CONTRATO No. 033 – 2019 CLASE DECONTRATO PRESTACION DE SERVICIOS CONTRATANTE SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.NIT: 890.205.335 - 2R/L: FREDY EDUARDO FONSECA SUÁREZGerente CONTRATISTA CDF FLAMEX SERVICIOS S.A.S. NIT: 900725879-3R/L: CIRO ALFONSO ORTIZ...
CONTRATO No. | 033 – 2019 |
CLASE DE CONTRATO | PRESTACION DE SERVICIOS |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | CDF FLAMEX SERVICIOS S.A.S. NIT: 900725879-3 R/L: XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX C. C. No. 1.100.956.322 de San Xxx - Santander Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 Xxx Xxx – Xxxxxxxxx Celular: 0000000000 |
OBJETO | RECARGA Y MANTENIMIENTO DE EXTINTORES DE PROPIEDAD DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. |
PLAZO DE EJECUCION | DIEZ (10) DÍAS HABILES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. |
VALOR | UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA MIL PESOS ($ 1.690.000,oo) M/Cte., IVA Incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del Municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No.13.743.021 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 0146 de 7 de Febrero de 2019, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 13 de Febrero de 2019, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No.06 xx Xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE, por una parte y por la otra, XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.100.956.322 de San Xxx - Santander, actuando como representante legal de “CDF FLAMEX S.A.S”, con matrícula mercantil No. 00-000000-00 del 29 xx Xxxxx de 2014, Renovada el 31 xx Xxxxx de 2018, expedida por la Cámara de Comercio de Bucaramanga y quien afirma hallarse legalmente capacitado, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, y demás normas aplicables a la materia, quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el presente contrato, previas las siguientes consideraciones: 1) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., que registra los aspectos fundamentales que permiten
concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.2.1 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, teniendo en cuenta que se trata de contratar la prestación de un servicio, cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “MINIMA CUANTIA CON INVITACIÓN DIRECTA”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que venda este tipo de servicios y que cumpla con los requisitos exigidos en el presente estudio, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 3) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No. 19-00167 de fecha febrero 21 de 2019, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. 4) Que por lo anterior, se invitó de manera directa a presentar oferta al señor XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.100.956.322 de San Xxx , Representante legal de “CDF FLAMEX S.A.S”, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada se consideró adecuada para la entidad toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos y su oferta económica no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 5) De acuerdo a lo anterior las partes hemos acordado suscribir el presente contrato el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLAUSULA PRIMERA - OBJETO: RECARGA Y MANTENIMIENTO DE EXTINTORES DE PROPIEDAD DEL SANATORIO DE
CONTRATACION E.S.E. De conformidad con los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el Contratista, documentos que forman parte integral del presente contrato.
ITE MS | DESCRIPCION GENERAL | CAPAC | CANT | VALOR UNIT IVA Incluido | VALOR TOTAL |
1 | MANTENIMIENTO Y RECARGA EXTINTOR MULTIPROPOSITO ABC AMARILLO. | 03 LIBRAS. | 1 | $ 12.000 | $ 12.000 |
2 | MANTENIMIENTO Y RECARGA EXTINTOR MULTIPROPOSITO ABC AMARILLO. | 05 LIBRAS | 8 | $ 12.000 | $ 96.000 |
3 | MANTENIMIENTO Y RECARGA EXTINTOR MULTIPROPOSITO ABC AMARILLO. | 10 LIBRAS. | 3 | $ 20.000 | $ 60.000 |
4 | MANTENIMIENTO Y RECARGA EXTINTOR SOLKAFAM 1-2-3 3700 GRS. | 3.700 grs | 10 | $ 90.000 | $ 900.000 |
5 | MANTENIMIENTO Y RECARGA EXTINTOR MULTIPROPOSITO ABC AMARILLO. | 20 LIBRAS | 8 | $ 24.000 | $ 192.000 |
6 | MANTENIMIENTO Y RECARGA EXTINTOR MULTIPROPOSITO SOLKAFLAM 1-2-3 DE 9000 GRS | 9.000 grs | 2 | $ 150.000 | $ 300.000 |
7 | MANTENIMIENTO Y RECARGA EXTINTOR TIPO CO2 | 20 LIBRAS | 1 | $ 30.000 | $ 30.000 |
8 | MANTENIMIENTO Y RECARGA EXTINTOR TIPO AGUA | 20 LIBRAS | 5 | $ 20.000 | $ 100.000 |
TOTAL | $ 1.690.000 |
CLAUSULA SEGUNDA - DURACIÓN: El plazo de ejecución del contrato será xx XXXX
(10) DÍAS HABILES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. CLÁSULA TERCERA - VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: Se pacta como valor del presente contrato la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA MIL PESOS ($ 1.690.000,oo) M/Cte., IVA Incluido. FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato será cancelado mediante UN ÚNICO PAGO, una vez realizado el mantenimiento y recarga de todos los extintores de propiedad del Sanatorio de Contratación E.S.E., previa presentación de la factura o cuenta de cobro, certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor del Contrato y constancias de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar. XXXXXXXX XXXXXX - DECLARACION DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta: Conocer perfectamente la naturaleza de las actividades a desarrollar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato.
b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato mediante el supervisor designados por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido. b) Realizar el servicio de recargas de los extintores de la entidad, pegando los respectivos sellos en donde especifique todos los datos de la ficha técnica del producto y que incluya además la fecha de recarga y fecha de caducidad. c) Realizar el servicio de mantenimiento en válvulas, manómetros, cilindros de aquellos extintores que lo ameriten. d) Garantizar la calidad del servicio de conformidad con lo acordado en el contrato. e) Brindar capacitación a los integrantes del comité de Emergencias y Desastres y COPASST del Sanatorio de Contratación en la forma de utilización del extintor, presentando planillas de capacitación. f) Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo. g) Dar curso a las directrices impartidas por la supervisión del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. h) Suministrar a la supervisión toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión.
i) Asumir el valor de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar, relativos a los trabajadores empleados en éstas labores. j) Estar al día con el pago de la seguridad social (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. k) Asumir los gastos que genere el futuro contrato y los desplazamientos a la entidad, las veces que se requieran para el cumplimiento del presente contrato.
l) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. m) Las demás que se requieran para el cabal
cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del Presupuesto General de Gastos Vigencia 2019, Rubros A.02.02.01.003.05 Otros productos químicos fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre), de conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) No.19-00167 de fecha febrero 21 de 2019, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. CLAUSULA OCTAVA – SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de Prestación de Servicios será efectuada por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍA: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 31.1.1.13 y 50 del Manual Interno de Contratación de la entidad, teniendo en cuenta que se trata de un proceso de CONTRATACION DIRECTA, cuya cuantía la cual no supera los 28 SMLMV y por la forma de pago pactada, no se considera obligatoria la exigencia de garantías que avalen el cumplimiento del contrato. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAÚSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE EJECUCIÓN DEL
CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta
bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - INDEMNIDAD: El CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con
ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista.
CLAUSULA DÉCIMO SEPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL
DEL CONTRATO: Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos:
a. Estudios previos. b. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. la constitución y aprobación de las Garantías exigidas y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor a los veintiocho (28) días del mes de febrero del año Dos Mil Diecinueve (2019).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(Original Firmado)
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX.
Gerente C.C. No.1.100.95.322 de San Xxx
Sanatorio de Contratación E.S.E. R.L. CDF FLAMEX S.A.S
Proyectó: | Xxxxxx Xxxxx xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Asesor Jurídico Interno. |