Políticas y Procedimientos para Afiliados Independientes
Políticas y Procedimientos para Afiliados Independientes
1. Las presentes Políticas y Procedimientos, con su contenido actual y las modificaciones realizadas por Global Domains International, Inc. (en adelante “GDI” o la “Empresa”), se incorporan al Contrato de Afiliación de GDI y pasan a formar parte integral de éste. En estas Políticas, la utilización del término
“Contrato” hace referencia, en forma conjunta, a la Solicitud y Términos de Acuerdo y Condiciones para Afiliados Independientes, a las presentes Políticas y Procedimientos, al Plan de Compensación de GDI y a la Solicitud de GDI para Personas Jurídicas (si corresponde). Estos documentos se incorporan por referencia al Contrato de Afiliación de GDI (con su contenido actual y las modificaciones realizadas por GDI). Es responsabilidad de cada Afiliado leer, comprender, aceptar y asegurar que conoce la versión más actual de estas Políticas y Procedimientos y que opera conforme a las mismas.
2. El Contrato constituye el contrato completo entre GDI y el Afiliado. No tendrán validez aquellas obligaciones, declaraciones, ofertas y otras comunicaciones que no se encuentren expresamente establecidas en el Contrato.
3. GDI es una empresa de venta directa que comercializa y distribuye a los consumidores: servicios de registro de dominios internacionales .WS, servicios y productos relacionados con Internet, y otros productos, mediante sus Afiliados Independientes. Las políticas y procedimientos que se establecen en el presente se aplican a todos los Afiliados Independientes de GDI (en adelante los “Afiliados”). Se requiere que los Afiliados de GDI cumplan con todos los términos y condiciones estipulados en el Contrato, el cual podrá ser modificado oportunamente por GDI, a su juicio, y con todas las leyes federales, estaduales, territoriales y locales que rijan su empresa GDI y su conducta.
4. Se considera Afiliado a todos aquellos que han completado una solicitud de GDI y un Contrato de Afiliación y que fueron aceptados por GDI como tales. GDI se reserva el derecho de aceptar o revocar a cualquier persona como Afiliado.
5. Para ser un Afiliado GDI, todos los solicitantes deben:
a. Ser mayores de edad en el estado o país de residencia;
b. Tener un número válido de Seguro Social o de Identificación Impositiva (sólo para residentes de los Estados Unidos); y,
c. Presentar a GDI la Solicitud y Contrato de Afiliación, debidamente completados.
6. GDI se reserva el derecho de revocar cualquier solicitud de nuevos Afiliados o de renovación de Afiliación.
7. Una vez que GDI acepta la Solicitud y Contrato de Afiliación, el nuevo Afiliado gozará de los beneficios del Plan de Compensación y el Contrato de Afiliación. Estos beneficios incluyen el derecho a:
a. Adquirir productos y servicios GDI a precios de Afiliados;
b. Comercializar y promocionar la venta de productos y servicios GDI y obtener ganancias de estas ventas;
c. Participar del Plan de Compensación de GDI (recibir bonificaciones y comisiones, si corresponde);
d. Patrocinar a otros individuos como Afiliados para la empresa GDI y, por consiguiente, armar una Organización de Ventas y progresar en el Plan de Compensación de GDI;
e. Recibir notificaciones y material escrito de GDI en forma periódica;
f. Participar de las funciones de apoyo, servicio, capacitación, motivación y reconocimiento, patrocinadas por GDI, mediante el pago de las cargas adecuadas, si corresponde; y
g. Participar en concursos y programas promociónales y de incentivo patrocinados por GDI para sus Afiliados.
8. La duración del Contrato es de un mes, a partir de la fecha de aceptación por parte de GDI, y se renovará automáticamente por períodos consecutivos de un mes, a menos que fuera revocado de la forma indicada en el presente. Comprendo que cualquiera de las partes puede optar por no renovar el Contrato, mediante notificación a la otra parte al menos cinco (5) días antes de la fecha de renovación mensual. Si elijo no renovar el Contrato, entiendo que por razones de autenticación debo presentar mi solicitud de rescisión formal a través de mi cuenta utilizando el formulario de solicitud de soporte por lo menos cinco (5) días anteriores a la fecha de renovación mensual. Cuentas no pagadas serán sujetas a un cobro de colección de US$50,00 mínimo.
9. Condición de Contratista Independiente. Los Afiliados son contratistas independientes y no compradores de franquicias u oportunidades de negocios. El Contrato entre GDI y sus Afiliados no genera relación de dependencia, mandato, sociedad o “joint venture” entre las partes. NO SE TRATARÁ AL AFILIADO COMO UN EMPLEADO POR SUS SERVICIOS O A LOS FINES DE IMPUESTOS FEDERALES O ESTADUALES. Es responsabilidad de los Afiliados abonar los impuestos locales, estaduales o federales que correspondas respecto de las compensaciones recibidas en su calidad de Afiliado. GDI no será responsable por las retenciones, y no retendrá o deducirá de las bonificaciones y comisiones de ningún Afiliado, si existieran, aportes para el seguro social ni ningún otro tipo de impuestos, a menos que la ley lo requiera en el futuro. Cada Afiliado deberá mantener indemne a GDI por cualquier reclamo, daño u obligación que derive de las prácticas de negocios de los Afiliados. Los Afiliados no tienen la facultad (expresa o implícita) de vincular a GDI con cualquier obligación. Los Afiliados no están autorizados a incurrir en ninguna deuda, gasto, obligación para GDI o en su nombre; ni están autorizados a abrir cuentas bancarias en nombre o representación de GDI. Cada Afiliado acuerda controlar la forma y el método con el cual operará su negocio GDI, y deberá establecer sus propios objetivos, horarios, y determinar sus propias estrategias de venta, siempre y cuando cumpla con las presentes Políticas y Procedimientos y con la ley aplicable. Cada Afiliado es personalmente responsable por el pago de todos los gastos en que hubiera incurrido incluyendo, sin limitaciones, gastos de viajes, alimento, hospedaje, gastos secretariales y de oficina, llamadas de larga distancia, y otros.
10. Indemnización. El Afiliado, como contratista independiente, es totalmente responsable por todas las declaraciones, orales o escritas, que hubiera realizado en relación con productos, servicios, Plan de Compensación, y programa de comercialización de GDI, que no estén incluidos en forma expresa por escrito en el Contrato de Afiliación actual, y con publicidad o material promocional proveído directamente por GDI. El Afiliado acuerda mantener indemne y eximir de responsabilidad a GDI respecto de cualquier obligación incluyendo sentencias, sanciones civiles, reembolsos, honorarios legales, costas judiciales, o costos por lucro cesante en los que GDI hubiera incurrido como resultado de declaraciones no autorizadas de parte de algún Afiliado.
11. Los Afiliados deben aceptar los términos y condiciones del Plan de Comercialización de GDI en la forma estipulada en las notificaciones oficiales de GDI. Los Afiliados no deberán ofrecer la oportunidad GDI por medio de, o en combinación con, cualquier sistema, programa o método de comercialización distinto al que se encuentra expresamente establecido en la notificación oficial de GDI. Los Afiliados no requerirán a otros clientes o Afiliados, actuales o futuros, que participen en GDI de una forma diferente a la establecida en la notificación oficial de GDI, ni los animarán en forma alguna para que lo hagan. Los Afiliados no requerirán a otros Afiliados, actuales o futuros, que firmen contratos o acuerdos distintos a los contratos y acuerdos oficiales de GDI para convertirse en Afiliados de GDI, ni los animarán en forma
alguna para que lo hagan. De la misma forma, los Afiliados no requerirán a otros Afiliados, actuales o futuros, que realicen compras o efectúen pagos a individuos u otras entidades para participar en el Plan de Compensación de GDI, excepto por las compras o pagos que se recomiendan o exigen en las notificaciones oficiales de GDI, ni los animarán en forma alguna para que lo hagan.
12. Cualquier Afiliado que auspicie a otros Afiliados debe cumplir con la obligación de realizar una función de supervisión de buena fe en la capacitación de los patrocinados. Los Afiliados deben tener contacto, comunicación y supervisión administrativa constante con sus organizaciones de ventas. Algunos ejemplos de esa supervisión pueden incluir, sin limitaciones: boletines, correspondencia escrita, reuniones personales, contacto telefónico, correo de voz, correo electrónico, sesiones de capacitación, y acompañamiento de dichos individuos a la capacitación de GDI. Los Afiliados deberán poder proveer evidencia a GDI semestralmente del cumplimiento de las obligaciones de patrocinador.
13. El programa de ventas y comercialización de GDI está basado en ventas minoristas a consumidores finales. Los Afiliados acuerdan que no podrán comprar productos o servicios del Sitio web con el único fin de calificar para el pago de bonificaciones o comisiones, y asimismo acuerdan no animar a otros para hacerlo.
14. Todos los Afiliados son responsables por el pago de los impuestos locales, estaduales, y federales que correspondan por las comisiones o cualquier otra ganancia generada como vendedor de los productos y servicios GDI. Si un negocio GDI está libre de impuestos, debe proporcionarse a GDI el número de identificación impositiva. GDI presentará anualmente un Formulario de estados de resultados 1099 MISC de la Dirección de Impuestos (IRS) (Compensaciones para no empleados) a cada residente de los Estados Unidos que hayan acumulado ganancias mayores a US$ 600 el año calendario anterior.
15. Publicidad
a. En la operación de su negocio, el Afiliado debe salvaguardar y promover la reputación de GDI, sus productos y servicios. La comercialización y promoción de GDI, la oportunidad de GDI, el Plan de Compensación de GDI, y los productos y servicios de GDI deben ser consecuentes con el interés público, y deben evitar conductas y prácticas descorteses, engañosas, falsas, poco éticas o inmorales.
b. Los Afiliados de GDI no harán publicidad de productos, servicios, y/o planes de comercialización de GDI, excepto en la forma expresamente aprobada de GDI. Los Afiliados de GDI acuerdan no realizar declaraciones falsas o fraudulentas sobre GDI, sus productos o servicios, el Plan de Compensación, o potencial de ingresos.
c. El Afiliado acuerda no publicitar los productos y servicios de GDI de otra forma que no sea mediante el uso de material publicitario o promocional puesto a su disposición por GDI. El Afiliado acuerda no utilizar ningún material escrito, impreso, grabado o de cualquier otro tipo para la publicidad, promoción o descripción de los productos o servicios o el programa de comercialización de GDI, o de cualquier otra forma, ningún material que no haya sido protegido por los derechos de autor y proporcionado por GDI, a menos que dicho material haya sido presentado ante GDI y aprobado por escrito por GDI antes de ser distribuido, publicado o exhibido.
d. Todos los textos publicitarios, correos directos, radio, TV, periódicos y exhibidores que promuevan a GDI, sus productos o servicios o la oportunidad GDI producidos por Afiliados, deberán ser aprobados por escrito por GDI, antes de ser distribuidos, publicados o exhibidos, excepto aquellos “avisos ciegos” en los cuales no se hace referencia a GDI, sus productos, servicios u oportunidad.
16. Marcas Registradas, Nombre Comerciales, y Derechos de Propiedad Intelectual
a. Los nombres Global Domains International, XxxXxxx.xx, y otros nombres que puedan ser posteriormente adoptados por GDI son nombres comerciales y marcas patentados por GDI. Por este motivo son de gran valor para GDI, quien se las provee a los Afiliados para uso exclusivo de estos, en la forma expresamente autorizada.
b. Salvo por lo estipulado en estas Políticas y Procedimientos, GDI no permitirá el uso de estos derechos de propiedad intelectual, diseños, logotipos, nombres comerciales, marcas registradas, etc. sin autorización previa por escrito.
c. Está prohibido el uso de los nombres Global Domains International o XxxXxxx.xx en cualquier elemento no producido por la Empresa, excepto de la forma detallada a continuación:
Nombre del Afiliado
Afiliado Independiente de Global Domains International
d. Todos los Afiliados pueden figurar en el directorio telefónico, tanto en la sección de teléfonos particulares como en la sección comercial, como “Afiliado Independiente de Global Domains International” bajo su propio nombre. Ningún Afiliado puede colocar avisos publicitarios en directorios telefónicos de las marcas, nombres comerciales o logotipos de la Empresa, ni utilizar estos de ninguna otra manera. Los Afiliados no pueden atender llamadas telefónicas diciendo las frases “Global Domains International”, “Global Domains”, “XxxXxxx.xx” ni de ninguna otra forma que lleve a la persona que está llamando a creer que se ha comunicado con oficinas comerciales de la empresa GDI.
e. Todos los materiales de GDI, ya sean materiales impresos, filmaciones, grabaciones de sonido, o material en Internet, fueron registrados como derechos de propiedad intelectual y no pueden ser reproducidos, en parte o en su totalidad, por Afiliados o por cualquier otra persona, excepto con autorización de GDI. La autorización para reproducir cualquier material será considerada únicamente en circunstancias extremas. Por lo tanto, los Afiliados no deberían prever que dicha autorización será concedida.
f. Los Afiliados de GDI no pueden reproducir, utilizar o distribuir información relacionada con los productos o servicios de GDI que no hubiera sido proporcionada directamente por la Empresa. Esta prohibición incluye, entre otros, medios de comunicación escrita, auditiva, o visual.
g. Los Afiliados de GDI no pueden producir, vender o distribuir material escrito, videos, o grabaciones de sonido, que sean similares en su naturaleza, en forma engañosa, a aquellos producidos, publicados y proporcionados por GDI para sus Afiliados. De la misma forma, los Afiliados no pueden adquirir, vender o distribuir materiales ajenos a GDI que insinúen o sugieran que dichos materiales se originaron en GDI.
h. Cualquier aviso publicitario o textos institucionales o de publicidad de la marca que no se encuentre incluido en las normas anteriormente mencionadas debe ser presentado ante GDI, quien deberá aprobarlo por escrito con anterioridad a su publicación.
17. Política de Internet y del Sitio Web. GDI cuenta con un sitio Web oficial de la empresa. Los Afiliados están autorizados a publicitar en Internet mediante un programa aprobado por GDI, que les permita elegir entre diseños de páginas iniciales de GDI, que podrán ser personalizados con el mensaje y la información de contacto de cada Afiliado. Estos sitios Web poseen vínculos que llevan directamente al sitio de GDI, lo que le da al Afiliado presencia profesional y autorizada por GDI en Internet. Los Afiliados pueden utilizar únicamente los sitios autorizados. Cualquier persona que utilice nombres, logotipos o marcas de GDI en Internet o en cualquier otro medio publicitario, con excepción de aquellos medios autorizados en estas Políticas y Procedimientos, deberá ser inmediatamente penalizado, incluyendo la rescisión del Contrato de Afiliación.
18. Dominios y Direcciones de Correo Electrónico. Los Afiliados no pueden utilizar, o intentar registrar como su propio dominio de Internet, cualquier nombre comercial, marca, nombre de servicio, marca de servicios o nombre de productos pertenecientes a la Empresa, o el nombre mismo de la Empresa, o cualquiera de sus derivados. De la misma manera, los Afiliados no pueden incorporar, o intentar incorporar en su dirección de correo electrónico, cualquier nombre comercial, marca, nombre de servicio, marca de servicios o nombre de productos pertenecientes a la Empresa, o el nombre mismo de la Empresa, o cualquiera de sus derivados.
19. Exposiciones Comerciales. Previa autorización escrita de GDI, los Afiliados podrán exhibir en exposiciones comerciales los productos y servicios, y la oportunidad de GDI. La solicitud para la participación en exposiciones comerciales debe ser presentada por escrito a GDI, una semana antes de la exposición. El Afiliado debe recibir la autorización escrita de GDI antes de participar en la exposición. Únicamente podrán exhibirse o distribuirse materiales de comercialización producidos por GDI.
20. GDI se reserva el derecho de aprobar o desaprobar cambios en los nombres del negocio de los Afiliados, en la creación de sociedades por parte de interés y por acciones, y de fideicomisos con fines relacionados con impuestos, planificación de sucesión o responsabilidad limitada. Si GDI aprueba tales cambios para un Afiliado, el nombre de la organización y los nombres de los mandantes de la organización deberán figurar en el Contrato de solicitud de Afiliación, junto con sus números de seguro social o de identificación federal.
21. En caso de rescisión del Contrato de Afiliación, GDI llevará a cabo la readquisición de los materiales de asistencia para ventas que se encuentren en poder del Afiliado, de la siguiente manera: si el Afiliado ha adquirido materiales de asistencia para ventas producidos por GDI durante la vigencia del contrato de Afiliación, se readquirirán dichos materiales en condiciones de ser revendidos y que se encuentren en poder del Afiliado, que hubieran sido comprados dentro de los 12 meses anteriores a la rescisión,. La readquisición se realizará por un precio no menor al noventa por ciento (90%) del costo neto original que pagó la parte que está devolviendo los materiales de asistencia para ventas. Además, GDI cumplirá con los requisitos legales obligatorios para la readquisición de cada jurisdicción.
22. Cada Afiliado deberá cumplir con todos los estatutos, leyes, reglamentaciones y ordenanzas federales y estaduales, que rijan la venta de productos y servicios de GDI.
23. Los Afiliados de GDI son libres de participar en otros negocios u oportunidades de comercialización múltiple o de red (conjuntamente “comercialización múltiple”. Sin embargo, durante la vigencia del Contrato, los Afiliados no podrán reclutar a otros Afiliados de GDI o clientes del dominio, correo electrónico o sitio web para otros negocios de comercialización múltiple. Luego de la extinción de este Contrato, y por un período de seis meses subsiguientes, la persona que perdió su condición de Afiliado (“ex Afiliado”) no puede reclutar ningún Afiliado o Cliente para otro negocio de comercialización múltiple si: 1) el Afiliado o Cliente en cuestión formaba parte de la Organización de Ventas del ex Afiliado; o 2) el ex Afiliado contactó, inició la relación, o conoció al Afiliado o Cliente por su participación mutua en GDI. El término “reclutar” hace referencia a la solicitud, inscripción, instigación o esfuerzo, ya sea de forma real o tentativa, de influenciar, de cualquier forma, directamente o mediante un tercero, a otro Afiliado o cliente de GDI para inscribirse o participar en otra oportunidad de comercialización multi-nivel, comercialización múltiple o de venta directa. Esta conducta se considera “reclutamiento”, aún si las acciones del Afiliado surgen en respuesta de una averiguación realizada por otro Afiliado o Cliente. Los Afiliados no deben vender, o intentar vender, productos o servicios de la competencia no producidos por GDI a Clientes o Afiliados de GDI. Cualquier producto o servicio de la misma categoría que los productos o servicios de GDI se considerará competitiva (por ejemplo, la registro de dominios o servicios de alojamiento de sitios Web se encuentran en la misma categoría que los productos y servicios de la Empresa, y, por lo tanto, son productos o servicios competitivos.).
Los Afiliados no pueden exhibir productos o servicios de GDI junto con otros productos o servicios de forma tal que confundan, de cualquier manera, a un futuro cliente o Afiliado, o que lo lleven a creer que existe una relación entre los productos o servicios de GDI y los no pertenecientes a GDI. Los Afiliados no pueden ofrecer la oportunidad de GDI o sus productos y servicios a Clientes o Afiliados, actuales o futuros, en forma conjunta con programas, oportunidades, productos o servicios ajenos a GDI. Los Afiliados no pueden ofrecer oportunidades, productos o servicios ajenos a GDI en reuniones, seminarios, convenciones relacionadas con la Empresa, o inmediatamente después de tales eventos.
24. GDI proporcionará información y reportes sobre el procesamiento de datos y actividades de línea descendente a los Afiliados, que les proveerá información respecto de su organización de ventas en línea descendente y de compras y ventas de productos y servicios. Dicha información y reportes, y los datos que allí aparezcan, son confidenciales y constituyen información patentada y secretos comerciales pertenecientes a GDI. Los Afiliados acuerdan que dicha información le será transmitida en confidencia y con el único objetivo de asistirlo en la administración y el desarrollo de su organización de ventas en línea descendente. El Afiliado acuerda no revelar la información a terceros, ya sea de forma directa o indirecta, ni utilizarla para competir con GDI, directa o indirectamente. El Afiliado y GDI acuerdan que, de no realizarse este acuerdo de confidencialidad y no revelación de datos, GDI no proporcionará información mencionada anteriormente al Afiliado.
25. Toda la información proporcionada por GDI sobre procesamiento de datos por Internet o por vía telefónica y reportes sobre actividades de línea descendente, incluyendo, entre otros, el volumen de ventas personal y grupal (o cualquiera de sus partes), y actividades de patrocinio, se considerará correcta y confiable. Sin embargo, ni GDI ni ninguna otra persona que hubiera creado o transmitido la información la garantizan, por varias razones, incluyendo la existencia de un posible error interno mecánico o humano; la precisión, integridad y el cumplimiento oportuno de las órdenes; rechazo de pagos con tarjeta de crédito y cheque electrónico; reembolsos de dinero por productos y servicios; anulaciones de pagos mediante tarjeta de crédito y cheques electrónicos.
TODA LA INFORMACIÓN SOBRE EL VOLUMEN PERSONAL DE VENTAS ES PROPORCIONADA “EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA”, ES DECIR, NO EXISTEN GARANTÍAS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, O DECLARACIONES DE NINGÚN TIPO. PARTICULARMENTE, NO HABRÁ, ENTRE OTRAS, GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD, DE IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO O DE NO-VIOLACIÓN DE DERECHOS DE TERCEROS.
HASTA EL MÁXIMO GRADO PERMITIDO POR LA LEY APLICABLE, XXXXXXX.XX Y/U OTRAS PERSONAS QUE HUBIERAN CREADO O TRANSMITIDO LA INFORMACIÓN, NO SERÁN REPONSABLES, EN NINGÚN CASO, ANTE LOS AFILIADOS O CUALQUIER OTRO INDIVIDUO, POR DAÑOS DIRECTOS, INDIRECTOS, “INCIDENTALES”, DERIVADOS DE CONDICIONES ESPECIALES, O PUNITIVOS QUE HUBIERAN SURGIDO COMO CONSECUENCIA DE LA FALTA DE EXACTITUD O INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN, POR INCONVENIENTES, DEMORAS O PÉRDIDAS EN LA UTILIZACIÓN DE LA MISMA, AUN SI XXXXXXX.XX O CUALQUIER OTRA PERSONA QUE HUBIERA CREADO O TRANSMITIDO LA INFORMACIÓN HUBIERAN SIDO ADVERTIDOS SOBRE LA POSIBILIDAD DE QUE OCURRIERAN DICHOS DAÑOS. HASTA EL MÁXIMO GRADO PERMITIDO POR LA LEY APLICABLE, XXXXXXX.XX Y/U OTRAS PERSONAS QUE HUBIERAN CREADO O TRANSMITIDO LA INFORMACIÓN, NO SERÁN RESPONSABLES ANTE USTED O CUALQUIER OTRA PERSONA POR DELITOS CIVILES, CONTRATOS, NEGLIGENCIA, RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR PRODUCTOS, O CUALQUIER OTRA TEORÍA, RESPECTO DE CUALQUIER OBJETO DE ESTE CONTRATO O DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES RELACIONADOS AL MISMO.
El acceso a los servicios de información por Internet o por vía telefónica de GDI, y la utilización de los mismos, y su confianza en dicha información, corre por su cuenta y riesgo. Toda esta información es
proporcionada “en el estado en que se encuentra”. Si usted no está satisfecho con la precisión o calidad de la información, su único recurso es cesar el acceso y la utilización de los servicios de información por Internet o por vía telefónica de GDI, y su confianza en la información.
26. Confidencialidad de los Vendedores. La relación comercial entre GDI y sus vendedores, fabricantes y proveedores es confidencial. Los Afiliados no podrán contactar, directa o indirectamente, o hablar o comunicarse con ningún representante de ningún proveedor o fabricante de GDI, excepto en eventos patrocinados por GDI en los cuales dichos representantes se encuentren presentes a pedido de la Empresa. La violación de dicha norma puede derivar en la resolución del Contrato y en posibles demandas por daños y perjuicios si la asociación del vendedor/fabricante se ve comprometida por el contacto iniciado por el Afiliado.
27. Ante el fallecimiento o la incapacidad del Afiliado, sus derechos, junto con sus responsabilidades, pasarán a sus sucesores, luego de la solicitud por escrito y aprobación por parte de GDI. El Afiliado sucesor debe cumplir con las responsabilidades del Afiliado. Debe presentarse la documentación legal correspondiente a la Empresa para asegurar que la transferencia es viable. Siempre que se transfiera un negocio GDI mediante testamento o cualquier otro proceso sucesorio, los herederos adquieren el derecho de cobrar todas las bonificaciones y comisiones de la Organización de Ventas del Afiliado fallecido o incapacitado, si cumplen con los requisitos que se detallan a continuación. Los sucesores deben:
a. Firmar un Contrato de Afiliación;
b. Cumplir con los términos y disposiciones del Contrato; y
c. Cumplir con todos los requisitos para la condición de Afiliado fallecido o incapacitado.
Los cheques por bonificaciones o comisiones de un negocio GDI transferidos de conformidad con esta sección, serán abonados en un solo cheque junto con los legatarios. Los legatarios deben proporcionar a GDI una “dirección de registro”, a la cual se enviarán todos los cheques por bonificaciones y comisiones. Si el negocio es legado a legatarios conjuntos, estos deberán crear una persona jurídica y obtener un número federal de Identificación impositiva. GDI emitirá todos los cheques por bonificaciones y comisiones y un formulario 1099 a nombre de esa persona jurídica.
Transferencia por Fallecimiento. A los efectos de una transferencia testamentaria de un negocio GDI, el sucesor deberá proporcionar a GDI la siguiente documentación: (1) un certificado de defunción original;
(2) una copia certificada de testamento u otro instrumento que establezca los derechos del sucesor sobre el negocio GDI; y (3) un Contrato de Afiliación completo y firmado.
Transferencia por Incapacidad. A los efectos de una transferencia de un negocio GDI por incapacidad, el sucesor deberá proporcionar a GDI la siguiente documentación: (1) una copia certificada de su
designación como “fiduciario”; (2) una copia certificada del instrumento constitutivo del fideicomiso u otro documento que establezca los derechos del fiduciario para administrar el negocio GDI; y (3) un Contrato de Afiliación completo, firmado por el fiduciario.
28. Un Afiliado no puede vender, ceder, o de cualquier otro modo transferir su negocio GDI o su Contrato de Afiliación, u otros derechos de Afiliado sin previa solicitud por escrito y posterior aprobación por parte de GDI. El potencial comprador debe tener el mismo rango que el Afiliado vendedor, o uno superior, o tiene que haber sido un Afiliado de GDI por un período no menor a un año previo a la venta. El Afiliado vendedor debe ofrecer, por escrito, el negocio en primer lugar a su patrocinador. Si el patrocinador rechaza la oferta, el Afiliado puede ofrecer el negocio para la venta a otros Afiliados GDI que califiquen, pero sólo bajo los mismos términos y condiciones en que lo ofreció al patrocinador. Si el Patrocinador adquiere el negocio, éste se fusionará con el negocio existente del Patrocinador. Si otro Afiliado de GDI adquiere el negocio, el Afiliado comprador debe primero resolver su negocio GDI existente. El Afiliado que venda su cuenta de GDI no podrá reinscribirse como tal, durante los cinco años posteriores a la venta. GDI se reserva el derecho de revisar el contrato de venta y de verificar la renuncia del derecho por parte del patrocinador superior, en caso que éste último hubiera declinado la oferta.
Antes de que la venta, transferencia o cesión pueda ser finalizada y aprobada por GDI, el Afiliado vendedor deberá cancelar cualquier deuda que tuviera. Para estar en condiciones de vender, transferir o ceder un negocio GDI, el Afiliado vendedor debe estar al día con sus obligaciones y no haber violado ninguno de los términos del Contrato. No podrán derivar cambios en la línea de patrocinadores de la venta o transferencia de un negocio GDI -el negocio adquirido no puede ser transferido a otra línea de patrocinadores.
29. Separación de un negocio GDI. En algunas oportunidades, los Afiliados GDI operan su negocio GDI mediante sociedades entre cónyuges, sociedades por partes de interés, sociedades con responsabilidad limitada, sociedades por acciones o fideicomisos. Si en algún momento los cónyuges se divorciaran, o una sociedad por acciones, sociedad con responsabilidad limitada, sociedad por partes de interés o fideicomiso (estas últimas cuatro entidades son referidas en el presente, en forma conjunta como
“sociedades”) se disolviera, deberán llevarse a cabo los arreglos necesarios para asegurar que separaciones o divisiones del negocio se realicen de forma tal que no perjudiquen los intereses e ingresos de otros negocios, ya sea de mayor o menor jerarquía en la línea de patrocinadores. Si las partes que se separan no cuidaran los intereses de otros Afiliados o de la Empresa, GDI revocará el Contrato.
Mientras que se encuentre pendiente la resolución de divorcio o de disolución de la sociedad, las partes deberán adoptar alguno de los siguientes métodos de operación:
a. Una de las partes puede, con el consentimiento de la/s otra/s, operar el negocio GDI, de conformidad con una cesión de derechos por escrito, en la cual el cónyuge, accionista, socio o fiduciario que renuncia, autoriza a GDI a tratar directa y únicamente con el otro cónyuge o con los accionistas, socios o fiduciarios que no hubieran renunciado.
b. Las partes pueden continuar operando el negocio GDI en forma conjunta de la forma habitual, por lo que todas las compensaciones por parte de GDI se pagarán conjuntamente a nombre de los Afiliados o a nombre de la sociedad que será dividida, según lo establecido entre las partes independientemente.
Si las partes no pueden llegar a un acuerdo sobre la distribución del negocio mientras se encuentre pendiente la resolución de divorcio o disolución de la sociedad, la Empresa considerará al negocio de acuerdo con el status quo que existía antes de la presentación de divorcio o disolución.
La Organización de Ventas de cónyuges que se divorcien o de sociedades que se disuelvan, en ningún caso será dividida. De manera similar, GDI en ningún caso dividirá cheques por comisiones y bonificaciones entre las partes. GDI reconocerá únicamente una Organización de Ventas y emitirá únicamente un cheque por comisiones por cada negocio GDI por cada período de comisiones. Los cheques por comisiones serán emitidos siempre a nombre de la misma persona o sociedad. Si las partes en un juicio de divorcio o un procedimiento de disolución, no pueden resolver una controversia respecto de la disposición de las comisiones y la propiedad del negocio, el Contrato de Afiliación será revocado.
Si un ex cónyuge o ex miembro de la sociedad ha renunciado por completo a todos sus derechos sobre el negocio original de GDI, a partir de ese momento estos serán libres de inscribirse con cualquier patrocinador que xxxxx. En ese caso, sin embargo, el ex cónyuge o ex miembro de la sociedad no tendrá derecho respecto de ningún Afiliado en la organización disuelta ni de ningún cliente minorista anterior.
Xxxxx desarrollar un nuevo negocio en la misma forma que lo haría un nuevo Afiliado.
30. GDI se reserva explícitamente el derecho de alterar o modificar los precios, las Normas y Reglamentaciones, las Políticas y Procedimientos, la disponibilidad del producto o servicio y el Plan de Compensación. GDI deberá notificar a todos los Afiliados sobre cualquier reforma mediante la publicación del documento modificado en el proceso de registro del sitio Web del Afiliado. Luego de la notificación, las modificaciones se incorporan automáticamente como parte del contrato entre GDI y el Afiliado.
31. El Nombre o Apellido del Titular de la cuenta no pueden ser cambiados. Si algún Afiliado desea tener otro nombre que aparezca en la cuenta, el Afiliado debe renunciar de GDI completamente y volver a aplicar utilizando el nombre deseado en la cuenta. Los “Downlines” no son transferibles y comisiones y bonos pendientes serán perdidos. Los intentos de patrocinar a personas de una cuenta a otra dentro de la genealogía de GDI no serán tolerados y causara la pérdida de ambas cuentas del Patrocinador cometiendo la violación de esta política, así como la pérdida de las comisiones y bonificaciones pendientes.
32. Cuentas Múltiples. Cualquier individuo puede tener cuentas múltiples, ya sea en su nombre y el de una asociación, sociedad de responsabilidad limitada, corporación, o cualquier otra entidad. Sin embargo, cualquier persona que tenga un interés, jurídico o financiero, en más de una (1) cuenta de GDI, no recibirá comisiones por la misma línea descendente en ambas cuentas. Por ejemplo: si usted crea una cuenta “A” y después crea una cuenta “B” directamente debajo de la cuenta “A”, solamente la cuenta “B” recibirá comisiones por la línea descendiente de la cuenta “B”. La cuenta “A” solamente podrá recibir
comisiones por cuentas referidas directamente por la cuenta “A” y la línea descendiente de la misma, más no por cuentas bajo la línea descendiente de la cuenta “B”. Si sus cuentas no están bajo las mismas líneas descendientes, sus comisiones serán pagadas normalmente. Esta política existe para mantener la integridad de la estructura multinivel. Los “Downlines” no son transferibles. Los intentos de patrocinar a personas de una cuenta a otra dentro de la genealogía de GDI, alentando al mismo tiempo el abandono de la posición anterior en la empresa, no serán tolerados y causara la pérdida de ambas cuentas del Patrocinador cometiendo la violación de esta política, así como la pérdida de las comisiones y bonificaciones pendientes.
a. Si una asociación, sociedad de responsabilidad limitada o la corporación desea aplicar a ser un Afiliado, o si un Afiliado existente desea cambiar el estado de una de estas formas actividad comercial, el solicitante o los Afiliados deben solicitar un formulario de asociación/corporación de la oficina principal de la Empresa. Este formulario debe ser presentado detallando a todos los socios, miembros y/o gerentes, accionistas, funcionarios, directores de la sociedad por partes de interés, con responsabilidad limitada o por acciones. El socio, miembro, gerente o el oficial que presente el formulario deberá ser autorizado a entrar en contratos vinculantes en nombre de la asociación, la sociedad de responsabilidad limitada o corporación. Además, presentando el formulario de asociación/corporación, el solicitante o Afiliado certifica que ninguna persona con interés en la actividad comercial haya tenido un interés en otra actividad comercial de GDI dentro de los tres (3) meses precediendo la fecha de la presentación del formulario (a menos que sea la continuación de un negocio de GDI existente que está cambiando su forma de hacer negocios).
33. Garantías para los titulares de Sociedades por Partes de Interés, con Responsabilidad Limitada o por Acciones. A pesar de que GDI ha ofrecido a los Afiliados la posibilidad de registrarse como una sociedad por acciones, con responsabilidad limitada o por partes de interés, se acuerda que como la entidad se encuentra bajo el control de sus propietarios o directores, las acciones individuales de sus propietarios que afecten a GDI y los negocios de GDI involucrados también son de suma importancia para los negocios de La Empresa. En consecuencia, se acuerda que las acciones de los funcionarios, accionistas, directores, representantes o empleados de la sociedad por acciones, las acciones de los miembros, gerentes, empleados de la sociedad con responsabilidad limitada y las acciones de los socios, representantes o empleados de la sociedad por partes de interés, que sean contrarios a cualquier cláusula del Contrato serán de responsabilidad de la entidad corporativa o societaria.
34. Acciones de los Miembros Familiares. Si un miembro de la familia inmediata de un Afiliado se involucra en alguna actividad que, si fuese realizada por el Afiliado, violaría alguna disposición del Contrato, dicha actividad se considerará como una violación del Afiliado y GDI podrá adoptar medidas disciplinarias contra el Afiliado, conforme a lo establecido en el Contrato.
35. Medidas Disciplinarias. La violación de cualquier cláusula del contrato o cualquier conducta empresarial poco ética, engañosa, fraudulenta o ilegal por parte del Afiliado, puede concluir, a discreción de La Empresa, en una o más de las siguientes medidas disciplinarias:
a. Emisión de una advertencia por escrito;
b. Imposición de una multa, que podrá será inmediata o ser retenida de los cheques de comisiones futuras;
c. Reasignación total o parcial de la organización del Afiliado;
d. Suspensión, que podrá concluir en la rescisión o renovación con condiciones o prohibiciones; o
e. Rescisión del Contrato de Afiliación.
36. Rescisión.
a. Efectos de la Rescisión. Mientras el Afiliado sea un miembro activo y cumpla con las cláusulas del Contrato, GDI pagará comisiones a dicho Afiliado de acuerdo con el Plan de Compensación. Las comisiones y bonificaciones de un Afiliado constituyen la consideración total de los esfuerzos del Afiliado por generar ventas y todo tipo de actividades en relación con las ventas generadas (queda incluida la creación de una Organización de Ventas). El Afiliado que no renueve su Contrato o rescinda voluntaria o involuntariamente el Contrato (en forma conjunta, “rescisión”), no tendrá derecho, título, reclamo ni interés alguno sobre la Organización de Ventas que haya generado, ni comisión o bonificación alguna de las ventas generadas por la Organización. Un Afiliado que cesa su actividad comercial perderá de manera permanente todos sus derechos como Afiliado. Esto incluye el derecho a vender productos y servicios de GDI y el derecho a recibir futuras comisiones, bonificaciones u otro ingreso que resulte de las ventas y otras actividades de la anterior organización de ventas de línea descendente del Afiliado. En el caso de rescisión del Contrato, los Afiliados acuerdan renunciar a todos los derechos que tengan, que incluyen, pero no se limitan a los derechos patrimoniales sobre la anterior Organización de Ventas y a toda bonificación, comisión u otra remuneración que surja de las ventas y otras actividades de su Organización de Ventas anterior.
Luego de la rescisión del Contrato, el ex Afiliado no podrá presentarse como un Afiliado de GDI y no tendrá derecho a vender los productos ni servicios de GDI. Un Afiliado que rescinda el Contrato de Afiliación recibirá comisiones y bonificaciones sólo por el último período completo de pago durante el cual fue miembro activo, con anterioridad a la rescisión (menos toda suma retenida durante la investigación previa a una rescisión involuntaria).
b. Rescisión Involuntaria. GDI se reserva el derecho a rescindir el Contrato con cualquier Afiliado en cualquier momento cuando se determina que el Afiliado ha violado alguna condición del Contrato, incluyendo las disposiciones de estas Políticas y Procedimientos y de sus reformas, o las disposiciones xx xxxxx y normas aplicables de la práctica equitativa. GDI dispondrá, a discreción, esta rescisión involuntaria. Al momento de una rescisión involuntaria, GDI deberá notificar al Afiliado por correo o por correo electrónico a la última dirección informada a GDI del Afiliado. En caso de rescisión, el Afiliado, cuyo Contrato se rescinde, acuerda dejar de actuar como tal.
Cuando se decida rescindir el Contrato de un Afiliado, GDI informará por escrito la rescisión inmediata del Contrato al Afiliado, que entrará en vigencia al momento de la notificación. La notificación de rescisión del Contrato será enviada por correo o por correo electrónico a la dirección del Afiliado registrada en GDI.
c. Apelación a la Rescisión. Un Afiliado cuyo Contrato se rescinde, tendrá 15 días desde la fecha de notificación de rescisión para apelar a la misma. La notificación de apelación debe enviarse por correo
normal y ser recibida por GDI dentro de los 20 días de la notificación de rescisión. Si la apelación no se recibe en el período de 20 días, la rescisión se considerará automáticamente definitiva.
Si un Afiliado presenta a término una apelación, GDI revisará y reconsiderará la rescisión, considerará cualquier otra acción conveniente, y notificará al Afiliado de su decisión. La decisión de GDI será definitiva y no estará sujeta a nueva revisión. En caso que se decida la rescisión, ésta será efectiva desde la fecha de notificación de rescisión original.
d. GDI se reserva expresamente/ de manera expresa el derecho a rescindir todos los Contratos de Afiliados luego del envío de la notificación escrita con treinta (30) días de anticipación en caso de que decida: (1) cesar las actividades de la empresa; (2) disolver la entidad corporativa; o (3) cesar la distribución de sus productos y servicios por venta directa.
e. Rescisión Voluntaria. Un participante de este plan de comercialización en red tiene derecho a rescindir el Contrato cuando así lo desee, sin importar la causa. Por razones de autenticación, la solicitud de rescisión formal deberá ser sometida a través de la cuenta cual desea cancelar utilizando el formulario de solicitud de soporte.
f. No Renovación. Un Afiliado podrá también rescindir su Contrato de Afiliación si decide no renovar el Contrato, según lo dispuesto en la Sección 8.
37. Ascensos en la Organización de Ventas. Cuando queda una vacante en la Organización de Ventas debido al cese de actividad de un negocio GDI, cada Afiliado en el primer nivel que siga inmediatamente al Afiliado que rescindió el Contrato, a la fecha de rescisión, será trasladado al primer nivel (“línea de frente”). Por ejemplo, si A auspicia a B, y B auspicia a C1, C2 y C3, y si B culmina su actividad comercial, C1, C2 y C3 serán “ascendidos” a A y pasarán a ser parte del primer nivel de A.
38. Todos los Afiliados tienen el derecho de patrocinar a otros. Asimismo, toda persona tiene derecho a elegir su propio patrocinador. Si dos Afiliados solicitan ser patrocinadores del mismo nuevo Afiliado, GDI considerará como válida la primera solicitud recibida por la sede principal de la Empresa.
a. Como norma general, es de buena práctica profesional considerar que el primer Afiliado trabaje de manera significativa con el posible Afiliado habiendo solicitado primero su patrocinio, pero esto no es necesariamente una norma. Deberán regir los fundamentos básicos del sentido común y la consideración.
b. Para conveniencia de sus Afiliados, GDI proveerá varios métodos de registro e información sobre los nuevos Afiliados patrocinados, que incluyen registro en línea, registro telefónica, y registro por fax. Hasta el momento que GDI reciba la solicitud, ya sea el original o copia por fax, con la información correspondiente y la firma del nuevo Afiliado propuesto, sólo considerará los registros telefónicos o por fax incompletos dentro de la categoría de registro “pretendido”. De este modo, aunque GDI intenta crear medios convenientes para sus Afiliados patrocinadores, es responsabilidad del Afiliado patrocinador enviar a GDI un Contrato de Afiliación firmado y completo si el patrocinador desea ser reconocido como el Afiliado patrocinador oficial.
c. No existe los “eventos casuales” en GDI ni en ningún negocio. Aquellos que cuentan con amplio patrocinio, pero que no colaboran con los nuevos Afiliados a desarrollar sus negocios se enfrentarán a un éxito limitado. En consecuencia, la responsabilidad del patrocinio consiste en trabajar con los nuevos Afiliados, ayudándolos a aprender el negocio y respaldándolos en los primeros meses críticos.
d. Los patrocinadores no están obligados a llevar un inventario de las asistencias en ventas a los nuevos Afiliados. Sin embargo, aquellos que lo hacen, contribuyen a construir una organización de ventas mayor y mucho más dinámica debido a la reducción del tiempo de respuesta para satisfacer las necesidades del nuevo Afiliado.
39. Cambio de patrocinador. No se recomienda el cambio de patrocinio de un patrocinador a otro y rara vez es autorizado. Es obligatorio mantener la integridad del patrocinio para alcanzar el éxito de toda la organización.
a. Las transferencias por lo general sólo serán aprobadas en tres (3) circunstancias: (1) En caso de patrocinio poco ético por parte del patrocinador original. En estos casos, GDI tendrá la decisión final. (2) Con la aprobación por escrito de los cinco (5) patrocinadores inmediatos en la línea ascendente. (3) Renunciar por completo a GDI y esperar catorce (14) días para volver a presentar una solicitud con el nuevo patrocinador.
b. En los casos de patrocinio poco ético, el individuo podrá ser transferido sin que se modifique su línea descendiente: en los casos restantes, sólo el individuo será transferido sin que los otros Afiliados de la línea descendente sean retirados de la línea original de patrocinio.
40. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx. Está terminantemente prohibido la existencia o la tentativa de xxxxxxxxxx xxxxxxx. El “Xxxxxxxxxx Xxxxxxx” se define como la inscripción de un individuo o una entidad que ya cuenta con Contrato de Afiliación registrado por GDI, o que ha tenido dicho contrato en los últimos seis meses calendario dentro de otra línea de patrocinio, fomentando al mismo tiempo el abandono de la posición anterior, incluso en los casos en donde el mismo individuo tiene un interés en ambas cuentas patrocinadoras. Estará prohibido el uso del nombre del cónyuge o de familiares, los nombres comerciales, razones sociales, nombres ficticios, sociedades por acciones, sociedades por partes de interés, fideicomisos, números federales de identificación, números ficticios de identificación para evadir esta política. Los Afiliados no deberán menospreciar, desacreditar o difamar a otros Afiliados de GDI con la intención de atraer a otro Afiliado a formar parte de la Organización de Ventas del primer Afiliado. Esta política no prohibirá la transferencia de negocios de GDI, conforme a la Sección 31. En el caso de que un Afiliado se haya involucrado en el xxxxxxxxxx xxxxxxx, quedará a total discreción de la Empresa cuál será la ubicación de la organización cruzada patrocinada en la estructura genealógica o de qué otro modo será manejada. Debido a que por lo general existen derechos a favor de ambas organizaciones en línea ascendente, LOS AFILIADOS RENUNCIAN A TODOS LOS RECLAMOS Y DEMANDAS CONTRA LA EMPRESA POR SU DECISIÓN RESPECTO DE LA DISPOSICIÓN FINAL SOBRE LA ORGANIZACIÓN CRUZADA PATROCINADA.
41. El Plan de Compensación de GDI se basa en la venta de los productos y servicios de GDI a los consumidores finales. Los Afiliados deberán cumplir con los requisitos personales y de ventas minoristas de la Organización de Ventas (como también cumplir con otras responsabilidades establecidas en el Contrato) para tener derecho a bonificaciones, comisiones y a la promoción a niveles superiores de rendimiento.
42. Un Afiliado deberá ser miembro activo y cumplir con el Contrato para calificar para las comisiones. Mientras un Afiliado cumpla con las cláusulas del Contrato, GDI deberá pagar comisiones a dicho Afiliado de acuerdo con el Plan de Compensación. Los Afiliados podrán elegir entre recibir el pago de las comisiones mediante cheque, Paypal o transferencia bancaria.
a. Pago mediante Cheque. Si un Afiliado elige recibir los pagos de su comisión mediante cheque, podrá elegir entre un cheque de un monto mínimo de US$10,00 hasta de US$250,00. Si se elige el monto mínimo de US$10,00, US$25,00 o US$50,00 se recargará una suma de US$3,00 por la tramitación. En consecuencia, si las comisiones del Afiliado no igualan o superan los US$13,00, la Empresa devengará las comisiones hasta que sumen un monto de US$13,00 y se emitirá un cheque por US$10,00. Si el Afiliado elige un monto de US$10,00 o más no habrá un cargo por procesar el cheque. Si un Afiliado elige el cheque de un monto mínimo de US$100,00, la Empresa devengará las comisiones hasta que sumen como mínimo un monto de US$100,00 y se emitirá un cheque por comisiones. GDI no es responsable por cheques extraviados o robados.
b. PayPal. Si un Afiliado elige recibir los pagos de sus comisiones mediante Paypal, se impondrá un recargo mínimo de US$3,00 y el Afiliado deberá devengar al menos US$13,00 en comisiones antes de realizar el pago mediante PayPal. Si las comisiones del Afiliado no igualan o superan el monto de US$13,00, la Empresa devengará las comisiones y bonificaciones hasta que sumen al menos US$13,00 y se realizará el pago al Afiliado a través de PayPal. El recargo será de US$3,00 para los pagos entre US$10,00 y US$99,00. Para los pagos de un monto superior o igual a US$100,00 , el recargo es de un 3% del monto pagado.
c. Transferencia Bancaria. Si un Afiliado elige la opción de transferencia bancaria, el monto mínimo que transferirá la Empresa será de US$25,00 y se recargará un monto fijo de US$15,00 por la transferencia. Si las comisiones del Afiliado no igualan o superan el monto de US$40,00, la Empresa devengará las comisiones hasta que sumen al menos un monto de US$40,00. Se realizará la transferencia bancaria y se deducirá el recargo de US$15,00 por la transferencia.
43. Los Afiliados deberán depositar o cobrar los cheques de comisiones y bonificaciones dentro de los seis meses posteriores a la fecha de emisión. Luego de seis meses, un cheque sin cobrar será anulado. Habrá un recargo de US$29,00 por la reemisión del cheque, y un recargo de US$10,00 por cada notificación que se le envíe al Afiliado. Estos gastos serán deducidos del saldo adeudado al Afiliado.
44. Ajustes a las Bonificaciones y Comisiones. Los Afiliados reciben bonificaciones y comisiones basadas en las ventas actuales de los productos y servicios a los consumidores finales. En el caso de que GDI realice un reembolso por un producto o servicio, se deducirán las bonificaciones y comisiones atribuibles por el producto o servicio reembolsado, en el mes en que se realice el mismo y continuará cada período de pago en adelante hasta que se recuperen las bonificaciones y comisiones del Afiliado que las recibió, por las ventas del producto o servicio reembolsado.
45. Reclamos por Ingresos. No podrán realizarse reclamos, proyecciones ni representaciones por ingresos a los futuros Afiliados. Por supuesto, está prohibido cualquier reclamo falso o engañoso respecto de la oportunidad o los productos y servicios. Debido a su entusiasmo, los Afiliados en ciertas ocasiones se ven tentados a reflejar cifras hipotéticas de ingresos basadas en el poder inherente de la red de comercialización como proyecciones de ingreso hipotéticas. Esto es contraproducente, ya que los Afiliados pueden desalentarse de inmediato si los resultados no se alcanzan tan rápida ni extensivamente como indicaría el modelo hipotético. GDI cree firmemente en que el potencial de ingresos es lo suficientemente bueno para ser altamente atractivo en la realidad sin necesidad de recurrir a proyecciones irreales o artificiales.
46. Tarjetas de Presentación y Papelería. GDI deberá proveer por adelantado todo material impreso, incluso las tarjetas de presentación y la papelería. Los criterios de aprobación de estos materiales incluirán una evaluación respecto de la calidad de los materiales y de la adecuada exposición de la condición independiente del Afiliado.
47. Telemarketing. Los Afiliados no deberán involucrarse en actividades de telemarketing relacionadas con el funcionamiento de su negocio de GDI. El término “telemarketing” hace referencia a la realización de una o más llamadas telefónicas a un individuo o entidad para inducirla a la compra de un producto o servicio de GDI, o para seleccionarlos para la oportunidad de GDI. Las “Llamadas Frías” realizadas a futuros consumidores o Afiliados que promocionan tanto los productos o servicios de la Empresa como la oportunidad de GDI constituyen actividades de “telemarketing,” por lo cual están prohibidas.
Sin perjuicio de lo antes mencionado, un Afiliado podrá realizar llamadas telefónicas a un futuro consumidor o Afiliado (un “cliente potencial”) sólo en las siguientes situaciones:
a. Si el Afiliado cuenta con una relación laboral establecida con el cliente potencial. Una “relación comercial establecida” es una relación entre el Afiliado y el cliente potencial basada en:
i. La compra o alquiler de bienes o servicios del cliente potencial al Afiliado dentro de los dieciocho
(18) meses anteriores a la fecha de la llamada telefónica para inducir la compra del cliente potencial de un producto o servicio; o
ii. Una transacción financiera entre el cliente potencial y el Afiliado dentro de los dieciocho (18) meses anteriores a la fecha de dicha llamada.
b. La solicitud de información del cliente potencial respecto de un producto o servicio ofrecido por el Afiliado, dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de dicha llamada.
c. Si el Afiliado recibe un permiso escrito y firmado del cliente potencial que autoriza al Afiliado a realizar la llamada. La autorización debe especificar el/los número(s) telefónico(s) a los que el afiliado está autorizado a llamar.
d. Los Afiliados pueden llamar a familiares, amigos personales y conocidos. Un “conocido” es aquel con quien el Afiliado ha tenido al menos una relación reciente (es decir, el Afiliado lo ha conocido
recientemente). Sin embargo, debe tenerse en cuenta que si el Afiliado genera el hábito de “reunir tarjetas” de toda persona que conoce y luego los llama, el FTC podrá considerar que esto es una forma de telemarketing que no está sujeta a esta exención. De este modo, si un Afiliado comienza a llamar a “conocidos”, deberá realizar dichas llamadas sólo ocasionalmente y no como una práctica habitual.
e. Además, los Afiliados no podrán utilizar sistemas de discado telefónico automático en relación con el funcionamiento de sus negocios de GDI. El término “sistema de discado telefónico automático” se refiere al equipo que tiene la capacidad de: (a) almacenar o generar números telefónicos a llamar, utilizando un generador de números secuenciales o aleatorios; y (b) llamar a dichos números.
48. Faxes y Correos Electrónicos Comerciales no Solicitados.
a. Faxes no Solicitados. A excepción de lo dispuesto en esta sección, los Afiliados no podrán utilizar ni transmitir faxes no solicitados relacionados con el funcionamiento de sus negocios de GDI. El término “faxes no solicitados” hace referencia a la transmisión por fax de todo material o información que publicite o promocione GDI, sus productos y servicios, su Plan de Compensación o cualquier otro aspecto de la empresa que se transmita a cualquier persona, excepto que el término no incluya el fax enviado:
(a) a toda persona que previamente lo haya autorizado; o (b) a toda persona con quien el Afiliado tenga una relación personal o comercial establecida. El término “relación personal o comercial establecida” hace referencia a una relación anterior o existente originada de la comunicación voluntaria y bipartita entre el Afiliado y una persona, sobre la base de: (a) una investigación, solicitud, compra o transacción de la persona respecto de los productos o servicios ofrecidos por el Afiliado; o (b) una relación familiar o personal, que no haya sido previamente terminada por alguna de de las partes.
b. Correo Electrónico no Solicitado. GDI no autoriza a sus Afiliados a enviar correos electrónicos, a menos que dichos correos electrónicos cumplan estrictamente con las leyes y reglamentaciones aplicables que incluyen, pero no se limitan a la Ley Federal CAN SPAM. Cualquier correo electrónico enviado por un Afiliado que promueva a GDI, la oportunidad de GDI, o sus servicios, debe cumplir con los siguientes requisitos:
i. Deberá existir una dirección de correo electrónico de retorno en funcionamiento para el
remitente.
ii. El correo electrónico debe incluir la dirección postal del Afiliado.
iii. El correo electrónico debe revelar y destacar claramente que el mensaje es una publicidad o solicitud.
iv. Se prohíbe la utilización de líneas de asunto engañosas y/o de información falsa en los encabezados.
v. Todos los mensajes enviados (incluyendo, pero no limitado a cualquier cosa que usted responda) con cualquier mención de la vinculación a nuestros productos, servicios, la oferta, o cualquier cosa vinculada a nuestra empresa debe incluir el enlace directo a nuestro Base de Datos Global para Remover. Usted puede incluir otros enlaces de remover en sus mensajes, pero no pueden tomar el lugar de nuestro enlace. Si no se incluyen claramente nuestro enlace de remover es una violación directa de las políticas de Contra de Spam (Anti-Spam). El enlace adecuado para usar junto con ejemplos se pueden encontrar en la sección “Preguntas Frecuentes” de nuestro sitio Web.
vi. Todos los mensajes enviados (incluyendo, pero no limitado a cualquier cosa que usted responda) con cualquier mención de la vinculación a nuestros productos, servicios, la oferta, o cualquier cosa vinculada a nuestra empresa debe ser plenamente compatible con el “Can-Spam Act.” También deben ser plenamente compatibles con todas nuestras exigencias de Contra de Spam (Anti-spam) mencionados anteriormente. El incumplimiento de todas las exigencias de Contra de Spam (Anti-spam), incluso si su mensaje es compatible con “Can-Spam” es una violación directa de nuestras políticas de Contra de Spam (Anti-spam).
GDI puede enviar correos electrónicos comerciales periódicamente en nombre de los Afiliados. Al celebrar el Contrato de Afiliación, el Afiliado acuerda que la Empresa puede enviar dichos correos electrónicos y que se incluirá allí su dirección física y de correo electrónico, de la forma en que se expuso anteriormente. Los Afiliados deberán aceptar las solicitudes de exclusión voluntaria generadas como resultado de dichos correos electrónicos enviados por la Empresa.
49. Solicitudes de Prensa. Toda solicitud de los medios debe referirse de inmediato a GDI. Esta política garantiza una imagen pública consistente y precisa.
50. Ningún organismo ni funcionario estadual o federal aprueba o autoriza los programas de venta directa. En consecuencia, los Afiliados no podrán declarar que el programa de GDI o el Plan de Compensación de GDI ha sido aprobado, autorizado o de otro modo sancionado por cualquier organismo gubernamental.
51. Acuerdo de no Descrédito. GDI valora las críticas y comentarios constructivos de los Afiliados. Los mismos deberán ser enviados por correo electrónico a xxxxx@xxxxxxxxx.xx. GDI acepta comentarios constructivos; sin embargo los comentarios negativos de los Afiliados respecto de la Empresa, sus productos y servicios o el Plan de Compensación sólo llevan a desanimar a otros Afiliados de GDI. Por esta razón, y para dar un buen ejemplo a aquellos en línea descendente, los Afiliados no deben desacreditar, menospreciar o realizar comentarios negativos sobre GDI, otros Afiliados de GDI, los productos y servicios de GDI, el Plan de Compensación o los directores, funcionarios y empleados de la Empresa.
52. Los Afiliados que tengan conocimiento de una violación de la Política por parte de otro Afiliado deberán enviar un informe escrito de la violación directamente al Departamento de Cumplimiento de GDI. Deberán incluirse en el informe los detalles sobre los incidentes tales como fechas, cantidad de oportunidades en que se cometieron las violaciones, documentos que prueben dichas violaciones y personas involucradas en las mismas.
53. Renuncia. GDI nunca renuncia a su derecho de insistir en el cumplimiento de estas normas o de las leyes aplicables que rigen el accionar de la actividad comercial de un Afiliado de GDI. La falta de ejercicio
de los derechos o autoridad de GDI establecida por el Contrato o de exigibilidad del cumplimiento de las disposiciones y obligaciones del Contrato por parte del Afiliado, y ninguna costumbre o práctica de las partes que difieran con las cláusulas del Contrato, constituirán una renuncia al derecho de la Empresa a demandar el total cumplimiento del Contrato. La renuncia a los derechos por GDI sólo podrá ser efectiva si es presentada por escrito por un funcionario autorizado de la Empresa. El incumplimiento de la Empresa, no afectará en absoluto los derechos y obligaciones de otro Afiliado. La demora u omisión por parte de GDI para ejercer todo derecho que surja del incumplimiento no afectará ni alterará sus derechos respecto de ese u otro incumplimiento posterior.
La existencia de reclamos o motivos de demanda de un Afiliado contra GDI no constituirán una defensa respecto del cumplimiento de las cláusulas y disposiciones establecidas en el Contrato por GDI.
54. Incumplimiento. El Registrador acuerda que se considerará incumplimiento sustancial de su parte: la falta de observancia de cualquier disposición de este Contrato, la Política de Controversia o de las Condiciones de Uso; el suministro intencional de información inexacta, no confiable o falsa durante proceso de solicitud; la falta de actualización de su información con el fin de mantenerla vigente, completa o exacta; o la falta de respuesta durante más xx xxxx (10) días a las consultas de GDI respecto de la exactitud de la información de contacto, relacionada con el registro de su nombre de dominio o el uso de los servicios de GDI. GDI puede enviar una notificación por escrito al Registrador, detallando el incumplimiento. Si dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de envío de dicha notificación, el Registrador no provee a GDI evidencia razonablemente satisfactoria de que no ha incumplido sus obligaciones, GDI puede, sin previo aviso, eliminar el registro de su nombre de dominio y/o finalizar otros servicios de GDI que el Registrador este utilizando. Cualquier incumplimiento por parte del Registrador no será excusado simplemente porque GDI no actúe antes en respuesta a tal incumplimiento o algún otro incumplimiento por parte del Registrador. Si GDI rescinde este Contrato, no estará obligado a rembolsar ninguna tarifa pagada por el Registrador.
55. Declaración y Garantías. Al presentar este Contrato, el Registrador declara y garantiza que: (1) a su xxxx saber y entender, la información que él o su Representante entregan a GDI es verdadera y correcta, y que cualquier cambio que se produzca en el futuro con respecto a esta información será informado a GDI oportunamente de acuerdo con el procedimiento de modificación de nombre de dominio y otros procedimientos aplicables en vigencia en ese momento; (2) a su xxxx saber y entender, ni el registro de su nombre de dominio o el modo en que el intenta utilizar el mismo, viola los derechos legales de un tercero; (3) goza de las facultades y poderes necesarios para celebrar el presente Contrato y desempeñar sus obligaciones, establecidas en el presente; (4) es mayor de edad para celebrar este Contrato; y (5) en lo que respecta al Servicio de Reenvío únicamente, posee el derecho necesario para utilizar dicho servicio con el fin de reenviar, señalar, asignar un alias o resolver su nombre de dominio al otro nombre de dominio designado por él al ordenar tal Servicio de Reenvío. El Registrador acuerda que el uso de los servicios de GDI será bajo su única responsabilidad. Asimismo, el Registrador acuerda que todos los servicios de GDI son provistos “en el estado en que se encuentran” y “según la disponibilidad que existe en el momento”. Cualquier incumplimiento por parte del Registrador de alguna de estas declaraciones y garantías, constituirá un incumplimiento sustancial de este Contrato.
56. Arbitraje. Cualquier controversia o reclamo que surja o se relacione con el Contrato, o con el incumplimiento del mismo, se resolverá por arbitraje a través de la Asociación de Arbitraje de Estados Unidos mediante las Normas de Arbitraje Comercial, y la sentencia sobre el laudo arbitral podrá presentarse ante cualquier tribunal competente. Los Afiliados renuncian a todos los derechos a iniciar un juicio por jurado o ante cualquier tribunal. Todos los procesos de arbitraje se tramitarán en la Ciudad de San Xxxxx, California, a menos que las leyes del estado de residencia del Afiliado expresamente exijan la aplicación de sus leyes, en cuyo caso el arbitraje se tramitará en la capital de ese estado. Las partes tendrán derecho a examinar las pruebas de la parte contraria antes de la audiencia, tal como lo estipulan las Normas Federales de Procedimiento Civil. Habrá un árbitro, abogado, quien deberá tener experiencia en transacciones de derecho comercial, preferentemente será un abogado con conocimientos en la industria de venta directa, seleccionado de entre los miembros de la Lista de Árbitros proporcionada por
la Asociación de Arbitraje de los Estados Unidos. Cada parte del arbitraje será responsable de sus propias costas y gastos de arbitraje, incluso de los honorarios legales y los aranceles de inscripción. La sentencia de un árbitro será definitiva y obligatoria para las partes y, si es necesario, se puede remitir a juicio en cualquier tribunal de jurisdicción competente. El acuerdo de arbitraje persistirá a cualquier rescisión o finalización del Contrato.
Ninguna disposición del presente Contrato impedirá que GDI aplique y obtenga de un tribunal competente un mandamiento de embargo preventivo, una orden provisional de no innovar, una medida cautelar, una orden de no hacer mientras dure la tramitación de la causa u otra reparación de agravios para salvaguardar y proteger el interés de GDI antes, durante o después de la presentación a arbitraje u otro procedimiento, o mientras se encuentre pendiente la declaración de una sentencia o laudo, relacionado con cualquier arbitraje o procedimiento.
57. Ley y Jurisdicción Aplicable. La jurisdicción sobre asuntos que no estén sujetos a arbitraje será el Condado de San Xxxxx, Estado de California, a menos que las leyes del estado de residencia de un Afiliado exijan expresamente la aplicación de sus leyes. La Ley Federal de Arbitraje regirá sobre todos los asuntos referidos al arbitraje. La ley del Estado de California regirá en todos los asuntos restantes que se relacionen o surjan del Contrato, a menos que las leyes del estado en el que reside un Afiliado exijan expresamente la aplicación de sus leyes.
58. Residentes de Louisiana. Sin perjuicio de lo antes mencionado, los residentes de Louisiana podrán demandar a la Empresa con la jurisdicción que establece la xxx xx Xxxxxxxxx.
59. Validez Parcial. Si alguna de las disposiciones del Contrato, en su forma actual o reformada, es anulada o se dejada sin efecto por un tribunal de jurisdicción competente, sólo la parte invalidada de la disposición será separada y las cláusulas y disposiciones restantes permanecerán vigentes y serán interpretadas como si tal disposición invalidada o sin efecto nunca hubiese formado parte del Contrato.
60. Demoras. GDI no será responsable por las demoras o incumplimiento en la ejecución de sus obligaciones cuando la misma se torna comercialmente imposible debido a circunstancias que razonablemente escapan a su control. Esto incluye, entre otros, huelgas, dificultades laborales, disturbios, guerras, incendios, fallecimiento, reducción de las fuentes de suministro de las partes o decretos y resoluciones del gobierno.
Nombre del Afiliado Firma del Afiliado
Nombre de Usuario