BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS A CONTRATAR DENTRO
BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS A CONTRATAR DENTRO
DE LOS CONTRATOS EN PRÁCTICAS 2016-2017
1 - OBJETO
Es objeto de las presentes bases regular el proceso de selección para la contratación, bajo la modalidad de “contrato de trabajo en prácticas”, durante un año a jornada completa de personas desempleadas por parte de este Ayuntamiento de El Xxxxxx y la creación de una bolsa de empleo tras el proceso de selección inicial con los trabajadores que, habiendo superado el proceso selectivo, no han obtenido suficiente puntuación para acceder al puesto de trabajo, según la Resolución de fecha 1 de septiembre de 2016 (BOPA 7-9-2016) de la Consejería Empleo, Industria y Turismo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx con destino a la celebración de contratos de trabajo en prácticas, y Resolución de fecha 20 de octubre de 2016 (BOPA 31-10-2016) por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materia de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx, dentro de la línea de actuación “celebración de contratos en prácticas”, así como resolución del 28 de diciembre de 2016 de concesión de estas subvenciones.
Puestos de trabajo ofertados
Ocupación | Nº de plazas |
Auxiliar administrativo | 1 |
2 - PUBLICIDAD DEL PROCESO
A efectos de su difusión a través de Trabajastur, el Ayuntamiento de El Xxxxxx remite la oferta de empleo a la Oficina del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxx, al objeto de su publicación.
La convocatoria para la presentación de solicitudes así como las listas provisionales y definitivas de personas candidatas se publicarán en la web (xxx.xxxxxxxx.xx) y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
3 - DESTINATARIOS
Los contratos en prácticas están destinados a jóvenes desempleados inscritos como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que cumplan los requisitos establecidos en las bases 4 y 5.
4 - REQUISITOS GENERALES
- Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social” que establece en su artículo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efectos podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la administración pública.
- Los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente.
- Tener 16 años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente.
- Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.
- No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
- Estar en posesión de la titulación equivalente o superior a la exigida en loa correspondiente convocatoria, en su caso, para cada una de las plazas ofertadas o de la formación para el empleo acreditativa de sus conocimientos específicos sobre la ocupación a la que opta.
5 - REQUISITOS ESPECÍFICOS
Los jóvenes desempleados contratados en prácticas, además de cumplir los requisitos exigidos para la celebración de un contrato en prácticas según la normativa vigente deberán cumplir a fecha de inicio del contrato subvencionado lo siguiente:
1. Estar inscritos como beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
2. No haber trabajado en los últimos 30 días naturales anteriores.
3. No haber sido parte de un contrato indefinido dentro de los seis meses inmediatamente anteriores.
4. Estar inscritos como demandantes de empleo no ocupados en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx.
5. Y estar en posesión del título exigido o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigentes.
Puesto ofertado | Nº de plazas | Titulación mínima exigida |
Auxiliar administrativo/a | 1 | Ciclo de grado medio en gestión administrativa |
6. Para los trabajadores con discapacidad, tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
7. Que no hayan transcurrido más de cinco años, o de siete cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, desde la terminación de los estudios. Si el trabajador es menor de 30 años no se tiene en cuenta la fecha de terminación de los estudios.
Quedarán excluidas aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con este Ayuntamiento de El Xxxxxx, formalizada al amparo de alguno de los siguientes programas de subvenciones:
1. Convocatoria 2014 de concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx para las prácticas profesionales no laborales con compromiso de contratación de jóvenes desempleados (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 22 de octubre de 2014, BOPA 27/10/2014).
2. Convocatoria 2015 de concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: contratos de trabajo en prácticas (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo de 25 xx xxxxx de 2015, BOPA de 6 de julio).
6 - LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR SOLICITUD
La solicitud, en modelo normalizado, se presentará en el Registro General de este Ayuntamiento acompañada de la siguiente documentación en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases en la web y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Registro General del Ayuntamiento de El Xxxxxx (Plaza de España, s/n, 33750 La Caridad – El Xxxxxx), en horario de 9:00 a 14:00 h.
Si la solicitud se presenta por registro distinto al del Ayuntamiento de El Xxxxxx, será requisito imprescindible para la admisión de la misma informar a este Ayuntamiento de su remisión mediante e-mail a la dirección xxx@xxxxxxxx.xx debiendo adjuntar al mismo la solicitud junto con toda la documentación señalada en el anexo I y el justificante de haberlo presentado por otro registro (documento de solicitud con sello administrativo), con anterioridad a la finalización del plazo de presentación. El Ayuntamiento informará de la recepción del e-mail a la misma dirección desde la que se envía.
Documentación a presentar:
1. Solicitud (anexo I)
2. Copia del DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor.
3. Copia de la titulación requerida.
4. Informe de vida laboral actualizado a fecha comprendida entre la publicación de las bases y la presentación de la solicitud.
Documentación no obligatoria pero puntuable:
1. Xxxxx, en su caso, de la acreditación de situación de violencia de género:
a. Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género.
b. Orden de protección dictada a favor de la víctima.
No obstante, las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán, excepcionalmente, acreditar esta situación con un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta en tanto se dice la orden de protección.
Al efecto, tanto la resolución judicial como la orden de protección tendrán que haber recaído en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Igualmente el informe de acreditación, habrá de ser realizado dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
2. Para los trabajadores con discapacidad, tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
3. Curriculum vitae debidamente acreditado
4. Otra formación relacionada con el puesto, distinta de la titulación obligatoria. La formación se acreditará mediante títulos / diplomas.
5. Experiencia en un puesto similar. La experiencia se acreditará mediante nóminas, contratos de trabajo, certificados de empresa, etc, en los que se refleje claramente el puesto desempeñado.
6. Certificado o volante de empadronamiento. En el caso de que el/la solicitante esté empadronado en el Concejo de El Xxxxxx, autorización a este Ayuntamiento para realizar las comprobaciones oportunas al respecto (ver anexo I).
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá de estar en posesión o en tramitación de obtener el credencial que acredite su homologación.
La documentación presentada será copia del original, si bien, antes de la firma del contrato se debe presentar ante este Ayuntamiento de El Xxxxxx originales para su comprobación y cotejo.
7 - ÓRGANO DE SELECCIÓN
A los efectos de facilitar la selección de los/as trabajadores/as, se constituirá una Comisión de Selección de Contratación en el Ayuntamiento, formada de la siguiente manera:
- Presidente: un empleado municipal
- Vocales: Cuatro designados por el órgano competente entre empleados públicos y que, al menos uno, trabaje en el área objeto de la contratación, de los cuales dos se nombrarán previa consulta y oídos de los sindicatos firmantes del presente Convenio.
- Secretario/a: Secretario/a del Ayuntamiento o empleado público en quién delegue. Los miembros de la Comisión de Selección de Contratación podrán contar con la presencia de asesores, con voz pero sin voto, en las reuniones que se celebren.
Podrán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los titulares. El órgano de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
La pertenencia a dicho órgano de selección será siempre a título individual no pudiendo ostentarse éste en representación o por cuenta de nadie.
El tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
8 - DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR A LA FIRMA DEL CONTRATO
1. Certificación de inscripción en el Sistema de Garantía Juvenil.
2. Informe de vida laboral actualizado a fecha de formalización del contrato.
3. Documento acreditativo de estar inscrito como demandante de empleo no ocupado en el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx.
4. Autorización a la Administración del Principado xx Xxxxxxxx para que pueda consultar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el informe de vida laboral, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos, la acreditación del carácter subvencionado del contrato y el compromiso de cumplimentar cuanta información se precisa para elaborar los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013.
5. Anexo relativo a los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013.
6. Originales de la documentación presentada con la solicitud.
7. Cualquier otra documentación que determine el Ayuntamiento en función del puesto a cubrir.
9 - ADMINISIÓN Y EXCLUSIÓN DE LOS ASPIRANTES
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará una lista de personas inscritas.
Se podrá subsanar la solicitud dentro del plazo que se establezca. Trascurrido este plazo sin efectuarla, se tendrá a la persona interesada desistida de su petición.
Finalizado el plazo de subsanación se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de El Xxxxxx y en la página web de este Ayuntamiento, la lista de las personas admitidas para la realización de las pruebas indicándose el día, hora y lugar de celebración de las mismas.
10 - SISTEMA DE ACCESO
El sistema de acceso para participar en los procesos de selección como personal laboral temporal para cubrir plazas de los contratos en prácticas, será el de concurso – oposición, con la utilización de un baremo, una vez superadas las pruebas selectivas, que atenderá a la situación personal del aspirante.
Los aspirantes realizarán las pruebas de carácter eliminatorio relacionadas con la ocupación a desarrollar.
Se considerará el/la candidato/a que obtenga, al menos, un 50% de la puntuación de cada una de las pruebas como apto/a asignándosele la puntuación correspondiente. No obstante, el órgano de selección podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos/as o estos/as sean insuficientes para continuar el proceso de selección.
Tras la realización de las pruebas se publicará la lista provisional con las puntuaciones obtenidas por cada candidato, otorgándose un plazo para efectuar alegaciones.
A aquellos aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas, siempre que se encuentren en alguna de las circunstancias descritas a continuación, se les realizará una valoración de su situación personal, sin que esta pueda exceder del 50 por 100 de la puntuación máxima que pudiera ser obtenida en la fase de oposición.
Para la valoración de dicha situación personal se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Personas con discapacidad
2. Mujeres víctimas de violencia de género
3. Estar empadronado en el municipio de El Xxxxxx con al menos 3 meses de antigüedad desde la publicación de la convocatoria
El hecho de presentar la solicitud e incluso superar las pruebas, no creará derecho alguno al/la aspirante seleccionado/a en caso de incumplimiento de requisitos o de observarse inexactitud o falsedad en la documentación aportada.
En el caso de que se produzca empate entre varios/as aspirantes, tendrá preferencia, por este orden:
1º- Quien lleve mayor tiempo en situación de desempleo
2º- Por sorteo, efectuado en presencia de los/as aspirantes
Los aspirantes que cumplan los requisitos exigidos pasarán a participar en el proceso selectivo que constará de dos fases que a continuación se describen:
PRIMERA FASE: PRUEBA PRÁCTICA Y/O ESCRITA (MÁXIMO 10 PUNTOS)
La primera fase consta de una prueba escrita y/o práctica.
Se indicará el lugar y la fecha de celebración junto con la lista definitiva de admitidos/as.
Para superar esta fase y considerar al/la candidato/a como apto/a se debe obtener, al menos, un 50% de la puntuación de la prueba, es decir 5 puntos.
SEGUNDA FASE: BAREMO DE SITUACIÓN PERSONAL (MÁXIMO 5 PUNTOS)
El Tribunal valorará la situación personal teniendo en cuenta los siguientes criterios.
- Personas con discapacidad. Siempre que dicha discapacidad sea compatible con el puesto. 0,5 puntos.
- Mujeres víctimas de la violencia de género. 0,5 puntos
- Empadronados en el municipio de El Xxxxxx con al menos 3 meses de antigüedad desde la publicación de la convocatoria (31-10-2016). 1 puntos
- Curriculum vitae (formación y experiencia). Máximo 3 puntos:
1. Cursos de formación relacionados directamente con el puesto a desempeñar. Máximo 1,5 puntos. Se valorarán conforme al siguiente baremo:
Curso de 15 a 40 horas = 0,1 punto
Curso de 41 a 150 horas = 0,2 puntos
Curso de 151 a 400 horas = 0,3 puntos
Curso de más de 401 horas = 0,4 puntos
Máster, otra titulación, capacitación profesional o similar = 1 punto
Los cursos de menos de 15 horas y en los que no conste el número de horas lectivas no se valorarán.
Los cursos que consten de formación teórica y práctica serán valorados a todos los efectos como cursos de formación.
No serán objeto de valoración, actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, seminarios, mesas redondas, debates, encuentros, etc.
2. Experiencia en un puesto similar al ofertado. Máximo 1,5 puntos.
0,5 puntos por cada 6 meses de experiencia en el mismo perfil o en perfiles relacionados en un organismo público.
0,2 puntos por cada 6 meses de experiencia en el mismo perfil o en perfiles relacionados en entidad distinta a organismo público (empresa privada/autónomo)
Solamente se tendrán en cuenta a efectos de puntuación aquellos méritos debidamente justificados con documentos acreditativos de los mismos (títulos, diplomas) presentados antes de que finalice el plazo de presentación de instancias, sin entrar a valorar cualquier otro mérito alegado que no esté debidamente justificado.
11 - RECLAMACIONES
Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección.
12- CONTRATACIÓN
Finalizadas las pruebas selectivas, se formulará propuesta al órgano que corresponda para la contratación del aspirante que haya obtenido mayor puntación en el conjunto del proceso selectivo.
A continuación, previa comprobación de los requisitos exigidos y las circunstancias personales acreditadas mediante aportación de la documentación especificada, se formalizará el contrato de trabajo temporal para el puesto de trabajo ofertado bajo la modalidad de contrato de trabajo en prácticas resultando de aplicación el Convenio Colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos
firmantes del Acuerdo para la Competitividad Económica y Sostenibilidad Social (Concertación Social Asturias 2016 – 2019).
13- SUSTITUCIONES
En el caso de que un trabajador seleccionado causara baja, la elección del sustituto recaerá sobre el siguiente aspirante de la lista de reserva constituida tras cada proceso de selección inicial siempre que cumpla los requisitos establecidos.
En el supuesto de que ésta se hubiera agotado, este ayuntamiento realizaría un nuevo proceso selectivo.
14- RECURSOS
La Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados. Asimismo podrán ser objeto de impugnación, las resoluciones y los actos de trámite, si estos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o interés legítimos, los interesados podrán interponer, ante el órgano competentes de la Entidad Local, los recursos de alzada y potestativo de revisión que cabría fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y/o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15 - COFINANCIACIÓN
Las contrataciones realizadas al amparo de las presentes bases reguladoras son objeto de cofinanciación por el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx y por la Iniciativa de Empleo Juvenil (100%) y el Fondo Social Europeo (85%) para el periodo 2014-2020 en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (2014 ES05M9OP001).
ANEXO I
SOLICITUD PARA FORMAR PARTE DEL PROCESO SELECTIVO DEL PROGRAMA CONTRATOS EN PRÁCTICAS 2016 – 2017
Nombre y Apellidos | ||||
D.N.I. | ||||
Dirección | C.P. | |||
Localidad | Municipio | |||
Fecha de nacimiento | ||||
Teléfonos | ||||
Titulación académica | Especialidad | |||
Discapacidad Si ( %) No | Adaptaciones solicitadas en el caso de discapacidad: |
DECLARA RESPONSABLEMENTE
- Que se compromete al cumplimiento de los requisitos exigidos en la Resolución de 20 de octubre de 2016 del SEPEPA a fecha de formalización del contrato.
- Que reúne los requisitos generales exigidos en las bases que regulan el presente proceso de selección.
- Que cumple con los requisitos de titulación / edad, en función de las plazas ofertadas.
- Que se encuentra en alguna de las siguientes situaciones objeto de baremación (en su caso, señale con una X en la/s que se encuentra)
Mujer víctima de violencia de género
Persona con discapacidad
Empadronado en el municipio de El Xxxxxx con al menos tres meses de antigüedad
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo ofertado.
- No haber sido separado mediante expediente administrativo disciplinario del servicio de las administraciones públicas sin hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas en sentencia firme.
SOLICITA su admisión para participar en el proceso selectivo declara bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella.
AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE EL XXXXXX A:
- Comprobar si el/la solicitante ha estado anteriormente trabajando en el Ayuntamiento de El Xxxxxx en el marco de los programas que señala la base quinta de las Bases Reguladoras.
- Comprobar si figura inscrito/a y la antigüedad en el Padrón Municipal de Habitantes.
Una vez finalizado el proceso de selección, si de la comprobación de la documentación previa a la contratación resultara que, la persona no reuniese alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria o no acreditase alguna de las circunstancias a baremar, se resolverá su exclusión del proceso selectivo decayendo el/la interesado/a en los derechos e intereses legítimos a ser contratado.
En , a de de 2017 Firma
SRA. ALCALDESA – PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE EL XXXXXX
OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE VIDA LABORAL (ACTUALIZADO A FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD)
Se podrá solicitar por cualquiera de los siguientes canales:
3. A través de la sede electrónica de la Seguridad Social: xxxx://xxx.xxxx.xxx-xxxxxx.xxx.xx
4. Llamando al 000 00 00 00 las 24 horas del día (se recibe en el propio domicilio)
5. Con certificado digital o DNI electrónico.
6. Por SMS: pestaña ciudadanos – servicios vía SMS (se obtiene de inmediato en cualquier equipo con conexión a Internet, si TGSS ha obtenido y grabado el número de teléfono móvil).
7. Servicio de usuario y contraseña: en el espacio “gestiona tu contraseña” (previamente es necesario personarse en cualquiera de las Administraciones de TGSS).