REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE ARAUCA
XXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
XXXXXXX XX XXXXXXX XX XXXXXX ENELAR E.S.P.
INVITACION 001 DE 2018
PLIEGOS DE CONDICIONES
NOMBRE DEL PROYECTO: “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ENERGIA SOLAR FOTOVOLTAICA EN LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS EN LAS VEREDAS DE LA ZONA RURAL DE TAME, EN EL DEPARTAMENTO DE ARAUCA”.
ARAUCA – ARAUCA, ENERO DE 2.018
Contenido
2. CONDICIONES E INSTRUCCIONES GENERALES 13
3. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS 22
4 CONDICIONES ECONÓMICAS Y FINANCIERAS 34
6 NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES 39
NOTA IMPÓRTANTE
Los términos del presente proceso de Invitación Publica, han sido elaborados siguiendo los principios señalados por las disposiciones del derecho privado de conformidad con lo previsto en el parágrafo del artículo 8 de la ley 143 de1994 y en el artículo 10 de la misma ley, el título II, Capítulo 1 de la ley 142 de 1994 y la Ley 689 de 2001, las normas que las modifiquen o reformen y demás vigentes sobre contratación que sean aplicables, así como, en los Acuerdos 011 de 1996, mediante el cual se adoptó el Reglamento de Contratación de ENELAR E.S.P., 002 y 008 de 2005, y 004 de 2017 que modificó el Reglamento de Contratación de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., es especial los artículos 16, y 21 del Estatuto de Contratación.
Para el presente proceso se ha realizado el proyecto respectivo con base en los requerimientos de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. y en cumplimiento del FAZNI GGC 521 de 2017.
Los proponentes deberán seguir en la elaboración de la propuesta la metodología señalada en los pliegos, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole que permitan una selección objetiva.
Es importante señalar a los proponentes que intervengan en el presente proceso, que la contratación que se realice con la EMPRESA DE ENERGIA DE ARAUCA ENELAR E.S.P. se harán con arreglo a los principios constitucionales de la Administración pública y a los principios de transparencia, economía, responsabilidad, y selección objetiva definidos en el Estatuto de Contratación de ENELAR E.S.P.
Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, por lo tanto están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los servidores públicos.
Por lo anteriormente, expuesto, se recomienda a los aspirantes a participar en esta Invitación Pública LEER DETENIDAMENTE EL PRESENTE DOCUMENTO Y AJUSTARSE A LOS REQUERIMIENTOS Y TÉRMINOS PREVISTOS PARA PARTICIPAR.
La publicación del presente proyecto de pliegos no da apertura formal al proceso y esta se realiza conforme lo establece el estatuto de contratación de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P.
CONVOCATORIA PÚBLICA
La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., con el propósito de suministrar al público en general, la información para que formule sus observaciones dentro de los procesos de contratación, invita a las veedurías ciudadanas, establecidas de conformidad con la ley, para que desarrollen su actividad durante la etapa precontractual, contractual y postcontractual de los procesos de contratación, haciendo recomendaciones escritas y oportunas ante la, Oficina Asesora Jurídica, con el ánimo de buscar la eficiencia institucional y la probidad en la actuación de los funcionarios públicos, así mismo se informa que podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso de contratación, para lo cual podrán solicitar toda la información que no esté publicada en la página Web (xxx.xxxxxx.xxx.xx). El costo de las copias de las peticiones presentadas seguirá las reglas previstas en el código contencioso administrativo.
1.1 OBJETO
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La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., desea seleccionar en igualdad de oportunidades a quien ofrezca las mejores condiciones para contratar CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ENERGIA SOLAR FOTOVOLTAICA EN LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS EN LAS VEREAS DE LA ZONA RURAL DE TAME, EN EL DEPARTAMENTO DE ARAUCA, Lo
anterior de acuerdo con los presentes pliegos de condiciones.
Los alcances y la metodología están descritos en los ANEXOS del presente documento.
Se ejecutará en las Veredas Alto Xxxxx, Banco Purare, El Cerrito, La Reforma, Lejanías, Las Nubes, Nápoles Tres, San Xxxxxxx Rio Tame, San Xxxxxxx, Xxxxxxx y Tablón Purare del Municipio de Tame, Departamento de Arauca de la siguiente manera.
Los trabajos deberán ser desarrollados con las mejores condiciones técnicas, administrativas, en los tiempos de ejecución de actividades y con una estructura de costos óptima y económicamente viable para ENELAR E.S.P. de acuerdo con el alcance, condiciones y especificaciones fijadas en la presente invitación y sus anexos, teniendo siempre presente el garantizarle los derechos y deberes de los usuarios y clientes de ENELAR E.S.P.
La ejecución específicamente consta de:
A. Censo de los beneficiarios, replanteo de usuarios, instalación, montaje y puesta en marcha de 82 soluciones fotovoltaicas individuales cuyas especificaciones se encuentran en el Anexo 4.
B. Suministro e instalación de 82 sistemas autónomos solares fotovoltaicos que incluirá cada uno detalles adjuntos.
C. Adicionalmente, el proveedor deberá proponer y ejecutar un Plan de transferencia de tecnología y conocimiento técnico y operativo para instruir al personal de Xxxxxx E.S.P., para la operación, mantenimiento y preservación de los equipos instalados y la instrucción necesaria para diagnosticar cualquier anomalía en el caso de requerirse la atención técnica especializada. Esta transferencia debe certificarse por parte de la Enelar E.S.P.
El proyecto denominado “CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ENERGIA SOLAR FOTOVOLTAICA EN LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS EN LAS VEREAS DE LA ZONA
RURAL DE TAME, EN EL DEPARTAMENTO DE ARAUCA” está enmarcado dentro del Contrato FAZNI GGC 521 de 2017, cuyo objeto es: “ampliar cobertura y procurar la satisfacción de la demanda de energía eléctrica en las Zonas No interconectadas - ZNI, mediante la ejecución de proyectos del fondo de apoyo financiero para la energización de Zonas No Interconectadas – FAZNI.
El Impacto de este proyecto, permitirá brindar soluciones energéticas de 1 kW a 82 nuevos usuarios dispersos en áreas rurales de 11 veredas del Municipio de Tame.
Para la ejecución del objeto contractual los proponentes deben dar estricto cumplimiento a las Normas y Especificaciones Técnicas adoptadas por la Empresa de Energía de Arauca, ENELAR E.S.P., que sean aplicables al objeto de esta invitación y su alcance.
Debe darse estricto cumplimiento a los requerimientos de orden Jurídico, ambiental, permisos y licencias, establecidos por el Ministerio de Minas y Energía y por ENELAR E.S.P.
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En caso que se deba realizar alguna actividad, cuya norma y especificación no se encuentre dentro de las establecidas por ENELAR E.S.P., se seguirán las que para el caso se contemplen en la Normas Técnicas Colombianas del ICONTEC y las normas de Subtransmisión y Distribución vigentes del antiguo ICEL. (Hoy I.P.S.E.)
La interventoría exigirá al contratista materiales homologados y certificados. Los materiales necesarios para la ejecución de las obras serán suministrados por el contratista, por lo tanto es de su responsabilidad el transporte, su almacenamiento y cuidado, y se abstendrá de instalar material no inspeccionado y aprobado por la interventoría, asumiendo la responsabilidad y costo de desmontarlos y cambiarlos cuando sea necesario. Si se encontraré material que no cumple con todos los requisitos de calidad exigidos en las especificaciones de construcción, (Normas, procedimientos de fabricación, etc.), la interventoría podrá solicitar los cambios o correcciones que sean necesarios.
XXXXXX E.S.P. podrá exigir o autorizar variaciones en las obras respecto a los planos aprobados, cuando las condiciones lo hagan necesarios, lo cual no conllevará a indemnizaciones ni pagos adicionales al Contratista ni lo relevará de sus responsabilidades de cumplimiento, estabilidad, etc. Los planos de la disposición eléctrica no muestran detalles precisos y completos, en ellos se indica la ubicación aproximada y arreglo general. Durante el proceso de la obra, el contratista para la construcción, entregará todos los detalles de cómo se ejecutaron en el momento del montaje y registro de las modificaciones hechas en la obra.
Todo trabajo rechazado por defecto en los materiales, en los elementos empleados, en la mano de obra, por deficiencia de los equipos de construcción ó por defectos en el mismo, debe ser retirado, reconstruido o reparado por cuenta del contratista, si lo ordena el interventor y dentro del plazo razonable que él fije mediante comunicación escrita en la que se informe al contratista sobre los defectos y deficiencias encontradas. Además el contratista queda obligado a retirar del sitio respectivo los materiales y elementos defectuosos cuando así lo exija el interventor, en las mismas condiciones estipuladas anteriormente.
Las actividades consideradas en los trabajos a realizar se encuentran especificadas en el Anexo 1 y en los proyectos CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ENERGIA SOLAR FOTOVOLTAICA EN LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS EN XXX XXXXXX XX XX XXXX XXXXX XX XXXX, XX XX
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX, aprobados por el Comité de Administración del Fondo FAZNI - CAFAZNI, los cuales hacen parte integral del presente documento.
Con el fin de evitar retrasos en la ejecución de la obra y antes de iniciar la ejecución de la misma, el contratista es responsable de gestionar y obtener los permisos ambientales a que haya lugar tales como el plan de manejo ambiental, el Permiso de Aprovechamiento Forestal Único, servidumbres y licencia de construcción entre otros, en caso de que el ente de control imponga multa o sanción a la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., por falta de algún permiso que atente contra el medio ambiente, los recursos naturales o el paisajismo, el contratista asumirá los valores aplicados.
Para la ejecución del contrato que sobrevenga del presente proceso, se deberá tener en cuenta lo establecido en el Contrato FAZNI GGC número 521 de 2017, el cual hace parte integral, por lo que el proveedor que resulte seleccionado durante la ejecución del contrato deberá apoyar a XXXXXX
E.S.P. en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato suscrito con MME que aquí se hace mención, y con las demás que se anuncian a continuación:
1. Obligaciones Generales desde la suscripción del contrato:
a) Suscribir el acta de inicio, de suspensión, reinicio, terminación, liquidación y demás que resulten necesarias para el desarrollo del contrato.
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b) Ejecutar el objeto contractual de una manera idónea y responsable, con base en las especificaciones técnicas y las características establecidas en los pliegos de condiciones y en la propuesta presentada por el contratista.
c) Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se impartan por parte del interventor, supervisor del MME-Ministerio de Minas y Energía, del IPSE – Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas para la correcta ejecución de la obra.
d) Xxxxx con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y que pueda presentarse.
e) Mantener reserva sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto contractual.
f) Xxxxxxx oportunamente las inquietudes específicas sobre el objeto del contrato que solicite ENELAR E.S.P. o el interventor del contrato.
g) A no utilizar total ni parcialmente la información a que tengan acceso, en beneficio propio, de terceras personas o de entidades diferentes a las autorizadas por ENELAR E.S.P.
h) Contar con la infraestructura física, técnica y tecnológica necesaria para cumplir con el objeto del contrato
i) Suministrar por su cuenta y riesgo el número de personas que sean indispensables para el pleno cumplimiento del objeto contractual, suministrándoles los elementos y dotaciones necesarias. La vinculación del personal será por medio de contrato individual de trabajo. Este personal deberá cumplir con los requisitos de acreditación y de conocimientos requeridos para la labor a realizar, sin adquirir ninguna clase de vínculo laboral, comercial, administrativa o de otra índole con ENELAR E.S.P.
j) El contratista se compromete a suministrar el equipo y mano de obra especializada, certificada y capacitada para construcción de sistemas de energía solar fotovoltaica, de conformidad con lo establecido en los requisitos generales y en la propuesta presentada, de acuerdo con el cronograma de actividades establecido por el supervisor del contrato.
k) Los materiales necesarios para la ejecución de las obras serán suministrados por el contratista, por lo tanto es de su responsabilidad el transporte, su almacenamiento y cuidado, y se abstendrá de instalar material no inspeccionado y aprobado por la interventoría, asumiendo la responsabilidad y costo de desmontarlos y cambiarlos cuando sea necesario. Si se encontraré material que no cumple con todos los requisitos de calidad exigidos en las especificaciones de construcción, (Normas, procedimientos de fabricación, etc.), la interventoría podrá solicitar los cambios o correcciones que sean necesarios.
2. Obligaciones previas para la suscripción del Acta de Inicio:
l) Presentar pólizas para su aprobación ante la Oficina Asesora Jurídica.
m) Certificar que el proyecto a ejecutarse a través del presente contrato se encuentra correctamente formulado, en aspectos como diseño, presupuesto, usuarios, cantidades de obra, especificaciones técnicas, terrenos, entre otros aspectos, razón por la cual, el contratista no podrá manifestar posteriormente que no cuenta con los recursos suficientes para dar cumplimiento pleno al proyecto.
n) Presentar el plan de manejo ambiental de acuerdo a las necesidades derivadas de la ejecución del objeto contractual.
ENERGÌA QUE HUMANIZA EL DESARROLLO
ñ) Suscribir con el interventor del contrato el cronograma de ejecución del contrato, en caso de no llegar a un acuerdo el cronograma de trabajo será impuesto por el interventor. El cronograma será de obligatorio cumplimiento por lo cual la interventoría podrá adelantar todas las acciones y procedimientos administrativos, financieros, técnicos y jurídicos, ambientales, y sociales que aseguren el cumplimiento. No obstante las partes, interventoría y contratista podrán convenir modificar el cronograma, previa justificación y aval de ENELAR E.S.P., sin exceder el plazo del convenio, es decir, del 31 de julio de 2018.
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o) Realizar verificación de la localización del proyecto, y evidenciar que no se encuentra en zona de alto riesgo.
p) Presentar la relación del personal contratado para la ejecución del contrato, anexando copia de los contratos laborales, de las afiliaciones al sistema de seguridad social, examen de ingreso, acta de entrega de dotaciones y elementos de seguridad industrial. En el contrato individual de trabajo se debe especificar que son contratados para la ejecución del contrato de obra suscrito con la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P. El aval de la calidad de los elementos de protección de seguridad industrial será dado además de la interventoría, por la subdirección xx xxxxxxx humano, salud ocupación y trabajo social de ENELAR E.S.P., a través de su equipo de seguridad industrial.
q) Presentar el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, en caso de no contar con él, deberá acogerse al que maneja la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., mientras adopta su propio plan.
Nota: Los soportes de cumplimiento de las anteriores obligaciones deberán ser anexadas al acta de inicio.
3. Obligaciones previas al inicio de la ejecución de la obra:
r) Tramitar y obtener dentro de los ocho (8) días siguientes a la suscripción del acta de inicio las licencias y permisos ambientales, concesión de aguas, así como planes de aprovechamiento forestal cuando corresponda. En caso de que se imponga multa o sanción a la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., por falta de algún permiso que atente contra el medio ambiente, los recursos naturales o el paisajismo, el contratista asumirá los valores aplicados.
s) Tramitar y obtener en caso de ser necesario licencia de construcción, y demás permisos que se requieran para llevar a cabo la obra.
4. Obligaciones durante la ejecución del contrato:
t) Revisar diseños de la obra según la localización del proyecto y llevar a cabo los ajustes según las servidumbres y/o permisos de paso, los cuales deberán ser aprobados por el interventor.
u) Verificar en campo la necesidad o no de servidumbre o permiso de paso. En caso de ser necesario deberá evidenciar la existencia del 100% servidumbres y/o permisos de paso. Sin el cumplimiento de este requisito no se puede dar inicio a la ejecución de la obra.
v) Realizar dentro de los tres (03) días siguientes a la suscripción del acta de inicio, la instalación de una valla visible en el lugar de ejecución de la obra que contenga por lo menos la siguiente información: número del contrato, objeto del contrato, contratista, fotografía del proyecto y plazo de ejecución.
x) Coordinar con la comunidad beneficiaria, la interventoría y ENELAR E.S.P., las fechas de socialización previa y continua del proyecto a ejecutarse a través del presente contrato, previo inicio de la ejecución, mensual durante la ejecución y en la entrega del proyecto con la comunidad beneficiada o con los propietarios y/o poseedores de los predios por donde se
extenderá la obra, a quienes de igual manera les informara del mecanismo democrático de representación –VEEDURIA CIUDADANA- que les permitirá ejercer vigilancia sobre la ejecución de la obra. Obligación que se deberá realizar con acompañamiento del interventor, supervisor y la veeduría(s) ciudadana, dejando registro fotográfico que se entregara en la Oficina Asesora Jurídica de ENELAR E.S.P.
y) Cumplir la normatividad en seguridad y salud en el trabajo y velar por que sus trabajadores o subcontratistas, la cumplan.
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z) Informar a ENELAR E.S.P., acerca de los presuntos accidentes de trabajo y enfermedades laborales ocurridos durante el periodo de vigencia del contrato.
aa) El contratista deberá aplicar y dar cumplimiento al Manual de Operación del Sistema Eléctrico y a los procedimientos sobre seguridad industrial de todo trabajo en redes y líneas, adoptados en el sistema de calidad por la Empresa de Energía de Arauca.
ab) Presentar para la suscripción de acta parcial de pago, el anexo de pago de la nómina, las correspondientes certificaciones o autoliquidaciones del pago de afiliación al sistema de seguridad social en salud, pensiones, y pago de transferencia parafiscales a ICBF, SENA, Caja de Compensación Familiar, cuando a ello haya lugar, de acuerdo a lo establecido en las leyes 776 y 789 de 2002, modificada por la Ley 828 de 2003, 797 de 2003 reglamentada por el decreto 510 de 2003, de los trabajadores que ejecutan el presente objeto contractual. Al incumplimiento a lo estipulado en las normas citadas anteriormente dará lugar a que ENELAR E.S.P., de aplicación a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 828 de 2003, y realice los descuentos respectivos.
ac) Dar cumplimiento de las normas legales, salariales y referente a las prestaciones sociales del personal de trabajadores, bajo su exclusiva responsabilidad, según lo dispuesto en el código sustantivo del trabajo demás normas concordantes y complementarias.
ad) Solicitar al Ministerio de Trabajo autorización para la realización de las horas extras de sus trabajadores.
ae) Informar a ENELAR E.S.P., sobre todas las circunstancias que afecten el desarrollo de las actividades contratadas.
af) Presentar a la interventoría informes de gestión mensual con registro fotográfico dentro de los tres (03) días siguientes al cumplimiento de cada mes de ejecución, o cuando la Empresa o el interventor los requiera.
ag) Dar pleno cumplimiento al cronograma de actividades, realizando su ejecución conforme a los aspectos técnicos establecidos en el presente contrato y sus documentos previos, al igual que los establecidos en el contrato interadministrativo FAZNI GGC N° 521 de 2017.
ah) Entregar registro fotográfico a la entidad del desarrollo de la obra, desde su inicio hasta el final.
ai) Cumplir con el plan de manejo ambiental.
aj) Asistir a las visitas programas con la dirección de zona a la obra para realizar cortes, para recibir obra y demás solicitudes. En caso de no hacerlo deberá reconocer a la dirección de zona la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000) equivalentes al costo del día de la logística que se dispuso para atender la diligencia.”
Nota: Toda oferta deberá presentarse en idioma castellano, en original y una copia perfectamente empastada, foliada, con índice paginado y todos los documentos tantos originales como copias deben estar perfectamente legibles.
1.2. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial para para esta invitación proviene de Recursos del Contrato FAZNI GGC número 521 del 10 de noviembre de 2017, celebrado entre el Ministerio de Minas y Energía y la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., es la suma de MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTO SESENTA Y
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OCHO PESOS CON 75/100 M/CTE ($1.769.374.268,75); ), con cargo al rubro presupuestal 242103, para lo cual se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2018010286 del 02 de enero de 2018, expedido por la Dirección Administrativa y Financiera – Coordinación de presupuesto.
El valor del contrato es el que resulte de multiplicar las actividades por sus valores unitarios.
El precio de la propuesta debe considerar todos los impuestos, seguros, transportes, gastos generales, garantías necesarias y costos laborales. La oferta debe ser realizada por cuenta y costo del oferente.
Nota 1. Los proponentes no podrán exceder en su oferta el valor del presupuesto oficial establecido en la presente contratación, so pena de ser rechazada su propuesta.
1.3. PLAZO DEL CONTRATO
El plazo máximo de ejecución total del contrato es de CINCO (05) meses y se inicia a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio que expida la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., previo cumplimiento de los requisitos de ejecución establecidos.
El plazo se entenderá en días calendario y por tanto, es de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA ejecutar los cálculos pertinentes de acuerdo con la programación y flujo de fondos para entregar a la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., a plena satisfacción, los servicios en el plazo convenido. El pago de salarios a sus trabajadores por jornadas supletorias, domingos o feriados, que sea necesario laborar para cumplir con las actividades programadas, lo mismo que los mayores costos por utilización de insumos y equipo adicional si los hubiere, y demás recursos que se empleen con este propósito, serán por cuenta y riesgo del CONTRATISTA.
1.4. MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN
Podrán presentar propuesta para este proceso de licitación las personas naturales o jurídicas, de manera independiente, o en forma conjunta (en consorcio). Sí la propuesta se presenta en forma conjunta, los proponentes aceptarán sin condicionamiento alguno la existencia de una obligación solidaria en relación con la presentación de la oferta, la suscripción y legalización del contrato, así como de su cumplimiento, liquidación y garantía de estabilidad (responsabilidad solidaria en las fases precontractual, contractual y poscontractual). Para la existencia de la obligación solidaria solamente será necesario que la oferta se presente en forma conjunta, en consecuencia no se requiere que se refiera a esta circunstancia de manera expresa. La duración del consorcio debe ser concordante con el plazo de la póliza de estabilidad de la obra
1.5. REGIMEN JURIDICO APLICABLE
El régimen jurídico aplicable a la presente invitación será el previsto en los El régimen jurídico aplicable a la presente invitación será el previsto en el Acuerdo No. 011 del 23 enero de 1996,
mediante el cual se adopta el Reglamento de Contratación de la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., modificado por el Acuerdo No. 036 xx xxxxxx 12 de 1997, por la resolución No.0737 xx xxxxxx 12 de 1997, con la cual se adopta Modificación al Reglamento de contratación, modificado por los Acuerdos No. 002 y 008 de 2005 y 004 de 2017, ley 142 de 1994 y 143 de 1994 y las normas concordantes. En lo que no se encuentra particularmente regulado, se aplicarán las normas comerciales y civiles vigentes.
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1.6. CRONOLOGÍA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
La siguiente es la cronología del proceso a llevarse a cabo en la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., ubicada en las instalaciones del edificio situado en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0x.
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación del aviso de convocatoria en un diario de amplia circulación nacional. | Desde el 10 de enero de 2017 | Diario de amplia circulación nacional |
Publicación del proyecto xx Xxxxxx de condiciones en la página web de ENELAR | Desde el 18 de enero de 2017 hasta el 27 de febrero de 2017 | |
Formulación de Observaciones al Proyecto xx Xxxxxx de condiciones | Desde el 26 de febrero de 2018 hasta el 27 de febrero de 2018 | Correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxx xx Xxxxxx ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
Publicación de la respuesta a las observaciones presentadas al proyecto xx xxxxxx de condiciones. | Al día siguiente de recibidas | Página Web xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx Oficina Asesora Jurídica de la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
Manifestación de interés para presentar ofertas | El 27 de febrero de 2018 | Página Web xxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxx xx Xxxxxx ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
Publicación Resolución de apertura del proceso de selección | 28 de febrero de 2018 | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxx xx Xxxxxx ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
Publicación xxx Xxxxxx de Condiciones Definitivo | 01 xx xxxxx de 2018, a las 8:00 a.m. | Oficina Asesora Jurídica de la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
Cierre del proceso de selección y apertura de las propuestas. | 05 de febrero de 2018, a las 5:00 p.m. | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxx xx Xxxxxx ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
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Publicación del informe de Evaluación de las propuestas | 00 xx xxxxx xx 0000 xx 00 xx xxxxx de 2018 | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxx xx Xxxxxx ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
Consulta y observaciones al informe de evaluación de propuestas (Numeral 6° Art.9 del decreto 2025 de 2009) | Durante los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación | Oficina Asesora Jurídica de la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
Publicación acto de Adjudicación | Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que queda en firme el informe de evaluación | Oficina Asesora Jurídica de la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
Suscripción del contrato | Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación | Oficina Asesora Jurídica de la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., Xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxx 0x, Xxxxxx |
1.7. MANIFESTACION DE INTERES EN PARTICIPAR
Dentro de este plazo los posibles oferentes interesados en participar manifestarán su interés, por escrito a la dirección establecida o al correo electrónico relacionado en la cronología del proceso de selección, en el punto 1.6, a través de documento que establezca las formas de contacto y comunicación eficaz a través de los cuales la entidad podrá informar directamente a cada interesado, cualquier información que modifique la cronología del proceso.
Esta manifestación es requisito habilitante para la presentación de la oferta.
1.8. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Los proponentes no podrán encontrarse incursos dentro de alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar a que se refieren la Constitución Política, el artículo 8º de la Ley
80 de 1993 y normas concordantes. El Proponente declarará en la Carta de Presentación de la propuesta que no se encuentra incurso dentro de dichas inhabilidades e incompatibilidades. El proponente deberá elaborar la propuesta por su cuenta y riesgo, de acuerdo con los solicitado en estos pliegos de condiciones y su(s) Xxxxxx (s), si lo (s) hubiere, e incluir dentro de ella toda la información exigida. La propuesta junto con los ajustes que se puedan presentar por solicitud de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., formará parte integral del contrato.
1.9. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN
El sitio donde se va a ejecutar el contrato derivado del presente proceso de selección, será en las Veredas Alto Xxxxx, Banco Purare, El Cerrito, La Reforma, Lejanías, Las Nubes, Nápoles Tres, San Xxxxxxx Rio Tame, San Xxxxxxx, Xxxxxxx y Tablón Purare del Municipio de Tame, Departamento de Arauca, descrita en el numeral 1.1.
1.10. VERIFICACION Y EVALUACION DE LA PROPUESTAS
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La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. efectuará la verificación técnica, financiera y jurídica de las propuestas; y podrá solicitar a los proponentes la aclaración de sus propuestas o la presentación de los documentos que conduzcan a ello, conforme a los pliegos. Pero ello no significa que surja para los mismos el derecho a modificarlas o adicionarlas.
El proponente deberá dar respuesta a las solicitudes de aclaración a la propuesta dentro del término fijado por la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., en ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
2. CONDICIONES E INSTRUCCIONES GENERALES
2.1. APERTURA
La fecha de apertura de la presente, será el día 01 xx xxxxx de 2018 a las 8:00 a.m.
2.2. CIERRE
Se tiene previsto el cierre y recepción de propuestas hasta el día 05 xx xxxxx de 2.017 a las 5:00 p.m. en la Oficina Asesora Jurídica de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR
E.S.P. Piso 3 Xxxxxxx 00 Xx 00-00, xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx.
Transcurrida la hora programada para la entrega de las propuestas, se suscribe un acta de cierre, entre el Representante Legal de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. o su delegado, los miembros presentes del comité de licitaciones y contratos y los proponentes asistentes, se da lectura a los datos más representativos de las propuestas, entre los que se encuentran: valor propuesta (sobre propuesta económica), nombre del proponente, domicilio, teléfono y se deja constancia del número de folios de cada una de las ofertas. Los proponentes asistentes podrán dejar las respectivas observaciones en relación con la lectura de los citados documentos.
La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. no será responsable por no abrir, o abrir prematuramente los sobres incorrectamente dirigidos o sin la identificación adecuada.
A partir de la fecha y hora de cierre del plazo de la presente, invitación los proponentes no podrán retirar, adicionar, corregir o mejorar sus propuestas.
2.3. RESOLUCION DE APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
El proceso de selección es ordenado por el Representante Legal de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P.
2.4. PRESENTACION Y ENTREGA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas deberán ser presentadas en idioma español y escritas en cualquier medio Civil, junto con todos los documentos que la acompañan y deberán ser entregadas dentro del plazo respectivo, en UN (01) ORIGINAL, en sobre cerrado y sellado en la Oficina de Asesora Jurídica tercer piso Xxxxxxxx xx xx XXXXXXX XX XXXXXXX XX XXXXXX - XXXXXX X.X.X. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx.
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La propuesta debe presentarse en tres (03) cuadernos independientes: Un cuaderno con los documentos de carácter jurídico, otro de orden técnico y otro de orden financiero según lo contenido en el numeral 2.8.11 de los presentes pliegos de condiciones.
Durante la Audiencia Pública de apertura se verificará el contenido de la propuesta en sus aspectos jurídicos y técnicos y se verificará la conformidad del número de folios anunciado.
Cada sobre contendrá una propuesta la cual comprende tres cuadernos conforme a los incisos anteriores. Cada uno de los sobres deberá indicar la siguiente información:
EMPRESA DE ENERGIA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. INVITACIÓN PÚBLICA No 001 de 2018
OBJETO: CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ENERGIA SOLAR FOTOVOLTAICA EN LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS EN XXX XXXXXX XX XX XXXX XXXXX XX XXXX, XX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX
PROPONENTE:
INFORMACION JURIDICA (Cuadernillo No. 1), INFORMACION FINANCIERA (Cuadernillo No. 2)
INFORMACION TECNICA (Cuadernillo No. 3) - Según sea el caso ORIGINAL
Tanto el original como la copia serán entregadas con todas sus páginas consecutivamente numeradas y un índice general, que permita consultar de manera ágil la propuesta.
Si se presentare alguna diferencia entre el original de la propuesta y la copia, prevalecerá el texto del original.
Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la acompañan deberá ser confirmada o validada con la firma del proponente.
No se aceptan propuestas enviadas por fax o cualquier otro medio telemático, ni las que sean presentadas con posterioridad a la hora exacta de la fecha de cierre. Cerrado el proceso de contratación no se admitirá modificación de la propuesta.
En los casos en que las propuestas sean presentadas por correo, se tendrá como fecha y hora de entrega la fecha y hora de recepción en la Oficina Asesora Jurídica, con prevalencia sobre la fecha que registre la empresa transportadora.
2.5. CONSORCIOS.
Los proponentes indicarán, si su participación es a título de consorcio. En el evento que se trate de un consorcio sus integrantes entenderán que la responsabilidad es solidaria, mancomunada e
ilimitada en todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, por ello las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato afectarán a todos sus miembros. El número máximo de integrantes del consorcio debe ser dos en partes iguales, y los dos deben aportar a la experiencia tanto en la General como en la específica. La duración del consorcio debe ser concordante con el plazo de la póliza de estabilidad de la obra.
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Los miembros del consorcio deberán designar la persona que, para todos los efectos de la presente contratación los represente, quien será el único medio de comunicación entre estos y la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. Cualquier cambio en su designación deberá ser notificada por escrito a la Oficina Jurídica Piso Tres Edificio de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. Municipio de Arauca, si sucede antes de la adjudicación, o en la etapa de ejecución del contrato dentro de los cinco (5) días siguientes a la designación (formatos 2 y 3).
Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión del contrato entre los integrantes del consorcio. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá previa autorización escrita de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. En caso de aceptarse la cesión por parte de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente.
2.6. PROPUESTAS ALTERNATIVAS
El proponente NO puede presentar propuestas alternativas.
2.7. PROPUESTAS PARCIALES
Para esta contratación NO se acepta la presentación de propuestas parciales.
2.8. DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Como parte integral de la propuesta deberán acompañarse los documentos que se indican a continuación.
2.8.1 CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA (FORMATO No. 1)
Debidamente firmada por el proponente indicando su nombre y número de identificación o en caso de ser persona jurídica por el representante legal o la persona debidamente facultada o autorizada para ello.
En los casos de Consorcios, la carta de presentación de la propuesta deberá ser firmada por el representante y a la misma deberá anexarse el documento que acredite tal representación.
2.8.2 CERTIFICADOS EXPEDIDOS POR LA CAMARA DE COMERCIO (documento Original)
Las personas jurídicas deberán presentar el CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL, en documento original, expedido dentro de los quince (15) días calendario anteriores a la fecha de entrega de las propuestas, en el que se indique un término de duración de la sociedad no
ENERGÌA QUE HUMANIZA EL DESARROLLO
inferior al término de ejecución del contrato y cinco (5) años más; en los casos de adendas modificatorios del plazo de la licitación, se tomará como fecha para la verificación del presente requisito la señalada inicialmente, esto es, antes del adenda.
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2.8.3 COPIA LEGIBLE DE LA CÉDULA DE CIUDADANIA DEL PROPONENTE PERSONA NATURAL, DEL REPRESENTANTE, DE LA PERSONA JURÍDICA Y DE LOS MIEMBROS DEL CONSORCIO.
2.8.4 COPIA DEL RUT
2.8.5 DOCUMENTOS DE ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN PARA PARTICIPAR
Fotocopia de la matrícula o tarjeta profesional como Ingeniero Electricista o Eléctrico del proponente persona natural, del representante legal de la persona jurídica y del representante del consorcio y de la persona profesional que avala las propuestas en el caso de requerirse el abono, debidamente habilitados para el ejercicio de la profesión.
2.8.6 ABONO DE LA PROPUESTA EN LOS CASOS EN QUE ASI SE REQUIERE
El oferente que sea persona natural debe acreditar la especialidad en la profesión de Ingeniero Eléctrico o Electricista, para ello se requiere anexar copia de la matricula o tarjeta profesional, para la actividad de la especialidad. Cuando el representante legal de la persona jurídica proponente, o los miembros del consorcio, no tenga tarjeta profesional para la actividad de la especialidad - Ingeniero Eléctrico o Electricista, la propuesta para ser considerada válida, el proponente deberá abonar su propuesta por un Ingeniero Eléctronico debidamente habilitado para el ejercicio de la profesión. Para los efectos, el proponente tendrá en cuenta el formato No 1A. La ausencia del abono en los casos requeridos dará lugar a declarar no admisible la propuesta. Se mantiene requisito de acuerdo a la ley de las profesiones. En todo caso la oferta debe ir avalada por un ingeniero electricista con matricula profesional.
2.8.7 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DEL CONSORCIO DE CONFORMIDAD CON LOS FORMATOS 2 XXX XXXXXX DE CONDICIONES. En original.
2.8.8 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
El proponente deberá constituir a favor de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., una garantía consistente en una póliza expedida por una compañía de seguros o un banco legalmente establecido en Colombia, para responder por la seriedad de su propuesta, el perfeccionamiento y legalización del contrato.
En caso de presentarse garantía Bancaria esta debe contener la siguiente leyenda: “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en la cual queda ejecutoriado el Acto Administrativo que declare el incumplimiento del oferente”.
En los casos de consorcios, la garantía de seriedad deberá ser constituida a nombre de todos los miembros que la conformen. Cuando se trate de personas naturales a nombre de éste y cuando es persona jurídica a nombre de la misma.
La garantía de seriedad de la propuesta deberá ser constituida mínimo por EL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL. La vigencia de esta garantía será de CUATRO (4) MESES contados a partir del día de cierre de la contratación. Esta garantía debe anexarse a la propuesta como documento de la oferta
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En los casos en que la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P evidencie insuficiencia de la Póliza en cuanto al valor asegurado, vigencia o titularidad de las partes que la conforman, la propuesta será declarada no admisible.
Si la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., llegare a prorrogar los términos de cierre, adjudicación o del perfeccionamiento del contrato, exigirá la ampliación del término de la garantía de seriedad de la propuesta, por el tiempo que la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. considere necesario. En caso de que el oferente no amplíe la póliza la propuesta será declarada no admisible
Adicionalmente a la póliza, se deberá anexar el recibo original de pago de la prima con firmas y sellos correspondientes, sin presentar tachaduras ni enmendaduras. La no presentación del recibo generará NO ADMISIBILIDAD.
NOTAS:
La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., solo aprobará las garantías que sean expedidas por compañías de seguros legalmente constituidas en Colombia, cuyos márgenes de solvencia y patrimonio técnico estén autorizados por la Superintendencia Financiera al cierre del año inmediatamente anterior al cierre de la presente invitación o a la firma del contrato.
Cuando la compañía de seguros que haya expedido la garantía de seriedad de la oferta, no cuente con la autorización de la Superintendencia Financiera respecto de los márgenes de solvencia y patrimonio técnico exigidos, se requerirá al proponente para que en el término que la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. le señale, xxxxxxx nueva garantía de seriedad con el lleno de estos requisitos.
El incumplimiento de este requerimiento dará lugar a la eliminación de la propuesta.
Si el proponente favorecido no suscribe el contrato dentro del término establecido en los presente términos de referencia o no constituye las garantías contractuales, quedará a favor de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la citada garantía y se procederá a la adjudicación de la segunda propuesta más favorable.
2.8.9 CERTIFICACION PAGO DE APORTES PARAFISCALES:
En caso de que el proponente sea persona jurídica, deberá acreditar el pago de los aportes parafiscales de sus empleados a los sistemas de salud, ARP, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, mediante certificación expedida por el Representante Legal o el Revisor Fiscal cuando éste exista por requerimiento xx Xxx, durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiere constituido la sociedad y nunca podrá ser inferior a seis (6) meses. (Art. 50 Ley 789 de 2.002 y 2800 de 2003).
La certificación debe corresponder a los seis (6) meses anteriores a la apertura de la presente invitación, o en caso de que la sociedad haya sido constituida en un término inferior a los seis (6) meses, por el tiempo de su constitución.
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En el caso de persona natural, ésta debe demostrar que se encuentra afiliado al sistema de salud y acreditar los correspondientes pagos: si tiene trabajadores a su servicio, deberá acreditar además el pago a la seguridad social de éstos, así como de los parafiscales antes señalados, durante los seis (6) meses anteriores a la apertura de la presente invitación.
Se entiende que la certificación a que se refiere este numeral debe estar vigente y el último pago efectuado a los sistemas de salud, ARP, pensiones y aportes parafiscales debe corresponder al mes del cierre de la presente contratación o al último mes que por ley le corresponda pagar.
NOTA: En caso de presentar la certificación con inconsistencias, la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. podrá solicitar al proponente la aclaración de la misma.
2.8.10 REGISTRO UNICO DE PROPONENTES:
Los proponentes que deseen participar, deben estar inscritos, clasificados y calificados en el Registro Único de Proponentes en la Cámara de Comercio. De conformidad con en el Clasificador de bienes y servicios de la ONU conforme al sistema UNSPSC, v14_0801, en los siguientes grupos:
CLASIFICACION UNSPSC, v14_0801 | DESCRIPCION |
261116 | Generadores de potencia |
261315 | Centrales eléctricas |
261318 | Equipo de control de producción de energía |
391016 | Lámparas y bombillas |
391115 | Iluminación de interior y artefactos |
721515 | Servicios de sistemas eléctricos |
811017 | Ingeniería eléctrica y electrónica |
El Registro Único de Proponentes (RUP) que hace parte integral de la propuesta, deberá presentarse en original con fecha de expedición no superior a treinta (30) días, del cierre de la presente invitación. Debidamente vigente y en firme como lo estipula el artículo 221 del Decreto 19 de 2012.
Los proponentes sean personas jurídicas que no cumplan con la clasificación arriba requerida en el Registro Único de Proponentes (RUP), no podrán participar en el presente proceso.
Cuando se trate de consorcio todos los miembros que lo integren deben acreditar la calificación y clasificación exigida
2.8.11 DOCUMENTOS FINANCIEROS.
2.8.11.1 INFORMACION FINANCIERA.
El proponente sea persona natural o jurídica, debe anexar copia del RUP.
Cada uno de los integrantes del Consorcio, bien sea persona natural o jurídica, deberá adjuntar copia del RUP. Teniendo en cuenta lo establecido en el numeral 3.2.2 xxx Xxxxxx de Condiciones.
2.8.12 DOCUMENTOS TÉCNICOS
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REQUISITOS HABILITADORES DE ORDEN TÉCNICO NO SUBSANABLES: (Su omisión genera el
rechazo de la propuesta).
2.8.12.1 Formularios de cantidades.
2.8.12.2 Análisis de Precios Unitarios ofrecidos.
2.8.12.3 Anexo 2 Relación de los contratos vigentes.
2.8.12.4 Anexo 3 Relación de los contratos ejecutados o en ejecución que cumplan con la experiencia genérica y específica.
2.8.12.5 Certificaciones de contratos que cumplen con la experiencia genérica y específica, determinados por la actividad, especialidad(es) y grupo(s).
2.8.12.6 Relación de personal profesional.
2.8.12.7 Certificado de visita al sitio de trabajo.
2.8.12.8 Para persona jurídica certificación de pago de aporte de parafiscales de acuerdo a las condiciones descritas en el numeral 2.8.9 y para personas naturales copia de las planillas de pago a la seguridad social integral (Salud o Pensión o Riesgos Profesionales) correspondientes a los seis (6) meses anteriores a la apertura de la presente invitación.
2.8.13 OTROS DOCUMENTOS JURÍDICOS (Documentos Subsanables). CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS Y FISCALES
2.8.13.1. Certificado de antecedentes disciplinarios vigente, expedido por la Procuraduría General de la Nación, del proponente persona natural, del representante legal de la persona jurídica, así como, de la empresa proponente y de los miembros del consorcio, si fuere el caso.
2.8.13.2. Certificado de antecedentes fiscales o boletín fiscal vigente, expedido por la Contraloría General de la República, del proponente, la persona jurídica y de los miembros del consorcio.
2.9 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
El Proponente apoyará la acción del Estado Colombiano y de la EMPRESA DE ENERGIA DE ARAUCA ENELAR E.S.P. para que durante todo el proceso precontractual, contractual, y postcontractual se cumplan los principios de transparencia y objetividad, en consecuencia asume las responsabilidades que se deriven de sus actuaciones en contra de estos principios
NOTAS
1. XXXXXX E.S.P. SE RESERVA EL DERECHO DE VERIFICAR LA INFORMACION Y DOCUMENTACIÓN APORTADA POR EL OFERENTE, EN CASO DE ENCONTRAR INCONSISTENCIAS EN CUALQUIER DOCUMENTO O EN LA INFORMACIÓN, ESTOS NO SERÁN OBJETO DE EVALUACIÓN.
2. SI SE ENCUENTRA ADULTERACIÓN DE DOCUMENTOS SE PONDRÁ EN CONOCIMIENTO INMEDIATO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE.
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3. CUANDO SE TRATE DE OFERTAS QUE PRESENTAN INCONSISTENCIAS O INEXACTITUDES, QUE A JUICIO DE XXXXXX E.S.P. AMERITEN ACLARACIONES, ESTA REQUERIRA AL PROPONENTE PARA QUE RINDA LAS EXPLICACIONES CORRESPONDIENTES DENTRO DEL PLAZO QUE SE LE SEÑALE. DE TODAS FORMAS SI ENELAR E.S.P. NO ENCUENTRA RAZONABLES LAS EXPLICACIONES PRESENTADAS Y PERSISTIERE LA INCONSISTENCIA O INEXACTITUDES, SE PROCEDERÁ A LA ELIMINACIÓN DE LA PROPUESTA, SIEMPRE Y CUANDO NO SE TRATE DE DOCUMENTOS QUE TIENEN PUNTAJE, EN CUYO CASO SERAN EVALUADOS CON CERO (0) PUNTOS.
4. EN EL EVENTO QUE EL PROPONENTE QUIERA HACER VALER DOCUMENTOS QUE YA REPOSAN EN ENELAR E.S.P., XXXXXX ASI MANIFESTARLO POR ESCRITO, INDICANDO EN QUE PROCESO O EXPEDIENTE SE ENCUENTRAN. VALDRA LA COPIA QUE XXXXXX E.S.P. TOME Y ANEXE AL EXPEDIENTE DE ESTA CONTRATACION, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLA LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LA MISMA.
2.10 ELIMINACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. considerará No Admisibles las propuestas, entre otros, en los siguientes casos:
Cuando xxxx presentadas extemporáneamente y cuando fueren presentadas por una persona o firma diferente a la que hizo el retiro del documento regla.
Cuando se omita la presentación de cualquiera de los documentos relacionados como no subsanables dentro del documento regla o cuando siendo subsanables el proponente no procedió a realizar las aclaraciones requeridas por la entidad dentro del término perentorio concedido para el efecto.
Cuando en la propuesta se presenten inconsistencias o imprecisiones o información que no corresponda con la realidad y que sean determinantes para la evaluación y comparación de las propuestas. Lo anterior procederá cuando el proponente no haya logrado aclarar o explicar satisfactoriamente el asunto en cuestión o cuando la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA -ENELAR E.S.P. luego de cotejar o hacer las averiguaciones respectivas, no se logren aclarar las inconsistencias. Esta causal origina el cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
Cuando no incluya autorización de la junta de socios, y esta se requiera para presentar propuesta y celebrar contrato.
Cuando haya lugar a una de las causales de inhabilidad o incompatibilidad de acuerdo con las normas legales vigentes. Aplicación de lo dispuesto por el decreto 679 de 1.994.
Cuando los proponentes no cumplan con los requisitos de participación estipulados en este documento regla.
Cuando no se cotice uno o varios ítems o se altere el formulario de presupuesto de ejecución del contrato y su variación sea superior al 5% del análisis de precios unitarios.
Cuando una vez hecha la corrección aritmética, si a ello hubo lugar, la diferencia entre el valor presentado y el valor corregido supera el cinco por ciento (5%) con respecto al valor presentado, ó se supere el presupuesto oficial.
Cuando el plazo propuesto sea diferente al exigido por la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. en el documento regla, por exceso o por defecto.
Cuando la propuesta presentada supere el presupuesto oficial.
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Cuando la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., detecte la existencia de acuerdos entre los proponentes para manejar artificialmente la adjudicación.
Cuando se evidencia que las propuestas presentan precios artificialmente bajos u ostensiblemente desproporcionados.
Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo oferente ya sea directamente o por intermedio de otra persona.
Cuando el proponente reporte antecedentes que de conformidad con la ley lo inhabilitan para celebrar Contratos con el Estado.
Cuando no se anexe la carta de presentación o la presente sin firma.
Cuando no se anexe el listado del personal profesional y/o técnico con matricula vigente.
Cuando no se aporte el documento de constitución, conformación y reglamentación del consorcio.
Cuando en el Registro Único de Proponentes el oferente no se encuentre clasificado en la actividad, especialidad y grupo requerido en estos pliegos.
Cuando no cumplan con las disposiciones establecidas en la Guía de Seguimiento, Selección, Evaluación y Reevaluación de proveedores para los procesos de invitación pública.
2.11 DECLARATORIA DE PROCESO DESIERTO
La declaratoria de desierto del proceso de selección únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión. Contra esta decisión no procede recurso alguno.
La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. declarará desierto el proceso de selección entre otros en los siguientes casos:
Cuando se hubiere omitido dentro del proceso de selección alguno de los requisitos exigidos por la Ley o del estatuto de contratación de ENELAR E.S.P.
Cuando ninguna de las propuestas se ajuste al documento regla.
Cuando no se presente oferta alguna
Cuando se hubiere violado la reserva de las mismas de manera ostensible y antes del cierre del proceso de selección.
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La capacidad jurídica, la capacidad financiera, las condiciones de experiencia y los recursos propuestos del oferente, serán objeto de verificación de CUMPLIMIENTO más no de PONDERACIÓN.
Los factores técnicos y precio serán objeto de calificación.
3.1. EVALUACION JURIDICA, FINANCIERA Y TÉCNICA.
La evaluación de la propuesta se hará de forma simultánea: para el efecto, la Gerencia entregará las propuestas a las áreas jurídica, financiera y técnica para su correspondiente evaluación.
Cuando sea viable, la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. requerirá al proponente para que presente aclaraciones a su propuesta, las cuales deberán remitirse en el plazo señalado por la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P.
Esto no implicará ni permitirá de manera alguna la posibilidad de adicionar o mejorar la propuesta por parte de los oferentes. Para el efecto los proponentes deberán registrar con la propuesta un número de fax y/o de correo electrónico.
TERMINO PARA RENDIR LOS INFORMES DE EVALUACIÓN
Los informes evaluativos deberán estar listos para ser publicados entre el 00 xx xxxxx xx 0000 xx 00 xx xxxxx xx 0000.
3.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
El sistema de evaluación está basado en los siguientes Factores y distribución de puntaje:
FACTORES HABILITACIÓN
Capacidad Jurídica (Admisible / No admisible)
Capacidad financiera (Admisible / No admisible) Experiencia cumplimiento en contratos anteriores (Admisible / No admisible) Experiencia especifica (Admisible / No admisible)
3.2.1 CAPACIDAD JURIDICA (Admisible / No admisible)
La Oficina Asesora Jurídica de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. se encargará de verificar la documentación jurídica allegada con cada propuesta y de emitir el estudio jurídico sobre ello, para establecer su conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en los pliegos de condiciones.
3.2.2 EVALUACION CAPACIDAD FINANCIERA (Admisible / No admisible)
Con base en la información financiera tomada del RUP la cual debe estar en normas NIF y/o de los estados financieros a 31 de diciembre del 2016 (para empresas con antigüedad menor a un año, la
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información financiera se tomará del balance inicial de conformación de la empresa), presentado bajo normas NIF, ENELAR E.S.P., calculará los indicadores financieros y verificará el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación. En el caso de Consorcios, los indicadores se calcularán con base en la suma aritmética de la información de cada integrante, registrada en el RUP y/o de los estados financieros con corte a 31 de diciembre del 2016, presentado bajo normas NIF. La propuesta que cumpla con todos los indicadores financieros y las condiciones mencionadas a continuación, será considerada como admisible.
La propuesta que no cumpla con alguno de los indicadores financieros y las condiciones antes mencionados, será considerada como NO ADMISIBLE.
CAPITAL DE TRABAJO (CT): DEBERÁ SER MAYOR O IGUAL AL 100% DEL PRESUPUESTO OFICIAL (HÁBIL /NO HÁBIL)
Fórmula General: Capital de Trabajo = Activo Corriente (AC) – Pasivo Corriente (PC) CT = > 100% (CTd)
CTd= El Capital del Trabajo Demandado para el presente Proceso se calcula así: CTd= (PO) *100%
CTd= Capital de Trabajo Demandado para el presente proceso PO= Presupuesto Oficial para el presente Proceso
A= Anticipo para el presente proceso, tomando el mayor valor en términos absolutos y/o relativos que la entidad ha dispuesto en los pliegos de condiciones para tales efectos
El capital de trabajo se calculara a partir de la información financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes. La determinación del capital de trabajo previsto se sujetará a las siguientes condiciones:
a) Cuando el Proponente fuere una persona natural y/o jurídica que de manera individual e independiente de otras se presente a la licitación, se determinará su capital de trabajo a partir de la información financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes –RUP.
b) Cuando se trate de Propuestas presentadas bajo la modalidad de Consorcio, el capital de trabajo se determinará a partir de la sumatoria simple del capital de trabajo de cada uno de los miembros que forman parte del Consorcio. Para ello se determina el capital de trabajo así (Capital de trabajo 1 + Capital de trabajo 2 + Capital de trabajo 3+…), tomando la información financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes –RUP de cada integrante.
LIQUIDEZ: Deberá ser mayor o igual a cinco (2.5). (HÁBIL /NO HÁBIL)
Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente >= 2.5
La determinación del indicador de Liquidez se sujetará a las siguientes condiciones:
a) Cuando el Proponente fuere una persona natural y/o jurídica que de manera individual e independiente de otras se presente a la licitación, se determinará su indicador de liquidez a partir de la información financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes vigente y en firme.
b) Cuando se trate de Propuestas presentadas bajo la modalidad de Consorcio, se determinará sus indicadores de liquidez a partir de la sumatoria proporcional del indicador de liquidez de cada uno de los miembros que forman parte del Consorcio. Para ello se determina (Liquidez 1 x % de participación 1 + Liquidez 2 x % participación 2 +…) a partir de la información financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes de cada uno de los integrantes.
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NIVEL DE ENDEUDAMIENTO: Deberá ser menor al cincuenta y cinco 55% (HÁBIL /NO HÁBIL)
Nivel de Endeudamiento = Pasivo Total / Activo Total <55%
La determinación del indicador de Nivel de Endeudamiento se sujetará a las siguientes condiciones:
a) Cuando el Proponente fuere una persona natural y/o jurídica que de manera individual e independiente de otras se presente a la licitación, se determinará su indicador de nivel de endeudamiento a partir de la información financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes vigente y en firme.
b) Cuando se trate de Propuestas presentadas bajo la modalidad de Consorcio, se determinará su indicador de nivel de endeudamiento a partir de la sumatoria proporcional del indicador de nivel de endeudamiento de cada uno de los miembros que forman parte del Consorcio. Para ello se determina (Nivel de endeudamiento 1 x % de participación 1 + Nivel de endeudamiento 2 x % participación 2 +…) a partir de la información financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes de cada uno de los integrantes.
RELACIÓN PATRIMONIAL: Deberá ser menor a Dos (2.0) (HÁBIL /NO HÁBIL)
Relación Patrimonial = Valor del Presupuesto Oficial/Patrimonio Dónde: Patrimonio = Activo Total – Pasivo Total
La determinación del indicador de relación patrimonial se sujetará a las siguientes condiciones:
a) Cuando el Proponente fuere una persona natural y/o jurídica que de manera individual e independiente de otras se presente a la licitación, se determinará su indicador de nivel de endeudamiento a partir de la información financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes vigente y en firme.
b) Cuando se trate de Propuestas presentadas bajo la modalidad de Consorcio y uniones temporales, se determinará su indicador de relación patrimonial a partir de la sumatoria proporcional del indicador de relación patrimonial de cada uno de los miembros que forman parte del Consorcio. Para ello se determina (relación patrimonial 1 x % de participación 1 + relación patrimonial 2 x % participación 2 +…) a partir de la información financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes de cada uno de los integrantes.
En caso que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores anteriormente mencionados, ésta será considerada como NO ADMISIBLE.
Será necesario que en la verificación de la capacidad financiera, las Propuestas hayan sido consideradas ADMISIBLE para poder continuar en el proceso de evaluación.
3.2.3 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE (ADMISIBLE / NO ADMISIBLE).
Se pretende evaluar al oferente con base en la capacidad demostrada en trabajos de actividades electicas, como contratista.
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3.2.3.1. EXPERIENCIA PROBABLE (E) (Admisible/No Admisible).
La Experiencia (E) se determinará para las personas jurídicas por el tiempo durante el cual han ejercido su actividad en construcción de Soluciones solares en un tiempo no menor a CINCO (5) años; se determinará por el tiempo que hayan desarrollado la actividad, a partir de la fecha de matrícula relacionada en el Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio y para las personas naturales profesionales un tiempo no menor a CINCO (5) años, se determinará por el tiempo que hayan desarrollado la profesión en la actividad, a partir de la fecha de grado.
Para efecto de evaluar los consorcios ó uniones temporales al menos uno de los integrantes de estas sociedades deberá cumplir con este requisito. El tiempo de la experiencia se cuenta a partir de la fecha de cierre de la presente licitación.
3.2.3.2. EXPERIENCIA EN EJECUCIÓN DE CONTRATOS (Admisible / No admisible)
3.2.3.2.1. EXPERIENCIA GENÉRICA:
Solo se tendrán en cuenta para evaluar la experiencia genérica los contratos que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que a la fecha de cierre de la presente CONVOCATORIA se encuentren totalmente terminados y/o liquidados
b) Para el presente proceso solo se tendrá en cuenta contratos de construcción y/o montaje y/o adecuación y/o mantenimiento y/o evaluación y/o automatización xx xxxxxxx de energía (Subestaciones Eléctricas y/o Grupos Electrógenos y/o Solución Fotovoltaica y/o plantas industriales).
c) Para el presente proceso de selección los proponentes acreditarán EXPERIENCIA a través de la información consignada en el certificado del Registro Único de Proponentes (Para persona naturales y jurídicas nacionales y extranjeras con domicilio en Colombia), relacionando, en el formulario respectivo, la experiencia que pretendan hacer valer en el presente proceso, la cual debe corresponder a la de máximo tres (03) contratos terminados en los últimos 3 años, cuyo objeto sea o incluya dentro de su alcance Implementación y/o Construcción de sistemas de generación fotovoltaica en ZONAS NO INTERCONECTADAS en COLOMBIA.
d) Los contratos suscritos con entidades públicas podrán acreditarse mediante acta de liquidación del contrato y/o acta de recibo final y/o certificación expedida por la ENTIDAD contratante, en la cual sea posible verificar: el objeto, valor, plazo, fecha de inicio y terminación del contrato.
e) Se exigirá a partir de la información que se relacionará en el formulario previsto para ello Anexo No 3; en el evento para el cual la información no aparezca reportada en el certificado
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de inscripción de registro de proponentes, se deberán adjuntar los certificados expedidos por la entidad contratante.
Debe haber coherencia entre el objeto social del proponente y el objeto a contratar, de lo contrario no se tendrá en cuenta la propuesta.
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Para la acreditación de la EXPERIENCIA REQUERIDA, además de consignarse en el formulario de experiencia toda la información solicitada, según corresponda, el proponente deberá cumplir los siguientes requisitos:
Aportar máximo tres (03) contratos terminados que cumplan el Objeto en el presente pliego, los cuales deben encontrarse inscritos en el Registro Único de Proponentes – RUP, en la clasificación solicitada en el presente procesos, para las personas que estén obligadas a efectuar dicha inscripción.
Cada uno de los contratos aportados para efectos de acreditación de experiencia deben encontrarse clasificados en el “Clasificador de Bienes, Obras y Servicios de las Naciones Unidas” en todas de las siguientes clasificaciones, así:
Clasificación de bienes y servicios de la ONU conforme al sistema UNSPSC, v14_0801, en por lo menos uno de los siguientes grupos:
CLASIFICACION UNSPSC, v14_0801 | DESCRIPCION |
261116 | Generadores de potencia |
261315 | Centrales eléctricas |
261318 | Equipo de control de producción de energía |
391016 | Lámparas y bombillas |
391115 | Iluminación de interior y artefactos |
721515 | Servicios de sistemas eléctricos |
811017 | Ingeniería eléctrica y electrónica |
El cumplimiento de las anteriores clasificaciones de los contratos de la experiencia genérica se verificará mediante el Registro Único de Proponentes (RUP) y/o copia del acta de liquidación del contrato y/o acta de recibo final y/o certificación expedida por la ENTIDAD contratante para verificar el objeto del contrato y/o actividades, en la cual sea posible verificar: el objeto, valor, plazo, fecha de inicio y terminación del contrato.
Igualmente se exigirá a partir de la información que se relacionará en el formulario previsto para ello Anexo No 3; en el evento para el cual la información no aparezca reportada en el certificado de inscripción de registro de proponentes, se deberán adjuntar los certificados expedidos por la entidad contratante.
Xxxx Xxxxx coherencia entre el objeto social del proponente y el objeto a contratar, de lo contrario no se tendrá en cuenta la propuesta.
3.2.3.2.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA PRINCIPAL.
Se evaluarán únicamente los contratos relacionados en el formulario previsto para ello Anexo No 3; en el evento para el cual la información no aparezca reportada en el certificado de inscripción de registro de proponentes, los contratos (experiencia específica) que figuren en el Anexo No 3 podrán ser acreditados con uno de los siguientes documentos:
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• Los contratos suscritos con entidades públicas podrán acreditarse mediante Acta de recibo final o Acta de Liquidación, expedidas cualquiera de ellas por la ENTIDAD contratante, en la cual sea posible verificar: el objeto, valor, plazo, fecha de inicio y terminación del contrato.
No se aceptan subcontratos.
Si al comparar la información presentada en el Anexo 3 con la documentación que aporte el proponente dentro de su oferta para acreditar dicha información, se advierten datos erróneos, incompletos o inconsistentes, prevalecerá el contenido de los documentos soporte.
Para el caso de contratos ejecutados por el proponente como parte de un Consorcio o de una Unión Temporal, el integrante informará únicamente el valor correspondiente al porcentaje de su participación en el Formulario Predispuesto para tal fin. Anexo No 3.
La experiencia específica exigida en el Anexo No 3, cuando la propuesta se presente en consorcio, se obtendrá de la sumatoria de experiencia de todos los integrantes para cada requisito.
Solo se tendrán en cuenta para evaluar la experiencia específica los contratos que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que a la fecha de cierre de la presente CONVOCATORIA se encuentren totalmente terminados y liquidados.
b) Presentar máximo (2) contratos cuyo objeto incluya el suministro, instalación y/o implementación de sistemas de energía solar fotovoltaica, y cuya sumatoria supere al menos 100% el valor del presupuesto oficial del presente proceso, terminados dentro de los últimos 3 años y que haya sido desarrollados en zonas no Interconectadas de COLOMBIA. Además los anteriores contratos deben cumplir los siguientes requisitos y no deben usarse los mismos de la experiencia general:
Al menos uno (1) de los contratos debe contemplar la ejecución de un proyecto de Implementación y/o Construcción de sistemas de generación fotovoltaica aislado instalado en Colombia, con mínimo 82kv con el mínimo del número de usuarios requeridos en el presente proceso.
Al menos uno (1) de los contratos debe haber demostrado un Plan de sostenibilidad avalado con mínimo los usuarios requeridos en el presente proceso.
Para el presente proceso de selección los proponentes acreditarán EXPERIENCIA a través de la información consignada en el certificado del Registro Único de Proponentes (Para personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras con domicilio en Colombia), relacionando, en el formulario respectivo, la experiencia que pretendan hacer valer en el presente proceso.
Para el caso de experiencias ejecutadas en como proponente plural (consorcios) dicha experiencia será evaluada de acuerdo a su porcentaje de participación en el contrato.
Si el contrato incumple cualquiera de los requisitos anteriores NO SERA tenido en cuenta para la evaluación.
Cuando la propuesta se presente en consorcio, se obtendrá de la sumatoria de experiencia de todos los integrantes.
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El valor expresado en SMMLV para los contratos que se relacionen como experiencia específica y/o genérica en los Formularios prediseñados por ENELAR E.S.P., deberá ser calculados con base al salario vigente en el año de terminación del contrato respectivo o tomado del certificado de inscripción de registro de proponentes o de las certificaciones que se anexen para tal fin.
3.2.3.2.3 FACTORES DE EVALUACIÓN (CONFIEREN PUNTAJE)
Cumplimiento en Contratos anteriores 05 Puntos
Factor Disponibilidad De Equipo 20 Puntos
Personal Profesional 40 Puntos
Precio (Valor de la oferta) 30 Puntos Evaluación factor de apoyo a la industria nacional 05 Puntos
Total 100 Puntos
3.2.4 CUMPLIMIENTO EN CONTRATOS ANTERIORES (Puntaje máximo 05 puntos)
Se asignará puntaje entre (0) y cinco (05) puntos de acuerdo con el siguiente procedimiento:
Se asignarán los cinco (05) puntos a los proponentes que en los diez últimos años anteriores al Cierre de la presente contratación no hayan tenido multas ni sanciones.
Se evaluará de acuerdo con la información que presente el proponente en la carta de presentación, obre las multas y / o sanciones que le hubieren sido impuestas dentro de los DIEZ últimos años contados a partir del día, mes y año de cierre de presentación de propuestas. Sin perjuicio de la información que aparece en el registro único de proponentes.
Para el caso de que las multas hayan sido impuestas a Consorcios y Uniones Temporales, estas afectaran en igual proporción a sus integrantes, y por tanto si dentro de un consorcio se encuentra algún integrante que haya sido multado el puntaje por este factor se calificara de igual forma como si se tratase de una persona natural o jurídica.
3.2.5 FACTOR DISPONIBILIDAD DE EQUIPO (Puntaje máximo 20 puntos)
XXXXXX E.S.P. a partir del ofrecimiento mínimo realizado por el proponente asignará un máximo de VEINTE (20) puntos en la aplicación de la calificación del factor disponibilidad de Equipo a las propuestas presentadas.
El proponente que ofrezca, en las condiciones aquí señaladas, los equipos relacionados en el cuadro siguiente se le asignará un puntaje proporcional al equipo presentado para la presente propuesta:
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DESCRIPCION DEL EQUIPO | CANTIDAD | PUNTAJ |
Paneles Solares 260w | 246 | 5 |
Baterias 250ah 12V | 164 | 5 |
Inversor 1000W | 82 | 5 |
Controlador 40AH | 82 | 5 |
El proponente que no efectué el ofrecimiento en los términos previstos en los pliegos de condiciones obtendrá cero (0) puntos.
3.2.6 PERSONAL PROFESIONAL (Puntaje Máximo 40 Puntos)
ENELAR dentro del alcance del objeto del futuro contrato tiene estimado un personal técnico y profesional mínimo requerido obligatoriamente; adicional a ello, el proponente debe establecer de acuerdo con la organización de la empresa, personal necesario que coordine las labores técnico administrativas y de seguridad industrial, para efectos de la evaluación de la propuesta, deberá presentarse, como mínimo, el siguiente personal:
01 DIRECTOR DE PROYECTO, con una dedicación del 10%
01 INGENIERO RESIDENTE DEL PROYECTO, con una dedicación del 100%
01 PROFESIONAL EN EL ÁREA AMBIENTAL y/o RESIDENTE SEGURIDAD
INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL., con una dedicación del 50%
3.2.6.1 DIRECTOR DE PROYECTO (20 Puntos)
El director de proyecto propuesto, deberá acreditar las exigencias de experiencia y formación académicas, así:
CONCEPTO | REQUISITO | PUNTAJE |
Formación Académica | Ingeniero Electricista o Eléctrico con veinte (20) años de experiencia | |
Por acreditar una especialización en Gerencia de proyectos. | 8 | |
Experiencia General | Por cada año dos años de experiencia en el sector fotovoltaico calificaran 1 punto adicional hasta un máximo de 2 puntos | 2 |
Experiencia Específica | Haberse desempeñado entre cuatro (4) y seis (6) años como director de proyectos solares. | 5 |
Haber ejecutado contratos con una potencia en solar igual o superior a la requerida del contrato. | 5 |
3.2.6.2 INGENIERO RESIDENTE DEL PROYECTO (10 Puntos)
El residente del proyecto propuesto, deberá acreditar las exigencias de experiencia y formación académicas, así:
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CONCEPTO | REQUISITO | PUNTAJE |
Formación Académica | Ingeniero Electrónico o Eléctrico o Electricista con cinco (3) años de experiencia | 2 |
Experiencia General | Por cada año adicional al año (1) mínimo exigido se calificaran 1 punto adicional hasta un máximo de 2 puntos | 2 |
Experiencia Específica | Haberse desempeñado como ingeniero residente dos (2) años en proyectos solares. | 3 |
Haber participado en la ejecución de contratos con una potencia en solar igual o superior a la requerida del contrato. | 3 |
3.2.6.3 PROFESIONAL EN EL ÁREA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL. (10 Puntos)
El Profesional en el área de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional propuesto, deberá acreditar las exigencias de experiencia y formación académicas, así:
CONCEPTO | REQUISITO | PUNTAJE |
Formación Académica | Trabajadora social con mínimo (3) años de experiencia | |
2 | ||
Experiencia General | Por cada año adicional al año (1) mínimo exigido se calificaran 1 punto adicional hasta un máximo de 2 puntos | 2 |
Experiencia Específica | Haberse desempeñado entre Dos (2) y tres (3) contratos de electrificación rural fotovoltaica. | 3 |
Haber participado en la ejecución de contratos con una potencia en solar igual o superior a la requerida del contrato. | 3 |
3.2.7 VALOR DE LA OFERTA (30 PUNTOS).
El valor de la propuesta será consignado en la Carta de Presentación, y no podrá ser Superior al señalado en el presupuesto oficial.
El Proponente deberá presentar en el Anexo No. 1, “Propuesta Económica”, el valor para cada una de las actividades objeto de la invitación.
Los valores de la propuesta deberán reflejar los costos directos, costos indirectos y la utilidad de cada actividad. Son costos directos los salarios y prestaciones sociales de todo el personal que sea necesario disponer en las áreas del trabajo de tiempo permanente o parcial. Los costos indirectos corresponden a la administración en general y costos tales como: arriendos, alquileres de equipos, vehículos, impuestos, pólizas, y demás que requiera para optimizar los procesos.
LA OFERTA ECONÓMICA DEBE CUMPLIR CON LAS SIGUIENTES REGLAS:
La propuesta cuyo costo básico corregido sea menor al 95% o mayor al 100% del presupuesto oficial se considerará no válida, es decir no se tendrá en cuenta para su evaluación.
La propuesta cuyo costo individual corregido sea menor al 95% o mayor al 100% del presupuesto oficial se considerará no válida, es decir no se tendrá en cuenta para su evaluación.
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El valor total corregido de la propuesta se determinará con base en los precios unitarios consignados en el formulario previsto para ello, y su respectiva corrección aritmética. Sólo se aceptará como corrección aritmética la originada por:
La verificación de los APU.
La multiplicación de las columnas "Cantidad por "Precio Unitario" del formulario. Las sumas correspondientes a la columna "Valor Total" del formulario.
El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios o globales propuestos.
El valor total de la propuesta tendrá una asignación de 30 puntos como máximo, los cuales serán asignados con base en la Media Geométrica (MG)
Para fines de evaluación se considerará el valor total de la propuesta, indicado en el ANEXO No. 1 de los presentes Pliegos. El valor total corregido de la propuesta será el tenido en cuenta para el cálculo de la media geométrica, de acuerdo con lo siguiente:
CÁLCULO DE LA MEDIA GEOMÉTRICA
Una vez realizada la verificación aritmética de las propuestas hábiles, el Comité Evaluador llevará acabo el siguiente procedimiento para la asignación de puntaje, a las propuestas no rechazadas, por concepto de Valor total de la Propuesta:
Se calculará la media geométrica del valor total de las propuestas no rechazadas, incluido el presupuesto oficial N veces, de conformidad al número de propuestas no rechazadas, donde N es el número entero mayor a la raíz cuadrada del número de propuestas hábiles.
G (nN) (P xP xP X xX X
0 0 0 x x
Xxxxx:
G significa media geométrica
Pi significa precio total de la propuesta corregida del proponente i. Po significa valor total del presupuesto oficial.
n significa número de propuestas no rechazadas
N significa el número entero mayor a la raíz cuadrada del número de propuestas hábiles.
Las propuestas que presenten una diferencia mayor al cinco por ciento (5%) sea por debajo o por encima con respecto a la media geométrica G tendrán cero (0) puntos por precio total.
A las propuestas se les asignará el puntaje de acuerdo a la siguiente expresión: PP = { 1- ABS[(G-Pi )/G]} 70
ABS[(G-Pi)/G]: es el valor absoluto de la diferencia del valor de la media geométrica con el valor de la propuesta i, sobre el valor de la media geométrica.
El máximo puntaje que se podrá obtener por el Factor Valor Total de la Propuesta será de 70 puntos.
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La propuesta más favorable, será para aquel proponente que reúna todos los factores de cumplimiento verificados y el mayor puntaje en los demás factores de escogencia, según los criterios de evaluación diseñados, así:
PT= PC + PP
Dónde:
PT: Puntaje obtenido por cada proponente PC: Xxxxxxx por capacidad o idoneidad técnica PP: Puntaje por factor precio.
3.2.8. Factor de Evaluación Apoyo a la Industria Nacional (Hasta 05 puntos)
El proponente deberá adjuntar debidamente diligenciado con su propuesta la información allí solicitada y de acuerdo con lo establecido en la ley 816 de 2003 y el Decreto 734 de 2012, se otorgará un puntaje de hasta cinco (05) puntos, a los proponentes que a través de sus representantes legales certifiquen en forma expresa que todo el personal que se vinculará para la prestación del servicio, es colombiano, y para personal extranjero de hasta tres (03) puntos para proceder a otorgar un puntaje al consagrado en el aspecto técnico.
FACTOR DE EVALUACIÓN | PUNTAJE |
Nacional | 5 |
Extranjero | 3 |
TOTAL | Hasta 05 Puntos |
3.3 CONSULTA Y OBSERVACIONES A LAS EVALUACIONES
Los oferentes podrán consultar los informes de evaluación los cuales se publicarán en la página WEB de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. y permanecerán en la carrera 22 No. 22-46, Oficina Asesora Jurídica, Piso Tres Edificio la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. Municipio de Arauca, en la misma fecha (consultar cronología proceso numeral 1.6) podrán presentar las observaciones que estimen pertinentes.
3.4 ADJUDICACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO
La adjudicación se hará mediante acto motivado que se notificará personalmente al proponente favorecido en la forma y términos establecidos para los actos administrativos y, se comunicará a los no favorecidos.
Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que queda en firme el informe de evaluación. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario.
Dicho acto de adjudicación será publicado en la página WEB de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. por un término de cinco días contados a partir del día en que se suscriba el mismo.
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El contrato será firmado por las partes dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la comunicación de aceptación del proponente favorecido. Para el efecto, el proponente favorecido se entiende notificado en el acto de adjudicación.
En caso de que el adjudicatario sea consorcio, éste debe solicitar ante la DIAN el respectivo NIT y presentarlo ante la Oficina Jurídica Piso Tres Edificio de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. Municipio de Arauca, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto de adjudicación por parte de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR
E.S.P. Sin este número de identificación no se podrá proceder a firmar el contrato.
El proponente favorecido deberá legalizar el contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato.
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2.002, para la celebración, renovación o liquidación de contratos de cualquier naturaleza con entidades del sector público con un particular (persona natural o jurídica), requerirá para el efecto del cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, cuando a ello haya lugar.
Para acreditar lo anterior, cada persona natural, miembro de un consorcio deberá presentar su constancia de afiliación tanto a salud como a pensión. Adicionalmente, si tiene empleados a su servicio, deberá presentar una declaración juramentada de que se encuentra x xxx y salvo por concepto de salud, pensión, riesgos profesionales y aportes parafiscales durante los últimos seis meses.
3.5. ADJUDICACIÓN EN CASO DE EMPATE.
Se considera que existe empate matemático entre los oferentes cuando al sumar los factores de ponderación exista igual puntaje en números con tres decimales.
En caso de empate entre dos o más proponentes, la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR
E.S.P. seleccionará la propuesta para Adjudicación del contrato según los siguientes criterios en su orden:
1. Se preferirá el proponente con mayor número de contratos sumados en SMMLV, de similar objeto al de la presente Invitación Pública, referida a la experiencia específica.
2. Se preferirá al Proponente que tenga el Valor Total de la Propuesta más cercano al 100% de la Media Geométrica (G).
3.6 INTERVENTORIA DEL CONTRATO
XXXXXX E.S.P. suscribirá contrato de consultoría para la ejecución de la interventoría y se designará un funcionario de planta para ejercer la supervisión.
X X X X X X X X 0 0 CONDICIONES ECONÓMICAS Y FINANCIERAS
4.1 PRECIOS UNITARIOS DE LA PROPUESTA.
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Los proponentes deben presentar con la propuesta los precios unitarios y valores totales en moneda colombiana de acuerdo con las cantidades estimadas que aparecen en el formulario de la propuesta.
Es entendido que los precios unitarios que ofrezcan los proponentes se referirán a los pagos de las obligaciones debidamente ejecutados de conformidad con las especificaciones, gastos administrativos, utilidad e imprevistos de riesgos del contratista.
Los precios unitarios de cada ítem deberán darse en números enteros, sin cifras decimales. ENELAR
E.S.P. asume como dato cierto el precio unitario presentado por el proponente en el formulario de la propuesta y revisará todas las operaciones que resulten de multiplicar el precio unitario de cada ítem por la cantidad y el tiempo. Cuando se encuentre error en dicho producto, ENELAR E.S.P. lo corregirá. De igual manera verificará la sumatoria total de los valores parciales, y hará las correcciones pertinentes si a ello hay lugar.
4.2 FORMA DE PAGO
La Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., pagará el valor del contrato atendiendo lo exigido por el Ministerio de Minas y Energía para el desembolso de los recursos, establecido en el Contrato FAZNI GGC número 521 del 10 de noviembre de 2018, de la siguiente manera:
• Un cincuenta por ciento (50%) del valor del contrato, en calidad de Anticipo, una vez se haya perfeccionado y legalizado el contrato, aprobado la garantía que lo ampare, se haya legalizado el contrato de interventoría técnica. Adicionalmente se deberá presentar un plan de inversión del anticipo por parte del contratista que requerirá la aprobación de la interventoría para el desembolso de los recursos. Igualmente en caso de ser necesario la constitución de servidumbres o permisos de paso de acuerdo a las especificaciones de la obra, se tendrá que contar por lo menos con el 70% de éstos para aprobar el giro de los recursos. En caso de no ser posible la obtención del porcentaje no habrá lugar de uso de los recursos.
• Un veinte por ciento (20%) del valor del contrato, cuando el contratista presente a ENELAR E.S.P., el certificado de adquisición y nacionalización de los equipos que serán suministrados e instalados en desarrollo del presente contrato y las actas de obra donde se evidencie un avance mínimo del sesenta por ciento (60%) de la obra del proyecto, el cual debe ser certificada por la interventoría.
• Un veinte por ciento (20%) del valor del contrato, cuando el contratista presente a ENELAR E.S.P., el acta de terminación y recibo a satisfacción de la obra suscrito por el interventor e informe final de interventoría.
• El diez por ciento (10%) final, se cancelará con la suscripción del acta de liquidación del contrato obra y del contrato FAZNI GGC 521 de 2017, y su correspondiente aprobación por parte del Ministerio de Minas y Energía
Las formas de pago diferentes que presenten los oferentes no serán consideradas por ENELAR E.S.P.
NOTA: Los anteriores desembolsos estarán condicionados a los giros y a las exigencias realizadas por parte del Ministerio de Minas y Energía.
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Es importante tener en cuenta que el inicio de la obra no se sujetara al giro de los recursos por concepto de anticipo, si no al cumplimiento de requisitos, como la legalización del contrato, y los establecidos en los numerales 2 y 3 del 1.1.
4.3 IMPUESTOS
El contratista deberá pagar por su cuenta todos los derechos, impuestos y gastos legales en que incurra para la realización de las obligaciones contractuales para dar cumplimiento a las leyes, ordenanzas, acuerdos y demás normas legales aplicables que existan sobre el particular.
La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. informa que los impuestos autorizados que se vienen aplicando corresponden a:
Estampilla Pro-Desarrollo Departamental | 0,5% |
Estampilla Pro-Desarrollo Frontera | 0,5% |
Estampilla Pro-Cultura | 2,0% |
Pro adulto mayor | 0.5% |
ICA | 0,5% |
Contribución Ley 1106 de 2006, Ley 1738 de 2014 | 5,0% |
Garantía Única variable. | |
Demás impuestos de orden Nacional, Departamental | y/o Municipal aplicables al tipo de |
contrato. |
Todos los empleados y trabajadores vinculados al contrato deben estar afiliados POR PARTE DEL CONTRATISTA COMO EMPLEADOR, al régimen contributivo de Obligación social (SALUD E.P.S., RIESGOS A.R.P. Y FONDO DE PENSIONES). El interventor deberá velar por el cumplimiento de esta obligación legal, esto aplica al favorecido al iniciar el contrato.
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Además, de las condiciones establecidas en el presente documento, los oferentes están obligados a aceptar íntegramente aquellas que de conformidad con la Ley deben contener los contratos de la Administración Pública.
La oferta, los pliegos de condiciones y el contrato interadministrativo FAZNI 521 de 2017, formarán parte integral del contrato que se celebre. En caso de dudas, vacíos o aclaraciones, el orden de prelación será el siguiente:
1. El contrato.
2. Los pliegos de condiciones con sus Adendas.
3. La oferta aceptada y corregida por la Administración.
4. Contrato Interadministrativo FAZNI N° 521 de 2017.
5.1 OBJETO DEL CONTRATO
XXXXXX E.S.P. encargará al Contratista y éste se obliga a ejecutar para aquél, ciñéndose a todos los documentos que forman parte del contrato, todas las actividades relacionadas con el objeto y alcance físico.
5.2 DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte del contrato que se celebre, los siguientes documentos y a él se consideran incorporados:
- El contrato, que tiene prioridad sobre cualquier otro documento
- El documento regla y especificaciones que sirvieron de base para preparar la propuesta
- Las adendas enviadas por XXXXXX E.S.P., si fuere el caso.
- Los estudios, diseños y normas de obligatorio cumplimiento.
- El Estatuto Contractual de ENELAR E.S.P.
- La propuesta presentada por el contratista y corregida por XXXXXX E.S.P., si a ello hubo lugar.
- El acta de iniciación de ejecución del contrato con sus anexos.
- El contrato o el acto administrativo de interventoría que hará el control de ejecución del objeto contractual
- Legalización de las zonas de servidumbre y resarcimiento ambiental
5.3 PROCESO DE EJECUCIÓN.
Los proponentes deberán tener en cuenta para la presentación de las propuestas, que los trabajos objeto de este proceso de selección se realizarán evitando al máximo traumatismos e incomodidades al vecindario donde se ejecutará el objeto contractual.
5.4 ELABORACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO. DOCUMENTOS REQUERIDOS
Al proponente a quien se le adjudique un contrato, previo los procedimientos legales, contará con un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para legalizarlo.
El contrato que resulte de la presente contratación se perfeccionará cuando se suscriba por las
partes y se expida el registro presupuestal correspondiente. Como requisito para el perfeccionamiento del contrato, el Contratista deberá allegar los siguientes documentos:
• Garantía única de cumplimiento.
• Paz y Salvo de seguridad Social y Parafiscales NOTA:
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SI EL ADJUDICATARIO NO SUSCRIBE EL CONTRATO DENTRO DEL TERMINO ESTABLECIDO SE LE HARA EFECTIVA LA GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA Y ENELAR E.S.P. QUEDARA EN LIBERTAD DE ADJUDICAR EL CONTRATO A LOS PROPONENTES QUE XXXXX EN ORDEN DE CALIFICACION, A QUIENES PODRA EXIGIRLES LA PRORROGA DE LA VIGENCIA DE LA GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA HASTA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.
5.5 PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
Los contratos estatales no podrán cederse sino con autorización previa y escrita del REPRESENTANTE LEGAL O SU DELEGADO mediante Resolución Motivada con previa autorización escrita de ENELAR E.S.P.
5.6 GARANTIAS DEL CONTRATO
Para garantizar el cumplimiento general de las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba, los oferentes deben comprometerse a constituir a su xxxxx y a favor de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., extensivas a la Nación – Ministerio de Minas y Energía, por conducto de una Compañía de Seguros o Banco Comercial legalmente establecidos en Colombia, una póliza de Garantía Única para asegurar el cumplimiento general de las obligaciones surgidas del mismo mediante la cual se ampare:
1. De Cumplimiento general del contrato: Por valor equivalente al 20% del valor del contrato, con vigencia igual al término del contrato y ocho (8) meses más, contados a partir del acta de iniciación. En todo caso, este amparo deberá mantenerse vigente hasta la etapa de liquidación del contrato, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.4 del artículo 7 del Decreto 4828 de 2008.
2. Pago de salarios y prestaciones sociales: Por valor equivalente al 10% del valor del contrato, con vigencia igual al término del contrato y tres (3) años más.
3. De Estabilidad de la Obra: por una cuantía equivalente al 20% del valor total del contrato, con vigencia igual a cinco (5) años, contados a partir de la fecha del acta de entrega y recibo final de la obra.
4. De buen manejo y correcta inversión del anticipo, por una cuantía equivalente al 100% del valor del anticipo y por el término de duración del contrato y hasta su liquidación.
5. De calidad de los bienes: Por valor equivalente al 20% del valor del contrato, con vigencia igual al término del contrato y ocho (8) meses más, contados a partir del acta de iniciación.
6. De calidad del servicio, por una cuantía equivalente al 20% del valor del contrato y por el término de duración del mismo y ocho (8) meses más.
7. Responsabilidad Civil Extracontractual por daños a terceros, este seguro estará vigente por el plazo de ejecución del contrato y el valor asegurado corresponderá mínimo a 500 SMMLV. La póliza de responsabilidad civil extracontractual, deberá contemplar los siguientes amparos, como garantía para cubrir los daños que EL CONTRATISTA, en el desarrollo de las labores relacionadas con el contrato, cause a terceros en sus personas o en sus bienes:
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AMPARO | LÍMITE ASEGURADO |
Daños patrimoniales y extra patrimoniales | Sin Sublímite |
Responsabilidad civil patronal | Sin Sublímite |
Vehículos propios y no propios | Sin Sublímite |
En cualquier evento en que se aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia, deberá ampliarse o prorrogarse la correspondiente garantía. La Aseguradora responderá a ENELAR E.S.P. por el pago de todas las sumas que xxxx exigibles AL CONTRATISTA, por razón del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato.
Si la compañía de seguros establece en las pólizas algún porcentaje como deducible y lo hace efectivo en caso de siniestro, el mismo será asumido por el CONTRATISTA.
Estas garantías deberán ser expedidas por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, a favor de la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P. y afianzadas por el contratista.
De acuerdo con los riesgos identificados y relacionados en la matriz de riesgos, los siguientes riesgos serán asumidos y estarán a cargo del contratista:
No suministro de elementos de protección al personal EPP.
En cualquier evento en que se aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia, deberá ampliarse o prorrogarse la correspondiente garantía. La Aseguradora responderá a ENELAR E.S.P. por el pago de todas las sumas que xxxx exigibles AL CONTRATISTA, por razón del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato.
Si la compañía de seguros establece en las pólizas algún porcentaje como deducible y lo hace efectivo en caso de siniestro, el mismo será asumido por el CONTRATISTA.
5.7 GASTOS DEL CONTRATO
Antes de que se inicie la ejecución del contrato, el contratista procederá a constituir la garantía única.
NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES
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Los ítems que aparecen en el formulario de cantidades de actividad se describen en forma concisa y no en detalle, por lo tanto, para la determinación de los precios unitarios y la ejecución de los trabajos debe consultarse las ESPECIFICACIONES de este documento regla, que sean aplicables al objeto de esta Invitación Pública y su alcance.
En caso que se deba realizar alguna actividad, cuya norma y especificación no se encuentre dentro de las establecidas por ENELAR E.S.P., se seguirán las que para el caso se contemplen en la Normas IPSE y las Normas Técnicas Colombianas del ICONTEC.
6.1. SOPORTE TECNICO LEGAL
Se tomará como base y se cumplirá con lo establecido en la última versión de las siguientes normas.
REGLAMENTO TÉCNICO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS. RETIE
NORMA NTC 2050.
Normas de diseño y construcción de instalaciones eléctricas para los niveles 1 y 2 de ENELAR E.S.P.
Contrato de Condiciones Uniformes de la ENELAR E.S.P.
SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN DE ENELAR E.S.P.
NORMAS vigentes NTC, IEC, NEMA, ANSI, IEEE, ASTM, ICONTEC, CIDET y todas las demás que apliquen para la presente propuesta.
6.2. INICIACION DE LOS TRABAJOS
El Contratista deberá iniciar la ejecución de los trabajos dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la legalización del contrato.
6.3. SUBCONTRATOS
El Contratista no podrá subcontratar la totalidad del contrato. Los subcontratos que el contratista tuviere que celebrar para la correcta ejecución de las obligaciones comprometidas deberán presentarlos previamente a la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. para su aprobación. El Contratista será el único responsable de la celebración de los subcontratos, todo lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo sin que la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. adquiera responsabilidad alguna por dichos actos.
6.4. COORDINACION CON OTROS CONTRATISTAS
La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. se reserva el derecho de ejecutar otros trabajos dentro de los límites o zonas anexas al área de ejecución del contrato que comprende este proceso. El Contratista en consecuencia deberá permitir a la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. o a otro contratista depositar RECURSOS, además del desarrollo normal e independiente de sus labores.
Cualquier conflicto que pueda surgir entre los diversos contratistas en relación con su trabajo deberá ser solucionado o decidido por la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P.
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El Contratista deberá suspender la ejecución de cualquier parte de los trabajos aquí especificados y desarrollados en la forma que le ordene la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., cuando tal suspensión o cambio de método sea necesario para facilitar el trabajo de otros contratistas y ninguna compensación por perjuicios le será concedida, sin embargo, si la suspensión o cambio de método de trabajo afecta en forma real el tiempo de ejecución del contrato, de común acuerdo entre la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. y el Contratista se convendrá la ampliación del plazo.
Cuando alguna parte del trabajo del Contratista dependa del trabajo que esté ejecutando otro, aquél deberá inspeccionar dichas actividades e informar a la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. sobre cualquier defecto o demora que pueda afectar su propio trabajo. El incumplimiento de lo anterior implicará la aceptación por parte del Contratista de las actividades que estén ejecutando terceros siendo responsable por la ejecución del contrato ejecutado en estas condiciones, con la aceptación de la reparación de cualquier daño posterior que resulte de defectos en la calidad de la actividad de otro Contratista previsibles en el momento de ejecutar el trabajo.
6.5. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EN LA EJECUCION DEL CONTRATO
Este contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del mismo, al proyecto que le sirve de base, al documento regla y a las instrucciones de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., dadas para el mejor cumplimiento del contrato.
Durante el desarrollo de las actividades y hasta que tenga lugar el recibo definitivo, el Contratista será responsable de las fallas que en la ejecución se adviertan sin perjuicio de la responsabilidad a que se refiere el artículo 2060 del Código Civil.
6.6. ACTIVIDADES EXTRAS Y ADICIONALES
Se entiende por trabajo extra el que, además de no estar incluido en el documento regla ni en las especificaciones ni en los formularios de cantidades de actividades u obligaciones de la propuesta, no puede clasificarse por su naturaleza, entre los previstos en estos documentos. El que, si pueda serlo, aunque no esté determinado en forma expresa en tales documentos, es actividad adicional. La EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. en oficio suscrito por el Representante Legal podrá ordenar actividades extras y/o adicionales y el Contratista estará obligado a ejecutarlos y a proveer los recursos necesarios, siempre que los trabajos ordenados hagan parte inseparable del objeto contratado, o sean necesarios para ejecutarlo o para protegerlo. La actividad extra o adicional será autorizada por el Representante Legal para lo cual se suscribirá un contrato adicional. El trabajo adicional se pagará de acuerdo con los precios unitarios correspondientes establecidos en el contrato. Las actividades extras se liquidarán a los precios unitarios que se convengan con el Contratista. En los precios unitarios de la actividad extra se tendrán en cuenta los precios comerciales reales de los recursos.
6.7. CAMBIOS DE ACTIVIDADES
Los cambios de actividad se harán mediante un acta suscrita por el Interventor y el Contratista, siempre y cuando no haya modificación al objeto y al valor.
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6.8. INTERVENTORIA DEL CONTRATO
La Interventoría será contratada por XXXXXX E.S.P.
Por conducto de la Interventoría se tramitarán todos los asuntos relativos al desarrollo del contrato, excepto cuando se estipule lo contrario en el documento regla de selección.
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Las funciones y atribuciones principales del Interventor serán entre otras, las siguientes:
Exigir y observar la buena calidad del objeto contratado.
Velar que el proyecto se ejecute conforme a los términos de referencia.
Certificar el recibo de actividades parciales que correspondan al objeto del contrato que vigilan y expresar que han cumplido con las especificaciones generales y particulares preescritas en los documentos que hacen parte del contrato.
Informar oportunamente a la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. contratante sobre situaciones que afecten la ejecución del contrato.
Velar que el contratista diligencie el libro o bitácora de ejecución del objeto contractual.
Responder oportunamente inquietudes planteadas por la veeduría ciudadana y/o usuarios relacionadas con la calidad y ejecución del contrato.
Establecer parámetros que permitan deducir el incumplimiento o cumplimiento del programa de ejecución vigente.
Observar, sugerir, recomendar, sin coadministrar la ejecución del objeto contractual.
Vigilar el cumplimiento de la obligación del contratista de cumplir con el sistema general de riesgos profesionales a de los trabajadores que interviene en la ejecución del objeto contractual.
Inspeccionar u observar el correcto funcionamiento de los equipos que se utilicen para la ejecución del objeto contractual que puedan causar perjuicios a sus operadores o terceros.
Requerir los documentos en medio magnéticos que con ocasión de la ejecución del contrato deba entregar el contratista.
Avalar los informes mensuales presentados por el contratista. Estos deberán ser presentados en medio magnético y en medio de escrito.
6.9. HERRAMIENTAS Y MATERIALES
La herramienta que utilice el contratista, su depreciación y mantenimiento correrá por su cuenta. Igualmente deberá mantener en el sitio de los trabajos una cantidad de material suficiente con el objeto de evitar demoras a presentarse interrupciones o fallas del sistema eléctrico
6.10. DISTINTIVO DEL PERSONAL
El contratista deberá dotar al personal que labora en la ejecución del objeto contractual de algún distintivo o uniforme que lo identifique ante la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. y la ciudadanía. Este distintivo deberá ser acordado con la Interventoría antes del inicio de ejecución del contrato.
6.11. PREVENCION DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Durante la ejecución del contrato, el Contratista en todo momento proveerá los recursos que sean necesarios para garantizar el cumplimiento de su programa de seguridad y salud ocupacional de
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todas las instalaciones necesarias para ejecutar el objeto contractual, la de sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y bienes de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., el Interventor y de terceras personas.
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El Contratista impondrá a sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y en general a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato el cumplimiento el cumplimiento de su programa de seguridad y salud ocupacional el cual deberán cumplir. Así mismo, deberá dotar al personal de todos los elementos de seguridad, tales como casco de seguridad dieléctricos, botas dieléctricas, guantes en bakelita, gafas, pantalón, camisa, etc. y de las herramientas y equipo de seguridad requeridos (elementos de protección personal).
El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no sólo sus empleados, trabajadores y subcontratistas sino también el personal o bienes la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., el Interventor o terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas para tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista.
Durante la ejecución del contrato, el Contratista observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato, relativas a seguridad, prevención de accidentes y enfermedad profesional, higiene y salubridad y en general las normas que a este respecto tenga las entidades oficiales. Igualmente leerá, aprenderá y cumplirá con lo establecido en las siguientes normas:
Reglamento de higiene y seguridad para la industria de la construcción.
Resolución No. 02413 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Colombia.
Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE.
Antes de iniciar el contrato, el Contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos y lo someterá a la observancia del Interventor, quien podrá además sugerir cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Este programa incluye los desvíos de tránsito requeridos para la ejecución de los trabajos, los cuales serán acordados por éste con las dependencias competentes.
Durante la ejecución del contrato el Interventor le podrá sugerir al Contratista cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes y éste deberá proceder de conformidad.
Los gastos en que incurra el Contratista para el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes serán por cuenta de éste y no tendrá derecho a pago por separado ya que estos costos deben estar incluidos como costos indirectos dentro de cada uno de los precios unitarios del contrato.
6.12. INFORME DE ACCIDENTES
El Contratista deberá informar al Interventor dentro del plazo y en forma establecida a continuación, acerca de cualquier accidente que ocurra con relación a la ejecución del contrato y que ocasione muerte o perjuicio a cualquier persona, o daño a propiedad y en todos los casos de enfermedad profesional que ocurra con relación a la ejecución del contrato. El Contratista tendrá un plazo de veinticuatro (24) horas para suministrar el informe de los datos que exija la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. o el Interventor.
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El informe incluirá, al menos, la siguiente información:
Lugar, fecha y hora del accidente.
Nombre del accidentado.
Estado civil y edad.
Oficio que desempeña y su experiencia.
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Actividad que desempeñaba en el momento del accidente.
Indicar si hubo o no lesión.
Clase de lesión xxxxxxx.
Posibles causas del accidente.
Tratamiento recibido y concepto médico.
6.13. POLITICAS Y DIRECTRICES PARA EL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE XXXXXX E.S.P.
En este documento se relacionan los requisitos y obligaciones especiales que deben cumplir los contratistas durante la ejecución de los contratos, para estar alineados con las políticas y directrices de la Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P.
Estos requisitos y obligaciones, son de obligatorio cumplimiento por parte de los contratistas, subcontratistas y administradores de los contratos.
En este contrato, la actuación del contratista en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, se sujetara en todo, a las disposiciones legales vigentes en Colombia, en especial a las siguientes: Código Sustantivo del Trabajo, Ley 9 de 1979, Resolución 2400 de 1979, Resolución 962 de 2005,
Decreto 614 de 1984, 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989, Resolución 1401 de 2007, Ley 1562
de 2012, Ley 1523 de 2012, Resolución 1409 de 2012, Decreto 1443 de 2014, Decreto 1477 de 2014, decreto, resolución 1111 de 2017, NTC 2050, y las demás resoluciones, normas y leyes que los reglamenten.
Todos los contratistas de XXXXXX E.S.P. deben desarrollar y mantener las mejores condiciones de operación y demostrar su compromiso para prevenir y controlar los accidentes e incidentes de trabajo y extender el cumplimiento de estos requisitos a sus colaboradores y partes de interés.
6.14 RESPONSABLES DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Las empresas contratistas deberán contar con una persona responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con lo establecido en los estándares mínimos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para empleadores y contratantes, del Ministerio de Trabajo, de acuerdo al tamaño y al riesgo de la empresa, así:
Empresa de menos de 10 trabajadores clase de riesgo I, II ó III (según Decreto 1607 de 2002)
1. Técnico o tecnólogo con vínculo laboral
Técnicos o tecnólogos en Seguridad y Salud en el trabajo o en alguna de sus áreas.
Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
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Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.
2. Técnico o tecnólogo como asesor externo
Técnicos o tecnólogos en Seguridad y Salud en el trabajo o en alguna de sus áreas.
Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
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Dos (2) años de experiencia en el desarrollo de actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo
Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.
Empresas de menos de 10 trabajadores clasificadas en actividad económica de clase de riesgo IV y V (según Decreto 1607 de 2002)
1. Profesional es SO o SST
Cualquier tipo de vinculación laboral.
Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.
2. Profesional con postgrado en SO o SST
Cualquier tipo de vinculación laboral.
Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.
Empresas de 11 o más trabajadores
1. Profesional es SO o SST
Cualquier tipo de vinculación laboral.
Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.
2. Profesional con postgrado en SO o SST
Cualquier tipo de vinculación laboral.
Con licencia vigente en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo.
Aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
Diseño, administración y ejecución del SGSST; de acuerdo al campo de acción de su licencia.
6.14.1 GUIAS Y LINEAMIENTOS
Los contratistas deberán desarrollar e implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para la ejecución de las actividades contractuales, de igual manera debe cumplir y hacer cumplir el SG-SST de ENELAR E.S.P.
Dicho Sistema deberá sustentarse en los siguientes fundamentos:
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6.14.2. Definición clara del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Todo contratista debe elaborar su propio Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo evidenciando el liderazgo y compromiso gerencial a través de la participación activa en el desarrollo, implementación y mantenimiento del mismo, definiendo una política clara, asumiendo explícitamente ante todos los niveles jerárquicos, su compromiso frente a ella y que este alineada con la política general de la seguridad y salud el trabajo de XXXXXX E.S.P.
6.14.3. Identificación, evaluación y control de los factores de riesgos inherente a las actividades desarrolladas.
El contratista debe establecer un procedimiento documentado para la identificación de peligros, evaluación y control de los riesgos existentes, además deberá de disponer de una matriz de identificación peligros, evaluación y control de riesgos; para identificar, evaluar y controlar los factores de riesgo inherentes a las actividades que se van a desarrollar (con la aplicación de la GTC 45 Última actualización). El contratista también debe establecer una metodología para determinar la importancia o mayor gravedad de los impactos y/o aspectos ambientales que genere su actividad.
La empresa contratante estará en la autonomía de programar auditorías internas a sus contratistas, para determinar el cumplimiento de las metodologías aplicables y tener un control y seguimiento de sí misma.
6.14.4. Legislación
El contratista debe preparar un estudio de la reglamentación que aplica a sus actividades, considerando todos los organismos involucrados (autoridades nacionales, departamentales, legislación laboral, etc.) y garantizar su cumplimiento a cabalidad toda la reglamentación y legislación existente.
El contratista debe certificar la afiliación al sistema de seguridad social (ARL, EPS, Pensiones, Cesantías y Caja de compensación Familiar) de sus empleados y subcontratistas. Una vez se haya otorgado el contrato, el contratista debe garantizar la afiliación de sus empleados al sistema General de Riesgos Laborales 24 horas antes del inicio de sus actividades.
Es obligatorio que todo trabajador porte la siguiente documentación desde el momento en que inicie sus actividades.
Carnet de la empresa contratante.
Carnet de la ARL.
Carnet De EPS.
El contratista deberá de tener constituido en vigencia no superior a dos años un Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST, o en su defecto el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, y un reglamento de higiene y Seguridad Industrial, los cuales deben estar debidamente
aprobados por el Representante Legal, divulgado y fijado como mínimo en dos partes y en cada una de las sedes que tenga.
6.14.5. Medicina preventiva y del trabajo.
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El contratista debe realizar actividades de prevención para mitigar índices de ausentismo por enfermedad común, enfermedades endémicas y enfermedad laboral. Dichas actividades se verán reflejadas en los registros de vacunación, jornadas médicas, fumigaciones, jornadas deportivas, mediciones ambientales y demás actividades relacionadas con la salud física, mental y social del empleado.
El contratista deberá brindar a su personal la aplicación de los exámenes médicos ocupacionales al inicio contractual, en cumplimiento a los establecido en la ley colombiana C.S.T. (Art.348), D. 614 de 1984 (Art. 28, 29,30) y la resolución 1016 de 1989 (Art.10), el cual hace referencia a la realización de los exámenes de ingreso, periódicos y de egreso, y estos resultados mediante concepto de actitud deberá hacerlos llegar a la supervisión de contrato, con copia al área de seguridad y salud en el trabajo, (se determinará el estado de salud, y autorización médica para la realización de la labor) este requerimiento deberá ser entregado y darse cumplimiento antes de iniciar labores.
Es responsabilidad del contratista la realización de los exámenes médicos ocupacionales generales, clínicos y paraclínicos de admisión, ubicación laboral, periódicos, y de retiro. Este dinero no podrá ser pagado o descontado al empleado en ninguno de los casos.
Los contratos con duración de más de un año deben establecer programas de vigilancia epidemiológica y diagnóstico grupal de salud.
6.14.6. Estructura y responsabilidad
Cada contratista debe definir, documentar y comunicar funciones, y responsabilidades relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo, además debe proveer recursos humanos, tecnológicos y financieros, para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
El contratista deberá de disponer de personal profesional e idóneo para llevar el seguimiento, control y mantenimiento del SG-SST, con una cobertura del 100% de permanencia con respecto al contrato suscrito.
Parágrafos 1: Para los contratos de obras, mantenimiento, operación y de comercial, donde se tenga una programación de trabajo en un lugar fijo superior a una (1) hora y 40 minutos de ejecución (maniobras) el contratista deberá de disponer de un supervisor de seguridad permanente en el lugar de trabajo.
Parágrafos 2: Todo trabajo que se valla realizar en altura superior de 1.5 metros, antes de su inicio deberá de cumplir con los siguientes requerimientos:
Se deberá de diligenciar un permiso de trabajos en alturas.
De deberá de disponer una persona en piso autorizado para ascender y hacer rescate en alturas.
Deberá estar autorizado por un coordinador en alturas.
Garantizar la utilización de los elementos de protección contra caídas.
6.14.7. Entrenamiento, Capacitación y Evaluación
El contratista debe identificar necesidades de entrenamientos con el fin de calificar a todo su personal cuyas funciones tengan el potencial de causar impactos significativos sobre la seguridad y salud en el trabajo.
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Descripción de entrenamientos, capacitaciones a implementar que deben tener como mínimo el personal:
Primeros Auxilios,
Manejo de extintores (contraincendios)
Evacuación y rescate
Charlas de identificación de peligros y riesgos
- Riesgos eléctricos
- Riesgos de caídas en alturas
- Riesgos biomecánicos
- Riesgos de seguridad (caídas de objetos, seguridad vial, mecánico etc)
- Riesgo Publico
Reentrenamiento de curso avanzado en alturas (personal que aplique)
Coordinador de trabajo en alturas (personal que aplique)
Manejo de máquinas, herramientas contantes.
El contratista debe garantizar que todo empleado nuevo cumple con los requisitos del cargo y que ha recibido la inducción requerida, esto deberá de evidenciar mediante informe a la supervisión de contrato, con copia al área de seguridad y salud en el trabajo.
Como medida de control, cada vez que se capacite y se evalúe el personal, debe llevarse los registros como soporte.
6.14.8. Control Operacional
El contratista debe de disponer de procedimientos, instructivos y/o estándares de seguridad en el trabajo que regulen las actividades y operaciones que ejecute, si no se realizan de forma controlada y segura pueden causar accidentes de trabajo e incumplimientos a las políticas de ENELAR E.S.P.
La Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P., dispone de sistemas de gestión que hacen que el mejoramiento continuo dentro de sus procesos, aumente su productividad y satisfacción, es por tal motivo en relación a dar cumplimiento legislativo y al sistema de gestión, se dispondrá de procedimientos, e instructivos en funcionamiento a los contratistas para que sede implementación en aquellas empresas contratista que realizan servicios para ENELAR E.S.P.
Procedimientos e instructivos de cumplimiento:
Nota: los procedimientos e instructivos relacionados aplica para garantizar su cumplimiento en la operación, de igual forma se aclara que si la empresa contratista disponen de su sistema de gestión (procedimientos e instructivos) deberán hacer llegar a la supervisiones y área de seguridad soporte de que se van a guiar y dar cumplimientos a los documentos internos, de lo contrario se deberá de seguir los documentos operativos de ENELAR E.S.P.
1. SST-PG-001 Programa de Riesgo Eléctrico |
2. SST-PG-002 Programa de Protección Contra Caídas |
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3. SST-IN-001 Identificación de Actos y Condiciones Inseguras |
4. SST-IN-003 Instructivo para Ascenso y Descenso en Postería y Escalera |
5. SST-PRO-001 Procedimiento de Inspecciones Planeadas |
6. SST-PRO-004 Procedimiento para el Reporte, investigación de incidentes y Accidentes. |
7. SST-PRO-006 Procedimiento de Rescate en Alturas |
8. SST-FO-010 Permiso de Trabajo |
9. GT 05 Hincado y aplomado de postes camión de brazo articulado |
10. GT 06 Instalación de puesta a tierra temporal |
11. GT 07 Montaje o cambio de transformadores de distribución |
12. GT 09 Instalación o cambio de templetes |
13. GT 10 Arme y desarme de estructuras en redes de distribución |
14. GT 11 Instalación o cambio de protecciones |
15. GT12 Instalación o cambio de aisladores tipo pin |
16. GT 13 Instalación o cambio de aisladores tipo disco en suspensión y retención |
17. GT 14 Tendido y tensionado de conductores MT y BT |
18. GT 15 Instalación o cambio de puesta a tierra |
19. GT 16 Izado de cargas con camión de brazo articulado |
20. GT 17 Poda o tala de árboles |
21. GT 18 Deshincado de postes |
22. GT 19 Montaje o cambio de bajante de transformador de distribución |
23. GT 20 Corrección de punto caliente en circuitos MT y BT |
24. GT 21 Instalación o cambio de percha |
25. GT 22 Xxxxxxx y aplomado de postes con pluma |
26. GT23 Desmonte y administración de materiales eléctricos |
27. GT25 Mantenimiento programado |
Nota: el cumplimiento de los documentos anteriormente mencionados, son de obligatoriedad para las empresas contratista que no dispongan de los documentos en mención y apliquen actividades relacionadas en el listado de procedimientos e instructivos.
Proporcionar al personal operativo condiciones adecuadas durante el desarrollo de las actividades en campo, como sistemas de hidratación, protección solar y demás estándares de seguridad requeridas bajo la legislación colombiana.
6.14.9. Elementos y equipos de protección Individual
El contratista debe garantizar el suministro (entrega), control de uso y reposición de los elementos de protección Individual (EPI), para la totalidad de sus trabajadores presentes en el sitio de trabajo y de conformidad con los riesgos identificados en la Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos.
Todos los elementos de protección personal que el contratista suministre a su personal deben cumplir y tener las siguientes características:
Cumplir con el estándar de seguridad requerido (certificados)
Cumplir con los requisitos de la legislación colombiana, en la ausencia de ellas se adoptaran normas internacionales aplicables a nuestra actividad económica.
Garantizar la Calidad de los elementos de protección personal
Xxxxxxx comodidad y confort.
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XXXXXX E.S.P., en representación de personal del área de seguridad podrá realizar inspecciones programas y no programadas al personal contratista antes y durante la ejecución de las maniobras. Si se determina que un equipo, herramienta se encuentre en mal estado, el cual ponga en riesgo la vida del personal presente, ENELAR E.S.P., para la operación y decomisará los equipos en malas condiciones y se estarán entregando bajo oficio a la interventoría y/o empresa implicada.
6.14.10. Preparación para emergencias
El contratista debe tener procedimientos que permitan identificar, prevenir y mitigar situaciones de emergencia y accidentes.
El contratista debe estar preparado para atender cualquier situación de emergencia que presente riesgos para las personas, el medio ambiente, el patrimonio de terceros y de ENELAR E.S.P.
El contratista debe incluir dentro de su Sistema de entrenamiento la preparación para emergencias, (manejo de extintores, primeros auxilios, sistemas de evacuación y rescate en alturas, etc.) con el desarrollo e implementación de un plan de emergencia acorde a la empresa.
6.14.11. Investigación de accidentes.
El contratista debe tener un procedimiento, a través de un formato que permita investigar los accidentes e incidentes que se presenten, los cuales deben ser informados de manera escrita (informe) al supervisor de contrato, con copia al área de Seguridad y salud en el trabajo, y/o encargado del SG-SST de ENELAR E.S.P., antes de 24 Horas ocurrido el hecho. (Si el accidente fue reportado a la ARL por la contratista) por lo consiguiente se deberá de informar del hecho y se deberá de iniciar investigación de accidente de trabajo el cual se deberá de entregar a los encargados de la empresa contratante por un tiempo no mayor a 15 días de haber ocurrido el accidente. Dicho procedimiento debe cumplir con la resolución 1401 de 2017.
6.14.12. Informe Mensual
El Contratista presentara un informe mensual de sus indicadores de accidentalidad, en donde especifique las horas hombre trabajadas, el número de accidentes reportados en el periodo, el número de incidentes reportados en el periodo, el número de días de ausentismo por enfermedad común, por accidentes de trabajo y por enfermedad laboral, también deberá de presentar todas las acciones preventivas aplicadas durante el mes, (Inducciones, capacitaciones, entrenamientos, relación de entrega o cambio de equipos y/o EPP, etc.)
6.14.13. Auditorías y Sanciones por incumplimiento a los requerimientos en Salud Ocupacional, Seguridad Industrial y Medio Ambiente.
La empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P. realizará auditorías a los contratistas sobre los requisitos exigidos, en el momento en que lo crea necesario, dicha auditoria será realizada por personal interno o externo a la empresa, lo cual dependerá de la complejidad del seguimiento.
Los resultados de la auditoria permitirán conocer el grado de cumplimiento a los requisitos exigidos, si los resultados arrojados no son los esperados, se harán las respectivas recomendaciones y posteriormente su seguimiento; si el contratista reincide en el incumplimiento de los requisitos podrá ser sancionado verbalmente, explícitamente y económicamente frente al Ministerio de Trabajo, entidades competentes o en el peor de los casos terminación justificada del contrato.
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6.15. PLAN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El contratista en cumplimiento de la disposiciones legales sobre seguridad y salud en el trabajo, especialmente la Ley 1562 de 2012, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015 y la resolución 1111 de 2017, deberá adoptar un plan de trabajo anual o para la ejecución contractual, que estará articulado con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, sistema que consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
6.16 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
El contratista deberá tener un plan de manejo ambiental, plan que de manera detallada, establece las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, compensar y corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos causados en desarrollo de un proyecto, obra o actividad; incluye también los planes de seguimiento, evaluación y monitoreo y los de contingencia.
6.17 EVALUACION A PROVEEDORES
La Empresa de Energía de Arauca ENELAR E.S.P. a través de la supervisión del contrato, de la Dirección Administrativa y Financiera y de la Oficina Asesora Jurídica, realizará evaluación de la ejecución del objeto contractual por parte del CONTRATISTA, el cual para los efectos se entenderá como PROVEEDOR. La evaluación contendrá varios aspectos objeto de análisis, entre los cuales se encuentran: CONFORMIDAD OBJETO DEL CONTRATO, CUMPLIMIENTO TIEMPO, CANTIDADES, AMBIENTAL, INSTRUCCIONES, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD EN EL TRABAJO, OBLIGACIONES LABORALES, TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO-EFECTIVIDAD, PRESENTACION DE FACTURA O DOCUMENTO EQUIVALENTE. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. OBLIGACIONES
DEL CONTRATISTA, EVALUACION JURDICA, esta evaluación se adelantará en el formato GJ-FO-011 EVALUACION DE PROVEEDORES, el cual hará parte integral del contrato.
6.18. LIMPIEZA DEL SITIO O ZONA DE TRABAJO
Durante el desarrollo de los trabajos, el Contratista deberá mantener en perfecto estado de limpieza la zona de las actividades y sus alrededores para lo cual deberá retirar en forma adecuada, diariamente o con más frecuencia si así lo sugiere el Interventor, escombros, basuras, desperdicios y sobrantes de materiales de manera que no aparezca en ningún momento una acumulación desagradable y peligrosa de éstos.
Al finalizar cualquier parte de los trabajos, el Contratista deberá retirar prontamente todo el equipo, construcciones provisionales y sobrantes de materiales que no hayan de ser usados más tarde en el mismo sitio o cerca de él para la ejecución de otras partes de las actividades comprometidas y deberá disponer, el mismo día, satisfactoriamente todos los sobrantes, escombros y basuras que resulten de la realización de las actividades comprometidas en los botaderos de escombros oficialmente autorizados por XXXXXX E.S.P.
La limpieza y aseo de todas las partes del sitio de trabajo no tendrá ítem de pago; el Contratista debe considerar su costo dentro de los costos indirectos de cada precio unitario pactado para el contrato.
6.19. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS
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El Contratista asumirá toda la responsabilidad por los daños y perjuicios que se causaren a la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. o a terceros y que afecten de cualquier modo personas o propiedades durante la ejecución del contrato, por causa u omisión suya, por defectos o vicios de ejecución o de los recursos empleados en ella, o de los trabajadores empleados o por la maquinaria o equipo a su servicio, en los términos de las normas legales que fijan esa responsabilidad.
Por consiguiente, son de exclusiva cuenta del Contratista todos los costos provenientes de la debida reparación de cualquiera de los daños ocasionados en los activos a él encomendados y de los perjuicios que se ocasionen. El Contratista está obligado a cubrir oportunamente la totalidad de estos costos.
6.20. SITIOS DE DISPOSICIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS
Los escombros se depositarán en sitios debidamente autorizados por la interventoría para su debida recolección.
6.21 METODOS DE EJECUCION
Los métodos para la ejecución del contrato quedarán sujetos a la iniciativa del Contratista sujetándose al proceso indicado en este documento regla, en quien recaerá la responsabilidad por tales métodos, los cuales estarán encaminados a obtener los mejores resultados; sin embargo la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. tendrá en cualquier momento el derecho a ordenar los cambios en los métodos con miras a la seguridad y al avance del contrato o a su coordinación con las actividades de otros Contratistas o para obligar al Contratista a ajustarse al Contrato.
Si la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. así lo requiere, el Contratista antes de iniciar cualquier parte del contrato, o en cualquier momento durante la ejecución de la misma, deberá suministrar con suficiente anticipación toda la información requerida referente a los programas, métodos y procedimientos que utilizará en la ejecución de los trabajos.
La aprobación por parte la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. de algún procedimiento o método utilizado por el Contratista, así como la aceptación y uso por el Contratista de algún procedimiento o método sugerido por ENELAR E.S.P., no significará que esta asume algún riesgo o responsabilidad y el Contratista no tendrá derecho a reclamo en caso xx xxxxx total o parcial o ineficiencia en alguno de los procedimientos anotados.
6.22. RESIDENTE DEL CONTRATO
Como residente del contrato se exige UN INGENIERO ELECTRICISTA O ELECTRICO con una experiencia profesional general en el ejercicio de su profesión y que haya participado como Director o residente de por lo menos 3 proyectos similares al objeto de la presente invitación.
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Antes de la iniciación del contrato, el Contratista deberá poner a consideración de la interventoría las hojas de vida del profesional antes mencionado. La Interventoría se reserva el derecho de aceptarlos o no. Sin el cumplimiento de este requisito El Contratista no podrá dar inicio a la ejecución de los trabajos.
6.23 CONOCIMIENTO DEL SITIO DE LOS TRABAJOS
El Proponente declara que conoce los sitios en los cuales se desarrollarán las actividades del contrato y realizará todas las evaluaciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de sus características, incluyendo las evaluaciones y verificaciones que considere necesarias para formular la propuesta con base en su propia información.
En consecuencia, se entiende que aunque el proponente tiene experiencia en la ejecución de esta clase de objeto contractual, debe prever todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar que incidan en la ejecución del objeto del contrato.
Por lo anterior, no habrá lugar a reconocimiento de reclamación alguna por parte de quien resulte adjudicatario del contrato cuando se presenten imprevistos que perfectamente había podido prever. LA ENTIDAD se exime de toda responsabilidad ante las reclamaciones posteriores a la presentación de las propuestas, derivadas de la omisión de lo consignado en el párrafo anterior por parte de los proponentes. El hecho de que los proponentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo las cuales serán ejecutadas las actividades, no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones.
6.24 PREVENCION DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Durante la ejecución del contrato, el Contratista en todo momento proveerá los recursos que sean necesarios para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de todas las instalaciones necesarias para ejecutar el objeto contractual, la de sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y la de los empleados y bienes de la entidad, el interventor y de terceras personas.
El Contratista impondrá a sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y en general a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato, el cumplimiento de todas las condiciones relativas a higiene, salubridad, prevención de accidentes y medidas de seguridad y los forzará a cumplirlas. Así mismo, deberá dotar al personal de todos los elementos de seguridad, tales como casco de seguridad dieléctricos, botas dieléctricas, guantes en bakelita, gafas, pantalón, camisa, etc. y de las herramientas y equipo de seguridad requeridos.
El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no sólo sus empleados, trabajadores y subcontratistas sino también el personal o bienes de la entidad, el interventor o terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas para tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista.
Durante la ejecución del contrato, el Contratista observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato relativo a seguridad, prevención de accidentes y enfermedad profesional, higiene y salubridad y en general las normas que a este respecto tenga las entidades oficiales
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Los gastos en que incurra el Contratista para el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes serán por cuenta de éste y no tendrá derecho a pago por separado ya que estos costos deben estar incluidos como costos indirectos dentro de cada uno de los precios unitarios del contrato.
Es obligatorio incluir a todos los trabajadores que se requieran para la ejecución del objeto contractual, en un Fondo de pensiones, una E.P.S. y una Administradora de Riesgos Laborales
A.R.L. y se presentará constancia de la vinculación respectiva.
El contratista acreditará mensualmente el cumplimiento de la obligación a que se hace mención. Además, deberá aportar los documentos que demuestren el cumplimiento de las obligaciones parafiscales (Cajas de compensación familiar, SENA e ICBF).
XXXXXX E.S.P. no efectuará pago alguno hasta tanto no se demuestre el cumplimiento de estas obligaciones.
6.25. RECURSO
El Contratista se compromete a conseguir oportunamente todos los recursos que se requieren para la ejecución del contrato y a mantener permanentemente una cantidad suficiente que garantice el avance normal del mismo. Los recursos deben ser de buena calidad e idoneidad en su género y para el fin al que se le destine.
La Interventoría exigirá al contratista materiales homologados y certificados por el CIDET y/o RETIE. Los materiales necesarios para la ejecución de las obras serán suministrados por el contratista, por lo tanto, es de su responsabilidad el transporte, su almacenamiento y cuidado, y se abstendrá de instalar material no inspeccionado y aprobado por la interventoría, asumiendo la responsabilidad y costo de desmontarlos y cambiarlos cuando sea necesario. Si se encontrare material que no cumple con todos los requisitos de calidad exigidos en las especificaciones de construcción, (normas, procedimientos de fabricación, etc.), la interventoría podrá solicitar los cambios o correcciones que sean necesarios.
Todo trabajo rechazado por defecto en los materiales, en los elementos empleados, en la mano de obra, por deficiencia de los equipos de construcción ó por defectos en el mismo, debe ser retirado, reconstruido o reparado por cuenta del contratista, si lo ordena el interventor y dentro del plazo razonable que él fije mediante comunicación escrita en la que se informe al contratista sobre los defectos y deficiencias encontradas. Además, el contratista queda obligado a retirar del sitio respectivo los materiales y elementos defectuosos cuando así lo exija el interventor, en las mismas condiciones estipuladas anteriormente.
Los grupos de trabajo de mantenimiento de líneas y los técnicos electricistas con moto, deberán disponer de herramienta, equipos de seguridad para trabajo en altura y equipos de comunicación preferiblemente AVANTEL. En caso de no existir cobertura en el área de influencia, se debe disponer de un equipo celular de otro operador con un plan de minutos. Estos equipos deben ser de uso exclusivo para comunicación con el personal de ENELAR E.S.P.
El vehículo utilizado en los trabajos objeto de este contrato deben estar en perfectas condiciones técnico – mecánicas, deben ser camionetas doble cabina de modelo reciente, deben contar con equipo de primeros auxilios, extintor, equipo de carretera, cuatro (4) conos de más de 40cms y cumplir con todos los requisitos exigidos por las autoridades de tránsito.
6.26. SITUACIONES IMPREVISTAS Y CASOS DE EMERGENCIA
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Si durante el curso de los trabajos la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. o el Contratista descubrieren en el lugar o sitio donde se ejecute el objeto contractual, condiciones especiales substancialmente distintas a las pactadas inicialmente, el Contratista se abstendrá de alterar tales condiciones o circunstancias sin que antes la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. tome la decisión correspondiente.
Si se presenta un caso de emergencia no previsto y el cual pueda ponerse en peligro la seguridad de las actividades ejecutadas, de las personas o de las propiedades vecinas, el Contratista deberá tomar todas las medidas que el caso requiera sin solicitar autorización previa de la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA- ENELAR E.S.P., pero deberá notificar por escrito a éste dentro de un plazo no mayor de cuarenta y ocho (48) horas de ocurrencia del hecho. El Contratista deberá además suministrar, con su notificación escrita del caso, un estimativo de los pagos adicionales o de extensión en el plazo de ejecución.
Si el Contratista reclama compensación del plazo del Contrato por el trabajo de emergencia, la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P., con la información suministrada por el Contratista, estudiará la causa de la emergencia para autorizar, si fuere del caso, la extensión del plazo y el pago a que hubiere lugar.
Para la comprobación de los gastos que puedan ocurrir para atender un caso de emergencia, el Contratista deberá llevar la relación detallada y comprobada de los costos de jornales, materiales, etc., ocasionados por este motivo. Esta relación deberá ser enviada a la EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA - ENELAR E.S.P. dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su ocurrencia.
CARTA DE PRESENTACIÓN (FORMATO No. 1)
Arauca,
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Señores
EMPRESA DE ENERGIA DE ARAUCA ENELAR E.S.P.
Arauca
El suscrito, , en calidad de representante legal de
y de acuerdo con las especificaciones contenidas en los documentos de la Invitación Pública No. 002 de 2013, hace la siguiente propuesta para contratar
de acuerdo con el presupuesto y los presentes pliegos de condiciones, y en caso de que me sea aceptada por XXXXXX E.S.P., me comprometo a firmar el contrato correspondiente. Además declaro:
- Que conozco las especificaciones y demás documentos de la contratación y acepto todos los requisitos en ellos contenidos.
- Que ninguna persona o entidad distinta de las aquí nombradas tiene intereses en esta propuesta ni en el contrato que como consecuencia de ella llegare a celebrarse y que por consiguiente sólo compromete a los firmantes.
- Que conozco las disposiciones legales que rigen la presente CONTRATACION.
- Que he recibido los siguientes adendos (indicar el número y la fecha de cada uno).
- Que me comprometo a ejecutar totalmente el contrato en un plazo de , contados a partir de la legalización del contrato.
Que si se me adjudica el contrato me comprometo a otorgar las garantías requeridas, y a suscribir éstas, y aquel dentro de los términos señalados para ello.
- Que la presente propuesta consta de folios debidamente numerados, de los cuales los siguientes gozan de reserva legal (enunciarlos y mencionar el fundamento legal o constitucional en el cual sustentan su afirmación). De no hacerlo, ENELAR E.S.P. asumirá que todos los documentos de la propuesta son de carácter público.
- Que el valor total de la propuesta es la suma de (EN LETRAS Y NUMEROS)
, incluido IVA.
- Así mismo declaramos BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO, sujeto a las sanciones establecidas en el Artículo 442 del Código Penal (Ley 599/00):
- Que la información contenida en la propuesta es verídica y que asumimos total responsabilidad frente a ENELAR E.S.P. cuando los datos suministrados sean falsos o contrarios a la realidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el código penal y demás normas concordantes.
- Que no nos hallamos incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en el Art. 8º de la Ley 80 de 1993 y demás normas sobre la materia y que tampoco nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar con el Estado.
En especial, manifestamos que no nos hallamos reportados en el boletín de responsables fiscales vigente, expedido por la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, en concordancia con el numeral 4º del
artículo 38 de la Ley 734 de 2002, ni en los boletines de deudores morosos de las entidades estatales, según lo dispuesto en el parágrafo 3° del artículo 4° de la Ley 716 de 2004, ni de las restricciones de la Ley 617/2000..
56
Acompaño los documentos exigidos en los pliegos de condiciones. Cordialmente,
Nombre
Nit ó C.C. No. de Matricula No.
Dirección Teléfonos, fax. Ciudad
FIRMA
FORMATO No. 1A. DOCUMENTO DE ABONO DE LA PROPUESTA
Para diligenciar cuando el oferente o su Representante Legal no sea un Ingeniero Eléctrico o Electricista.
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“De acuerdo con lo expresado en el artículo 20 xx Xxx 842 de 9 de Octubre de 2003 y debido a que el suscriptor de la presente oferta no es Ingeniero Eléctrico o Electricista,
(nombres y apellidos) de profesión (Ingeniero Eléctrico o Electricista) con Matrícula Profesional No. Y C. C. No.
de , abono la presente oferta: (nombre de la contratación), la cual se presenta en folios. ”.
(Firma de quien abona la oferta)
ANEXO A LA PRESENTE: Cédula de ciudadanía de quien abona y tarjeta profesional de la especialidad objeto del abono.
FORMATO No. 2
DOCUMENTO CONSORCIAL
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Entre los suscritos a saber: , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No
,expedida en , Quien obra en nombre y representación legal de (Escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural.), legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente
facultado por la Junta de Socios, y mayor de edad, vecino de
esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No ,
expedida en quien obra en nombre y representación legal de (Escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural.) , legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente facultado por los estatutos sociales., , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No , expedida en ,quien obra en su propio nombre y representación legal de (Escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar que se trata de una persona natural.), legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente facultado por los estatutos sociales, manifestamos que mediante el presente documento hemos acordado integrar un CONSORCIO cuya integración, conformación y reglamentación se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO El objeto del presente documento es la integración de un CONSORCIO entre, y , con el propósito de complementar las capacidades técnicas, operativas, administrativas y financieras de las partes que constituyen el presente CONSORCIO, para la presentación de la propuesta, adjudicación, celebración y ejecución del contrato, dentro de la licitación No. , abierta por XXXXXX E.S.P. cuyo objeto es: . Nuestra responsabilidad será solidaria, mancomunada e ilimitada en todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. En consecuencia las actuaciones hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que lo conforman. SEGUNDA: DENOMINACIÓN: El presente CONSORCIO se denominará
.
TERCERA: DOMICILIO: El domicilio del CONSORCIO será: (dirección, teléfono y/o No. de fax) de la ciudad de . CUARTA: REPRESENTANTE DEL CONSORCIO: Se designa como Representante del presente CONSORCIO al Señor identificado con cédula de ciudadanía No , expedida en , cargo este que se entiende aceptado con la firma del presente documento y quien está autorizado para contratar, comprometer, negociar y representar al CONSORCIO. Igualmente se nombra como Suplente del Representante del CONSORCIO al Señor
. identificado con cédula de ciudadanía No . QUINTA: DURACIÓN.- La duración del presente CONSORCIO en caso de salir favorecido con la adjudicación será igual al tiempo comprendido entre el cierre de la licitación, la liquidación del contrato y un (1) año más. En todo caso EL CONSORCIO durará todo el término necesario para atender las garantías prestadas. SEXTA: PORCENTAJE DE
PARTICIPACIÓN. Los miembros del consorcio tienen la siguiente participación:
% %
% SEPTIMA: CESIÓN.- Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación de los integrantes del consorcio entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita de la Administración Municipal de Arauca. En caso de aceptarse la cesión por parte de ENELAR
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E.S.P. el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente. OCTAVA: Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación de los integrantes del consorcio, entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita de la Administración Municipal de Arauca. En caso de aceptarse la cesión por parte de XXXXXX E.S.P. el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente. El documento podrá contener las demás CLÁUSULAS OPCIONALES: que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la ley 80/93 o incluyan limitaciones o exclusiones de los Consorciados frente a ENELAR E.S.P. Aspectos Financieros
Arbitramento
Reglas básicas que regulan la relaciones entre los integrantes del CONSORCIO. Etc.
En constancia de lo anterior, se firma por quienes intervinieron en el presente documento a los días del mes del año .
ACEPTO: C.C:
Representante Legal de
o persona natural del Consorcio NIT:
Dirección Tel: y fax
ACEPTO: C.C:
Representante Legal de
o persona natural del Consorcio NIT:
Dirección
FORMATO No 3 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
El (los) suscrito(s) a saber: (NOMBRE DEL PROPONENTE SI SE TRATA DE UNA PERSONA NATURAL, o NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD SI SE TRATA DE PERSONA JURÍDICA, o DEL REPRESENTANTE LEGAL DE CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL CONSORCIO
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PROPONENTE) domiciliado en , identificado con (DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN Y LUGAR DE SU EXPEDICION), quien obra en …. (1- …SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD, SI EL PROPONENTE ES PERSONA JURÍDICA, CASO EN EL CUAL DEBE IDENTIFICARSE DE MANERA COMPLETA DICHA SOCIEDAD, INDICANDO INSTRUMENTO DE CONSTITUCION Y HACIENDO MENCION A SU REGISTRO EN LA CAMARA DE COMERCIO DE SU DOMICILIO; 2- … NOMBRE PROPIO SI EL PROPONENTE ES PERSONA NATURAL, Y/O SI LA PARTE PROPONENTE ESTA CONFORMADA POR DIFERENTES PERSONAS
NATURALES O JURÍDICAS, NOMBRE DEL CONSORCIO), quien(es) en adelante se denominará(n) EL PROPONENTE, manifiestan su voluntad de asumir, de manera unilateral, el presente COMPROMISO ANTICORRUPCION, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Que ENELAR E.S.P., realizó la Convocatoria Pública No. para la celebración de un contrato cuyo objeto es:
en los términos prescritos en el régimen jurídico previsto en los Acuerdos No. 002 y 008 de 2005 de ENELAR
E.S.P. y las normas concordantes.
SEGUNDO: Que es interés de EL PROPONENTE apoyar la acción del Estado colombiano y de ENELAR E.S.P. para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación, y la responsabilidad de rendir cuentas;
TERCERO: Que siendo del interés de EL PROPONENTE participar en el proceso de selección aludido en el considerando primero precedente, se encuentra dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para aportar transparencia al proceso, y en tal sentido suscribe el presente documento unilateral anticorrupción, que se regirá por las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: COMPROMISOS ASUMIDOS
EL PROPONENTE, mediante suscripción del presente documento, asume los siguientes compromisos:
1.1. EL PROPONENTE no ofrecerá ni dará sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público en relación con su Propuesta, con el proceso de selección antes citado, ni con la ejecución del Contrato que pueda celebrarse como resultado de su Propuesta,
1.2. EL PROPONENTE se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado suyo o un agente comisionista independiente lo haga en su nombre;
1.3. EL PROPONENTE se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos sus empleados y agentes y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles en todo momento el cumplimiento de las leyes de la República de Colombia, y especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de selección y la relación contractual que podría derivarse de ella, y les impondrá las obligaciones de: i) no
ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago corrupto a los funcionarios del ENELAR
E.S.P. ni a cualquier otro funcionario público que pueda influir en las condiciones de ejecución o de supervisión del contrato, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan influir sobre las condiciones de ejecución o supervisión del contrato; y ii) no ofrecer pagos o halagos a los funcionarios del ENELAR E.S.P. durante el desarrollo del Contrato.
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1.4. El Proponente se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto la colusión en el proceso de selección arriba identificado, o como efecto la distribución de la adjudicación de contratos entre los cuales se encuentre el Contrato que es materia del proceso de selección indicado en el considerando primero del presente acuerdo.
CLAUSULA SEGUNDA. CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
EL Proponente asume a través de la suscripción del presente compromiso, las consecuencias previstas en los Pliegos de Condiciones, si se comprobare el incumplimiento de los compromisos de - anticorrupción.
En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de
, a los (FECHA EN LETRAS Y NUMEROS) días del mes (MES) de dos mil ( ).
Firma C.C.
SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DE LA PARTE PROPONENTE SI ES PLURAL, SEAN PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS, EN ESTE ÚLTIMO CASO A TRAVÉS DE LOS REPRESENTANTES LEGALES ACREDITADOS DENTRO DE LOS DOCUMENTOS DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y/O PODERES CONFERIDOS Y ALLEGADOS AL PRESENTE PROCESO DE SELECCION.
FORMATO No. 4 MODELO CARTA PARA CUPO DE CRÉDITO
Arauca, junio de 2.012 Señores
EMPRESA DE ENERGIA DE ARAUCA ENELAR ESP
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Arauca
EL BANCO O ENTIDAD FINANCIERA CERTIFICA:
Que la firma ----------------------------------tiene con nuestra entidad, sucursal ----------------------------
--------- un cupo de crédito aprobado por valor de ---------------------------------Con destino exclusivo para el objeto de la referencia.
Este cupo no está sujeto a aprobaciones posteriores y podrá ser desembolsado, previa solicitud y legalización por parte de la firma ---------------------------------------------------
Cordialmente,
FORMATO No 5 CERTIFICACIÓN RECIPROCIDAD APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL.
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Yo, identificado como aparece al pie de mi firma, actuando en nombre propio y en calidad de Representante Legal de XXXXXCERTIFICO bajo la gravedad de juramento que el personal que participara en la ejecución del objeto del contrato es de origen Nacional ( ) o de Origen Extranjero ( ). Igualmente certifico que los bienes a suministrar son de origen Nacional ( ) o de Origen Extranjero ( )
FIRMA
C.C.
FORMATO N° 6 CERTIFICADO DE APORTES PARAFISCALES PERSONA JURIDICA
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Ley 1150 de 2007, artículo 23 inciso 2.
Yo , identificado con cedula de ciudadanía N°. de , en mi calidad de Representante legal con NIT. N°. manifiesto que la empresa ha cumplido durante los seis (06) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, con los pagos al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos laborales y con los aportes parafiscales correspondientes a todos los empleados vinculados por contrato de trabajo, por lo que declaro que la empresa se encuentra x XXX Y SALVO con las Empresas Promotoras de Salud-EPS-, los fondos de Pensiones, las Administradoras de Riesgos Laborales ARL. La Caja de Compensación Familiar, el Instituto de Bienes Familiar –ICBF- y el Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA-.
Nombre del proponente
c.c. N°. de Nit.
FORMATO N° 7 CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Yo , identificado con la cedula de ciudadanía N°. de la ciudad de
_, certifico que:
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Conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las entidades estatales de conformidad con lo establecido en la Constitución Nacional, así como en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, los artículos 1,2 y 4 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes; de las sanciones por transgresión a las mismas establecidas en los artículos 26 numeral 7 y 52 de la Ley 80 de 1993, así como los efectos legales consagrados en el artículo 44 numeral 1 de la norma precitada, y declaro bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas.
Dada en la ciudad de Arauca, a los LETRAS (XX) días del mes xx xxxxx de dos mil trece 2013.
Cordialmente
FIRMA
CC. de Nit.
Dirección comercial: . Teléfono:
Anexo N° 1.
CANTIDADES Y VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA
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Item | ACTIVIDAD | UNIDAD | CANTIDAD | VALOR UNITARIO | COSTO TOTAL |
1 | SOLUCION FOTOVOLTAICA No 1. DE 600 Wp USUARIO RURAL | UND | 60 | ||
2 | SOLUCION FOTOVOLTAICA No 2. DE 900 Wp USUARIO RURAL | UND | 22 | ||
SUB-TOTAL | |||||
ADMINISTRACIÓN 10% | |||||
IMPREVISTOS 5% | |||||
UTILIDA 10% | |||||
TOTAL |
ANEXO N° 2
RELACION DE CONTRATOS (EXPERIENCIA DEL PROPONENTE)
N° DE ORDEN | RAZON SOCIAL DEL CONTRATANTE | CONTRATO | FORMA DE EJECUCION | PLAZO DE EJECUCION (MESES) (1) | FECHA CONTRACTUAL DE | VALOR TOTAL DEL CONTRATO (INCLUIDAS SUS ADICIONES (3) | VALOR TOTAL FACTURADO EN PESOS (4) | VALOR FACTURADO EN S.M.M.L.V. | ||||
NUMERO | OBJETO | I – C - UT | % | INICIACION (DD – MM – AA) | SUSPENSION (2) (DD – MM – AA) | TERMINACION (DD – MM – AA) | ||||||
EXPERIENCIA | ||||||||||||
67
LA INFORMACION INCLUIDA EN ESTE FORMULARIO ES DE RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE
NOTA N° 1: PARA CADA CONTRATO SE DEBE INDICAR LA RAZON SOCIAL DEL CONTRATANTE, EL NUMERO Y/O OBJETO Y SI SE HA EJECUTADO EN FORMA INDIVIDUAL (I), EN ONSORCIO (C) O EN UNION TEMPOTRAL (UT) Y EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL INTEGRANTE.
NOTA N° 2: EN EL CASO DE CONTRATOS SUSCRITOS EN CONSORCIO O UNION TEMPORAL INDICAR EN LAS COLUMNAS (3) Y (4) UNICAMENTE EL VALOR QUE CORRESPONDE SEGÚN LA PARTICIPACION.
NOTA N° 3: LOS VALORES CONSIGNADOS EN LAS COLUMNAS (3) Y (4) DEBEN EXPRESARSE EN PESOS COLOMBIANOS
NOTA N° 4: PARA EL CASO DE LOS CONTRATOS ADJUDICADOS O SUSCRITOS QUE AUN NO TIENEN ORDEN DE INICIACION DILIGENCIAR LAS COLUMNAS (1) Y (3).
NOTA N° 5: LA COLUMNA (2) SE DEBE DILIGENCIAR SOLO CUANDO EL CONTRATO SE HAYA SUSPENDIDO.
NOTA N° 6: LA ENTIDAD NO TENDRA EN CUENTA PARA EFECTOS DE EVALUACION, EL CONTRATO O LOS CONTRATOS CUYA INFORMACION PRESENTE ERRORES U OMISIONES. RAZON SOCIAL DEL PROPONENTE O DEL INTEGRANTE DEL CONSORCIO O UNION TEMPORAL: FIRMA
ANEXO N° 3
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RELACION DE CONTRATOS (EXPERIENCIA ESPECÍFICA)
N° DE ORDEN | RAZON SOCIAL DEL CONTRATANTE | CONTRATO | FORMA DE EJECUCION | PLAZO DE EJECUCION (MESES) (1) | FECHA CONTRACTUAL DE | VALOR TOTAL DEL CONTRATO (INCLUIDAS SUS ADICIONES (3) | VALOR TOTAL FACTURADO EN PESOS (4) | VALOR FACTURADO EN S.M.M.L.V. | ||||
NUMERO | OBJETO | I – C - UT | % | INICIACION (DD – MM – AA) | SUSPENSION (2) (DD – MM – AA) | TERMINACION (DD – MM – AA) | ||||||
EXPERIENCIA ESPECIFICA | ||||||||||||
LA INFORMACION INCLUIDA EN ESTE FORMULARIO ES DE RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE
NOTA N° 1: PARA CADA CONTRATO SE DEBE INDICAR LA RAZON SOCIAL DEL CONTRATANTE, EL NUMERO Y/O OBJETO Y SI SE HA EJECUTADO EN FORMA INDIVIDUAL (I), EN ONSORCIO (C) O EN UNION TEMPOTRAL (UT) Y EL PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL INTEGRANTE.
NOTA N° 2: EN EL CASO DE CONTRATOS SUSCRITOS EN CONSORCIO O UNION TEMPORAL INDICAR EN LAS COLUMNAS (3) Y (4) UNICAMENTE EL VALOR QUE CORRESPONDE SEGÚN LA PARTICIPACION.
NOTA N° 3: LOS VALORES CONSIGNADOS EN LAS COLUMNAS (3) Y (4) DEBEN EXPRESARSE EN PESOS COLOMBIANOS
NOTA N° 4: PARA EL CASO DE LOS CONTRATOS ADJUDICADOS O SUSCRITOS QUE AUN NO TIENEN ORDEN DE INICIACION DILIGENCIAR LAS COLUMNAS (1) Y (3).
NOTA N° 5: LA COLUMNA (2) SE DEBE DILIGENCIAR SOLO CUANDO EL CONTRATO SE HAYA SUSPENDIDO.
NOTA N° 6: LA ENTIDAD NO TENDRA EN CUENTA PARA EFECTOS DE EVALUACION, EL CONTRATO O LOS CONTRATOS CUYA INFORMACION PRESENTE ERRORES U OMISIONES. RAZON SOCIAL DEL PROPONENTE O DEL INTEGRANTE DEL CONSORCIO O UNION TEMPORAL: FIRMA