Contract
Contrato Movistar Fusión Empresas Premium Condiciones Generales de Prestación de los Servicios de Telecomunicaciones Movistar segmento empresarial
MARCO CONTRACTUAL
OBJETO: Las presentes Condiciones Generales de prestación de los servicios de telecomunicaciones Movistar Segmento Empresarial (en adelante "Contrato Movistar Empresas") conforman la regulación básica de todas las relaciones contractuales entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U. (con sede social en Xxxx Xxx 00,00000 Xxxxxx y CIF A-28/015865) y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. (con sede
social Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx x/x, Xxxxxxxx Xxx 0, 00000 Xxxxxx y CIF X-00000000), y el titular receptor de los servicios (en adelante "la EMPRESA").
A los efectos del presente documento TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. serán designadas como MOVISTAR. MOVISTAR junto con la EMRESA se denominarán, conjuntamente, como las “Partes”.
CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES: El Marco Contractual Movistar para los CLIENTES EMPRESAS está formado, básicamente, por las presente Condiciones Generales de prestación de los servicios de telecomunicaciones Movistar Segmento Empresarial, junto con las diversas Condiciones Particulares que suscriba la EMPRESA.
Las Condiciones Particulares referenciadas regulan ciertos servicios y/o productos del portfolio Movistar Empresas (FUSIÓN EMPRESAS PREMUM, FUSIÓN EMPRESAS CLOUD, FUSIÓN EMPRESAS BASICO).
Ello no obstante, en el segmento empresarial pueden existir servicios y/o productos que pueden regirse por diferentes Condiciones Específicas, cuya contratación irá incrementando el personalizado marco contractual de cada EMPRESA.
Así mismo y en función del segmento en el que se engloba la EMPRESA, la misma puede suscribir Ofertas Económicas Personalizadas que formarán parte integrante de su marco contractual.
ORDEN DE PRIORIDAD: De existir incompatibilidades o contradicciones entre las distintas Condiciones que conforman el propio y específico Marco Contractual de cada Cliente Empresa prevalecerán, en primer lugar, las Condiciones Particulares sobre las presentes Condiciones Generales. En segundo lugar prevalecerán siempre las presentes Condiciones Generales sobre las Condiciones Específicas y/o las Ofertas Económicas Personalizadas.
ACEPTACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LA ACREDITACIÓN DOCUMENTAL: La Aceptación, sin
reservas, de las presentes Condiciones Generales deviene indispensable para la prestación de cualquier servicio y/o producto del porfolio Empresa por parte de MOVISTAR.
Conjuntamente, la EMPRESA, deberá aceptar, sin reservas, tanto las Condiciones Particulares y Específicas de los diferentes servicios y/o productos que contrate, las Condiciones Económicas Personalizadas (si hubiere), así como de cuantos avisos, reglamentos de uso e instrucciones fueren puestos en su conocimiento
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por parte de MOVISTAR, con posterioridad a la aceptación de todas las condiciones. La no aceptación, dentro del plazo al efecto otorgado, conllevará la finalización de la relación contractual.
Tanto las presentes Condiciones Generales como las Condiciones Particulares y Condiciones Específicas de los diferentes servicios y/o productos que pueda suscribir una EMPRESA constan publicadas en página web de MOVISTAR.
La EMPRESA manifiesta, en tal sentido, haber leído, entendido y aceptado las diversas condiciones, puestas a su disposición, en todo momento, con carácter previo a la contratación, en la siguiente página Web: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxx.
INICIO Y FINALIZACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
INICIO: La fecha de entrada en vigor del Marco Contractual Movistar Empresas vendrá determinada por la entrada en vigor de las primeras Condiciones Particulares, Condiciones Específicas u Ofertas Económicas que contrate la EMPRESA.
Determinadas Condiciones Particulares, Condiciones Específicas u Ofertas Económicas podrán condicionar y/o sujetar la validez de la contratación bien a la previa verificación por MOVISTAR de los datos y documentos aportados por la EMPRESA, o bien a estudios de viabilidad y/o requerimientos necesarios para cada servicio, o bien a la necesaria implementación de infraestructuras dentro de la/s sede/s empresarial/es del contratante.
FINALIZACIÓN: Las presentes Condiciones Generales se mantendrán vigentes hasta la completa finalización de todos y cada uno de los Contratos Particulares, Condiciones Específicas u Ofertas Económicas suscritos por la EMPRESA que sean de aplicación.
En el supuesto de que algunas Condiciones Particulares, Condiciones Específicas u Ofertas Económicas prevean renovaciones automáticas, una vez finalizado el período de vigencia inicial, la EMPRESA seguirá disfrutando de sus mismas condiciones económicas y descuentos, sin comprometerse, a cambio de ello, a mantener permanencia alguna. En esta nueva etapa, tanto MOVISTAR como la EMPRESA, podrán optar por rescindir las Condiciones Particulares en cualquier momento, con un preaviso de 15 días, sin consecuencias ni responsabilidades para ninguna de ellas.
Así mismo ciertas Condiciones Particulares podrán establecer la regulación aplicable al proceso de retirada de equipos e infraestructuras una vez finalizada la relación contractual entre MOVISTAR y la EMPRESA, independientemente de la causa de terminación de la misma.
PRECIO, FACTURACIÓN Y PAGO
PRECIO: Como contraprestación por todos los servicios y/o productos que conforman el Marco Contractual de la EMPRESA, ésta vendrá obligada a satisfacer los precios correspondientes, que se establecen en las Condiciones Particulares, Condiciones Específicas y/o Ofertas Económicas Personalizadas que forman parte integrante del mismo.
En algunos supuestos, el precio del servicio será el establecido unilateralmente por MOVISTAR en su portfolio Empresas. En otros supuestos el precio será el acordado conjuntamente por las Partes, al suscribir las diferentes Condiciones Particulares, Condiciones Específicas y/o Ofertas Económicas Personalizadas.
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Las condiciones económicas establecidas en el Marco Contractual de la EMPRESA serán incompatibles con cualquier otra promoción, descuento o tarifa (tanto del segmento empresarial como de otros segmentos) que pudieran ser publicadas por MOVISTAR, tanto en el presente como en el futuro, salvo que en las mismas se establezca expresamente lo contrario.
A las tarifas les serán de aplicación los impuestos vigentes en cada momento.
IMPORTES: El importe correspondiente a los consumos y a los arrendamientos de equipamiento y terminales se devengarán, normalmente, con carácter vencido y su facturación se practicará mensualmente. Las excepciones a este régimen se especificarán en las Condiciones Particulares y/o en las Ofertas Económicas Personalizadas.
Con carácter general, MOVISTAR podrá adelantar la presentación al cobro de los importes devengados en los siguientes supuestos concretos:
a) Superación del límite de crédito fijado por MOVISTAR.
b) Suspensión o interrupción del servicio.
c) En casos de fraude o riesgo objetivo y acreditado de impago.
FACTURADOR: Todos los conceptos facturables en virtud del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx se incorporarán en las facturas correspondientes a la prestación por TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U y por TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. No obstante, alguna de las Condiciones Particulares podría establecer un régimen de factura única. En dicho supuesto el facturador será exclusivamente o TELEFÓNICA DE ESPAÑA,
S.A.U. o TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en las Condiciones Particulares y Específicas.
Con carácter general, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. será encargada de facturar los servicios de telecomunicaciones fijas, todas las cantidades generadas por las cuotas pendientes respecto del equipamiento contratado en régimen de alquiler, así como las correspondientes contraprestaciones asumidas por la EMPRESA a cambio de los apoyos económicos recibidos.
Con carácter general, TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. presentará al cobro los servicios de telecomunicaciones móviles, los servicios prestados en itinerancia internacional, las cantidades generadas por las cuotas pendientes respecto de los terminales móviles contratados en régimen de alquiler, así como las contraprestaciones asumidas por la EMPRESA.
MEDIOS DE FACTURACION: Salvo que las Partes hubieran acordado otro medio de pago, la domiciliación bancaria será el método de pago. La contratación del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx conlleva la aceptación por parte de la EMPRESA de recibir la correspondiente factura en formato electrónico. Esta aceptación implica extender la facturación en formato electrónico, asimismo, a todos los servicios y/o productos del portfolio Movistar Empresas que la EMPRESA haya contratado o contrate con posterioridad con MOVISTAR. Sin perjuicio de lo anterior, la EMPRESA podrá escoger, en cualquier momento, la recepción de la factura en formato papel solicitándolo a través de xxx.xxxxxxxx.xx, o mediante una llamada al Número de Atención Personal 1489. Aquellos clientes que hayan facilitado a MOVISTAR una dirección de correo electrónico en el formulario de alta de factura electrónica, recibirán un mensaje en dicha dirección con esta misma información, así como un fichero en formato pdf con una hoja resumen informativo de la factura.
PLAZO DE PAGO: La fecha en la cual la EMPRESA debe realizar el pago no podrá exceder de 30/60 días (salvo que las Condiciones Particulares, Condiciones Específicas u Ofertas Económicas establezcan expresamente otro plazo) a contar desde la fecha de la factura. Las facturas no abonadas en la fecha prevista
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por causas no imputables a MOVISTAR tendrán la consideración de deuda vencida y estarán sujetas a ejecución inmediata.
FACTURAS INDEPENDIENTES: En el supuesto de servicios prestados en itinerancia internacional la facturación se producirá a partir del momento en que TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. reciba el importe del mismo del operador extranjero, en cuyo territorio fue prestado el servicio.
En el ámbito de los servicios de tarificación adicional, la factura desglosará la parte correspondiente al servicio telecomunicación soporte de la que se refiere a los servicios de información.
TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. emitirá una sola factura por todos los servicios contratados por el cliente. No obstante, a instancia del cliente, también podrá emitir una factura independiente para los servicios de tarificación adicional, llamadas internacionales y servicios que no tengan la naturaleza de servicios de comunicaciones electrónicas
DEPÓSITOS DE GARANTÍA
MOVISTAR, recibida cualquier solicitud de alta por la EMPRESA y en cualquier momento durante de la vigencia de la relación contractual, podrá, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del marco contractual:
• Solicitar a la EMPRESA la constitución de una garantía, mediante depósito no remunerado en efectivo o aval bancario.
• Asignar a la EMPRESA un límite de crédito.
La adopción de dichas medidas tendrá lugar si concurren algunas de las siguientes causas:
• La existencia de cantidades impagadas por la EMPRESA por cualquier contrato formalizado con MOVISTAR (sea dicho contrato del segmento residencial o empresarial).
• El retraso reiterado en el pago de las facturas correspondientes a los servicios y/o productos contratados por la EMPRESA mediante la suscripción de las diversas Condiciones Particulares, Condiciones Específicas y Ofertas Económicas Personalizadas.
• La imposibilidad para MOVISTAR de comprobar que la EMPRESA tenga solvencia suficiente para atender sus obligaciones derivadas del presente contrato. Dicha comprobación se llevará a cabo con pleno respeto a la legislación vigente, mediante el acceso a ficheros automatizados en los que los datos de carácter personal se hayan obtenido de conformidad con lo señalado en el artículo 29 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre y que cumplan los requisitos establecidos en el citado artículo, así como verificar la exactitud de los datos aportados por el cliente.
• La superación del límite de crédito fijado por MOVISTAR.
La no constitución de la garantía solicitada, facultará a MOVISTAR para desestimar la solicitud de alta en el servicio de la EMPRESA, restringir las llamadas salientes, suspender y/o resolver el contrato e interrumpir definitivamente el mismo.
Si la EMPRESA con deudas pendientes solicitara la resolución del contrato o baja en el servicio MOVISTAR, el cambio de titularidad o cesión del contrato, MOVISTAR podrá ejecutar la garantía por la cantidad total adeudada quedando el remanente a disposición de la EMPRESA. En caso de impago, MOVISTAR podrá ejercitar el aval presentado por la EMPRESA o hacer suyo el importe del depósito en las cantidades impagadas incluyendo en su caso el interés de demora que corresponda y todo ello sin perjuicio del resto de acciones que se pudieran derivar por impago en virtud de lo dispuesto en el presente Xxxxx Contractual o de la legislación vigente.
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SUSPENSIÓN Y DERECHO DE DESCONEXIÓN
SUSPENSION: En el supuesto de que se haya producido un impago, MOVISTAR podrá suspender el servicio impagado desde la fecha en que tenga conocimiento de tal circunstancia. Mientras dure la suspensión, la EMPRESA podrá recibir llamadas (excepto cuando se encuentre fuera del territorio español o se trate de llamadas a cobro revertido), así como realizar llamadas al servicio de emergencia 112. MOVISTAR podrá suspender la prestación del servicio telefónico en el supuesto de existir fraude o circunstancias que objetivamente hagan presumir el uso ilícito del servicio (de conformidad con lo dispuesto en la cláusula “Uso lícito del servicio por la EMPRESA”) y en el supuesto en el que la EMPRESA haya sido declarada en concurso de acreedores. En estos supuestos quedará supeditado el restablecimiento del servicio a la aportación de las garantías solicitadas por MOVISTAR, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula “Depósitos de Garantía”.
La EMPRESA tiene derecho a solicitar y obtener de MOVISTAR la suspensión temporal del servicio por un periodo determinado que no será menor de un mes, ni superior a tres meses. El periodo de suspensión no podrá exceder, en ningún caso, de noventa días por año natural.
DERECHO DE DESCONEXIÓN: La EMPRESA tiene derecho a solicitar a MOVISTAR la desconexión de los servicios de llamadas internacionales y de llamadas y mensajes cortos a servicios de tarificación adicional, mediante una llamada al 1489 o a través de su comercial.
MOVISTAR, salvo que las Partes establecieran de mutuo acuerdo otro plazo, realizará dicha desconexión en el plazo de 10 días desde la recepción de la solicitud de la EMPRESA en este sentido. En caso de que dicha desconexión no se produjera tras esos 10 días, por causas no imputables al cliente, serán de cargo de MOVISTAR los costes derivados del servicio cuya desconexión se solicitó.
SECRETO DE LAS COMUNICACIONES E INTEGRIDAD Y SEGURIDAD DE LAS REDES Y SERVICIOS
MOVISTAR adoptará los medios técnicos necesarios disponibles en cada momento, que permitan proteger el secreto de las comunicaciones reconocido constitucionalmente, sin perjuicio de las interceptaciones legales que, en su caso, pueda ordenarse. MOVISTAR quedará exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por la EMPRESA o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general, de cuantas acciones u omisiones, no imputables y ajenas a MOVISTAR, quebranten la confidencialidad y el secreto de las comunicaciones telefónicas. MOVISTAR adoptará las medidas técnicas admitidas por la legislación vigente, a fin de mantener la integridad de las redes así como para procurar su seguridad contra cualquier acceso no autorizado.
COMPROMISOS DE CALIDAD
MOVISTAR aplicará los mejores avances técnicos y de procedimiento para asegurar en todo momento la máxima calidad en todas las comunicaciones objeto del servicio.
I.- En el caso de que se produjera una interrupción temporal del servicio, la EMPRESA tendrá derecho a una indemnización automática (siempre que la misma sea superior a 1 euro), cuya cuantía será igual a la mayor de las dos siguientes: 1) El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que haya durado la misma; en caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al periodo de consumo efectivo realizado; 2) cinco veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
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En el caso de que se produjera una interrupción temporal del servicio de acceso a Internet, de manera continua o discontinua y superior a seis horas en horario de 8 a 22, la EMPRESA tendrá derecho a una indemnización automática, cuya cuantía será la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que haya durado la interrupción.
En interrupciones por causas de fuerza mayor, MOVISTAR compensará automáticamente al abonado con la devolución del importe de la cuota de abono y otras independientes del tráfico, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
La indemnización se realizará a través de un descuento en factura. En la factura correspondiente se detallarán la fecha, duración y el cálculo de la cuantía de la indemnización que corresponda.
II.- Salvo interrupciones por causa de fuerza mayor, MOVISTAR se compromete a que el tiempo acumulado de interrupción del servicio a lo largo de un período de facturación sea inferior a 8 horas. El tiempo de interrupción del servicio se calculará como la suma de tiempos de indisponibilidad total del servicio telefónico móvil a lo largo de un período de facturación.
MOVISTAR indemnizará a la EMPRESA por un importe igual al promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo en que se haya excedido de su compromiso individual de 8 horas. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura media en las mensualidades efectuadas o la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al periodo de consumo efectivo realizado.
Las indemnizaciones contempladas en este apartado se entenderán acumulativas de las derivadas de lo dispuesto en el apartado I de la presente Condición General. La indemnización se realizará a través de un descuento en factura.
A los efectos previstos en los apartados anteriores, así como en caso de que la interrupción temporal del servicio se haya producido mientras la EMPRESA estaba en itinerancia o roaming la EMPRESA deberá dirigir su solicitud de indemnización, dentro de los diez días siguientes a la fecha de restablecimiento del servicio, mediante una llamada al Centro de Relación a la EMPRESA o mediante correo electrónico dirigido a xxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx, con indicación expresa de las interrupciones sufridas.
III.- No será de aplicación lo dispuesto en los apartados anteriores cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las siguientes causas: 1.- Incumplimiento grave por los clientes de las condiciones contractuales, en especial en caso de fraude o demora en el pago que dará lugar a la aplicación de la suspensión temporal e interrupción del servicio. 2.- Daños producidos en la red debido a la conexión por la EMPRESA de equipos terminales cuya conformidad no haya sido evaluada, de acuerdo con la normativa vigente. 3.- Incumplimiento del código de conducta por parte de un prestador de servicios de tarificación adicional, cuando la titularidad del contrato de abono corresponda a este último. 4.- Supuestos de fuerza mayor o por otras causas imputables a terceros, como las que puedan producirse en o por causa de la red de acceso. MOVISTAR no será en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta o subsidiaria. 5.- Por productos o servicios prestados u ofertados por la EMPRESA o por terceras personas o entidades por medio de los servicios que integran el Marco Contractual. 6.-Ni por ningún contenido, información, comunicación, opinión o manifestación de cualquier tipo que tengan su origen en la EMPRESA o en terceras personas o entidades y que se comuniquen, transmitan o exhiban a través de los servicios que integran el Marco Contractual. 7.- Ni por la utilización por terceros y/o la ejecución voluntaria o involuntaria por la EMPRESA de programas informáticos existentes en Servicios de Datos que provoquen un cambio de configuración del acceso telefónico a redes propias del servicio provocando la conexión temporal o permanente a través de números distintos a los indicados por MOVISTAR, como pudieran ser números de inteligencia de red internacionales y/o de móviles, que implican un coste a pagar por la EMPRESA a su operador de telefonía. MOVISTAR responderá única y exclusivamente del servicio que preste por sí misma y de los contenidos directamente originados por MOVISTAR y que, en su caso, estén identificados con su copyright. Dicha responsabilidad quedará excluida en los casos en que concurran causas de fuerza mayor, falta de adecuación de la configuración de los equipos de la EMPRESA para permitir el correcto funcionamiento y/o uso del servicio, así como cualesquiera otras causas que escapen al control de MOVISTAR. En ningún caso MOVISTAR vendrá obligada a la reparación de terminales, aparatos telefónicos o de otro tipo o cualesquiera equipos informáticos, que en todo caso deberán contar con sus correspondientes certificados de homologación.
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CONFIDENCIALIDAD
GENERAL: Se considera información confidencial, a efectos del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx, toda la información entregada, enviada, recibida o intercambiada, salvo que sea expresamente autorizada para su divulgación por escrito por la parte suministradora.
Sin perjuicio de lo anterior, a cada parte se le deberá permitir revelar los aspectos relevantes de la información confidencial de la otra parte a sus empleados, así como a los empleados de sus subcontratados y filiales corporativas, en la medida en que sea necesaria dicha revelación para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx, siempre que dicha parte tome todas las medidas razonables para garantizar la no revelación o duplicación de la información confidencial de la otra parte.
Las obligaciones del presente Xxxxx Contractual no deberán restringir ninguna revelación por cualquiera de las partes, conforme a cualquier ley aplicable o por mandato de cualquier tribunal u organismo gubernamental (siempre que la parte suministradora notifique a la otra parte de manera que resulte razonable en estas circunstancias), ni se aplicarán a la información que desarrollara independientemente la otra parte sin referirse a la información confidencial de la parte suministradora, a la que llegue a formar parte del dominio público (por vía distinta a la revelación no autorizada), a la que sea revelada por el propietario de dicha información a un tercero libre de cualquier obligación de confidencialidad, o a la que llegue a conocer o poseer cualquiera de las partes libre de cualquier obligación de confidencialidad.
Las partes se comprometen a utilizar la información confidencial exclusivamente en el ámbito de la prestación de los servicios y/o productos contratados y con la única finalidad de cumplirlos según lo pactado, respondiendo, en consecuencia, de los perjuicios que del incumplimiento de todo lo anterior puedan derivarse para la parte suministradora.
Independientemente de que las partes ejerciten sus derechos, en caso de pérdida o divulgación de información confidencial por parte de personal propio o subcontratado la parte receptora notificará, tan pronto sea conocedora de éste hecho, a la otra parte suministradora, informándola de todos los detalles que obren en su poder y dedicará todos los esfuerzos posibles para evitar la reproducción de un hecho de estas características.
La obligación de confidencialidad resultará exigible aún después de la terminación, por cualquier causa, de la vigencia del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx. A la finalización de la vigencia del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx, cada parte se compromete a borrar y destruir de sus instalaciones toda la información perteneciente o proporcionada por la otra parte y a no divulgarla por sí o por terceros. Asimismo, cada parte tendrá el derecho de efectuar in situ la comprobación de que las acciones anteriores han sido realizadas por la otra parte.
GUARDA Y CUSTODIA DE CLAVES DE ACCESO: A efectos de la prestación de algunos de los servicios y/o productos que integran el Marco Contractual, MOVISTAR podrá exigir a la EMPRESA el empleo de un Código EMPRESA (login) y/o una contraseña (password), así como cualquier otro sistema de cifrado o de identificación de la EMPRESA. La EMPRESA tiene el deber de guarda y custodia de las mencionadas claves o contraseñas, por lo que deberá mantenerlas en la más estricta y absoluta confidencialidad. En consecuencia la EMPRESA será el único y exclusivo responsable por los daños, gastos por uso del Servicio por terceros y consecuencias que pudieran derivarse de la pérdida, robo, revelación a terceros, o quebrantamiento de las obligaciones de guarda y custodia asumidas por la EMPRESA.
PROTECCIÓN DE DATOS
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TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U., en su condición de
operadores de comunicaciones electrónicas, manifiestan que, en relación a los datos de tráfico derivados de la prestación de los servicios objeto de este Marco Contractual se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa de protección de datos, recogidas en la legislación española de protección de datos Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD) y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 (en adelante RLOPD) así como en la Ley 9/2014, General de Telecomunicaciones y en el Reglamento de servicio universal aprobado por Real Decreto 424/2005, de 15 xx Xxxxx .
En lo que se refiere a las medidas de seguridad para datos de tráfico, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U., tienen implementadas las medidas de nivel MEDIO previstas en el artículo 9 de la LOPD así como en los artículos 89 al 100, ambos inclusive, y en el artículo 103, todos del RLOPD, con respecto de los ficheros automatizados.
En el hipotético caso de que para la prestación de los servicios objeto del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx necesitase acceder a datos personales distintos a los de tráfico, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. actuarán como encargados de tratamiento y en dicha condición asumirían las siguientes obligaciones:
(a) Sobre el deber xx xxxxxxx (Artículo 10 LOPD)
a.i. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U declaran expresamente que conoce su obligación de cumplir el deber xx xxxxxxx establecido por el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
En este sentido, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U
y el personal encargado de la realización de las tareas, guardarían la máxima confidencialidad y secreto profesional sobre todos las informaciones, documentos y asuntos sobre datos de carácter personal de los que es titular y responsable la EMPRESA o los distintos Registros, y a los que pudiera tener acceso o conocimiento, obligaciones que se extienden a cualquier fase del tratamiento.
a.ii. La obligación de confidencialidad y secreto profesional subsistirá de modo indefinido aún después de terminar sus relaciones con la EMPRESA.
El referido deber de confidencialidad y secreto profesional dejará de tener consideración de obligación desde el momento en que la EMPRESA, titular y responsable de los datos, así lo declare expresamente y por escrito a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U.
(b) Sobre el acceso a los datos por cuenta de terceros (Artículo 12 LOPD):
b.i. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. como encargados del tratamiento, únicamente tratarían los datos conforme a las instrucciones de la EMPRESA, como responsables del tratamiento, en los términos del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx y que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en el acuerdo, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
En el caso de que TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA,
S.A.U. destinasen los datos a otra finalidad distinta de la permitida en el Marco Contractual, los comunicasen o utilizasen incumpliendo las estipulaciones del acuerdo, serían consideradas responsable del tratamiento, a los efectos legales, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
b.ii. La EMPRESA únicamente permitirá el acceso a datos de carácter personal a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. de forma controlada y cuando sea necesario para la ejecución del objeto del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx.
b.iii. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. se obligan a acceder únicamente a aquellos datos de carácter personal de los que es titular y responsable la EMPRESA o los distintos Registros, cuando dicho acceso sea necesario para la prestación de los servicios objeto del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx.
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b.iv. La documentación, soportes y datos de carácter personal, de los que es titular o responsable la EMPRESA o los distintos Registros, se entregarían a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. o al personal de la misma en el caso de que fuese necesario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este Marco Contractual, quedando prohibido, para TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA,
S.A.U. y para el personal encargado de su realización, su reproducción por cualquier medio y la cesión, comunicación, publicación o divulgación total o parcial a cualquier persona física o jurídica, ni siquiera para su conservación. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
b.v. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. podrán revelar la Información a sus empleados que necesiten conocerla. También podrá revelar la Información a cualquier otra parte, con el previo consentimiento escrito de la EMPRESA.
x.xx. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. podrán revelar la Información en la medida que lo requiera la Ley, pero deberá notificar en el acto a la EMPRESA para que éste tenga oportunidad razonable de obtener una orden de salvaguarda de la información.
b.vii. Una vez cumplida la prestación contractual TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U se obligan a devolver a la EMPRESA tanto los datos de carácter personal de los que sean titular y responsable la EMPRESA o los distintos Registros, a los que haya accedido para la prestación de sus servicios, como los soportes o documentos en los que figuren registrados o consten dichos datos de carácter personal, no conservando en su poder copia alguna de los mismos. De ese modo garantiza plenamente la devolución de aquellos datos necesarios y la destrucción de aquellos que no resulten necesarios a juicio de la EMPRESA.
b.viii. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. declaran expresamente conocer y quedar obligado al cumplimiento de las normas y condiciones del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx, así como de la legislación vigente en relación a la protección de datos de carácter personal.
b.ix. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. se comprometen a comunicar y a hacer cumplir todas las obligaciones previstas en el presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx a todo el personal a su cargo y colaboradores, internos o externos, que se dediquen al cumplimiento del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx, incluso después de terminada la relación laboral o contractual.
b.x. Cuando TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. subcontraten con terceras empresas la prestación de los servicios objeto del presente Marco Contractual, previo consentimiento escrito de la EMPRESA, y ello implique acceso a datos de carácter personal de los que sea titular o responsable la EMPRESA, informará a la empresa subcontratada de las condiciones de privacidad y protección de datos del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx, estando la anterior también obligada al cumplimiento de las exigencias en el tratamiento de datos establecidas en este acuerdo así como la legislación vigente relativa a la protección de datos de carácter personal.
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Todos los contenidos (incluidos imágenes, fotografías, dibujos, logotipos, sonidos, músicas o cualquiera otra forma de comunicación) accesibles a través de los servicios y/o productos están sujetos a derechos de propiedad intelectual e industrial de la propia MOVISTAR o de terceros titulares de los mismos. En ningún caso la prestación de dichos servicios por MOVISTAR implica ningún tipo de renuncia, transmisión o cesión total ni parcial de dichos derechos, en concreto el acceso por la EMPRESA a dichos contenidos a través de los servicios y/o productos contratados no confiere a la EMPRESA ningún derecho de utilización, transformación, explotación, reproducción, distribución, comunicación pública o fijación sobre dichos contenidos sin la previa, escrita y expresa autorización específicamente otorgada a tal efecto por parte de MOVISTAR y/o del tercero titular de los derechos afectados, a salvo del derecho de la EMPRESA de visualizar y obtener una copia privada de seguridad en su equipo informático de tales contenidos siempre que dicho derecho se ejercite según los principios de la buena fe, y que en todo caso se mantenga inalterado en la eventual copia privada de seguridad el copyright y demás datos identificados de los derechos de MOVISTAR o terceros titulares de los mismos sobre tales contenidos.
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Asimismo, la EMPRESA declara y garantiza que, en relación con los contenidos que transmita a través del Servicio o integre en la página web, buscadores, y/o ficheros, será de su exclusiva responsabilidad la obtención de cuantas autorizaciones y licencias sean necesarias para la legítima integración de tales contenidos, con respeto a los derechos de propiedad que terceras personas o empresas puedan ostentar sobre tales contenidos.
Por tanto, la EMPRESA se compromete a asumir de forma inmediata y automática cualquier reclamación dirigida contra MOVISTAR o cualquier entidad del Grupo Telefónica, por tal concepto, asumiendo cuantos costes, gastos e indemnizaciones se deriven contra MOVISTAR con motivo de tal reclamación.
RESPONSABILIDADES
RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA: USO CORRECTO DEL SERVICIO. La EMPRESA se
compromete a utilizar los diferentes servicios que integran el Marco Contractual de conformidad con la ley, la moral, las buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público, así como a abstenerse de utilizar los servicio con fines o efectos ilícitos, prohibidos en la presentes Condiciones Generales, en las Condiciones Particulares y Específicas, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar los servicios, los equipos informáticos de otros clientes o de otros usuarios de Internet (hardware y software) así como los documentos, archivos y toda clase de contenidos almacenados en sus equipos informáticos (hacking), o impedir la normal utilización o disfrute de dichos Servicios, equipos informáticos y documentos, archivos y contenidos por parte de los demás clientes y de otros usuarios.
En concreto, la EMPRESA se compromete a abstenerse de:
(i) realizar actos de ingeniería inversa, descompilar, desensamblar, reproducir, alterar o transformar el Programa o alguna de sus partes o componentes, así como de crear programas derivados del Programa, salvo en la forma y con los efectos previstos en las diferentes Condiciones que conforman el Marco Contractual.
(ii) realizar más de una única copia de seguridad del Programa, enviar copias del Programa a terceros o poner el Programa a disposición de terceros por cualquier medio.
(iii) utilizar el Programa de cualquier manera o para cualquier finalidad que difiera de la establecida en esta cláusula.
(iv) Desarrollar actividad alguna que vulnere derechos de terceros, en particular a través del uso, comunicación o puesta a disposición pública, reproducción, distribución o modificación de comunicaciones o materiales que vulneren derechos pertenecientes a terceros de propiedad intelectual, derechos de propiedad industrial u otros derechos;
La EMPRESA será responsable del uso incorrecto de los servicios suscritos dentro del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx.
RESPONSABILIDAD DE MOVISTAR: MOVISTAR aplicará los mejores avances técnicos y de procedimiento para asegurar en todo momento la máxima calidad en todas las comunicaciones objeto del Marco Contractual A pesar de lo anterior y en caso de interrupciones en la prestación del servicio, la EMPRESA tendrá derecho a las indemnizaciones correspondientes.
Sin perjuicio de lo anterior y durante la vigencia de la relación contractual y en relación con las restantes acciones indemnizatorias, MOVISTAR responderá, exclusivamente del resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados, en función de las siguientes reglas:
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i) No cubrirá daños indirectos o lucros cesantes, pérdidas de datos, pérdidas de beneficios o de negocio de la EMPRESA.
ii) Alcanzará hasta una suma máxima equivalente al precio a pagar por la EMPRESA por el servicio o los servicios afectados por el plazo de UN (1) MES.
FUERZA MAYOR: Ninguna de las Partes será responsable del incumplimiento de las obligaciones del Marco Contractual cuando el cumplimiento de las mismas se retrase o se hiciese imposible como consecuencia de Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
Serán considerados supuestos de Caso Fortuito o Fuerza Mayor todos aquellos sucesos o circunstancias que acaezcan fuera del control de las Partes, así como cualesquiera otras contingencias que fueran imprevisibles o, que previstas, fueran inevitables y que afecten directamente a la ejecución del Xxxxx Contractual.
RESOLUCIÓN
CAUSAS DE RESOLUCIÓN: El presente Xxxxx Contractual se extinguirá, con la consiguiente interrupción definitiva del servicio, por transcurso del Período de Vigencia establecido en las Condiciones Particulares y Condiciones Específicas.
Así mismo, la presente relación contractual podrá resolverse, con anterioridad a la expiración del Período de Vigencia (o de la prórroga en curso) si se verifica, entre otras, cualquiera de las circunstancias previstas en los apartados siguientes:
- Mutuo acuerdo: Las partes podrán, en cualquier momento, parcial o totalmente, resolver el Marco Contractual de mutuo acuerdo reflejándolo por escrito y de conformidad con el procedimiento estipulado en la presente cláusula.
- Unilateral por parte de MOVISTAR. MOVISTAR puede resolver unilateralmente la relación contractual presente en el caso de impago reiterado por parte de la EMPRESA de las cantidades adeudadas en concepto de uso de los servicios y/o las contraprestaciones asumidas por la misma. En este caso, además de proceder a la desactivación de todos los servicios y/o productos contratados, se exigirán a la EMPRESA los mismos pagos previstos para el supuesto de resolución “unilateral” por parte de la EMPRESA.
- Unilateral por parte de MOVISTAR en caso de que finalice o resuelva el título habilitante de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y/o de TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. para la prestación del servicios de telecomunicaciones o a la pérdida del mismo sin que medie dolo o negligencia por su parte, así como por cese en las actividades propias del objeto social.
- Unilateral por MOVISTAR en el caso de que transcurrido 30 días desde el requerimiento de MOVISTAR a la EMPRESA para la presentación de la garantía, ésta no sea constituida.
- Por incumplimiento de cualquiera de las partes de las obligaciones descritas en el presente contrato. Especialmente por grave incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente relación contractual, así como por una utilización del servicio contraria a la buena fe o a las prácticas comúnmente aceptadas como de correcta utilización en los servicios de telefonía móvil; por retraso en el pago del servicio por un periodo superior a tres meses o la suspensión temporal, en dos ocasiones, del contrato por demora en el pago y por uso ilícito o indebido del servicio que conlleve la utilización
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de la condición de la EMPRESA para llevar a cabo una actividad empresarial, profesional o económica cuyo objeto sea la cesión o reventa del servicio MOVISTAR y/o el re-encaminamiento de llamadas o de tráfico hacia terceros.
- Unilateral por parte de la EMPRESA sin causa.
En estos dos últimos casos, en que la EMPRESA decida rescindir unilateralmente la relación contractual solicitando su baja total fuera de los plazos establecidos en el Marco Contractual o la relación fuera resuelta anticipadamente por incumplimiento de la EMPRESA de las obligaciones descritas en el presente acuerdo, la EMPRESA deberá hacer frente a los siguientes pagos:
o Deuda pendiente por uso de los servicios y/o contraprestaciones asumidas no satisfechas.
o Las cantidades derivadas del incumplimiento de compromiso de permanencia.
El incumplimiento grave y reiterado por una de las partes de cualquiera de las obligaciones recogidas en el Marco Contractual, facultará a la otra para la resolución del mismo en los términos recogidos en las presentes Condiciones Generales o en las Condiciones Particulares, Condiciones Específicas u Ofertas Económicas y, en su defecto, dicha resolución será efectiva transcurridos 30 días desde que la parte que haya incumplido haya sido requerida fehacientemente por la parte que cumplió para subsanar dicho incumplimiento sin que la subsanación haya tenido lugar, sin perjuicio del derecho de la otra parte a la correspondiente indemnización de daños y perjuicios así como de la aplicación de las penalizaciones contempladas en las Condiciones Particulares, Específicas y la Oferta Económica Personalizada.
Salvo en casos de suspensión temporal o interrupción definitiva del Servicio por impagos o suspensión temporal a petición de la EMPRESA, instada por la misma, la resolución por incumplimiento contractual, la eficacia de este requerimiento será inmediata, absteniéndose las partes de reclamarse las obligaciones recíprocas derivadas del Contrato que se generen con posterioridad a la fecha del requerimiento, en tanto no se resuelva la reclamación por incumplimiento que debe formular la EMPRESA.
PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN: Para la solicitud de cualquier resolución del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx la EMPRESA deberá seguir el proceso descrito a continuación:
1.-Envío de petición por escrito a su comercial
2.-En dicha petición deberá indicar claramente: Razón social, NIF, fotocopia del DNI del firmante del contrato y representante legal de la EMPRESA, denominación comercial del servicio y/o producto que desee dar de baja y dirección completa de la sede donde se ubica el servicio a cancelar. Para cancelación de servicios de Voz deberá incluir además la relación completa de numeración asociada. 3.-Una vez hayan sido validados los datos administrativos de la EMPRESA y se haya identificado de manera unívoca el servicio y/o producto indicado en la solicitud, MOVISTAR enviará a la EMPRESA la confirmación de su solicitud de baja. En dicha solicitud se incluirán además de sus datos administrativos, la fecha efectiva de baja y el número de referencia o código interno asociado.
4.-En caso de no estar conforme con el contenido de la solicitud de baja, la EMPRESA dispondrá de tres días laborales para hacernos llegar su disconformidad, transcurrido el cuál sin respuesta por su parte, entenderemos su aceptación.
MOVISTAR considerará como fecha efectiva de inicio para la tramitación de la cancelación de los servicios el momento en el que disponga de toda la información identificada de manera unívoca, necesaria para iniciar dicho trámite.
COMUNICACIONES ENTRE PARTES
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INFORMACIÓN A LA EMPRESA: La EMPRESA podrá recibir información sobre el servicio y los productos, y sobre cualquier incidencia que le afecte a través del número de teléfono 1489 o a través de su comercial.
MOVISTAR facilitará a la EMPRESA el acceso al servicio de emergencia 112, poniendo a disposición de las autoridades receptores de estas llamadas, la información relativa a la ubicación de su procedencia.
A efectos de la prestación de los servicios y/o productos del presente Marco Contractual, MOVISTAR enviará determinadas comunicaciones a los usuarios finales de la EMPRESA.
NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones y comunicaciones, entre las partes, que hayan de efectuarse en virtud del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx se enviarán a la dirección postal o electrónica, que a estos efectos las Partes señalen en las Condiciones Particulares y/o Específicas.
MODIFICACIÓN CONTRACTUAL Y REGULATORIA
La EMPRESA se compromete a comunicar a MOVISTAR cualquier cambio en los datos del contrato, especialmente los cambios en los datos correspondientes al domicilio de facturación y de la cuenta bancaria de domiciliación de los pagos.
MOVISTAR podrá modificar tanto las presentes Condiciones Generales, como las Particulares y Específicas, entre otros, por los siguientes motivos: variaciones de las características técnicas de los equipos o las redes, cambios tecnológicos que afecten al servicio, variaciones de las condiciones económicas existentes en el momento de la contratación del servicio y evolución xxx xxxxxxx, comunicándoselo a la EMPRESA con un mes de antelación a la fecha en que la modificación vaya a ser efectiva.
En el supuesto de que alguna obligación prevista en el presente Marco Contractual sea de imposible cumplimiento, o en el supuesto de cualquier derecho reconocido en la relación contractual, no pueda ser ejercitado –total o parcialmente-, todo ello motivado por una resolución administrativa o judicial de la que fuera destinataria MOVISTAR, las partes se comprometen a negociar y formalizar una novación contractual subsanando dicha situación sobrevenida y manteniendo el equilibrio en las prestaciones recíprocas existente en la fecha de la entrada en vigor del presente Contrato. Dicha novación, en su caso, se plasmará mediante acuerdo por escrito de las partes, en el plazo de quince (15) días, a contar desde la fecha de comunicación por MOVISTAR a la EMPRESA de la propuesta de novación. De no firmarse la novación en el plazo indicado, la presente relación contractual vigente entre las partes se entenderá resuelta a todos los efectos.
CESIÓN DEL CONTRATO
Los servicios y/o productos objeto del presente Marco Contractual tienen carácter personal. La EMPRESA podrá ceder este contrato con el consentimiento previo y expreso de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. Por su parte, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. y
TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. podrán, previo cumplimiento de todos los requisitos contemplados en la normativa vigente, así como previa comunicación a la EMPRESA, ceder la titularidad de los servicio sin necesidad de recabar consentimiento expreso del cliente, sin perjuicio del derecho de ésta a resolver el contrato en cualquier momento.
GENERALES
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JURISDICIÓN, LEGISLACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLES: Cualquier disputa que surja referente a la interpretación o ejecución del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx deberá tratar de resolverse, en primera instancia, de mutuo acuerdo entre las partes.
De no obtenerse dicho consenso, y salvo acuerdo distinto entre las Partes, los contratantes renuncian expresamente a cualquier fuero propio que, de acuerdo con las normas vigentes, les pudiera corresponder para conocer de las cuestiones litigiosas que surgieran sobre el mismo, quedando sometidas a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.
En lo no consignado en este Marco Contractual se estará a lo que indique la Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones y su normativa de desarrollo o que la complementa y sustituya.
INVALIDEZ: Cuando por disposición judicial o de cualquier otra naturaleza, alguna de las Cláusulas del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx resultase inválida o ineficaz, tal ineficacia o invalidez no afectará a la validez y efectividad de las restantes Cláusulas del mismo, las cuales se mantendrán en vigor y podrán ser ejercitadas ante cualquier jurisdicción.
Las Partes acuerdan sustituir cualquier Cláusula que deviniese inválida o Ineficaz por otra válida de efecto lo más similar posible.
RENUNCIA: La renuncia expresa o presunta de una de las Partes, en un momento determinado de alguno de los derechos previstos en esta relación contractual, no supondrá renuncia al ejercicio de ese mismo derecho en otro momento o al ejercicio de cualquier otro de los derechos previstos en el presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx, a menos que este sea realizado por escrito y firmado debidamente por el representante de la Parte renunciante. El no ejercicio por una de las Partes de ninguna acción frente a la violación o incumplimiento del presente Xxxxx Xxxxxxxxxxx por la otra no implicará, en ningún caso, renuncia al ejercicio de dicha acción ni a cualquier otra que pudiera corresponder de conformidad con las Cláusulas de las presentes Condiciones Generales.
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