CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 15.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. 15.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación: - Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensivas de las circunstancias recogidas en el art. 13 del RGLCAP. - Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del art. 13 del citado Reglamento. - Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el art. 14 de RGLCAP. - Alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto de este contrato y declaración de no haber formulado baja en la actividad correspondiente. - Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos, pudiendo autorizar al órgano de contratación para que, en su nombre, obtenga de forma directa la acreditación de ello, a cuyos efectos se completará el modelo de autorización recogido en los ANEXOS VII-A, B y C que acompaña al presente Pliego. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 15.3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. 15.4. La a...
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo 68. Para realizar esta clasificación se atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. 2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 28 de estas instrucciones y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que se hayan quedado clasificadas las ofertas. 3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 15.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. 15.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación: a) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensivas de las circunstancias recogidas en el artículo 13 del RGLCAP. b) Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del artículo 13 del RGLCAP. c) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 14 del RGLCAP. d) Alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto de este contrato y declaración de no haber formulado baja en la actividad correspondiente. e) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 15.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. 15.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación: a) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensivas de las circunstancias recogidas en el artículo 13 del RGLCAP.
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. El órgano de contratación, a propuesta de la Mesa de Contratación, clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el presente Xxxxxx. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 15.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. 15.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación: 15.3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. 15.4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. 15.5. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en el Apartado 16.3 del Cuadro de Características.
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales.
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. Resolución y notificación de la adjudicación.
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 15.1.- A la vista de la propuesta de la Mesa de contratación, el órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en la cláusula 20 de este pliego. 15.2.- Hallándose en trámite actualmente procedimiento de resolución del contrato de concesión adjudicado a la empresa “Xxxxxx Tenerife, S.L.U.”, 15.3.- La Mesa de Contratación, por delegación del órgano de contratación para este acto de trámite, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. 15.4.- El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios fijados en este pliego.
CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 15.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo. 15.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación: 15.3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.