LEGISLACIÓN Cláusulas de Ejemplo
LEGISLACIÓN. Al presente Contrato le es aplicable la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y supletoriamente el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
LEGISLACIÓN. El presente Contrato está regido por la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y demás normatividad aplicable en la materia.
LEGISLACIÓN. Las partes se sujetan estrictamente a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos establecidos en las presentes bases, así como en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles en todo lo que no esté previsto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones jurídicas aplicables.
LEGISLACIÓN. Esta póliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de Seguros, y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Código de Comercio y el Código Civil de la República ▇▇ ▇▇▇▇▇ Rica.
LEGISLACIÓN. Rigen para la presente contratación el Pliego de Bases y Condiciones, el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Complementarias, el Pliego General Tipo de la Municipalidad de General Pueyrredon (Cláusulas Legales Generales), la Ley de Obras Públicas Nº 6021, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza General Nº 267 de Procedimiento Administrativo, la Ley Orgánica de las Municipalidades y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas por este Pliego de Bases y Condiciones.- .neb. ..// 20 X............................................... X............................................... .. .. FIRMA Y SELLO DEL PROPONENTE FIRMA Y SELLO DEL PROFESIONAL /// ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES MEMORIA DESCRIPTIVA UBICACION: Av. Colon esq. Salta. A partir de que la Vacunación es parte primordial de la política de Salud Pública del Estado, 19 nuevas vacunas se han incorporado al Calendario Oficial de Inmunizaciones. Analizando las nuevas vacunas, y solo calculando aquellas dosis que no reemplazan a otras vacunas (como la vacuna Quíntuple), estamos aumentando en 385.000 nuevas dosis la carga de trabajo regular de los vacunatorios de los centros de salud. Es necesario recordar que las inmunizaciones se realizan sobre toda la comunidad del Partido de Gral. Pueyrredon, sumando al subsistema público y privado. Al programa regular se suman las Campañas u Operativos que cada año el Ministerio evalúa convenientes por riesgos epidemiológicos particulares y los Operativos en territorio que la Secretaria de Salud desarrolla en forma constante. Podemos afirmar que la Vacunación es la acción de Salud de mayor impacto que realiza el Sistema Municipal de Salud sobre su población. La comunidad tiene acceso a la vacuna en los centros de salud cercanos a sus domicilios, acercándose a algún dispositivo en terreno, pero una gran franja de la población concurre al Vacunatorio céntrico de la ciudad. El Vacunatorio que funciona en el Centro Nº 1 es emblemático y está culturalmente arraigado en las generaciones de abuelos, padres e hijos marplatenses. Posee además una ubicación estratégica por la cercanía de cinco grandes clínicas y maternidades privadas que al dar el alta al recién nacido, lo derivan para su primo vacunación antes del contacto con el público. Tiene una importante accesibilidad en medios de tr...
LEGISLACIÓN. Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del objeto de este contrato a todas y cada una de las Cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones reglamentarias y administrativas aplicables. En lo no previsto por los ordenamientos antes citados, serán aplicables supletoriamente, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles. VIGÉSIMA
LEGISLACIÓN. AL PRESENTE CONTRATO LE ES APLICABLE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SU REGLAMENTO Y SUPLETORIAMENTE EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
LEGISLACIÓN. Leyes Nros. 19.587 y 24.557. Decreto N° 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo para la Industria de la Construcción, que reglamenta dicha actividad.
LEGISLACIÓN. Las partes se sujetan estrictamente a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos establecidos en las presentes bases y a lo dispuesto en la LAASSP y su Reglamento. En lo no previsto por esta Ley y demás disposiciones que de ella se deriven, serán aplicables supletoriamente el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Código Federal de Procedimientos Civiles y demás disposiciones aplicables. En caso de existir discrepancia entre las bases y el contrato prevalecerá lo estipulado en el cuerpo general de las bases.
LEGISLACIÓN. Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de la obra objeto de este contrato a todas y cada una de las Cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca y demás disposiciones reglamentarias y administrativas aplicables. En lo no previsto por los ordenamientos antes citados, serán aplicables supletoriamente, el Código Civil del Estado de Oaxaca; el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca en vigor.
