Contract
1. PODER ADJUDICADOR: | |||
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXXX XX XXXXXXX | ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: ALCALDÍA | Número de Expediente: | 371/2017 |
Tipo de Procedimiento | ABIERTO | ||
Publicidad: | SI | ||
Tipo de Contrato: | SUMINISTRO | ||
Tramitación: | ORDINARIA | ||
Criterios Adjudicación: | VARIOS CRITERIOS. | ||
2. OBJETO DEL CONTRATO: Suministro e Instalación de Carpintería exterior edificio consistorial | |||
CPV:44221000-5 45421110-5 CPA: 25.12 | DESCRIPCIÓN DE CPV: -Ventanas, puertas y elementos conexos. - Instalación de puertas, ventanas y elementos conexos Carpintería metálica | ||
3. IMPORTE DEL CONTRATO | |||
IMPORTE NETO: 23.246,17 € | IVA 21%: 4.881,70 € | IMPORTE TOTAL: 28.127,87€ | |
REVISIÓN DE PRECIOS: NO | |||
4. OTROS CRITERIOS DE VALORACIÓN: si A.- Precio B.- Criterios cuantificables automáticamente: 1.- Reducción de plazo de entrega e instalación. | |||
5. FINANCIACIÓN | |||
FINANCIACIÓN Xxxxxxxx xx xx xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx x Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx 0000: 100% | |||
6. GARANTÍAS | |||
DEFINITIVA | ASCIENDE AL 5% DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx (1 de 1) Alcalde
Fecha Firma: 28/08/2017
HASH: 437a3721ad5141f6be972be25dae5d07
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Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
7. SUBCONTRATACIÓN: No se admite | |
8. MESA DE CONTRATACIÓN: si |
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Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE DE CARPINTERÍA EXTERIOR EDIFICIO CONSISTORIAL DE XXXXXXXXXX XX XXXXXXX, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es el Suministro e Instalación de de Carpintería exterior edificio consistorial de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, conforme a la Memoria valorada
Códigos CPV:
44221000-5 - Ventanas, puertas y elementos conexos
45421110-5 Instalación de puertas, ventanas y elementos conexos Código CPA : 25.12 Carpintería metálica
Todo ello según Anexo de características técnicas que se acompaña, juntamente con el número de ventanas a suministrar.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministros, tal y como establecen los artículos 9, 19.1 a) y 290 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
La prestación se ajustará a las determinaciones establecidas en el presente Pliego y Memoria Técnica que rigen esta licitación.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de suministros será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
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Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula séptima del presente Pliego.
El órgano de contratación será el Alcalde.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante
CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto de licitación, precio de contrato y Valor estimado del contrato. Aplicación presupuestaria.
1.- El Presupuesto Base de Licitación del presente contrato asciende a la cuantía de veintitrés mil doscientos cuarenta y seis euros con diecisiete céntimos (23.246,17 €) y el Impuesto sobre el Valor Añadido (tipo vigente 21%) por valor de cuatro mil ochocientos ochenta y un euros con setenta céntimos (4.881,70 €), lo que supone un total de veintiocho mil ciento veintisiete euros con ochenta y siete céntimos (28,127,87 €).
Dicho presupuesto de licitación conforma la cifra máxima a la cuál habrán de ajustar sus proposiciones económicas los licitadores, pudiendo mejorarla.
Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole -incluido el IVA, que figura como partida independiente.
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
El valor estimado del contrato, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 88.1 del T.R.L.C.S.P., asciende a la cuantía veintitrés mil doscientos cuarenta y seis euros con diecisiete céntimos (23.246,17 €) (IVA excluido).
El precio se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 9200.62500 relativa a Equipamiento Ayuntamiento, del Presupuesto General Municipal del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, con un gasto estimado de veintiocho mil ciento veintisiete euros con ochenta y siete céntimos (28,127,87 €) para el ejercicio 2017.
2.- El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación.
3.- Revisión de Precios.- No procede por la naturaleza del contrato.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato, plazo de entrega del suministro.
El plazo de entrega e instalación se realizará en un plazo máximo de 6 semanas a contar desde la formalización del contrato, salvo mejora ofertada por el adjudicatario.
CLÁUSULA SEXTA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
1. Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, Xxxxx xx Xxxxxx, xx 0 xx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx en horario de atención al público, de 8-15 horas dentro del plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxx y en el Perfil de contratante En caso de que el último día sea sábado o inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente (sábado excluido).
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Xxxxxxx y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
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La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos cinco días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
6.1.- Contenido de las proposiciones
La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación.
Toda documentación deberá presentarse redactada en castellano.
Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
lugar a la desestimación de todas las presentadas.
6.2.- Sobres
Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados y firmados por el mismo o persona que represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente:
Sobre "A": Documentación Administrativa.
Sobre "B": Documentación para valoración según criterios.
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Incluirá: 1.- ÍNDICE y HOJA RESUMEN DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE
NOTIFICACIÓN en la que conste nombre, NIF, dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo número de teléfono, fax y persona de contacto, con indicación de una dirección de correo electrónico.
2.-DECLARACIÓN RESPONSABLE (XXXXX X) del licitador suscrita por el licitador o su representante, reconociendo que cumple los requisitos establecidos para contratar con esta Administración, y en particular, los de capacidad, representación y solvencia exigidos, comprometiéndose a acreditar tales extremos en caso de que a su favor recaiga propuesta de adjudicación.
3.- En las Uniones Temporales de Empresarios se adjuntará:
-Por cada uno de los empresarios que vayan a formar parte de la misma el documento indicado en el apartado anterior debidamente suscrito.
- En documento aparte deberá indicarse: los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, así como que asumen el compromiso de constituirse y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.
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En todo caso, el órgano de contratación podrá recabar, en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación el cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
4.- Declaración debidamente relacionada de empresas pertenecientes al mismo grupo.- Los licitadores deberán presentar declaración concerniente a las empresas pertenecientes al mismo grupo o encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, con indicación de los que se presentan a licitación.
En caso de no pertenecer a ningún grupo, deberá aportar declaración en tal sentido
El empresario cuya oferta se encuentre en primer lugar en el orden de prelación de ofertas deberá presentar la documentación acreditativa para lo que será oportunamente requerido.
SOBRE «B»
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN PARA SU VALORACIÓN
A - Proposición económica: Se presentará conforme al modelo que figura como XXXXX XX:
No se aceptará aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá esta última.
B.- Documentación para Valoración según criterios cuantificables CLÁUSULA SÉPTIMA. Criterios de valoración.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación:
A.- Precio.
- Oferta económica: Puntuación máxima por este concepto: 80 puntos.
La puntuación correspondiente a la oferta económica se hallará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
B
Χ=
A
Siendo:
.50
X: Puntuación de la Oferta que se valora.
B: Importe de oferta con precio más bajo IVA excluido. A: Importe de oferta que se valora IVA excluido.
B.- Criterios cuantificables automáticamente distintos del precio hasta 20 puntos.
1. Reducción de plazo de entrega e instalación. Hasta 20 puntos
- 1 semana . 10 puntos
- 2 semanas . 20 puntos
CLÁUSULA OCTAVA. Mesa de Contratación
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La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de
30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros:
● Presidente: Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Concejal del Ayuntamiento o D. Xxxxxx Xxxxx Xxxx Concejal del Ayuntamiento
● Vocales:
- X. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Concejal del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxxxx Xxxxx Xxxx.
- Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión
- Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento
- D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento, que actuaran a su vez como Secretario de la mesa.
La mesa podrá solicitar informe de los Servicios Técnicos municipales.
CLÁUSULA NOVENA. Apertura de Proposiciones
1.- La Mesa de Contratación se constituirá a las diez horas del segundo día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, si se han presentado proposiciones por correo y éstas no han sido recibidas, el cuarto día siguiente al cierre de dicho plazo. En el caso de que dicho día fuera xxxxxx, xxxxxxx o festivo la constitución de la Mesa se pospondrá al día siguiente hábil.
La Mesa de contratación abrirá los Sobres nº A ‘Documentación Administrativa’ a los efectos de calificación de la documentación contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada
Se dejara constancia de dicha comunicación en el expediente, entendiéndose intentada sin efecto en el supuesto de que dicha comunicación no pueda materializarse. En caso de que se haga uso de estas facultades se suspenderá el acto de apertura de los Sobres Nº B, anunciándose en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y, si fuera posible, notificándose a los interesados el día y hora en que tendrá lugar dicho acto.
2.- En acto público la Mesa procederá a la apertura de los Sobre B' Proposición económica y documentación relativa a Criterios cuantificables automáticamente” de los licitadores admitidos, dando lectura a las ofertas económicas y las elevará, con el acta e informe y la propuesta de adjudicación al postor que presente la oferta económicamente más ventajosa, al órgano de contratación.
En caso de discordancia entre las expresiones dinerarias de las proposiciones económicas en letra y en número, prevalecerá la expresión consignada en letra. La cuantía de las ofertas será expresada como máximo con dos decimales.
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El acto de exclusión de un licitador podrá ser notificado a éste en el mismo acto público si fuera posible por encontrarse presente algún representante de la empresa, o en su defecto, con arreglo a los procedimientos establecidos la ley de procedimiento administrativo común debiendo señalarse en la notificación el régimen de recursos aplicable y el órgano competente para resolverlos.
Se realizará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
CLÁUSULA DÉCIMA Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento.
La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto, que no los adquirirá respecto a la Administración mientras no se le haya adjudicado definitivamente el contrato por acuerdo del órgano de contratación.
Si, antes de proceder a la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, en la notificación a los licitadores de la resolución motivada indicará la compensación que proceda abonar por los gastos de licitación.
CLÁUSULA UNDÉCIMA Clasificación de las ofertas y adjudicación del contrato.
1.- El órgano de contratación clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas que hayan sido admitidas y se atenderá a la valoración de los criterios, entendiéndose que la oferta económicamente más ventajosa.
2.- El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la DOCUMENTACIÓN,
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
PREVIA A LA ADJUDICACIÓN, original o debidamente compulsada.
En las uniones temporales de empresarios, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes deberá contar con capacidad, personalidad, representación y solvencia en los términos previstos en el artículo 59 de la TRLCSP, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, así como que asumen el compromiso de constituirse y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración.
La aportación del certificado expedido por el Registro de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado o registro equivalente de la Comunidad Autónoma acompañada de una declaración expresa responsable, emitida por el licitador o sus representantes con facultades que figuren en el Registro, relativo a la no alteración de los datos que constan en el mismo, podrá sustituir a la documentación contenida en esta condición relativas a la justificación por el empresario de las condiciones de aptitud en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que xxxxx xxxxxxx en el mismo, todo ello de acuerdo con lo establecido en el art. 83 del TRLCSP.
El referido certificado podrá ser expedido electrónicamente.
Igualmente podrán acreditar tales extremos las Uniones Temporales de Empresas dadas de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, con especificación de tal circunstancia.
a) Documento Nacional de Identidad del licitador si este fuera persona física. Si fuera jurídica se presentará el Documento Nacional de Identidad de quien la represente.
b) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, deberán presentar poder bastanteado al efecto por el Sr. Secretario de la Corporación o funcionario que le sustituya.-
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c) De tratarse de personas jurídicas españolas, deberá presentarse escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la Legislación Mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, se presentará escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaten las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
d) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
e) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
f) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. (conforme Anexo III)
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
g) Declaración responsable de no encontrarse incurso el licitador en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del T.R.LC.S.P.
h )Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no existir deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. Dicha acreditación se efectuará en la forma siguiente:
i.- Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RCAP.
ii.- Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RCAP.
iii.- Certificado de Tesorería del Ayuntamiento de no existir deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
El Adjudicatario podrá autorizar al Ayuntamiento los datos correspondientes a este apartado firmado el Modelo de Autorización que figura en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx ( Trámites Generales)
i) Garantía definitiva. Resguardo acreditativo de la constitución, en la Caja del Ayuntamiento de una garantía de un 5% del precio de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, o del porcentaje que hubiera ofertado, a disposición del órgano de contratación. La garantía deberá prestarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96.1 del TRLCSP.
j) Documento acreditativo de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en epígrafe ajustado a la actividad, con el último recibo satisfecho o declaración de exención del impuesto.
k) Compromiso de adscripción de medios a la ejecución del contrato.
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l) Manifestación por escrito de que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones relativas a las disposiciones sobre protección y condiciones de trabajo.
m) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
PROTECCIÓN DATOS CARÁCTER PERSONAL: Los datos personales se obtienen para formar parte de ficheros responsabilidad del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. Estos ficheros se utilizan para la ejecución del procedimiento de contratación.
Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ser ejercidos mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx 0, 00000 Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx (Xxxxxxxx).
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Garantía definitiva.
El candidato que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
a) En valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. Los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
Los avales y los certificados de seguro de caución que se constituyen como garantías provisionales o definitivas, deberán ser autorizados por apoderados de la entidad avalista o aseguradora que tengan poder suficiente para obligarla.
Estos poderes deberán ser bastanteados previamente y por una sola vez por la Asesoría Jurídica de la Caja General de Depósitos o por la Abogacía del Estado de la provincia cuando se trate de sucursales o por los órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes. No obstante, si el poder se hubiere otorgado para garantizar al interesado en un concreto y singular procedimiento y forma de adjudicación o contrato, el bastanteo se realizará con carácter previo por el órgano que tenga atribuido el asesoramiento jurídico del órgano de contratación –Secretaría General del Ayuntamiento- , no obstante, este trámite se entenderá cumplido si existe bastanteo realizado por los Servicios Jurídicos de cualquier Administración de ámbito superior al municipal.
En el texto del aval o del certificado de seguro de caución se hará referencia al cumplimiento de este requisito.
d) En metálico debiéndose ingresar en la cuenta bancaria del Ayuntamiento de la entidad La Caixa n.º XX00 0000 0000 0000 0000 0000.
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La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará una vez producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del TRLCSP.
Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquella.
CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA. Adjudicación del contrato.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
- En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
- Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
- En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Formalización del contrato.
1.- La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los cinco días hábiles siguientes a contar desde la fecha de recepción de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
2.- El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
3.- Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía provisional que en su caso se hubiese constituido.
CLÁUSULA DÉCIMOQUINTA.- Obligaciones y derechos del adjudicatario.
1.- Obligaciones generales.
- Dada la naturaleza del contrato no se admite la subcontratación , sin perjuicio de los negocios jurídicos que sean precisos para la admisión de los vehículos y de las operaciones de adaptación de los mismos y su matriculación
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- Gastos exigibles al contratista: Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. Asimismo son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y de adjudicación, en su caso, de la formalización del contrato, hasta un máximo de 1.000,00€.
- El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
- El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
2.- Facturación
Con posterioridad a la firma del Acta de recepción y conforme a la Disposición Adicional 33ª del TRLCSP, en redacción dada por el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma. En la factura se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el art. 72 del Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los siguientes extremos:
-El órgano de contratación: Alcalde
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
- El órgano administrativo con competencias en contabilidad pública: Intervención Municipal
- El destinatario: Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
En relación a la facturación electrónica, los códigos DIR3 de este Ayuntamiento indispensables para la remisión de todas las facturas electrónicas, de acuerdo con su estructura organizativa, son:
. Código de la oficina contable: L01502881
. Código del órgano gestor: L01502881
. Código de la unidad de tramitación: L01502881
3.- Cumplimiento del plazo y penalidades por xxxx
Caso de sobrepasarse el plazo de entrega establecido por causas imputables al Contratista, se estará a lo dispuesto por los artículos 212 y siguientes del TRLCSP.
4.- Puesta a disposición y entrega.
La entrega quedará acreditada mediante el Acta de Recepción del Material y su Instalación que será firmada por el Ayuntamiento, momento en el que se entenderán cumplidas las obligaciones del suministrador en orden a la entrega física en la ubicación pertinente y con la conformidad de los Servicios Técnicos municipales.
El Ayuntamiento vendrá obligado a firmar el Acta de Recepción salvo causa justificada en derecho debiendo en tal caso levantar acta indicando los reparos que se opongan a la misma.
La suscripción y firma del Acta de Recepción será considerada, a todos los efectos, como reconocimiento expreso del Ayuntamiento de que el material fue entregado, y de que el mismo se ajusta a las características solicitadas.
5.- Plazo de garantía.
El plazo de garantía será de dos años, salvo que sea mayor la garantía del fabricante, a partir de la recepción e instalación del suministro.
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Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que el bien no es apto para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados e imputables al empresario, y exista la presunción de que la reposición o reparación no será bastante para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar el bien dejándolo de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Finalizado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado reparo o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad.
6.- Derechos
El contratista tendrá derecho al abono del precio del suministro efectivamente realizado y formalmente recibido por el Ayuntamiento, con arreglo a las condiciones establecidas en este contrato.
CLÁUSULA DÉCIMOSEXTA.- Penalidades y sanciones.
1.- Cuando el contratista por causas imputables al mismo hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo establecido, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato con perdida de garantía definitiva o por la imposición de penalidades.
2.- Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. En este último supuesto el órgano de contratación concederá la ampliación del plazo que estime necesario para la terminación del contrato.
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CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
3.- Se impondrá una penalidad del 1% del precio de adjudicación por cada día de demora en la entrega de los bienes objeto de suministro.
4.- Con independencia de la penalidad prevista en el párrafo anterior, que tiene carácter coercitivo, se impondrá en todo caso una penalidad de naturaleza resarcitoria, del 5% del importe de adjudicación del contrato por la falta de entrega en el plazo establecido, salvo que el contratista acredite la imposibilidad de cumplimiento por causa que no le sea imputable.
5.- En caso de que los bienes suministrados no se adecuen a las características indicadas en la oferta e indicadas la Memoria Valorada se procederá en la forma señalada en el apartado siguiente, sin perjuicio de la devolución de los suministros y de la subsistencia obligación del adjudicatario de proceder a la entrega de los bienes adecuados.
CLÁUSULA DÉCIMOSEPTIMA.- Modificación del contrato.
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas no establece ningún supuesto de modificación del contrato. Dada la naturaleza del contrato no se admite la subcontratación.
CLÁUSULA DÉCIMOCTAVA.- Resolución del contrato.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA DÉCIMONOVENA.- Régimen jurídico y jurisdicción.
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Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PREVIA
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación , ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación de
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato de Suministro e Instalación consistente en , en concreto:
— Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
— Que está debidamente clasificada la empresa o, en su caso, que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y el Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras).
— Que manifiesta el Compromiso de adscripción de medios a la ejecución del contrato
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— Que manifiesta que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones relativas a las disposiciones sobre protección y condiciones de trabajo
— Que presenta:
Declaración debidamente relacionada de empresas pertenecientes al mismo grupo o Declaración de no pertenecer a ningún grupo
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 2017 (SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
Firmado: ………………………………
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno 000000000. Fax: 000000000
A. OFERTA ECONÓMICA:
D/Xx , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación del suministro e instalación de por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º , de fecha y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de
euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
B. CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE
- Reducción del plazo de suministro e instalación: ( 1 o 2 semanas) OPTAR.
En , a de de 2017.
Firma del licitador,
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Fdo.:
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Acreditación Solvencia Económica, Financiera y Técnica Solvencia económica y financiera (artículo 75 TRLCSP)
X | * Declaración del volumen global de negocio y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de actividades del empresario en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. * Requisitos mínimos de solvencia: la solvencia se entenderá acreditada por aquellos licitadores cuyo volumen de facturación anual sea igual o superior a dos veces el Presupuesto de licitación IVA Incluido del presente contrato En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. |
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Solvencia técnica (artículo 78 TRLCSP)
La empresa deberá presentar relación de los principales contratos de suministros e instalación efectuados durante los últimos cinco años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Requisitos mínimos: Para considerar acreditada la solvencia técnica la empresa deberá haber suscrito al menos 1 contrato de suministro con instalacion relacionado con el objeto del contrato por importe igual o superior al presupuesto de licitación IVA incluido del presente pliego.
X
Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx, a fecha de firma electrónica.
EL ALCALDE,
Documento firmado electrónicamente
Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx
CIF X0000000X- Plza. Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx. 00000 (Xxxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000