Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento Cláusulas de Ejemplo

Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato. Si, antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido, previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica.
Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Fundación, mientras no se haya formalizado el contrato. Si, antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido con un máximo de QUINIENTOS EUROS (500.‐€), previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica.
Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. 16 CAPÍTULO III ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN 17
Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto al GCPHE, mientras no se haya formalizado el contrato.
Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato. Corresponde al Órgano de Contratación por razones de interés público, debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación. También podrá desistir del procedimiento, antes de la adjudicación, cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación del Comité Técnico de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Fundación, mientras no se haya formalizado el contrato. En el caso de que el licitador no presente la documentación en los plazos establecidos en la cláusula siguiente o, en el caso de que, presentándola no cumpla con los requisitos exigidos, la propuesta de adjudicación pasará al segundo licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, y así sucesivamente. En estos casos, se entenderá que ha retirado su oferta y que ha imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor, incurriendo, en su caso, en la causa de prohibición de contratar establecida en el artículo 60.2 a) del TRLCSP Si antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido, previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica. El importe máximo para compensar será de 200 euros.
Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación del Comité Técnico de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto de la Fundación, mientras no se haya formalizado el contrato. Si antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido, previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica. El importe máximo a compensar no podrá ser superior a 300 euros.
Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto de GMR, mientras no se haya formalizado el contrato.
Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación del Comité de Contratación no crea derecho alguno en favor de los licitadores propuestos como adjudicatarios, que no los adquirirán, respecto a los IMDEA firmantes, mientras no se haya formalizado el Acuerdo Marco. Si, antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido, previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica.
Efectos de la propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento. La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato. En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada uno de los licitadores por los gastos en que hubiera incurrido, previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica. No obstante, esta indemnización no superará en ningún caso el límite de 1.000 Euros.