PERMISO DE TRABAJO Cláusulas de Ejemplo

PERMISO DE TRABAJO. ✓ Es condición ineludible la emisión de Permisos de Trabajo antes de iniciar la jornada. El Permiso de Trabajo y sus prevenciones deben cumplirse en todo momento. ✓ El contratista diariamente y antes de iniciar la jornada el contratista solicitara al Jefe de Sitio/ jefe de Obra o el Responsable/Técnico de SHYMA solicitarán la aprobación de los Permisos de Trabajo El cual estará firmado por todas las partes involucradas para que el mismo sea válido. ✓ Para tareas que involucren izado de materiales/ equipos, manejo de químicos, intervención en o cerca de equipos energizados, trabajos en altura (más de 2 metros los pies del suelo), en profundidad mayor de 1,2 metros o con equipos sometidos a presión, Genneia podrá requerir un Procedimiento / Instructivo de trabajo específico ante riesgos relevantes o especiales, previo para su aprobación. ✓ En tareas con presencia latente o real de alguna fuente de energía, deberá cumplirse el Procedimiento de Bloqueo de Equipos ✓ El Profesional de SHYMA del Contratista debe mantener actualizado un registro de sus equipos de izaje, sus certificaciones y calificación de operadores. Además, sus accesorios y útiles (fajas, eslingas, cáncamos, grilletes, pastecas, cables, ganchos, etc.) deben estar en óptimas condiciones, activos y con sus certificaciones presentadas al Comitente.
PERMISO DE TRABAJO. GT 05 Hincado y aplomado de postes camión de brazo articulado
PERMISO DE TRABAJO. Status migratorio aprobado “PARAGRAFO I: Declaran ambas PARTES que debido a la condición de extranjero de EL EMPLEADO, este contrato de trabajo tiene una relación directa con la condición migratoria y laboral de EL EMPLEADO, por lo que EL EMPLEADOR expedirá todos los documentos que le sean requeridos para el trámite del correspondiente Permiso Migratorio y Laboral a favor de EL EMPLEADO. Por su parte EL EMPLEADO reconoce que en el caso de no otorgársele el Permiso Migratorio o el Permiso Laboral o la prórroga de los mismos, no se encontrará facultado para realizar sus labores de acuerdo a lo establecido en las Leyes Laborales Panameñas, por lo que de darse el caso el presente contrato quedará resuelto por mutuo consentimiento, sin derecho a presentar reclamos o demandas por parte de este para con EL EMPLEADOR en concepto de indemnizaciones u otros derechos diferentes a los derechos adquiridos, o cualquier otro reclamo que pueda tener por causa el presente acuerdo de terminación de este contrato.” Toda persona que preste servicios profesionales debe tributar Impuesto sobre al Renta y ante la CSS, no hay obligación por parte de la empresa, de hacer retención ni de agregarlo a planilla en materia de Seguridad Social, más si en materia de Impuesto xx Xxxxx. La obligatoriedad de los trabajadores independientes contribuyentes, entrará a regir a partir del 1 de enero de 2007 – obligatoriedad propia Las autoridades del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral o de la Dirección de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia, no podrán prohibir la afiliación y el pago de cuotas de un trabajador extranjero Los Administradores y Gerentes retendrán los impuestos correspondientes al personal contratado por Servicios Profesionales, siempre y cuando los honorarios pagados sean su única fuente de ingresos y la persona esté sujeta a subordinación jurídica y horario. – Excepto si tienen ingresos menores a 11,000 anual. En toda empresa o establecimiento donde laboren diez o más trabajadores, el empleador está obligado a adoptar un reglamento interno de trabajo. § Generales del Representante Legal. (estado civil, N° de cédula o Pasaporte). § Dirección completa de la empresa. § Actividad Económica de la empresa. (funciones específicas). § Las Políticas internas de la Empresa y el manejo con los clientes. § Jornada Ordinaria de Trabajo. (Si es de lunes a viernes o de lunes a sábado). § El Horario de la empresa (a qué hora abre la empresa y a qué hora c...
PERMISO DE TRABAJO. Es el documento oficial utilizado para controlar el trabajo que ha sido identificado como un riesgo potencial; mismo que se tramitará de conformidad con los lineamientos del “Sistema para Permisos de Trabajo de Pemex Exploración y Producción.”
PERMISO DE TRABAJO. Con el objeto de restringir el acceso tan sólo a personas autorizadas, asegurar la comunicación entre los ejecutores de los trabajos, así como enumerar y analizar las precauciones a tener en cuenta, por cada trabajo se elaborará un Permiso de Trabajo que se conservará como Registro. El formato de Permiso de Trabajo es el F-PE-PRL-01.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS. El cual se cumplimentara por duplicado por el responsable designado como recurso preventivo y quedando el recurso preventivo de la empresa externa y responsable del mantenimiento de las condiciones de expedición del permiso con ejemplar correspondiente para su remisión al responsable del servicio afectado, el cual consignara la fecha y hora de cierre del permiso. Dicho permiso contendrá la siguiente información: A) Información General: En este apartado se recogerá la información general de la instalación, del trabajo a realizar y del permiso así como la lista de personas autorizadas para el caso concreto (que deberán disponer de formación e información específica del presente procedimiento), así como la lista de personas responsables de quienes accedan. Se incluyen en este apartado la fecha y hora de apertura de permiso así como el cierre del mismo a la conclusión de los trabajos, quedando la normalización de las instalaciones a cargo de los operadores y personal responsable de las instalaciones de GIAHSA. En el caso de situación de concurrencia de varias empresas se llevara a cabo la apertura del permiso por parte de GIAHSA teniendo que estar presentes en las operaciones los recursos preventivos de cada una de las empresas en caso de concurrencia y de la contratista principal en caso de contratas y subcontratas. B) Lista de comprobaciones.
PERMISO DE TRABAJO. EL CONTRATISTA esta en la obligación de la apertura de permisos de trabajo diarios a fines de cumplir con las normas de trabajos diarios de COMSIGUA.
PERMISO DE TRABAJO. Con el objeto de restringir el acceso tan sólo a personas autorizadas, asegurar la comunicación entre los ejecutores de los trabajos, así como enumerar y analizar tanto los riesgos como los medios de eliminación o control de los mismos se cumplimentará por duplicado un Permiso de Trabajo que se conservará como Registro. El formato de Permiso de Trabajo es el F-PE-PRL-02.1 PERMISO PARA TRABAJOS EN ESPACIOS RESTRINGIDOS. La cumplimentación se llevara a cabo por el responsable designado como recurso preventivo quedando el recurso preventivo de la empresa externa y responsable del mantenimiento de las condiciones de expedición del permiso con ejemplar correspondiente para su remisión al responsable del servicio afectado, el cual consignara la fecha y hora de cierre del permiso.

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  • Tiempo de trabajo Sin perjuicio de la regulación que pueda contener este Acuerdo en materia de derechos de conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, los convenios colectivos de ámbito inferior, siempre y cuando estas medidas no se negocien y acuerden en el ámbito sectorial estatal, promoverán medidas de flexibilización de la jornada laboral y del horario de trabajo, que faciliten el derecho efectivo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, fomentando la corresponsabilidad de los trabajadores varones en las labores domésticas y en la atención a la familia. Asimismo las partes negociadoras de estos convenios adaptarán las regulaciones convencionales sobre jornada y descansos, incluidos permisos, excedencias, reducciones y adaptaciones de jornada y vacaciones, a las modificaciones contenidas en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

  • HORARIO DE TRABAJO 1.- Será de aplicación con carácter general el régimen de horario flexible para todo el personal que presta servicios en la Administración Municipal, sin perjuicio de las particularidades correspondientes a determinados colectivos en función de las actividades que desarrollan, de la naturaleza del servicio, del régimen de trabajo o jornadas especiales que tengan asignadas. 2.- Jornada de Mañana: La parte fija del horario, de 5 horas diarias, será de obligada presencia en el puesto de trabajo será entre las 9 y las 14 horas. La parte variable del horario hasta completar la jornada semanal, se realizará en horario flexible entre las 07:30 y las 9:00 horas de lunes a viernes y entre las 14:00 y las 20:00 horas de lunes a viernes. 3.- Los calendarios laborales, podrán establecer otros límites horarios, atendiendo a los horarios de apertura al público de determinadas oficinas y servicios públicos, o las necesidades del servicio que se presta. 4.- Jornada de mañana y tarde para el personal laboral con mayor dedicación: El horario fijo de presencia en el puesto de trabajo será de las 9:00 horas a 14:00 horas, la parte flexible del horario será de 07:30 horas a 09:00 horas y de 14:00 horas a 20:00 horas. El tiempo de trabajo realizado durante la semana en horario de mañana no podrá exceder de 36 horas semanales. El resto de la jornada hasta completar la jornada de 40 horas se realizará en horario de tarde, en módulos mínimos de 90 minutos. Siendo necesario realizar dos tardes a la semana con carácter obligatorio. Entre la jornada de mañana y de tarde debe mediar un descanso mínimo de media hora para poder realizar la comida. Durante el periodo comprendido entre el 1 xx xxxxx y el 30 de septiembre, el personal con mayor dedicación podrá realizar el cumplimiento de su jornada semanal sin la obligación de realizar tardes, en régimen de jornada continuada, de acuerdo con el sistema de horario flexible vigente. 5.- Jornadas especiales: El personal con jornadas especiales con régimen de turnos y descansos, establecerá el número de jornadas anuales a realizar y horas de duración de cada turno, así como el sistema de descanso y compensación horaria en su respectivo calendario laboral. Serán jornadas especiales las siguientes: A) Jornadas de 24 horas y treinta minutos. En el correspondiente calendario laboral se concretaran los sistemas de cumplimiento de las mismas, el número de jornadas anuales a realizar, la programación de turnos y descansos así como el sistema de compensación en su caso. B) Jornadas de 8 horas y 30 minutos. En el correspondiente calendario laboral se concretarán los sistemas de cumplimiento de las mismas, el número de jornadas anuales a realizar, la programación de turnos y descansos así como el sistema de compensación en su caso. 6.- En las Relaciones de Puestos de Trabajo o en el Catálogo de Puestos no Permanentes se detallarán los puestos de trabajo desempeñados a tiempo parcial, expresando su porcentaje de dedicación.

  • Contrato de trabajo Habrá contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominación, siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración. Sus cláusulas, en cuanto a la forma y condiciones de la prestación, quedan sometidas a las disposiciones de orden público, los estatutos, las convenciones colectivas o los laudos con fuerza de tales y los usos y costumbres.

  • EQUIPO DE TRABAJO La empresa adjudicataria quedará obligada a aportar, para la realización de los servicios, el equipo humano, los medios técnicos y organizativos necesarios para cubrir las obligaciones que se deriven del contrato. Tal personal dependerá exclusivamente del adjudicatario que tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de patrono, debiendo cumplir por ello las disposiciones vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo. La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable del servicio, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al CZFB, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con el CZFB, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. e) Informar al CZFB acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. Asimismo, la empresa contratista podrá designar también un responsable del contrato, integrado en su propia plantilla, que será el interlocutor válido de la contratista para decidir sobre todos los aspectos técnicos y económicos del servicio. Será el responsable del cumplimiento del plan de calidad y medioambiental del servicio y de la prevención de riesgos laborales.

  • PLAZO DE VIGENCIA El presente

  • Prendas de trabajo 1.- La Universidad proveerá a los trabajadores de las prendas de trabajo y los equipos de protección individual homologados y adecuados para el desempeño de sus funciones. 2.- El Comité de Seguridad y Salud laboral velará para que las prendas reúnan las condiciones adecuadas a las características del puesto de que se trate; para ello, contará con el asesoramiento técnico del Servicio de Prevención. Los equipos y medios han de estar en condiciones de uso suficientes para el fin perseguido, por lo que procederá su reposición cuando sufran algún deterioro que ponga en riesgo la seguridad y salud de los trabajadores. 3.- Las Universidades indemnizarán anualmente a sus trabajadores, en el mes xx xxxxx, por desgaste de vestuario, conforme a lo establecido en el anexo I. Los trabajadores, cuyo periodo de servicio no comprenda la totalidad del año natural anterior, percibirán la parte proporcional correspondiente al periodo trabajado, en fracciones mensuales. 4.- La Gerencia de cada Universidad determinará, previa negociación con el Comité de Empresa, aquellos casos en que sea obligatoria la utilización de una uniformidad concreta y sus características y condiciones, en consonancia con lo dispuesto en el apartado anterior.

  • Jornada de trabajo 1. La jornada laboral ordinaria se establecerá en función de lo disponga la normativa básica que sea de aplicación. 2. La jornada laboral del Personal de Administración y Servicios se realizará con carácter general de lunes a viernes en turnos de mañana o tarde, sin menoscabo de las jornadas especiales que pudieran desarrollarse en puestos de trabajo concretos que necesiten actividad en turnos distintos, durante los fines de semana o en días festivos. En su caso, dichas jornadas especiales se reflejarán en la relación de puestos de trabajo. 3. Cada universidad negociará con la representación sindical, antes de finalizar cada año, el calendario laboral del siguiente, que incluirá la distribución anual de los días de trabajo, los festivos, las jornadas especiales y cualquier otra circunstancia que fuera necesaria regular para hacer compatible la organización del trabajo con el calendario académico. 4. Con carácter general, el personal investigador y el personal investigador en formación tendrán la misma jornada que el resto del personal incluido en este convenio. 5. La dedicación docente del PDI contratado a tiempo completo por tiempo indefinido será la que establezca la legislación vigente, o, en su defecto será la misma que la del profesorado perteneciente a los cuerpos docentes universitarios. La dedicación docente del profesorado Xxxxxxxx Doctor, en tanto no se oponga a ninguna legislación vigente, con carácter general, no excederá de 240 horas anuales. 6. Los departamentos organizarán la docencia de modo que la asignación docente de su profesorado no exceda de 4 horas presenciales seguidas diarias, a excepción de las prácticas, procurando que entre el inicio de la primera clase y la finalización de la última no transcurran más de 8 horas. Solo se podrá obligar a una acumulación máxima de clases del 75% de las obligaciones docentes en un semestre. Estos principios podrán alterarse a petición de la persona interesada o cuando impidan su aplicación circunstancias derivadas de la organización de la docencia. De dichas alteraciones, en caso de producirse, será informado anualmente el Comité de Empresa. 7. Se respetará el descanso diario de doce horas entre la finalización de una jornada y el inicio de la siguiente. 8. De forma general, el horario semanal de docencia estará, de lunes a viernes, comprendido entre las 8 y las 22 horas.

  • METODOLOGÍA DE TRABAJO La propuesta técnica deberá contener como mínimo lo señalado en la sección III - Organización del Lugar de la Obra y Descripción del Método de Construcción Conteniendo mínimo: organización del lugar de la obra, metodología detallada para la ejecución de cada ítem o tarea a realizar, memoria descriptiva, memoria de equipos a utilizar su oportunidad de incorporación a las tareas, la relación con el Plan de Trabajos, descripciones, planos y gráficos que sean necesarios para su cabal entendimiento, etc. - Plan de Trabajos y Curva de inversiones El Plan de Trabajos e inversiones por Camino Crítico, según la siguiente metodología: 1) Red de precedencias con clara indicación de tareas o eventos ajenos al contrato que tienen injerencia en el normal desarrollo de los trabajos. 2) Duración de cada tarea. 3) Procesamiento con indicación en el Camino Crítico del plazo de la obra y de los tiempos flotantes, libre y total de las tareas que no estén en este camino. 4) Diagrama xx xxxxxx, con indicación de la ubicación de cada tarea dentro del período comprendido por las fechas tempranas y tardías que surgen del diagrama calendario. 5) Del análisis de las redes confeccionadas surgirán las distintas fechas tempranas y tardías, en función de las cuales se construirán las Curvas de Certificaciones Máximas y Mínimas. 6) El procesamiento del Camino Crítico se realizará, usando métodos de reconocida confiabilidad. 7) Se remarca la necesidad de presentar: - Ejecución física mensual expresada en porcentajes parciales y acumulados. - Cantidad de jornales mensuales a emplear. - Tipo y cantidad de equipos a emplear en cada mes de ejecución de los trabajos. - Curva de inversión mensual propuesta, consignando valores parciales y acumulados. El Plan de Trabajos deberá referirse a la totalidad de los ítems consignados en el Presupuesto Oficial, discriminado uno a uno. Se deberá acompañar del correspondiente Plan de Acopio si es permitido. El Plan presentado debe resultar coherente con los métodos constructivos propuestos, con el plazo de ejecución de las obras y con el tipo y cantidad de equipos que el Oferente propone emplear. Deberá indicar las fechas de incorporación de los equipos presentados en la propuesta, en forma detallada y de acuerdo con la secuencia del citado Plan de Trabajo

  • LUGAR DE TRABAJO El TRABAJADOR desempeñará las funciones para las cuales ha sido contratado en las instalaciones ubicadas en __________________ (Escriba la dirección de la compañía), en la ciudad de _______ (Ingresar la ciudad), provincia de _________ (Ingresar Provincia y barrio) para el cumplimiento cabal de las funciones a él encomendadas.

  • DE LA VIGENCIA El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y concluirá al XX de XXXXXXX de 20XX.