AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA.
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXX.
Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx.
X00000x000000000x0x00x000x0x000xx
Expte 22/2017
PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL DIVERSO DE PLAYAS PARA LA RECUPERACIÓN AMBIENTAL Y USO SOSTENIBLE DE LAS PLAYAS DEL MUNICIPIO DE CHICLANA DE LA FRONTERA, SUJETA A REGULACIÓN ARMONIZADA, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
1.- OBJETO DEL CONTRATO Y FORMA DE ADJUDICACION.
Es objeto del contrato el suministro de material diverso de playas para la recuperación ambiental y uso sostenible de las playas del municipio de Chiclana de la Frontera, según lo contenido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Los suministros objeto del contrato responderán a las características técnicas y funcionales que para cada uno de ellos se contienen en el Pliego de Prescripciones Técnicas, conforme a los siguientes lotes:
Lote 1. Restauración de Infraestructuras turisticas del litoral, como pueden ser paseos marítimos, accesos a playas, protección de elementos integrentes del sominio público marítimo-terrestre y demás trabjos que permitan asegurar la sostenibilidad de la xxxxx .
- 75,00 Unidades de tarimas xx xxxxxx de 2,40 x 2,40 m.
- 1.300,00 ml de pasarelas xx xxxxxx articulada y reforzada para el paso de vehículos.
Lote 2. Acondicionamiento de las infraestructuras y dotación del equipamiento necesario para la mejora de la accesibilidad de las playas del litoral, priorizando las dirigidas a personas con discapacidad o movilidad reducida.
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- 3,00 Unidades de conjuntos modulares de aseos.
- 2,00 Unidades de pérgolas de sombreo.
Lote 3. Bienes muebles destinados a la mejora de la accesibilidad del litiral. Bienes muebles destinados a la mejora de la seguridad del litoral.
- 2,00 Unidades de módulos de salvamento y socorrismo.
- 6,00 Unidades xx xxxxxx de vigilancia.
Código correspondiente al Vocabulario Común de Contratos CPV-2008: 03419100 (productos xx xxxxxx), 44191200-7 (madera laminada), 44211000-2 (edificios prefabricados), 44410000-7 ( artículos de baño y ducha).
Código correspondiente a la Nomenclatura de la Clasificación Estadística xx
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Productos por Actividades: CPA –2008: 162320 (construcciones prefabricadas xx xxxxxx), 16231 (carpintería xx xxxxxx para edificios y construcción, excepto prefabricados en madera), 439990 ( trabajos especializados de construcción n.c.o.p.)
C00671a147291107e5e07e121c0a080es
El suministro, sujeto a regulación armonizada, se adjudicará mediante procedimiento abierto a la oferta que resulte económicamente más ventajosa para el Ayuntamiento sin atender exclusivamente al precio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 150 y 157 a 161 del Texto Refundido la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre (en adelante TRLCSP).
Se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada por aplicación del artículo 16 del TRLCSP, por lo que podrá ser objeto de recurso especial en materia de contratación, en virtud del artículo 40 del citado texto legal.
Al estar dividido el contrato en lotes, los licitadores podrán optar por la totalidad del objeto del contrato o por cada uno de los lotes.
2.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirán por lo establecido en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y para lo no previsto en los mismos, será de aplicación el TRLCSP; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP); Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx por el que se desarrolla parcialmente la LCSP; Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx; y cuanta otra normativa resulte de aplicación.
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El presente Xxxxxx, junto con el de Prescripciones Técnicas revestirán carácter contractual. En caso de discrepancia entre el presente Xxxxxx y cualquiera del resto de los documentos contractuales prevalecerá el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas Particulares.
El órgano de contratación al que corresponde la competencia para este contrato es la Junta de Gobierno Local por delegación de la Alcaldía-Presidencia, en virtud de Resolución número 2.610, de 16 xx xxxxx de 2011, publicada en el XXX xxxxxx 000, xx 0 xx xxxxx xx 0000.
3.- FINANCIACIÓN DEL SUMINISTRO.
El suministro objeto del contrato se financiará con cargo a las aplicación presupuestarias 170-625, del Presupuesto General en vigor para la anualidad 2017, con fondos procedentes de subvención de la Junta de Andalucía, aprobada mediante Resolución de la Derección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, de fecha 14 de septiembre de 2017.
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4.- PRECIO DEL CONTRATO.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación adoptada por el Órgano de Contratación, de acuerdo con la oferta económica realizada en base al presupuesto base de licitación previsto en la Cláusula 5ª, e incluirá como partida independiente, el importe del Valor Añadido.
A todos los efectos se entenderá que en las ofertas que se presenten estarán incluidos todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas conforme a lo establecido en los Pliegos de Condiciones Económico- administrativas y de Prescripciones Técnicas, como son los de entrega de los suministros en las dependencias que se indiquen por la Administración contratante, emisión de certificados y toda clase de tributos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
En la ofertas presentadas por los licitadores, la cantidad correspondiente a I.V.A. figurará como partida independiente.
5.- VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
El valor estimado del contrato, calculado conforme al artículo 88 de TRLCSP, es de CUATROCIENTOS TRES MIL VEINTICINCO EUROS (403.025,00.-Euros) I.V.A. excluido, resultando un presupuesto base de licitación de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA EUROS CON
VEINTICINCO CÉNTIMOS (487.660,25.-Euros), IVA incluido, con el siguiente desglose:
- Importe suministros: 403.025,00.-Euros
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- Importe del I.V.A.: 84.635,25.-Euros Presupuesto de los lotes en que se divide el contrato:
Lote 1. El presupuesto que servirá de base para la licitación es de: CIENTO TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (135.368,75.-
Euros), I.V.A. y demás gastos incluidos con el siguiente desglose:
- Importe del suministro lote 1: 111.875,00.-Euros
- Importe del I.V.A. 21% : 23.493,75.-Euros
A.- 75 Unidades de tarimas xx xxxxxx 2,40 x 2,40: TREINTA Y TRES MIL CIENTO VEINTITRÉS EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (33.123,75.-Euros), I.V.A y demás gastos incluidos, con el siguiente desglose:
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- Precio unitario: 441,65.-Euros
- Precio del suministro: 27.375,00.-Euros
- I.V.A. 21%: 5.748,75.-Euros.
- Precio Total: 33.213,750.-Euros
B.- 1.300,00 metros lineales de pasarelas xx xxxxxx articuladas y reforzadas de 1,20 x 1,15 m: CIENTO DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS (102.245,00.-Euros), I.V.A. y
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demás gastos incluidos, con el siguiente desglose:
- Precio unitario: 78,65.-Euros
- Precio del suministro: 84.500,00.-Euros
- I.V.A. 21%: 17.745,00.-Euros.
- Precio Total: 102.245,00.-Euros
Lote 2. El presupuesto que servirá de base para la licitación es de: DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DIECINUEVE EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS (241.019,90.-Euros) I.V.A. y demás
gastos incluidos, con el siguiente desglose:
- Importe del suministro lote 2: 199.190,00.-Euros
- Importe del I.V.A. 21% : 41.829,90.-Euros
A.- 3,00 Unidades de conjuntos modulares de aseos: DOSCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (213.734,40.-Euros) I.V.A. y demás
gastos incluidos, con el siguiente desglose:
- Precio unitario: 71.244,80.-Euros
- Precio del suministro:176.640,00.-Euros
- I.V.A. 21%: 37.094,40.-Euros.
- Precio Total: 213.374,40.-Euros
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B.- 2,00 Unidades de pérgolas de sombreo de 9,00 x 6,00 m: VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (27.285,50.-Euros) I.V.A. y demás
gastos incluidos, con el siguiente desglose:
- Precio unitario: 13.642,75.-Euros
- Precio del suministro: 22.550,00.-Euros
- I.V.A. 21%: 4.735,50.-Euros.
- Precio Total: 27.285,50.-Euros
Lote 3. El presupuesto que servirá de base para la licitación es de: CIENTO ONCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (111.271,60.-Euros) I.V.A. y
demás gastos incluidos, con el siguiente desglose:
- Importe del suministro lote 3: 91.960,00.-Euros
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Contratación y Patrimonio.
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- Importe del I.V.A. 21% : 19.311,60.-Euros
A.- 2,00 Unidades de módulos de salvamento y socorrismo: SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECISIETE EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS (64.117,90.-Euros) I.V.A. y demás gastos
incluidos, con el siguiente desglose:
- Precio unitario: 32.058,95.-Euros
- Precio del suministro: 52.990,00.-Euros
- I.V.A. 21%: 11.127,90.-Euros.
- Precio Total: 64.117,90.-Euros
B.- 6,00 Unidades xx xxxxxx de vigilancia: CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (47.153,70.-Euros) I.V.A. y demás gastos incluidos, con el siguiente desglose:
- Precio unitario: 7.858,95.-Euros
- Precio del suministro: 38.970,00.-Euros
- I.V.A. 21%: 8.183,70.-Euros.
- Precio Total: 47.153,70.-Euros
En la oferta presentada por las personas licitadoras, la cantidad correspondiente a
I.V.A. figurará como partida independiente.
6.- PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
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El pago del precio del suministro efectivamente entregado y formalmente recibido por esta Administración, se efectuará previa la presentación de la correspondiente factura, conformada por los Técnicos Municipales y aprobada por la Administración Municipal.
La Intervención Municipal es el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad pública.
Las facturas se presentarán en el Registro de Facturas, adscrito a La Intervención Municipal y deberán incluir, además de los datos y requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de Noviembre, y la Base de Ejecución 20.3 del Presupuesto Municipal, los siguientes extremos previstos en el apartado segundo de la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del TRLCSP:
a) Que el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local.
b) Que el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad
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pública es la Intervención Municipal.
c) Que el destinatario es el Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.
d) El código DIR3 asignado tanto a la Oficina Contable como a la Unidad de Tramitación y al Órgano gestor para el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera será el L01110159.
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7.- REVISION DE PRECIOS.
De acuerdo con el artículo 89 del TRLCSP en su redacción dada por la Ley 2/2015, de desindexación de la economía española, no se prevé la revisión de precios para este contrato.
8.- DURACIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de duración del contrato será de SESENTA DIAS, a contar desde la fecha que se consigne en el documento administrativo en el que se formalice.
9.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica en los términos de los artículos 75 y 77 del TRLCSP y no estén afectadas por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del TRLCSP como prohibitivas para contratar.
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Las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias si las prestaciones del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propias y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, sin que el objeto del presente contrato suponga la totalidad de sus recursos.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escritura Pública hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante o apoderado único.
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10.- GARANTIA PROVISIONAL.
No se exige su constitución, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del TRLCSP.
11.- GARANTÍA DEFINITIVA.
La garantía definitiva será por importe de 20.151,25.-Euros, por la totalidad del contrato, siendo para el Lote 1, por importe de 5.593,75.-Euros, para el Lote 2, por importe de 9.959,50.-Euros y para el Lote 3, por importe de 4.598,00.-Euros; importes equivalentes al 5% del presupuesto de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, determinado en función al plazo de duración inicial del contrato, y podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP.
La persona licitadora que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la constitución de la garantía definitiva. De no cumplir este requisito por causas a ella imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, procediéndose en ese caso de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 151.2 del TRLCSP.
Conforme a lo previsto en los artículos 96.2 del TRLCSP y 61.5 del RGLCAP, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio del contrato, que se llevará a efecto detrayendo su importe del primer abono a realizar. En este supuesto la empresa adjudicataria propuesta deberá comunicar expresamente que se acoge a esta forma de presentación de garantía dentro del plazo fijado en el párrafo anterior.
La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:
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• De las penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del contrato.
• Del resarcimiento de los daños y perjuicios que el adjudicatario ocasiones a la Administración con motivo de la ejecución del contrato y de los gastos originados a la misma por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones.
La incautación de la garantía procederá en los casos de resolución culpable del contrato.
Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación.
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La garantía definitiva será devuelta a la persona adjudicataria transcurrido un año después de finalizado el contrato, previa la tramitación del correspondiente expediente y la emisión de informe favorable acerca de la correcta prestación del suministro por parte de los Servicios Técnicos Municipales que correspondan.
12.- PERFIL DE CONTRATANTE.
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13.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.
13.1. Lugar y plazo de presentación.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 159 del TRLCSP, el plazo de presentación de proposiciones será de cuarenta días naturales contados desde la fecha del envío del anuncio de este contrato a la Comisión Europea, plazo reducido en virtud de la utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos, tanto para realizar dicho envío como para facilitar los pliegos y la documentación complementaria, sin perjuicio de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el Boletín Oficial del Estado(BOE).
Las proposiciones se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, desde las 9,00 horas hasta 13,30 horas del día que se señale en los anuncios de licitación que se publiquen en los distintos Diarios Oficiales.
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Durante el indicado plazo también podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por FAX o correo electrónico, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
A estos efectos sólo se tendrán como válidamente presentadas aquellas proposiciones cuyo anuncio al Órgano de Contratación se realice al fax o la dirección de correo electrónico que figuren en el anuncio de licitación; asimismo en la referida comunicación, que se realizará conforme al modelo del ANEXO V de este Pliego, deberán figurar la denominación de la entidad licitadora, CIF, dirección postal y teléfono y fax de contacto.
No obstante, transcurridos diez días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
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El Registro General de Entrada documentación con indicación del día de su expedición y recepción, en el Libro de Registro correspondiente.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada por el contratista del contenido de la totalidad de las cláusulas administrativas y técnicas previstas en los Pliegos sin salvedad alguna.
13.2. Formalidades.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados y firmados por la persona licitadora o quien ostente la representación, en los que se indicarán, además de la razón social y denominación de la persona licitadora, el título de la licitación. En cada uno de los sobres, denominados A y B, se hará constar el contenido (en la forma que se indicará).
Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá venir en castellano, por lo que aquellas documentos que estén redactados en otra lengua deberán presentarse traducidos de forma oficial al castellano.
A)Sobre “A”, denominado de documentos, expresará la inscripción de: “Documentos generales para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx para la contratación del suministro de material diverso de playa para la recuperación ambiental y uso sostenible de las playas del municipio de Chiclana de la Frontera – Lote ................. ” , y contendrá la siguiente documentación:
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
1.- Declaración responsable de la persona licitadora debidamente firmada, conforme al modelo del Anexo I,haciendo constar que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, así como que,caso de recaer a su favor la propuesta de adjudicación del suministro, aportará la documentación que se exija acreditativa de los requisitos de capacidad y solvencia de la empresa para contratar con la Administración, a fecha de la convocatoria de la licitación.
2.- Escrito firmado por la persona licitadora,en el que conste la dirección de correo electrónico,el número de teléfono,fax y nombre y apellidos de la persona a la que se dirigirán las comunicaciones y requerimientos que sea preciso realizar durante el procedimiento licitatorio. En el envío de la oportuna comunicación vía fax, o correo electrónico a las direcciones facilitadas por las empresas licitadoras en el documento señalado bastará como notificación del mismo el correspondiente resguardo del envío del correo electrónico o fax.
3.- En caso de concurrir a la licitación empresas constituyendo una unión temporal, se presentará igualmente documento indicando los nombres y circunstancias de las empresas
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que constituyan la unión temporal y la participación de cada una de ellas, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal caso de resultar adjudicatarias del contrato, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
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4.- En el caso de que la persona licitadora desee (optativo), que si se dan las circunstancias previstas de empate, se le apliquen las preferencias de adjudicación de la cláusula 15 y aportará, además, la siguiente documentación:
a) Para la preferencia señalada en punto 1º de la referida cláusula, el documento TC2 de la seguridad Social correspondiente al ultimo mes, acreditativo del personal integrado en la empresa y declaración firmada por la empresa indicando el numero de trabajadores, nombre y apellidos, con porcentaje de discapacidad igual o superior al 33%.
b) Para la preferencia señalada en el punto 2º de la referida cláusula, acreditación de la calificación de la misma como empresa de inserción por parte del órgano administrativo competente donde se acredite su inscripción en el Registro público de Empresas de Inserción.
La no presentación del documento 1 determinará la exclusión de la empresa licitadora.
Sólo serán objeto de subsanación los siguientes supuestos:
• Si la declaración responsable no está firmada o se presenta en modelo distinto del oficial recogido en el Anexo I del presente Xxxxxx.
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• Si no aporta la declaración responsable para licitar pero ha presentado la documentación del articulo 146.1 del TRLCSP.
B) Sobre "B", denominado proposición económica, que contendrá la proposición económica a valorar mediante los criterios de adjudicación 1º y 2º de la Cláusula 14, de este Pliego, que se ajustará al modelo contenido en ANEXO II del presente Pliego, la cual, deberá venir sin enmiendas, tachaduras ni raspaduras y debidamente firmada por el licitador, la falta de tal requisito conllevará el rechazo de la proposición presentada, la cantidad ofertada se expresará en número y letra, en caso de duda prevalecerá la escrita en letra sobre los números, indicando, como partida independiente, el importe del I.V.A.
Deberá contener la siguiente inscripción: "Proposición económica para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx para la contratación del suministro de material diverso de playa para la recuperación ambiental y uso sostenible xx
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AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX DE LA FRONTERA.
Contratación y Patrimonio.
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las playas del municipio de Chiclana de la Frontera – Lote ................. ”, ajustándose a lo siguiente:
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición.
Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal.
No se admitirá la presentación de variantes o alternativas con respecto a las condiciones fijadas por este Ayuntamiento para el contrato.
La presentación de las proposiciones supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de este Pliego y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
14.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
A los efectos del artículo 67.2 del RGLCAP y de conformidad con lo previsto en el artículo 150 del TRLCSP para la valoración de proposiciones presentadas y la determinación de la oferta económica más ventajosa se tendrán en cuenta los siguientes criterios objetivos, por orden decreciente de importancia, con arreglo a la siguiente ponderación:
1º.- Mejor oferta económica: hasta 70 puntos.
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xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
Se valorará con la mayor puntuación la oferta más baja de las recibidas y que cumpla todas las condiciones de los Pliegos, valorándose las demás ofertas proporcionalmente a la relación entre el precio menor y el precio de éstas, de acuerdo con la siguiente fórmula:
V = PM x Pm/P Siendo :
V = Valor de los puntos de la oferta. PM = Mayor puntuación
P = Precio de la oferta en Euros.
Pm = Precio de la oferta más baja, en Euros.
Para considerar desproporcionada o temeraria alguna proposición se estará a lo dispuesto en el art. 85 del RGLCAP.
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2º.- Plazo de entrega ofertado: hasta 30 puntos.
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Se valorarán las ofertas conforme a los siguientes intervalos de tiempos de entrega propuestos:
DIAS DE ENTREGA : | PUNTOS: |
De 1 a 5 días de entrega………………………….... | 30 puntos |
De 6 a 10 días de entrega………………………….. | 28 puntos |
De 11 a 15 dias de entrega……………………….. | 26 puntos |
De 16 a 20 días de entrega……………………….. | 24puntos |
De 21 a 25 días de entrega……………………….. | 22 puntos |
De 26 a 30 días de entrega……………………….. | 20 puntos |
De 31 a 35 días de entrega……………………….. | 18 puntos |
De 36 a 40 días de entrega……………………….. | 16 puntos |
De 41 a 42 días de entrega……………………….. | 14 puntos |
De 43 a 44 días de entrega……………………….. | 12 puntos |
De 45 a 46 días de entrega……………………….. | 10 puntos |
De 47 a 48 días de entrega……………………….. | 8 puntos |
De 49 a 50 días de entrega……………………….. | 6 puntos |
De 51 a 52 días de entrega……………………….. | 5 puntos |
De 53 a 54 días de entrega………………………. | 4 puntos |
De 55 a 56 días de entrega……………………….. | 3 puntos |
De 57 a 58 días de entrega………….………….... | 2 puntos |
59 dias de entrega….………………...…………….. | 1 punto |
60 días de entrega ……………………………………. | 0 puntos |
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xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
15.-PREFERENCIAS SOCIALES DE ADJUDICACIÓN EN CASO DE EMPATE.
De conformidad con lo establecido en esta Cláusula y en la disposición adicional cuarta del TRLCSP, antes de formular la propuesta que determine cuál es la oferta económicamente mas ventajosa, en el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas como las más ventajosas, tendrán preferencia de adjudicación siempre que hayan presentado la documentación acreditativa solicitada en la Cláusula 13.2.A) punto 4, las siguientes empresas por este orden:
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XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXX.
Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx.
X00000x000000000x0x00x000x0x000xx
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1º.- La persona licitadora que en el momento de presentar la proposición cuente en su plantilla con un número de trabajadores con discapacidad (en grado igual o superior al 33 por 100) superior al 2 por 100.
Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la que disponga del mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad en su plantilla.
2º.-La empresa de inserción que cumpla con los requisitos establecidos en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación de empresas de inserción, para tener esta consideración.
16.- MESA DE CONTRATACIÓN.
La Mesa de Contratación estará integrada en la forma determinada por acuerdo plenario de 25 de Febrero de 2010, con la modificación aprobada por acuerdo posterior de
31 de julio de 2012, y publicada en el Perfil de Contratante de la página web del Ayuntamiento, en el que asimismo se anunciarán con la suficiente antelación las reuniones que en acto público celebre la misma.
17.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
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Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación, en acto no público, celebrado el tercer día hábil (excepto sábados) siguiente a la conclusión del plazo de presentación de proposiciones a las 11,00 horas, en el lugar que se fije para ello, procederá a la apertura de los sobres "A".
No obstante y según lo establecido en la cláusula 13.2 de este Pliego, si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada por los licitadores en el sobre “A”, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a 3 días hábiles para que estos los subsanen. A los referidos efectos se enviará la oportuna comunicación vía fax, o correo electrónico a las direcciones facilitadas por los licitadores en el documento señalado en el apartado 2 de la indicada cláusula, bastando como notificación del mismo el correspondiente resguardo del envío del correo electrónico o fax.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Asimismo la falta de subsanación en plazo será motivo para la no admisión de la oferta.
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Del resultado de dicho acto de calificación se insertará anuncio en el Perfil de Contratante.
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Subsanadas, en su caso, las deficiencias que se hubiesen observado en la documentación general presentada por los licitadores en los sobres “A”, seguidamente la Mesa de Contratación, en acto público, dará cuenta del resultado de la calificación de la misma, indicando las empresas licitadoras excluidas y las causas de su exclusión, en su caso, invitando a los asistentes a formular las observaciones que estimen oportunas, que se recogerán en el acta.
Posteriormente, en acto público se procederá a la apertura de los sobres “B” dándose lectura de las proposiciones formuladas por las empresas admitidas, no aceptándose aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquellos que el Ayuntamiento estime fundamental para la oferta, así como aquellas que excedan del presupuesto fijado para el contrato, y si así lo estima conveniente, procederá a la entrega de la documentación contenida en el mismo al servicio técnico correspondiente encargado de su valoración.
Acto seguido la Mesa de Contratación dará conocimiento de la propuesta de adjudicación a favor de la oferta económicamente más ventajosa, salvo que existan proposiciones que se consideren anormales o desproporcionadas o que se estime necesario solicitar cuantos informes técnicos sean precisos en relación con el objeto del contrato, en cuyos supuestos la propuesta de adjudicación se realizará posteriormente por la Mesa de Contratación, previa comunicación a los licitadores del lugar, fecha y hora de las misma.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
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Se considerarán anormales o desproporcionadas las ofertas económicas que se encuentren en los supuestos previstos en el artículo 85 del RGLCAP. En el caso de que existan licitadores cuyas propuestas se consideren anormales o desproporcionadas, la Mesa de Contratación les notificará tal circunstancia solicitándoles información a los efectos del artículo 152.3 del TRLCSP.
En dicho acto, la Mesa de Contratación invitará a las personas licitadoras asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes al de aquel acto y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, previo informe de la Mesa de Contratación, resolverá el procedimiento, con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas,en la adjudicación del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.Todo ello sin perjuicio de los recursos que procedan contra la adjudicación del contrato.
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XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXX.
Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx.
X00000x000000000x0x00x000x0x000xx
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18.- DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LA PERSONA ADJUDICATARIA PROPUESTA.
Antes de la adjudicación, y dentro del plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la persona adjudicataria propuesta, deberá presentar -por originales o copias compulsadas- la siguiente documentación:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad de la empresa y la representación, en su caso, de la persona firmante de la proposición, consistentes:
1.1. Documento Nacional de Identidad de la persona que licite cuando se trate de personas físicas o empresarios/as individuales, y Escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional debidamente inscritos en el Registro público que corresponda, y D.N.I. de la persona que ostente la representación pública administrativa cuando el empresario/a fuera persona jurídica.
1.2. Poder declarado bastante al efecto por los Servicios Jurídicos de este Ayuntamiento, cuando se actúe por representación. Deberá venir acompañado de declaración responsable de la persona licitadora haciendo constar que el poder se encuentra plenamente vigente a fecha de la concurrencia a la licitación. La declaración deberá realizarse conforme al modelo que figura en el Xxxxx XXX de este Xxxxxx.
1.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea se acreditará mediante la inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP en función de los diferentes contratos.
La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente u Oficina Consular del lugar en cuyo ámbito territorial radique domicilio de la empresa, conforme a las formalidades exigidas por el artículo 10 del RGLCAP.
2. Declaración responsable de la persona licitadora haciendo constar que no se halla incursa
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en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP y que está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, referida a la fecha de la convocatoria.
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3. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a los Tribunales y Juzgados españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero judicial que pudiera corresponder a la empresa licitante.
4. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera de la persona licitadora, deberá acreditarse por el medio siguiente (artículo 75 del TRLCSP):
4.1. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato, o en su defecto, al establecido reglamentariamente.
Se considerará que la persona licitadora tiene solvencia económica y financiera cuando su volumen anual de negocios sea al menos de 487.660,25.-Euros, equivalente a la totalidad del contrato. En caso de optar por Lotes diferenciados sería:
- LOTE 1: 135.368,75.-Euros.
- LOTE 2: 241.019,90.-Euros.
- LOTE 3: 111.271,60.-Euros.
El volumen de negocios de la persona licitadora se podrá acreditar por cualquiera de los siguientes medios:
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- La acreditación documental se efectuará mediante aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviese inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas en el Registro Mercantil.
- Por medio de copia simple de la declaración a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria del modelo 390, si el licitador es una entidad que está obligada a realizar declaración del Impuesto del Valor Añadido (IVA).
5. Documentos acreditativos de la solvencia técnica de la persona licitadora, se acreditará por los siguientes documentos (artículo 77 del TRLCSP):
5.1. Relación de los principales servicios de similares características al contemplado en este Pliego, efectuados durante los cinco últimos años,
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indicándose su importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
Los servicios o trabajos efectuados, se acreditarán mediante documentos acreditativos expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante documento acreditativo expedido por éste, o a falta del mismo, mediante una declaración del empresario licitador; en su caso, estas acreditaciones serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Se entenderán por “servicio similares” aquellos que guarden relación con los que son objeto de esta contratación y que el importe anual acumulado referido al año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, a de su anualidad media si ésta es inferior al valor estimado del contrato, por importe de 100.756,25.-Euros, por la totalidad. En caso de optar por Lotes diferenciados sería:
- LOTE 1: 27.968,75.-Euros.
- LOTE 2: 49.797,50.-Euros.
- LOTE 3: 22.990,00.-Euros.
5.2. Descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda acreditarse.
5.3. Certificaciones establecidas en el apartado 4 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas:
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• Certificado del fabricante de los módulos, pasarelas, tarimas, pérgolas y xxxxxx de vigilancia, de la norma ISO 9001: 2000 o equivalentes, expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad que presenten las personas licitadoras (según los sistemas de aseguramiento de la calidad basados en la serie de normas europeas en la materia, certificados por organismos conformes a las nomas europeas relativas a la certificación).
• Certificado PEFC, FSC o equivalentes del fabricante de los módulos, pasarelas, tarimas, pérgolas y xxxxxx de vigilancia, para cerrar el ciclo xx xxxxxx certificada procedentes de bosques sostenibles o equivalentes, expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad que presenten las personas licitadoras (según los sistemas de aseguramiento de la calidad basados en la serie de normas europeas en la materia, certificados por organismos conformes a las nomas europeas relativas a la certificación).
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6. Declaración responsable de la persona adjudicataria haciendo constar que dispone de una organización preventiva y está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (Plan de prevención, formación e información, vigilancia de la salud,…), referida a la fecha de la convocatoria.
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7.- Documentación acreditativa de que la persona adjudicataria propuesta está al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas. La citada acreditación deberá realizarse mediante certificado de la Delegación de Hacienda de la Junta de Andalucía y la Agencia Tributaria del Estado, esta última información se incorporará de oficio por la Administración municipal, salvo que conste oposición expresa del licitador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y salvo que se estime necesario el requerimiento expreso al interesado de la aportación de la referida certificación.
8.- Documentación acreditativa de que la persona adjudicataria está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. La citada acreditación deberá realizarse mediante certificado expedido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, que se incorporará de oficio por la Administración municipal, salvo que se estime necesario el requerimiento expreso al interesado de la aportación de la referida certificación
9. Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato referida al ejercicio corriente, o del último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
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En el supuesto de encontrarse en algunas de las exenciones establecidas en el artículo 82.1, apartados b), e) y f) del R.D.L. 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá acreditarse tal circunstancia mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a 1.000.000,00 Euros respecto a los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 82.1 de la mencionada Ley con excepción de las personas físicas.
10.- Justificante del abono del importe de los anuncios de la licitación en los boletines oficiales.
11. Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía definitiva.
12. Declaración responsable del artículo 56 del TRLCSP conforme al ANEXO VII de este Pliego.
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Además de la reseñada documentación deberá quedar acreditado en el expediente que la persona licitadora está al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Municipal. La citada acreditación se realizará mediante certificado que será expedido de oficio por la Recaudación Municipal de Tributos.
Alternativamente y en sustitución de la documentación anteriormente requerida bajo los números 1, 4 y 5 para acreditar las condiciones de aptitud de la empresa en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación (sin perjuicio de que dicha representación deba ser declarada bastante por los Servicios Jurídicos Municipales), solvencia económica y técnica, se podrá presentar una certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía (regulado en Decreto 39/2011, de 22 de Febrero de la Consejería de Hacienda y Administración Pública), acompañada de una declaración responsable formulada por la empresa licitadora en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación, conforme al modelo que figura en ANEXO IV a este Pliego. La citada manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicataria, en el documento en el que se formalice el contrato.
Los documentos relacionados anteriormente deberán ser presentados mediante originales o por fotocopias debidamente compulsadas, salvo el relacionado en el punto 4.1, de los medios de acreditación, que pondrá presentarse mediante fotocopia simple.
La reseñada documentación será calificada por la Mesa de Contratación en acto no público.
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Si la Mesa de Contratación observara defectos materiales en la documentación presentada, concederá un plazo no superior a 3 días hábiles para que el adjudicatario propuesto los subsane. A los referidos efectos se enviará la oportuna comunicación vía fax, o correo electrónico a las direcciones facilitadas por éste en el documento señalado en el apartado 2, sobre A), de la cláusula 13.2 de este Pliego, bastando como notificación del mismo el correspondiente resguardo del envío del correo electrónico o fax.
Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Asimismo la falta de subsanación en plazo será motivo para la no admisión de la
oferta.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que la empresa licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso x
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recabar la misma documentación a la empresa licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
19.- ADJUDICACIÓN.
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El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación señalada en la cláusula anterior, o declarará desierta la licitación. Dicha adjudicación deberá producirse en el plazo máximo de dos meses desde la apertura de las proposiciones.
La adjudicación, una vez acordada, será notificada a los participantes en la licitación y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante de la página web del Ayuntamiento.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá realizarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores hubiesen designado en el documento señalado en la cláusula
14.2 de este Pliego, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. El plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
20.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La Administración y la persona contratista deberán formalizar el contrato de adjudicación del suministro en Documento Administrativo, no pudiendo efectuarse dicha formalización antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
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El Órgano de Contratación requerirá a la persona adjudicataria para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días naturales contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
No obstante, el contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición de la persona adjudicataris y a su xxxxx.
La persona adjudicataria, además del contrato, deberá firmar los Pliegos de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas, adjuntos al mismo.
La formalización del contrato se publicará en el Perfil de Contratante de la página web municipal, así como en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) y en el Boletín Oficial xxx
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Estado (BOE), debiendo producirse en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha de la misma.
21.- DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 87.4 del Reglamento de la LCAP, adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que éstos se hayan interpuesto, la documentación y las muestras que acompañen a las proposiciones quedará a disposición de los interesados; a estos efectos se publicará el oportuno anuncio en el Perfil de Contratante de la página web municipal.
Transcurrido el plazo de quince días naturales contados a partir de la publicación de dicho anuncio sin que el licitador haya manifestado su interés en la devolución de la documentación se procederá a la destrucción de la misma.
22.- CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El suministro del material de diverso de playa se efectuará en el plazo máximo de SESENTA DÍAS contados a partir de la fecha que se consigne en el correspondiente contrato administrativo.
La prestación objeto de este contrato deberá realizarse con arreglo lo estipulado en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares.
El material diverso deberá ser entregado y puesto a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx en el lugar que se determine por el mismo, que será comunicado a la persona adjudicataria una vez formalizado el contrato.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
Junto con el material diverso suministrado se deberá entregar el manual de conservación e instalación de módulos por parte del fabricante, así como, la garantía del mismo, que serán comprobadas por la persona reponsable del Ayuntamiento.
Se entiende hecha la entrega, cuando depositado el suministro en el lugar convenido, tras ser examinado todo ello por la persona responsable del mismo, se encuentre conforme a las prescripciones técnicas y administrativas aprobadas y de acuerdo con la proposición técnica ofertada por la empresa adjudicataria.
De los bienes suministrados se levantará el correspondiente acta de recepción.
Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en el Acta y se darán instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro. Cuando no se realice la subsanación o sustitución
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la Administración, antes de extinguirse el Contrato, lo dejará de cuenta del contratista quedando exenta de la obligación de pago o adquiriendo el derecho a recuperar lo pagado.
La resolución de incidencias surgidas durante la ejecución del contrato por diferencias en la interpretación de lo convenido se tramitará conforme al procedimiento establecido en el artículo 97 del RGLCAP.
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23.- OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y ECONÓMICAS DE LA PERSONA ADJUDICATARIA.
La persona adjudicataria será responsable de la calidad técnica de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El personal adscrito por la persona adjudicataria a la prestación objeto del contrato no tendrá ninguna relación laboral con la Administración bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente de la empresa contratista, quien tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de persona empresaria respecto del mismo.
La persona adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud laboral por lo que vendrá obligada a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
En general, la persona adjudicataria responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de persona empleadora, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquélla, o entre sus subcontratistas y las personas trabajadoras de una y otra, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas pudieran imponerle los organismos competentes.
En cualquier caso, la persona adjudicataria, indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
24.- RIESGO Y XXXXXXX.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx de la persona adjudicataria
,con sujeción a lo establecido en el clausulado del contrato y en los Pliegos de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas.
25.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
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XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXX.
Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx.
X00000x000000000x0x00x000x0x000xx
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No se prevé la modificación del contrato, aplicándose, en su caso, lo dispuesto en el artículo 107 del TRLCP.
26.- CESION DEL CONTRATO.
1.- La persona adjudicataria no podrá ceder a terceros los derechos y obligaciones que dimanan de este contrato sin que haya sido adoptado el previo acuerdo, expreso y formal, del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Frontera, a través del cual se autorice la transmisión de derechos y obligaciones, cuya omisión determinará la invalidez del negocio jurídico privado frente a la Corporación Municipal, sin perjuicio de los efectos civiles del mismo entre las partes interesadas.
2.- El Excmo. Ayuntamiento tendrá derecho a exigir del cesionario propuesto todas la garantías técnicas y de solvencia financiera que se tuvieron en cuenta al formalizar el contrato originario, así como aquellas otras que estime necesarias para el buen fin del mismo.
3.- Además, para que la persona adjudicataria pueda ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
4.- De acuerdo con el artículo 102.4 del TRLCSP, no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía definitiva prestada por el cedente hasta que no se constituya formalmente la del cesionario.
5.- El nuevo titular deberá asumir la ejecución del suministro en su totalidad, contrayendo idénticas responsabilidades a las que recaían en el contratista anterior.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
6.- Los derechos podrán ser transmitidos, como máximo, por el tiempo que reste hasta la finalización del plazo del contrato previsto en este Pliego.
27.- INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES.
Si se produjera demora en la ejecución del contrato por causas imputables a la persona adjudicataria se impondrán las penalidades previstas en el artículo 212 del TRLCSP o se resolverá el contrato.
Si el retraso fuese producido por motivos no imputables a la persona adjudicataria y éste ofreciera cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se había señalado, se le concederá un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor.
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Las penalidades por incumplimientos en la prestación objeto del contrato se impondrán por el órgano de contratación. Los expedientes correspondientes serán instruidos por el Servicio de Contratación.
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Cuando las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del importe del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte de la persona adjudicataria de los plazos parciales y cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.
En ningún caso podrá imponerse penalidad al adjudicatario sin haber sido oído previamente.
El plazo de audiencia no podrá ser inferior a diez días ni superior a quince.
28.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución enunciadas de los artículos 223 y 299 del TR LCSP, con los efectos previstos en los artículos 225 y 300 del TRLCSP y 109 a 113 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante R.D. 1098/2001, de 12 de Octubre.
29.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINSTRACIÓN.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en el TRLCSP.
Los acuerdos que adopte el órgano de contratación relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, conforme establece el artículo 211.4 del TRLCSP.
30.- GASTOS A CARGO DE LA PERSONA ADJUDICATARIA.
Serán de cuenta de la persona adjudicataria los siguientes gastos:
a) Los de anuncios que genere la licitación y los preparatorios y de formalización del contrato. La persona adjudicataria deberá acreditar en el momento de la firma del contrato haber abonado el importe correspondiente a la publicación en los Diarios Oficiales xxx
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AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX DE LA FRONTERA.
Contratación y Patrimonio.
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correspondiente anuncio de licitación. Respecto del importe de publicación en los Diarios Oficiales del anuncio de formalización de contrato, la persona adjudicataria queda obligada al pago del mismo, aceptando expresamente que se le detraiga de las certificaciones que se emitan como consecuencia de la ejecución del contrato la cantidad que corresponda por este concepto.
El importe máximo de los gastos de publicidad para esta licitación se estima en 1.500,00 Euros.
b) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.
c) Asumir el pago del IVA, que se entenderá incluido dentro del precio de adjudicación.
Los de formalización pública del contrato de adjudicación, en su caso.
31.- JURISDICCION COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía del orden jurisdiccional contencioso- administrativo, que será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que se susciten en relación a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato
32.- TRATAMIENTOS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
El presente servicio no implica la comunicación ni el tratamiento de datos personales contenidos en los Ficheros responsabilidad del Ayuntamiento (en adelante, Ficheros).
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, relativo a las prestaciones de servicio sin acceso a datos personales, quedará expresamente prohibido el acceso de la entidad adjudicataria a los Datos Personales contenidos en los Ficheros del Ayuntamiento.
En caso de que, por cualquier motivo, se produjese un acceso por parte del adjudicatario a los Ficheros, éste se compromete a guardar absoluta confidencialidad y secreto sobre los mismos, subsistiendo esta obligación aún después de finalizar la prestación del servicio.
Si fuera necesario el acceso a datos de carácter personal contenidos en los Ficheros
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del Ayuntamiento para cumplir con sus obligaciones, será considerado como encargado del tratamiento respecto a dichos Datos Personales, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y así como en el artículo 28 y sucesivos del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en lo sucesivo Reglamento general de protección de datos o RGPD indistintamente).
En ese caso, la persona adjudicataria del servicio asumiría las siguientes obligaciones en relación con los Datos Personales respecto de los que sea considerado como encargado del tratamiento:
i. Tratar los Datos Personales únicamente conforme a las instrucciones fijadas por Ayuntamiento, no estando autorizada la utilización de dichos datos con un fin distinto al cumplimiento de la prestación de servicio.
ii. No ceder o comunicar a terceros los Datos Personales, ni siquiera a efectos de su conservación.
iii. No subcontratar con terceros los servicios que la persona adjudicataria preste al Ayuntamiento.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
iv. Adoptar las medidas de seguridad legalmente exigibles, a los efectos de garantizar la seguridad de los Datos Personales, evitando su alteración, pérdida, tratamiento u acceso no autorizado, de conformidad con el estado de la tecnología en cada momento, la naturaleza de los Datos Personales y los posibles riesgos a los que estén expuestos, a cuyo efecto, hasta mayo de 2018, se establecerán las medidas de seguridad del nivel que proceda en función de la naturaleza de los Datos Personales objeto de tratamiento, conforme se establece en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, y a partir de dicha fecha, se deberán implementar las medidas de índole técnica y organizativas conforme a estándares internacionales, que resulten precisas tras la preceptiva evaluación de riesgos.
v. A la finalización de la prestación del servicio, devolver al Ayuntamiento los Datos Personales que pudieran permanecer en poder de la persona adjudicataria, así como cualquier soporte o documento que pudiera contener algún Dato Personal, salvo que les resulte de aplicación alguna excepción legal.
vi. En caso de que una persona física titular de los Datos Personales ejercitara ante el adjudicatario sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dar traslado de dicha solicitud al Ayuntamiento en un plazo máximo de 3 días hábiles, a fin de que por el mismo, se resuelvan, en los plazos establecidos por la normativa vigente.
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XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXX.
Xxxxxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx.
X00000x000000000x0x00x000x0x000xx
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vii. Observar en todo momento el deber de confidencialidad y secreto profesional respecto a los Datos personales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Dicho deber subsistirá aun después de finalizar la Prestación del Servicio.
viii. A comunicar y hacer cumplir a sus empleados y personal a su cargo, las obligaciones establecidas en el contrato de prestación de servicios y, en concreto, las relativas al deber xx xxxxxxx y confidencialidad.
En caso de que la persona adjudicataria actuará como encargada del tratamiento conforme a lo establecido anteriormente, será considerado Responsable del Fichero o del Tratamiento en el caso de que destine los Datos Personales a una finalidad distinta a la prevista, los comunique o los utilice vulnerando dicha cláusula. En estos casos,el adjudicatario responderá de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
Los datos aportados por las personas licitadoras formarán parte de un fichero de datos de carácter personal responsabilidad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Frontera, con domicilio en calle Constitución nº1, de Chiclana de la Frontera (Cádiz), con la finalidad de llevar a cabo la gestión de los trámites administrativos derivados de la presente licitación en los términos previstos en la legislación vigente. Para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición el interesado deberá dirigir una comunicación escrita a la dirección indicada anteriormente, adjuntando copia de su Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente a los referidos efectos, con la referencia “Protección de datos - licitaciones”.
EL JEFE DE SERVICIO DE GESTIÓN Y COMPRAS,
EL TTE. ALCALDE DELEGADO DE CONTRATACIÓN,
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxx.
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ANEXO I
C00671a147291107e5e07e121c0a080es
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Xxx/Doña mayor de edad, con domicilio
en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., titular del DNI nº , en nombre propio (o
en representación de , con domicilio
en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,y C.I.F./ N.I.F. nº . . . . . . . ., conocida la
licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera para la contratación del “Suministro de material diverso de playa para la recuperación ambiental y uso sostenible de las playas del municipio de Chiclana de la Frontera-Lote…………….. ”, al objeto de participar en la misma DECLARA:
1º.-Que la empresa a la que representa cumple los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para ser adjudicataria del contrato de referencia, y se compromete, caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a aportar los documentos que se señalan en el referido Xxxxxx.
2º.- Que la empresa, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no están incursos en prohibiciones para contratar señaladas en el art. 60 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público, y se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
Lugar, fecha y firma de la empresa licitadora.
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AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA.
Contratación y Patrimonio.
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ANEXO II
C00671a147291107e5e07e121c0a080es
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Xxx ……………………………………………………………………………..…provisto de D.N.I. Nº.........……………....………....
con domicilio en ……………………………...calle……………………………..nº ,con capacidad jurídica y de
obrar en nombre propio (o en representación de……...………………………………………... con C.I.F. N.º………………………………..., conforme acredito con la documentación exigida en el Pliego de Condiciones); conocida la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Frontera para contratar, mediante el procedimiento abierto y concurso con varios criterios de adjudicación, del “Suministro de material diverso de playa para la recuperación ambiental y uso sostenible de las playas del municipio de Chiclana de la Frontera- Lote… ”.
Manifiesta que conoce y acepta los Pliegos de Cláusulas Económico-Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas en su integridad. Obligándose, caso de resultar adjudicatario,a cumplir todas las obligaciones contenidas en los mismos y a ejecutar el suministro de acuerdo con las condiciones que se establecen en los citados Xxxxxxx, en las siguientes condiciones:
1.- LOTE 1:
* IMPORTE TOTAL EUROS
( Euros ) (en letra y número) IVA incluido.
* Importe del Suministro: ...................................
* I.V.A. 21% del importe:.....................................
* XXXXX XX XXXXXXX XXXX
0.- XXXX 0:
* IMPORTE TOTAL EUROS
( Euros) (en letra y número) IVA incluido.
* Importe del Suministro: ......................…..........
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
* I.V.A. 21% del importe:.........................…..........
* XXXXX XX XXXXXXX XXXX
0.- XXXX 0:
* IMPORTE TOTAL EUROS
( Euros) (en letra y número) IVA incluido.
* Importe del Suministro: ......................…............
* I.V.A. 21% del importe:.........................…............
* PLAZO DE ENTREGA DIAS
Lugar, Fecha y Firma del licitador.
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ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE FACULTADES DE REPRESENTACIÓN
Don
,provisto de D.N.I nº en representación de “ ”, con C.I.F. Nº
, declara bajo su responsabilidad que las facultades de representación de D/Xx , reflejadas en la escritura de otorgada el de ante el notario de Don
, bajo el número de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
al tomo , libro ,folio , no han sido
C00671a147291107e5e07e121c0a080es
modificadas o alteradas, encontrándose plenamente vigente al día de la fecha.
Lo que declara a los efectos de su participación en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Frontera para la adjudicación del “Suministro de material diverso de playa para la recuperación ambiental y uso sostenible de las playas del municipio de Chiclana de la Frontera- Lote… ”.
En Chiclana de la Frontera, a (Fecha). .
Fdo.
D.N.I. nº
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AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXX DE LA FRONTERA.
Contratación y Patrimonio.
Expte 22/2017
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ANEXO IV
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LOS DATOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE XXXXXXX XX XX XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXXXX.
Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados.
D./Xx.
□ H □ M, con DNI/NIE nº
, en nombre propio o en calidad de
de la
empresa/sociedad/entidad inscrita en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el nº , de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados,
D E C L A R A:
□ Que no han experimentado variación los datos y circunstancias que constan en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
□ Que han experimentado variación los datos y circunstancias que constan en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía relativos a:
,según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración, manteniéndose el resto de los datos inscritos sin ninguna alteración.
En a de de
LA PERSONA LICITADORA O REPRESENTANTE,
Fdo:
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ANEXO V
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COMUNICACIÓN DE ENVÍO DE OFERTA POR CORREOS
Don/Doña , mayor de edad, con domicilio en , titular del DNI nº , en nombre propio (o en representación de
, con domicilio en
, y C.I.F./ N.I.F. nº , Teléfono , Fax
, correo electrónico , comunica que, según acredita con la adjunta copia del correspondiente resguardo de imposición del envío, a las horas del día ha presentado en oficina de Correos de oferta para la contratación, mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación del “Suministro de material diverso de playa para la recuperación ambiental y uso sostenible de las playas del municipio de Chiclana de la Frontera- Lote ”
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
Lugar, fecha y firma de la empresa licitadora
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AYUNTAMIENTO DE CHICLANA DE LA FRONTERA.
Contratación y Patrimonio.
Expte 22/2017
C00671a147291107e5e07e121c0a080es
ANEXO VI
AUTORIZACIÓN PARA LA CESIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y A OBLIGACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Don/Doña , mayor de edad, con domicilio en , titular del DNI nº , en nombre propio (o en representación de
, con domicilio en
, y C.I.F./ N.I.F. nº , según acredita con poder bastanteado al efecto, autoriza expresamente al Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera a solicitar la cesión de la información por medios informáticos o telemáticos, sobre la circunstancia de estar o no al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad Autónoma de Andalucía y con la Seguridad Social a efectos de procedimientos de contratación, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y otras normas tributarias y de la Seguridad Social, y demás disposiciones de aplicación.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
Lugar, fecha y firma de la empresa licitadora
Pliego Admvo. Suministro material diverso para playas.-Exp.nº 22/2017 Pág.33 de 34.
Documento firmado por: | Fecha/hora: |
XXXXXXXX XXX XXXXXXX | 17/10/2017 08:14:38 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | 16/10/2017 11:43:08 |
ANEXO XXX
X00000x000000000x0x00x000x0x000xx
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ARTÍCULO 56 DEL TRLCSP
Don/Doña , mayor de edad, con domicilio en , titular del DNI nº , en nombre propio (o en representación de
, con domicilio en
, y C.I.F./ N.I.F. nº , según acredita con poder bastanteado al efecto, declara bajo su responsabilidad, en relación con su participación en licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de la Frontera para la contratación del “Suministro de material diverso de playa para la recuperación ambiental y uso sostenible de las playas del municipio de Chiclana de la Frontera- Lote………………..” no haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato por sí o mediante unión temporal de empresarios.
La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en
xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx?xxxxX00000x000000000x0x00x000x0x000xx
Lugar, fecha y firma de la empresa licitadora
Pliego Admvo. Suministro material diverso para playas.-Exp.nº 22/2017 Pág.34 de 34.
Documento firmado por: | Fecha/hora: |
XXXXXXXX XXX XXXXXXX | 17/10/2017 08:14:38 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | 16/10/2017 11:43:08 |