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en relación con el artículo 8.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx,
DISPONGO
08/02/2024 17:00:06
Primero. Aprobar el texto del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y SMART TECHNOLOGIES, para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo de proyecto “Aula del Futuro” y la adhesión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx a través de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo según el anexo 1 del citado convenio.
Segundo. Elevar propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno para la autorización, si procede, de la adhesión al convenio mencionado en el punto anterior.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXX XX
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (Documento firmado electrónicamente en Murcia)
AL CONSEJO DE GOBIERNO
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
La Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo en el ámbito de las competencias que legalmente tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de su Autonomía, y asignadas a esta Consejería en virtud del artículo 5 Decreto del Presidente n.º 42/2023, de 21 de septiembre, por el que se modifica el Decreto n.º 31/2023, de 14 de septiembre, en nombre y representación de la administración educativa de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, está interesada en la adhesión al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y SMART TECHNOLOGIES, para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo de proyecto “Aula del Futuro”,
Con la firma de adhesión a este convenio se pretende llevar a cabo un proyecto de aplicación didáctica del equipamiento tecnológico suministrado por entidades con soluciones que sean de interés para el desarrollo y puesta en práctica de distintas metodologías en el Aula del Futuro de la Región xx Xxxxxx, avanzando así en la formación permanente del profesorado y siendo de interés para la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo el uso de metodologías activas innovadoras en la formación del profesorado con objeto de favorecer la adquisición de las competencias docentes necesarias para el mejor desarrollo de la práctica profesional y, por ende, la mejora de la calidad de la educación y el éxito en los resultados del alumnado.
En virtud del artículo 16.2, ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en relación con el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la administración Regional xx Xxxxxx, se eleva la siguiente
08/02/2024 17:00:08
PROPUESTA DE ACUERDO
Autorizar la firma de adhesión al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y SMART TECHNOLOGIES, para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo de proyecto “Aula del Futuro”, cuyo texto se adjunta a la presente.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
XXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXX XX
(documento firmado y fechado digitalmente en Murcia)
ANEXO 1
ADHESIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX AL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA EMPRESA SMART TECHNOLOGIES PARA LA APLICACIÓN DIDÁCTICA DE LA DONACIÓN SEGÚN EL MODELO DEL PROYECTO “AULA DEL FUTURO”
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo, en virtud del Decreto del Presidente n.º 40/2023, de 14 de septiembre, en nombre y representación de la administración educativa de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, facultado para la firma de este modelo de anexo de adhesión al convenio en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el día / /
EXPONE
PRIMERO. Que con fecha 15 xx xxxxx de 2021 se firmó el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y “SMART TECHNOLOGIES” para la aplicación didáctica de las tecnologías según el modelo del Proyecto “Aula del Futuro”.
08/02/2024 17:00:08
SEGUNDO. Que el Convenio recoge la posibilidad de adherirse al mismo por parte de aquellas comunidades autónomas interesadas en su desarrollo dentro de su ámbito territorial.
TERCERO. Que es nuestra voluntad la adhesión efectiva al Convenio referido en el Expositivo Primero para el desarrollo de todas las actuaciones planteadas en el mismo, aceptando todos los compromisos y obligaciones que en él se establecen.
XXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXX XX
En prueba de conformidad, firmo digitalmente este anexo de adhesión.
18/01/2024 12:43:54
Expte: 130/2024
ORDEN
18/01/2024 12:26:05 XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXX
Operación patrimonial sobre bien mueble COMODATO para Aula de Futuro
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Conforme a los artículos 45 y 46 de la Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, la adquisición de bienes y derechos patrimoniales podrá efectuarse mediante cualesquiera negocios jurídicos admitidos en derecho, y en particular, la adquisición de bienes muebles a título lucrativo corresponde al Consejero competente en materia de Hacienda.
18/01/2024 10:53:59 XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXX
Instruido el expediente de referencia en relación a los bienes muebles que se indican, y en particular, emitido informe favorable de la Consejería competente en la materia, se informa que la operación patrimonial, que igualmente se señala, resulta ajustada a la Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, y que de considerarse oportuna deberá ser adoptada mediante forma jurídica de Orden de Consejería, que conforme a la vigente Orden de Delegación de competencias, al no exceder de 30.000 euros el valor de cada bien cedido, corresponde adoptar al/la titular de la Dirección General competente en materia de Patrimonio con los siguientes pronunciamientos:
Primero.- Aceptar el comodato a título lucrativo por cuatro años (prorrogable otros 4 más) sobre el/los bien/es mueble/s que se detallan a continuación, que se regirá por su título constitutivo, y en lo no previsto en el mismo, por los artículos 1.741 y siguientes y concordantes del Código Civil:
XXXXX XXXXX, XXXXX
- Documento de oferta de comodato y fecha: Convenio de fecha 15.03.2021 entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y Smart Technologies (EMEA) INC., para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo del proyecto «Aula del Futuro», publicado en BOE 25.03.2021 por Resolución de 150de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, Convenio al que pueden adherirse las CCAA para adquirir el uso de los bienes mediante comodato, y su ulterior propiedad mediante donación, si así se
18/01/2024 12:43:54
acordara en un futuro por ambas partes, lo requeriría nueva Orden de Hacienda en tal sentido.
-Descripción del bien/es, con valor estimativo de 3.200 euros por cada aula:
– Panel Interactivo.: 2.000 euros.
18/01/2024 12:26:05 XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXX
– Soporte xx xxxxxx.:1000 euros
–Licencia Software Educativo: 0 euros.
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
–Alojamiento de contenidos 4 años.: 200 euros.
- Comodante: Smart Technologies (EMEA) INC.
- Fecha informe favorable de la Consejería competente: 09/01/2024
- Valor de tasación: 256 euros por cuatro años, resultante de un 2% del valor por cada período de un año, sin exceder del 70 por 100, aplicando analógicamente el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y artículo 49 del Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Condiciones, en su caso: Las que figuran en el citado Xxxxxxxx
18/01/2024 10:53:59 XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXX
- Consejería destinataria: La competente en materia de Educación.
- Bien NO inventariable conforme se indica a continuación.
Segundo.- Conforme al valor de tasación y la normativa vigente, Resolución de
XXXXX XXXXX, XXXXX
27 de noviembre de 2017 de la Dirección General de Informática, Patrimonio y Telecomunicaciones, por la que se aprueba la instrucción de operaciones de mantenimiento de la sección de bienes muebles del Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx (BORM 14.12.17), sólo procede inventariar los bienes de valor igual o superior a 1.000 euros y en cualquier caso las obras de arte, vehículos y derechos de propiedad incorporal cualquiera que sea su valor, sin perjuicio de que los no inventariables, por ser igualmente patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, serán objeto del uso, control, mantenimiento, custodia y conservación que corresponda por parte de la Consejería destinataria.
Tercero - Se faculta a la Consejería y Dirección General destinataria para llevar a cabo cuantos actos sean necesarios en orden a la ejecución material de la presente
18/01/2024 12:26:05 XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXXX
18/01/2024 12:43:54
Orden, y en particular, para la firma de la adhesión al Convenio citado, y el acto de recepción material de los bienes, que deberá ser realizado por el personal que designe y deberá formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente Acta, que en todo caso deberá remitirse a Patrimonio a efectos de los actos administrativos de Inventario que en cada caso procedan.
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Igualmente se faculta a la Consejería y Dirección General destinataria para suscribir, en su caso, la prórroga prevista y el acto de devolución material de los bienes, mediante la suscripción de la correspondiente Acta, que en todo caso deberá remitirse a Patrimonio a efectos de los actos administrativos de Inventario que en cada caso procedan.
Cuarto- Todos los gastos de transporte, seguros, impuestos, y cualesquiera otros derivados de la presente operación y que corresponda sufragar a la CARM, serán tramitados y satisfechos por la Consejería destinataria.
18/01/2024 10:53:59 XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXX
En Murcia, firmado y fechado electrónicamente conforme figura al margen EL JEFE DEL SERVICIO DE GESTIÓN PATRIMONIAL
Xxxxx Xxxxx Xxxxx
PROPUESTA
Visto el informe emitido, se realiza Propuesta en sus mismos términos.
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE PATRIMONIO
Xxxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxx
ORDEN
Vista la Propuesta formulada, se dispone en sus mismos términos.
En Murcia, a la fecha de la firma electrónica
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPRESA
P.D. ORDEN 28/9/2023 (BORM 29/9/2023)
EL DIRECTOR GENERAL DE PATRIMONIO
XXXXX XXXXX, XXXXX
Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
COMUNICACIONES INTERIORES DE LA CARM
Salida nº: 16030/2024
S/Ref:
N/Ref: MPN40L
Región xx Xxxxxx
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPRESA
COMUNICACIÓN INTERIOR
Murcia
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
DE: DIRECCION GENERAL DE TRANSFORMACION DIGITAL - SUBDIRECCION GENERAL DE INFORMATICA EDUCATIVA
A: CONSEJERÍA DE EDUCACION, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO - DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN - SERVICIO INNOVACION Y FORMACION PROFESORADO
ASUNTO: Informe sobre firma adhesión a Convenio Aula del Futuro
26/01/2024 08:17:48
En respuesta a su CI 1861/2024, referente a varias solicitudes de informe relativas a las firmas de adhesión previstas en el marco del Convenio de colaboración para la explotación didáctica de espacios educativos según el modelo del proyecto “Aula del futuro”, le comunico que por parte de la D.G. de Transformación Digital, no existe inconveniente alguno en la firma de dichos convenios.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE INFORMÁTICA EDUCATIVA .
XXXXXX XXXXX, XXXXXXX
1/0
Expte. CONV. 12/2024
INFORME JURÍDICO
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
ASUNTO: ADHESIÓN AL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y SMART TECHNOLOGIES PARA APOYAR LA EXPLOTACIÓN DIDÁCTICA DE LOS ESPACIOS EDUCATIVOS SEGÚN EL MODELO DE PROYECTO “AULA DEL FUTURO”
08/02/2024 12:59:09 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
08/02/2024 13:00:24
Visto el borrador de la adhesión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx al convenio de referencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 81/2005, de 8 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura en relación con la disposición transitoria primera del Decreto nº 433/2023 de 14 de diciembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo y sobre la base de lo establecido en el artículo 7.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, este Servicio Jurídico emite el siguiente informe:
ANTECEDENTES
La Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación remitió el expediente de referencia por comunicación interior de fecha 29 de enero de 2024. El expediente se acompaña de la siguiente documentación:
- Convenio SMART TECHNOLOGIES de fecha 15 xx xxxxx de 2021.
- Anexo 1. Adhesión al Convenio.
- Informe-memoria de la Jefa de Servicio de Innovación y Formación del Profesorado de fecha 2 de febrero de 2024.
XXXXX XXXXX-XXXXXX, XXXXXXXX
- Propuesta de la Directora General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación a la aprobación del texto del Convenio, adhesión al mismo y elevación a Consejo de Gobierno para su autorización, de fecha 24 de enero de 2024.
- Borrador de Orden de aprobación del texto del Convenio, adhesión al mismo y elevación al Consejo de Gobierno para su autorización.
- Borrador de la Propuesta del Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo de Acuerdo a Consejo de Gobierno para la autorización de la adhesión al Convenio.
- Orden aceptación de donación de material educativo de fecha 18 de enero de
2024.
- Informe de la Dirección General de Informática Educativa de fecha 26 de enero
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
de 2024.
08/02/2024 13:00:24
CONSIDERACIONES
PRIMERA.- Objeto del convenio.
08/02/2024 12:59:09 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
De conformidad con la cláusula primera del Convenio, el objeto del Convenio al que se adhiere la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo de la Región xx Xxxxxx y que se ha firmado de forma conjunta entre el MEFP y SMART TECHNOLOGIES, es llevar a cabo de forma conjunta un proyecto de aplicación didáctica del equipamiento tecnológico suministrado por entidades con soluciones que sean de interés para el desarrollo y puesta en práctica de distintas metodologías en el aula. SMART TECHNOLOGIES se integra en este Convenio, como parte intrínseca del mismo a través de su solución tecnológica, que se instalará en las dependencias seleccionadas por las Partes y que respondan a los criterios establecidos en el proyecto “Aula del Futuro” de acuerdo con lo expuesto en el ANEXO 2 del Convenio.
XXXXX XXXXX-XXXXXX, XXXXXXXX
El Aula del Futuro es un espacio educativo, formativo, flexible y reconfigurable, dividido en zonas de aprendizaje, que cuenta con mobiliario y tecnologías digitales específicos, según se especifica en el anexo 2. El objetivo del aula es que los docentes vean en esta propuesta un modelo de referencia para promover cambios metodológicos en la práctica docente diaria a través de la creación y organización de espacios flexibles en los centros educativos que promuevan el uso de metodologías activas. El Aula del Futuro no es únicamente el espacio físico, el mobiliario o la tecnología, sino un espacio de experimentación docente para mejorar los procesos de aprendizaje de los alumnos.
SEGUNDA.- Competencia y capacidad jurídica.
El objeto del convenio se encuadra dentro del ámbito de competencias que tiene atribuidas esta Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la
Ley orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, de Estatuto de Autonomía para la Región xx Xxxxxx, que otorga a la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx las competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
08/02/2024 13:00:24
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Dentro de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo es el organismo competente para su tramitación, en virtud del Decreto 52/1999, de 2 de julio, de atribución de dichas competencias transferidas a la Consejería de Cultura y Educación y de conformidad con el artículo 11 del Decreto del Presidente nº 31/2023, de 14 de septiembre, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto del Presidente nº 42/2023, de 21 de septiembre.
08/02/2024 12:59:09 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
Asimismo, conforme al artículo 6 del Decreto nº 433/2023, de 14 de diciembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación asume las competencias del Departamento en materia de gestión de personal docente no universitario y de personal de administración y servicios de la misma; planificación y provisión de efectivos; formación del profesorado; prevención de riesgos laborales; planificación educativa y escolarización en relación con la educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato; ordenación académica en educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato; realización de propuestas sobre las normas de convivencia en los centros docentes y la gestión de las incidencias que se planteen sobre las mismas, así como la evaluación y calidad educativa; innovación educativa; programas educativos e impulso y desarrollo del sistema de enseñanza en lenguas extranjeras.
XXXXX XXXXX-XXXXXX, XXXXXXXX
Por su parte, el Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo es el competente para la suscripción del convenio en virtud de lo previsto en el artículo 8.3 del Decreto 56/1996, en relación con el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la CARM, en relación con el Decreto del Presidente n. º 40/2023, de 14 de septiembre, por
el que se dispone el nombramiento de Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, como Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo.
TERCERA.- Fundamento jurídico y normativa aplicable.
08/02/2024 13:00:24
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación, hace hincapié en la necesidad de tener en cuenta el cambio digital que se está produciendo y que afecta a la actividad educativa, ofreciendo una formación integral centrada en el desarrollo de competencias, incluida la competencia digital tanto del alumnado de todas las etapas educativas como la del profesorado, con un especial énfasis en la formación inicial y permanente, además del desarrollo profesional docente, como una de las prioridades de la colaboración entre las administraciones educativas.
08/02/2024 12:59:09 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
En línea con estas prioridades, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) viene desarrollando desde 2015 el proyecto Aula del Futuro en España, dirigido a los docentes de centros educativos sostenidos con fondos públicos de todas las etapas educativas y con el objetivo de impulsar el aprendizaje a través de un mejor uso de la tecnología; a los efectos de constatar la importancia del uso de los recursos tecnológicos en el sistema educativo.
Por su parte, SMART TECHNOLOGIES es una compañía líder en desarrollos tecnológicos en el ámbito de la educación, comprometida con las comunidades de las que forma parte, con las que colabora en proyectos de desarrollo utilizando para ello recursos tecnológicos. En este ámbito, SMART TECHNOLOGIES quiere ayudar a promover el proyecto “Aula del Futuro”, dirigido a centros educativos de todas las etapas educativas y con el objetivo de impulsar el aprendizaje a través de un mejor uso de la tecnología; a los efectos de constatar la importancia del uso de los recursos tecnológicos en el sistema educativo.
XXXXX XXXXX-XXXXXX, XXXXXXXX
Para ello, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) y SMART TECHNOLOGIES han firmado un convenio de colaboración, al cual se pueden adherir las comunidades autónomas, para llevar a cabo un proyecto de aplicación didáctica del equipamiento tecnológico suministrado por entidades con soluciones que sean de interés para el desarrollo y puesta en práctica de distintas metodologías en el aula.
La celebración de la adhesión a este convenio tiene un gran interés educativo y, no teniendo un impacto directo o inmediato en la economía de la Región xx Xxxxxx, contribuye a una mejora de las competencias del profesorado que redundará en una mejor calidad educativa y, por ende, repercutirá en el desarrollo económico de la Región.
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Con la adhesión a este convenio se pretende impulsar el aprendizaje a través de un mejor uso de la tecnología; a los efectos de constatar la importancia del uso de los recursos tecnológicos en el sistema educativo
08/02/2024 13:00:24
En relación con la normativa aplicable, resulta de aplicación el régimen jurídico previsto en las siguientes normas:
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (artículos 47 y siguientes).
08/02/2024 12:59:09 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
- Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx (artículos 5 a 8).
- Decreto número 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx.
Asimismo, para la emisión del presente informe se ha tenido en cuenta el Texto del Convenio suscrito entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la SMART TECHNOLOGIES para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo de proyecto “Aula del futuro”.
CUARTA.- Financiación e impacto económico.
XXXXX XXXXX-XXXXXX, XXXXXXXX
De conformidad con el Informe-Memoria: “La adhesión a este convenio no comporta obligaciones económicas añadidas para la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, puesto que el Aula del Futuro de la CARM está ubicada en las instalaciones del CPR Región xx Xxxxxx, concretamente en la extensión xx Xxxxxxxxx. Por otra parte, las actividades formativas que se realicen bajo el desarrollo de este convenio serán incluidas en el Plan de formación del profesorado que anualmente
implementa el CPR Región xx Xxxxxx, sin suponer costes adicionales a los fondos asignados al CPR Región xx Xxxxxx.
08/02/2024 13:00:24
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
Respecto a los coordinadores y responsables de la gestión del “Aula del Futuro” de la Región xx Xxxxxx serán los funcionarios docentes que forman parte de la red de formación de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, es decir, del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado y del CPR Región xx Xxxxxx, asumiendo entre sus competencias las establecidas en el convenio, por lo que no se incrementa el gasto público para la coordinación y gestión del “Aula del Futuro”.
En consecuencia, la suscripción del presente convenio no conlleva gasto alguno en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
08/02/2024 12:59:09 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
Por ello, y de conformidad con el artículo 7.2 del citado Decreto 56/1996 no será necesario informe económico acerca de la existencia, en el ejercicio en curso, de crédito presupuestario adecuado y suficiente a la naturaleza económica de las obligaciones ni fiscalización de la Intervención.
QUINTA.- Carácter no contractual.
En cuanto al carácter no contractual del convenio, el informe-memoria del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado establece: “Por otra parte, el objeto del convenio no tiene carácter contractual, por su naturaleza, de ninguno de los contratos sujetos a la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Asimismo, de conformidad con el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio que aquí se informe no tiene por objeto prestaciones propias de los contratos.”
XXXXX XXXXX-XXXXXX, XXXXXXXX
En virtud de lo anterior y al existir un interés general que se persigue con la adhesión al referido convenio y no existir interés económico de las partes firmantes, se puede afirmar el carácter no contractual del convenio.
SEXTA.- Documentación.
Por lo que se refiere al texto de la adhesión al convenio, se estima que con carácter general es ajustado a Derecho, siendo reproducción del texto previsto en el anexo I del citado Convenio.
Asimismo, el expediente remitido se acompaña de documentación necesaria para la adhesión:
- Convenio SMART TECHNOLOGIES de fecha 15 xx xxxxx de 2021.
- Anexo 1. Adhesión al Convenio.
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
- Informe-memoria de la Jefa de Servicio de Innovación y Formación del Profesorado de fecha 2 de febrero de 2024.
- Propuesta de la Directora General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación a la aprobación del texto del Convenio, adhesión al mismo y elevación a Consejo de Gobierno para su autorización, de fecha 24 de enero de 2024.
- Orden aceptación de donación de material educativo de fecha 18 de enero de
08/02/2024 13:00:24
2024.
08/02/2024 12:59:09 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
- Informe de la Dirección General de Informática Educativa de fecha 26 de enero
de 2024.
SÉPTIMA.-Tramitación
En cuanto a la tramitación del presente Convenio, ésta se ajusta a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que será necesario que el convenio “se acompañe de una memoria justificativa donde se analice su necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en esta Ley”.
El Informe-Memoria de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, aborda estas cuestiones.
XXXXX XXXXX-XXXXXX, XXXXXXXX
OCTAVA.- Conforme al artículo 14.1.f de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región xx Xxxxxx, el Consejo Escolar debe ser consultado en los proyectos de convenios o acuerdos en materia educativa.
Al respecto señalar que, dicho órgano, en respuesta a una consulta planteada por la Secretaría General de esta Consejería entiende que, dada la amplitud de la expresión, se impone una interpretación de la misma en cuya virtud se considere preceptiva esta consulta cuando la incidencia educativa del proyecto de convenio o acuerdo sea particularmente relevante, pues de lo contrario la inmensa mayoría de tales
proyectos deberían someterse a dicho órgano, correspondiendo al centro directivo proponente analizar el contenido del convenio de que se trate en orden a determinar su relevancia educativa y su necesidad o no de ser informado por el Consejo Escolar.
08/02/2024 12:59:09 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
08/02/2024 13:00:24
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
En el presente expediente se considera justificado lo indicado en la citada memoria del centro gestor de fecha 2 de febrero de 2023, que indica lo siguiente: “Conforme al artículo 14.1.f de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región xx Xxxxxx, el Consejo Escolar debe ser consultado en las actuaciones encaminadas a mejorar la calidad de la enseñanza, (…), a compensar las desigualdades y deficiencias sociales e individuales así como en los proyectos de convenios o acuerdos en materia educativa. Al respecto señalar que, dicho órgano, en respuesta a una consulta planteada por la Secretaría General de esta Consejería entiende que, dada la amplitud de la expresión, se impone una interpretación de la misma en cuya virtud se considere preceptiva esta consulta cuando la incidencia educativa del proyecto de convenio o acuerdo sea particularmente relevante, pues de lo contrario la inmensa mayoría de tales proyectos deberían someterse a dicho órgano, correspondiendo al centro directivo proponente analizar el contenido del convenio de que se trate en orden a determinar su relevancia educativa y su necesidad o no de ser informado por el Consejo Escolar.
En el presente expediente, la memoria de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, a través del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado informa que el convenio que aquí se trata no supone una modificación de los elementos prescriptivos del currículum establecidos para cada una de las enseñanzas, como tampoco supone una modificación de las metodologías y procedimientos que se contemplan para la consecución de los contenidos curriculares, por lo que entiende que no es preceptivo consultar al Consejo Escolar de la Región xx Xxxxxx.”
XXXXX XXXXX-XXXXXX, XXXXXXXX
NOVENA.- Aprobación, inscripción y publicación.
Por lo que concierne a la aprobación, autorización, suscripción, inscripción y publicidad del convenio, de la distinta normativa aplicable se extrae el siguiente régimen:
Según lo preceptuado en el artículo 8.1 del Decreto 56/1996, la competencia para aprobar el convenio la tiene el Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo.
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, en concordancia con el artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx, corresponde autorizar la celebración del Convenio al Consejo de Gobierno.
08/02/2024 13:00:24
La competencia para suscribirlo corresponde al Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo de conformidad con la previsión del artículo 8.3 del Decreto 56/1996.
08/02/2024 12:59:09 XXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXXX
Tras la firma del convenio, procede también su inscripción en el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de conformidad con el artículo 10 del Decreto 56/1996, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, conforme al artículo 14 del citado decreto.
También se publicará en el Portal de la Transparencia la información exigida en relación a los convenios en los términos previstos en el artículo 17.5 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
CONCLUSIÓN: En virtud de lo expuesto, se informa favorablemente el borrador de adhesión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx al convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y SMART TECHNOLOGIES para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo de proyecto “Aula del futuro”.
XXXXX XXXXX-XXXXXX, XXXXXXXX
Es cuanto procede informar, salvo mejor criterio fundado en derecho.
LA ASESORA JURÍDICA: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx-Xxxxxx.
Vº Bº LA JEFA DEL SERVICIO JURÍDICO: M. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx.
Región xx Xxxxxx Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior
XXX XXXXXX XXXXXX XXXX, SECRETARIO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
sta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015 Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación (CSV)
CERTIFICO: Según resulta del borrador del acta de la sesión celebrada el día quince de febrero de dos mil veinticuatro, a propuesta del Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo, el Consejo de Gobierno autoriza la firma de adhesión al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y SMART TECHNOLOGIES, para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo de proyecto “Aula del Futuro”.
XXXXXX XXXX, XXXXXX
15/02/2024 12:58:31
Y para que conste y a los procedentes efectos, expido, firmo y sello la presente en Murcia a la fecha de la firma electrónica recogida al margen.