TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES
TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES
Profesionales para la Enseñanza y Formación Privada
Los presentes Términos y Condiciones Generales se ajustan a los términos y condiciones redactados por la asociación sectorial Consejo Neerlandés para la Formación y la Enseñanza (NRTO, por sus siglas en neerlandés).
Índice
Artículo 5 – Cancelación y rescisión (anticipada) del acuerdo 3
Artículo 6 – Derechos de autor 4
Artículo 7 – Cambios de precios 4
Artículo 9 – Conformidad e incumplimiento del acuerdo 4
Artículo 11 – Atraso en el pago 5
Artículo 13 – Responsabilidad del empresario 5
Artículo 14 – Confidencialidad 5
Artículo 15 – Consultas y reclamaciones 5
Artículo 16 – Resolución de disputas 5
Artículo 17 – Acuerdos complementarios 5
Artículo 1 - Definiciones
Suscripción Un acuerdo que implica un pago único o periódico, que da derecho al uso ilimitado de una oferta de aprendizaje durante un determinado periodo de tiempo.
Servicio Educativo La acción de impartir educación, enseñanza y/o formación y/o de distribuir el material de un curso y/o de ofrecer exámenes (parciales) y/o un itinerario EVC (Reconocimiento de las Competencias Previamente Adquiridas) y/u otra forma de evaluación.
Acuerdo Un acuerdo, tal como se menciona en el artículo 4.
Usted Usted, es decir, el empleador (o su empleado, también conocido como el estudiante) o los sucesores legales del empleador o del trabajador por cuenta propia que desempeña una profesión o que lleva un negocio y que adquiere un servicio educativo del Instructor.
Instructor Un instructor privado/agencias de capacitación que están afiliados a la NRTO.
Artículo 2 – Aplicabilidad
Los presentes Términos y Condiciones Generales de la asociación sectorial Consejo Neerlandés para la Formación y la Enseñanza (NRTO) no son vinculantes para el Instructor de la NRTO, pero el afiliado los puede declarar aplicables al enviar o publicarlos. Si los Términos y Condiciones Generales se han declarado aplicables, esto surtirá efecto en todas las ofertas, actividades, presupuestos y acuerdos de formación y enseñanza entre usted y el Instructor.
Artículo 3 – Oferta
El Instructor deberá hacer la oferta (preferiblemente) por escrito o por vía electrónica.
Artículo 4 – Acuerdo
1. El acuerdo se considerará formalizado siempre que exista pleno consenso entre las partes sobre el contenido y las condiciones de ejecución. El consenso sobre el contenido del acuerdo queda establecido porque, por un lado, el Instructor recopila la información necesaria de manera suficientemente detallada y, por otro lado usted, según su xxxx saber y entender, le ha proporcionado toda la información esencial para el diseño y ejecución del encargo. El acuerdo se considerará formalizado con la aceptación de los Términos y Condiciones Generales de la oferta B2B NRTO 3 por su parte. Una vez cerrado el acuerdo, recibirá una confirmación por escrito o por vía electrónica.
2. Si surgen hechos o circunstancias durante la ejecución del encargo que afecten (o pudieran afectar) al consenso original alcanzado, entonces el Instructor y Usted tratarán este asunto con la debida antelación para adaptar lo convenido a la nueva situación.
Artículo 5 – Cancelación y rescisión (anticipada) del acuerdo
1. Usted podrá cancelar y rescindir en cualquier momento un acuerdo celebrado por un período definido. El Instructor le enviará una confirmación al respecto. Sin embargo, Usted quedará sujeto al siguiente régimen de cancelación o de rescisión anticipada.
Plazo de cancelación | La duración del curso no llega a 1 año académico |
Cancelación hasta 2 meses antes del comienzo | El 30% del precio acordado menos el coste del material del curso aún no recibido |
Cancelación entre 2 meses y 1 mes antes del comienzo | El 50% del precio acordado menos el coste del material del curso aún no recibido |
Cancelación entre 1 mes y 2 semanas antes del comienzo | El 70% del precio acordado menos el coste del material del curso aún no recibido |
Cancelación menos de 2 semanas antes del comienzo | El 100% del precio acordado menos el costo del material del curso aún no recibido |
Rescisión anticipada | El 100% |
2. La cancelación, tanto antes de que haya comenzado el curso como en caso de terminación prematura, se hará por escrito o por medios electrónicos;
3. Los cursos en forma de suscripción podrán cancelarse con un período de notificación de 12 meses y sin coste alguno después del período de suscripción acordado, siempre que la renovación sea automática. El Instructor tendrá derecho a retirarse de un encargo si no puede ejecutarlo debidamente por cambios fuera de su control.
Artículo 6 – Derechos de autor
El material del curso ofrecido está destinado exclusivamente al uso personal. Todos los materiales proporcionados por el Instructor, como libros, exámenes de prueba, material impreso, modelos, los Términos y Condiciones Generales B2B NRTO 4 técnicas, instrumentos y software están sujetos a derechos de autor del Instructor o de terceros. Los materiales a los que se refiere este artículo no podrán ser reproducidos, hechos públicos o puestos en conocimiento de terceros ni proporcionados a terceros sin el consentimiento por escrito, previo y expreso del Instructor, tanto durante como después del curso. Tampoco está permitido hacer público el material en forma modificada o usarlo bajo su propio nombre sin el consentimiento por escrito del Instructor. Los derechos de autor/propiedad del curso recaen completamente en el Instructor.
Artículo 7 – Cambios de precios
Si se produce un cambio de precios en los tres meses siguientes a la celebración del acuerdo pero antes de que comience el servicio educativo, esto no afectará el precio acordado.
Artículo 8 – Entrega
Material didáctico: el Instructor le entregará el material del curso con la debida antelación al inicio del servicio educativo. La entrega oportuna también incluye la facilitación oportuna del acceso al material educativo que se ofrece por vía electrónica.
Artículo 9 – Conformidad e incumplimiento del acuerdo
1. El servicio educativo y el material didáctico proporcionado deberán responder a sus expectativas razonables. Si usted no cumple con sus obligaciones, el Instructor tendrá derecho a suspender las suyas. Si el Instructor no cumple con sus obligaciones, usted tendrá derecho a suspender las suyas. En caso de cumplimiento parcial o inadecuado, solo se permitirá la suspensión en la medida en que la infracción lo justifique.
2. El Instructor tendrá un derecho de retención si usted incumple una obligación exigible, a menos que el incumplimiento no justifique dicha retención.
3. Si una de las partes incumple el acuerdo, la otra parte tendrá derecho a disolverlo, salvo que el incumplimiento no justifique la disolución por su escasa importancia.
Artículo 10 – Pago
1. El pago se realizará mediante transferencia del importe adeudado a una cuenta bancaria indicada por el Instructor en el momento de la compra o de la entrega, o mediante medios de pago electrónico reconocidos por los bancos.
2. Si se ha acordado el pago a plazos, usted deberá pagar con arreglo a los plazos y los porcentajes establecidos en el acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3.
3. El pago del servicio educativo se realizará antes del inicio del curso. El Instructor podrá solicitarle que pague el importe total a más tardar a los 30 días hábiles antes del inicio del servicio educativo.
Artículo 11 – Atraso en el pago
Usted estará en xxxx a partir del vencimiento de la fecha de pago. El Instructor tendrá derecho a cobrar intereses comerciales sobre la cantidad aún adeudada y los demás gastos, incluidos los gastos de cobro extrajudiciales.
Artículo 12 – Suspensión
Durante la tramitación de una reclamación o litigio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 16, el Instructor suspenderá el cobro de intereses y gastos de cobro.
Artículo 13 – Responsabilidad del empresario
En la medida en la que el Instructor incumpla el acuerdo de manera imputable y usted sufra daños y perjuicios como resultado, la responsabilidad del Instructor se limitará a la indemnización de los daños y perjuicios directos. Los daños y perjuicios totales que el Instructor deberá indemnizar nunca serán superiores a los gastos que usted haya pagado por el Servicio Educativo correspondiente en el que dichos daños y perjuicios se han producido.
Artículo 14 – Confidencialidad
La información proporcionada por usted será tratada de forma confidencial por el Instructor, su personal o las personas que trabajen para él. El Instructor deberá cumplir con la legislación vigente en materia de privacidad.
Artículo 15 – Consultas y reclamaciones
El Instructor se esforzará por responder lo antes posible y a su plena satisfacción a una consulta o a una reclamación.
Artículo 16 – Resolución de disputas
1. El acuerdo se regirá por la ley de los Países Bajos, a menos que la ley de otro país sea aplicable en virtud del derecho imperativo.
2. El Instructor y usted intentarán encontrar una solución de común acuerdo. De no encontrar ninguna solución, las partes podrán someter la disputa al tribunal competente.
3. Los Instructores de la NRTO deberán cumplir con el código de conducta profesional y sectorial de la NRTO. La NRTO fomenta el cumplimiento de estos Términos y Condiciones Generales, así como el del código de conducta, ya que las reclamaciones pueden ser sometidas a investigación y, de encontrar infracciones, proceder a la toma de medidas. Si considera que el Instructor de la NRTO no cumple con las reglas de la NRTO citadas, podrá presentar una reclamación ante la Comisión de Cumplimiento de la Calidad. El cliente podrá presentar una reclamación por escrito a este comité, dirigiendo su escrito a la secretaría de la NRTO.
Artículo 17 – Acuerdos complementarios
Además de lo incluido en estos Términos y Condiciones Generales, el Instructor podrá celebrar acuerdos adicionales con usted (entre otros):
- la composición del grupo objetivo;
- las condiciones de participación, como la participación voluntaria;
- la definición de las necesidades de aprendizaje;
- el tema de la capacitación por impartir;
- la forma de trabajar;
- los materiales o medios técnicas por utilizar;
- el valor real con respecto a las expectativas de la formación;
- la elección de los Instructores que serán empleados por el empresario y el cliente y la designación de un posible líder del proyecto;
- el papel de/los Instructor(es);
- una indicación de la duración de la formación y una posible división en fases;
- la forma en la que se evaluara el programa;
- la eventual deliberación posterior;
- la estimación de los costes;
- los gastos del material de formación;
- los gastos de viaje y alojamiento del Instructor;
- los gastos extra por la docencia fuera de los días laborables habituales;
- los gastos de alojamiento y actividades tales como refrigerios, etc. y la división de tareas de la organización de los mismos;
- cobrar los gastos de la cotización;
- los arreglos de pago y cancelación (además de lo anterior);
- las disposiciones relativas a situaciones de fuerza mayor (además de las anteriores);
- los derechos de propiedad y de autor, incluido el copyright (además de los anteriores);
- el seguimiento deseado o necesario;
- el régimen de IVA aplicable.